La operadora R considera de "imposible cumplimiento" la demanda de Promusicae

Ricardo Cambre
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El pasado lunes nos hacíamos eco de una sentencia que ordenaba a la operadora de telefonía R a desconectar a un usuario definitivamente de Internet por compartir archivos mediante P2P. La cablera ha salido al paso declarando hace unas horas en su blog que el fallo resultará de "imposible cumplimiento".

En la primera parte del mensaje la empresa de telefonía recuerda la desestimación de la demanda en primera instancia, que no obligaba a personarse en dicho procedimiento judicial. El resto del post de la operadora gallega reza así:

Ahora se ha dictado sentencia en segunda instancia por la Audiencia Provincial de Barcelona, que modifica la sentencia de primera instancia, obligando a R a suspender de forma definitiva la prestación del servicio de acceso a Internet al usuario que utiliza el nickname “nito75”. Ahora bien, esta obligación resultará de imposible cumplimiento, ya que en R no podemos identificar a ningún cliente que se encuentre detrás de ningún nickname, como es el caso.

Como podemos leer en el texto de la sentencia (PDF vía El Mundo) las partes demandantes establecen como fundamentos jurídicos el conocimiento del apodo del usuario y la dirección IP del mismo para identificar la ISP que provee la conexión. A estos datos le acompaña en el fallo un informe de la empresa Dtecnet Software y un informe pericial que corrobora que el usuario "nito75" compartía 5.097 archivos de audio de los cuales tres estaban sometidos a propiedad intelectual.

El abogado especialista en derecho informático y propiedad intelectual David Bravo ha explicado varios aspectos de la sentencia en El Diario, denominando el intento de desconexión como una "prueba piloto". Del mismo modo subraya que las medidas de cesación aplicadas no son proporcionadas con los hechos recogidos en la sentencia, así como que el usuario es totalmente ajeno al proceso lo que, según el abogado, es un fallo grave que conllevaría su nulidad.
41 comentarios
  1. Menos mal que son tontos. Lo que le faltaba a este pais es tocarnos los wevos con las descargas.

    Pq se juzga en catalonia si el delito es en galicia?
  2. No hay por donde cogerlo.
  3. un sinsentido...


    yo no se porque algunos jueces se toman le ley a la torera, y jjuzgan como si se tratase de su redil particular, cual sheriff del salvaje oeste.

    La ley es bien clara al respecto... a este juez le deben de haber metido un buen fajo de eipos debajo de la tunica de "juez" (por llamarlo de alguna manera)
  4. SangReal escribió:
    Pq se juzga en catalonia si el delito es en galicia?

    Eso digo yo, que tiene que ver los catalanes en esto, aparte de haber sido ellos los de la denuncia de prueba por lo visto???
  5. No pueden detectar una incidencia cuando les dices lo que es, van a poder identificar a usuarios xD
  6. loli777 escribió:
    SangReal escribió:
    Pq se juzga en catalonia si el delito es en galicia?

    Eso digo yo, que tiene que ver los catalanes en esto, aparte de haber sido ellos los de la denuncia de prueba por lo visto???

    El demandante puede presentar la denuncia en el juzgado que le convenga, probablemente tenga sede en Barcelona y en ese juzgado la presenta. Al parecer, Barcelona (aunque por lo visto aquí no lo tenéis muy claro) sigue perteneciendo a España.
  7. que historias!!! el caso es que ellos los abogados ya los tienen en nómina, el problema es para los demás...
  8. El Juez Silva "la justicia Española esta corrompida". Sabiendo esto, ya podemos imaginarnos el resto.
  9. Jaque.
  10. Vamos que al final se queda la cosa en nada [carcajad]
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