El tribunal considera que la descarga no autorizada de los vídeos cifrados vulnera la legislación de propiedad intelectual alemana, al eludir las medidas tecnológicas de protección implementadas en la plataforma, castigándose la "producción, distribución y posesión" de dicho software. Se da la circunstancia, sin embargo, que dicha funcionalidad no fue implementada directamente por los desarrolladores del JDownloader, sino que fue incorporada por un programador externo a través de un plugin.
En declaraciones a TorrentFreak, los desarrolladores se lamentan de que puedan ser responsabilizados por las funcionalidades implementadas por terceros, algo que pone en riesgo la existencia de proyectos Open Source participativos, en los que multitud de programadores aportan su propio código.
Nos encontramos por tanto ante dos debates. Por un lado la posibilidad de declarar ilegal un programa por el simple hecho de romper una protección o cifrado informático, castigándose el mero desarrollo o posesión. Y, el segundo debate, es quién debe ser considerado responsable cuando el distribuidor del software no controla el desarrollo de todas sus funcionalidades.
Apasionado de la informática y las nuevas tecnologías desde los 8 años, cuando un Amstrad PC1512 se convirtió en mi "juguete" preferido. Una década después descubrí la PSX y los PIC12C508, y de esa unión nació ElOtroLado.