A ver si te puedo servir de ayuda...
1º de donde eres?? depende de la Junta de la que seas, yo te voi a decir como se hace en casos de la Junta de Extremadura, q es de donde yo soy...
2º El piso lo puedes vender perfectamente, no tienes que devolver nada a la Junta en concepto de subvencion, porq como dices hace 10 años de q compraste el piso, la legislatura era distinta a la de ahora. Aqui son 5 años de proteccion en subvenciones, con lo q no tendrias q devolver nada.
3º Q no tengas q devolver no quiere decir q lo puedes vender asi como asi.... Hay un documento (depende de cada junta) que se llama DERECHOS DE TANTEO Y RETRACTO DE LA JUNTA. Esto quiere decir q si kieres vender el piso, la Junta te debe de dar su consentimiento, ya que toda vivienda de VPO tiene una proteccion de 30 años, aunke a partir del 5º ya puedas venderlo, ellos tienen q saberlo. Es tan simple como presentar ese documento en la Junta, con los datos q te pidan (m2, situacion del inmueble, numero expediente... todo te viene en escrituras), y al cabo de unos MESES (aqui suelen tardar unos 2-3 meses), te mandan la autorizacion para vender la vivienda, pero OJO se deben regir por un PRECIO MAXIMO DE VENTA (el cual te deben decir en la Junta o bien en su web (como es el caso de Junta Extremadura).
4º Cuando tengas ese documento, tienes 2 meses para escriturar el piso, por lo que te recomiendo QUE TE INFORMES BIEN EN CUALQUIER OFICINA O POR TELEFONO DE LA JUNTA ANTES Y QUE TENGAS VENDIDO EL PISO ANTES DE MOVER TODO EL PAPELEO ya que sino te puedes encontrar con el documento y que se te caduke (como estan las cosas ahora jeje)
Espero q te haya sido de ayuda, llevo 2 años trabajando en una inmobiliaria y soy el q gestiona esto, aunke sea joven ya controlo mas o menos jeje. Si tienes alguna duda me avisas tio!! y ya sabes, no tiene q ser muy diferente de tu comunidad autonoma, esto es de la Junta Extremadura no lo olvides
Un saludo y feliz año!