Vivienda puesta a nombre de una hija forma parte de la "herencia", cómo lo demuestro¿?

papa y mama, en sus cabales se supone porque el notario asi lo dice, deciden vender/donar una casa a una hija suya. da igual la razon, que si economica, para poder optar a una ayuda como buen picaro español o lo que sea, da igual, transmiten ese bien.

la casa ya no es de ellos, es de la hija. punto.

donde esta el problema? no te gusta? es lo que hay, lo unico viable en todo caso es que haya duda de que fueron engañados o no estaban en sus cabales al firmar esa transmision... pero dificilmente, cuasi imposible.

EDIT: a los que hablais de tercios, colacion etc... ojo, primero habria q saber que otros bienes tendria, donde residian, que codigo civil se aplicaria (no es lo mismo un navarro, que un gallego, que un catalan que un vasco, que un madrileño... todos distintos) cuando murieron los padres, si habian testado etc para conocer cuales serian las legitimas, si se cumplirian o no etc etc.
Zokormazo escribió:papa y mama, en sus cabales se supone porque el notario asi lo dice, deciden vender/donar una casa a una hija suya. da igual la razon, que si economica, para poder optar a una ayuda como buen picaro español o lo que sea, da igual, transmiten ese bien.

la casa ya no es de ellos, es de la hija. punto.

donde esta el problema? no te gusta? es lo que hay, lo unico viable en todo caso es que haya duda de que fueron engañados o no estaban en sus cabales al firmar esa transmision... pero dificilmente, cuasi imposible.

EDIT: a los que hablais de tercios, colacion etc... ojo, primero habria q saber que otros bienes tendria, donde residian, que codigo civil se aplicaria (no es lo mismo un navarro, que un gallego, que un catalan que un vasco, que un madrileño... todos distintos) cuando murieron los padres, si habian testado etc para conocer cuales serian las legitimas, si se cumplirian o no etc etc.

Claro que hay que saber más datos.
Desde un principio le he dicho que si no hay más bienes o los demás no llegan, la donación debería reducirse.
Obviamente si los hay y no se perjudica la legítima los hermanos pueden hacer la pera si quieren que se van a quedar sin casa.
pero quizas ni hay legitimas. si es navarro el matrimonio y ha testado puede hacer lo que le salga del pito xD

en territorio comun, y suponiendo que el cuarto hermano muerto no tuvo descendencia, la legitima estricta de cada hermano seria de un 11% , con otro tanto en la de mejora.

si hay un chalet familiar de por medio y tanto follon, seguro que hay suficiente haber hereditario para al menos cubrir la estricta. la de mejora no sabemos ni si habria que cubrirla, nos faltan datos xD
Y por que hicieron tal cosa papa y mama? No será el tipico caso, de que la hija es la unica que cuida de papa y mama.
SangReal escribió:Y por que hicieron tal cosa papa y mama? No será el tipico caso, de que la hija es la unica que cuida de papa y mama.


No xq esa casa es la familiar, y los restanter hermanos tienen mando para acceder a la parcela donde esta la casa. La concviencia diaria 24 hr era con 2 de esos dos hijos puesto que eran solteros, los otros restantes son casados.

Todos han apechugado cuidando de los padres ya sea en esa casa ó llevandose a los padres a las viviendas de lso hijos casados cuando los solteros no podían por motivos de trabajo u otros.


El trato de los hijos hacia los padres era y es exquisito, el problema son las ansias del dinero.
pues me da a mi que si hay haber para cumplir las legitimas en caso de que las hubiera y la transmision fuera una donacion colacionable... esa casa ya no es la familiar ni lo sera
que esto lo teniais que haber pensado antes de ahorraros el impuesto de sucesiones con la argucia. que ahora quien ya tiene, ya quiere.

sin voluntad de acuerdo entre las partes y con la ley en la mano, ahora la casa es de quien esta a nombre.
+1

voy a mear fuera de tiesto

seguro que el motivo "economico" era el de ahorrarse unas pelas en impuestos o acceder a alguna ayuda, y el chalet dejo de ser de papa y mama con todas sus consecuencias. y ahora cuando mueren vienen los lloros, pero en su dia se creian mas listos que el resto de mortales por la grandiosa jugada.

pues es lo que hay. el chalet y su parcelita ahora es de maria. alberto y luis ya pueden tener mandos de la valla, fotos de su infancia familiar o lo que sea como recuerdo, eso no quita que la casa y su terrenito sea de maria. y como cuanto mas habla el OP mas parece que hay haber suficiente para cubrir esas legitimas -si las hubiera- cada vez tengo mas claro que alberto y luis se tendran que joder, que la casa es de maria.

el ultimo resquicio estaria en la reserva legal de la sanguinidad en caso de que muriese maria y diese la casa en herencia a juan el del club de padel... aplicable solo si llego a ella por donacion... pero ya ha comentado que va a tener descendencia justamente para evitar esto, asi que nada.

La casa que antes era familiar, ahora es de maria

PD: tampoco entiendo lo del trato esquisito o moverse los padres cuatro dias mal contados. el trato esquisito te lo puede dar un hijodeputa de manual que no hace nada por cuidarte y el cubrir a tu hermano los tres dias que se iba por ahi no te iguala en cuidados cuandõ el esta allia 24/7 durante el resto de los 362 dias del año. ademas seguro que para esos tres dias te han dejado todo preparado.
@GXY no me extrañan las venganzas tras las herencias. No justifico ni mucho menos matar a un hermano, pero lo comprendo perfectamente.
Me interesa mucho este hilo, pido al autor que no nos abandone tras el juicio
@SangReal juicio? esto no llegara a un tribunal xD
nada mas que añadir a lo dicho por @zokormazo

la ley esta para lo que esta (para lo de casi siempre: pagar, pagar y pagar. y despues, pagar mas). se la quisieron saltar con una argucia legal, pero toda accion tiene consecuencias.

y la consecuencia de esta argucia, es que la vivienda ya no es de los padres, es de la hija. y hablando mal y pronto, si no se le pone en los ovarios soltarla, no tiene porque hacerlo y lo que es mejor para ella: la ley, la misma ley que se saltaron inteligentemente hace años, está de su parte.

no se de quien fue el inteligente consejo y/o la inteligente decision de, en su momento, traspasar la vivienda. pero esta claro quien es el que salio beneficiado de la jugada.

en estos casos cuando no hay acuerdo (y la vivienda esta a nombre de los fallecidos) es cuando se hacen particiones y se vende, se reparte y cada mochuelo a su olivo. pero si antes de eso se cambia de nombre el olivo para que se lo quede uno solo... pues blanco y en botella, suele ser leche.

en mi opinion, salvo una pequeña posibilidad que no va a ocurrir porque no se le desea ningun mal a nadie, no veo nada que hacer en este caso. es tan claro que es casi de libro.
WiiBoy escribió:@martuka_pzm me refiero a que tenga un compra/venta desde hace años.... si es eso no tienen nada que hacer

Pero si fuera así la otra parte tendrá que demostrar que pagó por ella y que no fue una donación encubierta.
Hereze escribió:
WiiBoy escribió:@martuka_pzm me refiero a que tenga un compra/venta desde hace años.... si es eso no tienen nada que hacer

Pero si fuera así la otra parte tendrá que demostrar que pagó por ella y que no fue una donación encubierta.

hasta hace pocos años que el comprador dijese en la escritura haber recibido ya el dinero era suficiente justificacion, asi que la carga provatoria seria a la inversa, habria que demostrar que no hubo pago xD
sin querer meterme en temas familiares,si la hija estuvo asta la muerte con sus padres,cuidandolos y aguantándolos es normal que se quede con la casa...

por otro lado como mucho creo que cogeréis la legitima y si la casa esta a la antigua puede ser una miseria,si compro la casa hace muchos años el valor será calderilla...100.000 pesetas se repartio entre mi familia en una herencia de una casa de forma familiar hace años en los últimos años de la peseta y era una casa grande..creo que era la legitima lo que cogieron mas la parte del padre a partes iguales y cabia a eso creo 600 euros de hoy ,ya que la madre se lo dejo a la que vivía allí su parte antes de morir...

si ella quiere os da esa parte y se queda la casa o la da cuando pueda ya que al permanecer allí viviendo no la pueden echar...

de todas formas en el peor de los casos asta cuando la casa es a partes iguales,al que vive allí no se le puede echar ...es decir mientras habiteen esa casa tiene derecho de vivir allí sin pagar nada..si ella quiere venderla o salir de allí pues da la parte correspondiente a cada hermano,pero si no quiere pues se queda allí asta su muerte..y supongo que si tiene una hija o hijo que viva allí lo mismo con que solo pillariais si algún futuro hijo,nieto,o bisnieto decide salir de allí y venderla...

los demás hijos también podríais habitarla...pero no echarla..

esto en caso de que se la hallan dejado a ella como herencia que al 95 % de seguridad lo habran echo..osea que en este caso si ambos padres lo formaron la legitima no creo que llege ni a 500 euros si la casa costo unos 5 millones hace años
Sigo contando cosas, xq esos padres "tontos" realmente no lo eran.

Esa vivienda esta dentro de dos fincas a nivel de papeleo, una de esas fincas es donde está la vivienda y el arbolado de frutas y es la que está a nombre de la hija pequeña.

La otra finca forma parte del jardin, piscina y mas bancales y esa finca es de la madre y por tanto en la herencia va a formar parte de los 3 hermanos.

Ambas fincas forman una parcela como si fueran un "todo" que es divisible, pero a nivel de papeleo esa parcela se divide en dos fincas. Por lo tanto, la mitad del valor sigue siendo de tres hermanos xq solo una finca es la que esta a nombre de la hija.

Es decir, que con la base de que la otra mitad de la vivienda de 650.000 € se puede jugar como se quiera para que las cosas sean justas, y las cosas se hicieron así para que ningun hermano se quede con todo por placer.

No sé si me entendéis.... me acabo de enterar ahora. [sonrisa]
mosiguello escribió:Sigo contando cosas, xq esos padres "tontos" realmente no lo eran.

Esa vivienda esta dentro de dos fincas a nivel de papeleo, una de esas fincas es donde está la vivienda y el arbolado de frutas y es la que está a nombre de la hija pequeña.

La otra finca forma parte del jardin, piscina y mas bancales y esa finca es de la madre y por tanto en la herencia va a formar parte de los 3 hermanos.

Ambas fincas forman una parcela como si fueran un "todo" que es divisible, pero a nivel de papeleo esa parcela se divide en dos fincas. Por lo tanto, la mitad del valor sigue siendo de tres hermanos xq solo una finca es la que esta a nombre de la hija.

Es decir, que con la base de que la otra mitad de la vivienda de 650.000 € se puede jugar como se quiera para que las cosas sean justas, y las cosas se hicieron así para que ningun hermano se quede con todo por placer.

No sé si me entendéis.... me acabo de enterar ahora. [sonrisa]
el valor que van a poner creo que no es el actual sino cuando se compro o adquirio en su dia creo..que alguien me corrija si no es asi...

también hay que ver el testamento y el porque se deshereda a los otros hijos,porque os consta que solo hay una parte a nombre de ella ,pero quizás la otra también lo esta y quizás hay alguna clasula diciendo porque se dehereda a los hijos...

voy a poner un caso extremo,es extremo eh,no se lanzeis encima....si yo pego y maltrato a mis padres o los trato muy mal y en el testamento pone eso en el motivo por el que me deshereda el juez no va a concedir darme mi parte...

a habido algún motivo por el que hallan querido dejarle todo a su hija?algun problema con los otros hijos?

recuerdo un caso que salio en tv donde unos padres desheredaron a sus hijos porque se portaron mal con ellos y dejaron toda su herencia a la mujer latina que tenia contratada cuidándolos...y los hijos no pudieron hacer nada...

y también uno muy cachondo donde dejaron toda la herencia a un perro y los hijos se quedaron sin nada...no se como actua la ley ante esto parece ridículo..

otra donde una mujer dejo su herencia a los pobres a alguna ong,sus hijos no pudieron hacer nada...

aun asi si hay una mala relación os conviene areglarlo porque mientras ella este en esas fincas no podeis echarla,es decir si hubiera que pagar una cantidad de dinero a cada hermano...ella puede decidir seguir viviendo allí asta su muerte y no pagar nada o venderla y dar a cada uno la parte que le corresponda..pero nadie puede obligarla a venderla..normalmente en estos casos por despecho y que no cojan dinero la inquilina sigue asta su muerte allí y los hijos de ambos herederos deciden vender y llegan a un acuerdo una vez que sus padres mueren...

15 años llevan mis padres y otros habitantes con pleitos y juicios con el anterior alcalde donde para construir unifamiliares,nos destrozaron de forma ilegal unos huertos y nos quitaron los terrenos por la cara....y mucho dinero gastado ya en juicios...asi que esto os va a costar minimo 15 años y mucho dinero si os metéis en juicios...y aun asi si ella decide no salir no se puede vender ni echarla de allí...

lo mejor es que lleguéis a un acuerdo entre todos y ella...o verán la herencia en caso de que las halla vuestros nietos :) :-|
pues tu mismo lo estas diciendo. los dos hermanos que no tienen el terreno de la casa tienen 1/3 de 1/2, y la hermana que tiene el terreno de la casa y la casa tiene ademas otro 1/3 de 1/2

si no se aviene a hacer un traspaso de 2/3 de su propiedad, nadie va a obligarla a ello.
Aquí el tema es que faltan muchos datos, pero sí que te puedo adelantar que si la donación se hizo correctamente, la casa es suya y no la váis a poder recuperar. Y digo váis porque, aunque digas que 'son unos conocidos', por la forma en la que lo cuentas me dá la impresión de que eres uno de los hermanos. ¿Es así?. De todos modos, sea o no el caso, sólo estamos escuchando la versión de una parte, por lo que hay muchas cosas que no sabemos y/o que podrían no ser como se cuentan. Yo ya he visto conflictos familiares de gente cercana y sé como son estas cosas a veces.

Y aunque pudiéseis conseguir que el juez os diese la razón, si ella vive allí, y vive desde hace años, igualmente no la váis a poder echar de ninguna de las maneras (es con un ocupa que se os meta en casa pasadas 48 horas que no hay manera de echarlo, así que con una persona que vive allí desde hace años ni os cuento).

En fin, la mejor manera de arreglar las cosas en estos casos es intentar hacerlo por las buenas, hablando y llegando a un acuerdo (cosa que ya sé que en muchas ocasiones es difícil o directamente imposible), porque si váis a tener que intentarlo por la vía legal, lo más probable es que no consigáis nada y encima viváis un infierno. Os deseo suerte.
Es que es lo que comentaba antes, faltan datos.Cuando acudas al abogado tienes que ser preciso y llevar documentación, no puede ser: "yo creo", "yo pienso"..

Si estas en territorio donde se aplica el Código Civil siempre existe la legítima a favor de los parientes en línea recta y estos la obtienen a la muerte del testador sino se las ha dado en vida.¿ Se les puede desheredar como han dicho anteriormente?, si se podría si han maltratado a los padres o en casos extremos.
¿Hay testamento?,Si lo hay, la madre podrá haber establecido la mejora máxima testamentaria que se puede dejar según ley a favor de la hija (si es como expones), que sería tercio de libre disposición, tercio de mejora y su porción de legítima estricta dejando a los otros dos hermanos (al estar el otro muerto y no tener pareja o hijos) solo la porción de legítima estricta que les correspondiera.

¿No hay testamento?, es un poco más duradero porque hay que establecer una declaración de herederos, determinando quienes son. Primero serán en linea recta, en este caso serían los tres hijos ya que el cuarto hijo no tenía descendientes. Todos los hijos heredarín por igual.

Sobre el chalet que comentas, si es por donación es un bien que contará en la legítima de la hermana por lo que se establecerá su valor y si supera lo que tenía que recibir por legítima tendrá que darle a sus hermanos la diferencia.
Si es una venta tiene que haber documentos que reflejen esa venta.
Si es una cesión de precario, esto ya sería más complicado porque puede o no haber documentación.

La cuenta corriente, la hermana es cotitular de la cuenta?, es administradora? son casos diferentes...
Sin leerme las siete páginas, creo que la cosa es cruda.

Como dice jorcoval, la legítima no te la pueden negar, desde el momento del fallecimiento. Además, en caso del fallecimiento de uno de los padres, "su" parte, forma parte ya de la herencia de los hijos, aunque el usufructo pertenezca al cónyuge. En el ejemplo, una casa, seria la mitad de un progenitor y la otra mitad a repartir en X partes. El superviviente se queda en la casa, pero no puede venderla ni traspasarla.

Por otra parte el dinero que hay en el banco, son habas contadas. Da igual que vayas a la hora del fallecimiento a sacar toda la pasta o diez minutos antes: eso si se puede reclamar hablando siempre del mismo dia. Si dos dias antes se ha sacado dinero eso ya....

Pero todo lo que se traspase en vida de los dos, estando los dos de acuerdo, y "legal" eso creo q es chungo...
SIRDRAK escribió:Aquí el tema es que faltan muchos datos, pero sí que te puedo adelantar que si la donación se hizo correctamente, la casa es suya y no la váis a poder recuperar. Y digo váis porque, aunque digas que 'son unos conocidos', por la forma en la que lo cuentas me dá la impresión de que eres uno de los hermanos. ¿Es así?. De todos modos, sea o no el caso, sólo estamos escuchando la versión de una parte, por lo que hay muchas cosas que no sabemos y/o que podrían no ser como se cuentan. Yo ya he visto conflictos familiares de gente cercana y sé como son estas cosas a veces.

Y aunque pudiéseis conseguir que el juez os diese la razón, si ella vive allí, y vive desde hace años, igualmente no la váis a poder echar de ninguna de las maneras (es con un ocupa que se os meta en casa pasadas 48 horas que no hay manera de echarlo, así que con una persona que vive allí desde hace años ni os cuento).

En fin, la mejor manera de arreglar las cosas en estos casos es intentar hacerlo por las buenas, hablando y llegando a un acuerdo (cosa que ya sé que en muchas ocasiones es difícil o directamente imposible), porque si váis a tener que intentarlo por la vía legal, lo más probable es que no consigáis nada y encima viváis un infierno. Os deseo suerte.

no es lo mismo que entrar de ocupa.legalmente no la pueden echar aunque sea herencia firmada a partes iguales...ni le pueden exigir que se vaya,solo en caso de venta o acuerdo mutuo venderían y darían a cada uno su parte,si no hay acuerdo entre ellos y a ella no le conviene acuerdo si como parece se llevan mal,ella puede quedarse allí asta que fallezca...estas cosas familiares en las que no se ponen de acuerdo,suelen acabar con que ella se queda allí asta su muerte aunque tenga muchas ganas de irse de alli o aunque se le este callendo la casa encima de mal que esta y los hijos de ella y los hijos de los otros hermanos el dia de mañana llegan a un acuerdo de vender y repartir las partes...que la mitad de las veces ya están mas que deterioradas ya que la inquilina sabiendo que no todo es suyo no se mete a hacer arreglos por la idea de irse jodiendo unos a otros y pensar.....

si mañana me muero ,mis hermanos se encuentran todo arreglado a costa mia y además se quedan con todo...por eso la mayoría de las veces después de fallecer la persona que vive allí por despecho aunque no quiera ya vivir allí,los hijos de esta deciden dividir la herencia y comprarse algo mas pequeño porque esta el terreno que se cae...porque esa es otra cuestión..si esta bien cuidada la finca a el hijo de esta mujer tampoco pueden echarlo el dia de mañana cuando su madre muera en caso de que el viva allí...

las herencias cuando no hay herederos habitando se resuelven rápido,en casos donde hay un heredero viviendo allí hay que llegar a un acuerdo con esa persona si quiere esa persona...si no hay que esperar que fallezca o decida vender...porque legalmente no se la puede echar...eso si pueden meterse todos en la finca aunque la que se puede liar jajaja....
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