El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el proyecto de modificación del Código Penal que, entre otros muchos cambios, endurece las penas por delitos de propiedad intelectual, añadiendo además algunos nuevos. Se trata de un paso previo a su aprobación final en el Congreso, que podría incluir nuevas modificaciones, y cuya entrada en vigor no se prevé hasta principios del próximo año.
El texto ya está disponible en la web del Ministerio de Justicia y, como ya explicamos el pasado mes de mayo, la principal novedad en materia de propiedad intelectual es la pena máxima de 6 años de cárcel para los casos más graves, que pueden incluir la administración de webs de enlaces o la modificación de consolas. A este respecto, el abogado David Bravo compara otros delitos con penas inferiores a 6 años, como pueden ser los delitos de lesiones, malos tratos, homicidio imprudente, agresión sexual violenta o facilitación de prostitución infantil.
Entrando ya en materia, de una primera lectura de los nuevos artículos 270 y 271 (a partir de la página 122) hemos visto un par de cambios frente al borrador de mayo que (con los recelos pertinentes) podríamos calificar de positivos. Por un lado la pena mínima vuelve a situarse en 6 meses como en el Código Penal actual (pretendían fijarla en 1 año), y por otro se han añadido los requisitos de "explotación económica" (art 270.1, correspondiente a copias y webs de enlaces) y "finalidad comercial" (art 270.4, correspondiente a la modificación de consolas).
Con estos requisitos entendemos que los usuarios P2P o los que modifiquen sus propias consolas no se verían afectados por la nueva ley, pero deberemos esperar a los análisis de los expertos para estar seguros de todas las implicaciones.
El texto ya está disponible en la web del Ministerio de Justicia y, como ya explicamos el pasado mes de mayo, la principal novedad en materia de propiedad intelectual es la pena máxima de 6 años de cárcel para los casos más graves, que pueden incluir la administración de webs de enlaces o la modificación de consolas. A este respecto, el abogado David Bravo compara otros delitos con penas inferiores a 6 años, como pueden ser los delitos de lesiones, malos tratos, homicidio imprudente, agresión sexual violenta o facilitación de prostitución infantil.
Entrando ya en materia, de una primera lectura de los nuevos artículos 270 y 271 (a partir de la página 122) hemos visto un par de cambios frente al borrador de mayo que (con los recelos pertinentes) podríamos calificar de positivos. Por un lado la pena mínima vuelve a situarse en 6 meses como en el Código Penal actual (pretendían fijarla en 1 año), y por otro se han añadido los requisitos de "explotación económica" (art 270.1, correspondiente a copias y webs de enlaces) y "finalidad comercial" (art 270.4, correspondiente a la modificación de consolas).
Con estos requisitos entendemos que los usuarios P2P o los que modifiquen sus propias consolas no se verían afectados por la nueva ley, pero deberemos esperar a los análisis de los expertos para estar seguros de todas las implicaciones.
Primero la noticia del aumento de la oferta de fibra y ahora lo ponen mas dificil, al menos no han cerrado la puerta del todo, si no, por que querriamos una conexion de 50/5 o 100/10 para solo leer el diario.
Aunque no te lo creas, el mismo contenido que se piratea para el que es necesario el ancho de banda se puede conseguir también de forma legal manteniendo los mismos requisitos de ancho de banda XD
Quiere decir que poseer una página de enlaces es peor k maltratar a alguien o facilitar la prostitución infantil? Porque si es asi, sinceramente, no entiendo en que están pensando nuestros políticos.
Un Saludo.
Antes iba 2 o 3 veces al cine, desde que han ido subiendo el precio, la ultima que vi, fue la del Hobbit.
Yo te lo digo, en los intereses de sólo unos pocos, que son los que realmente mandan.
This.