› Foros › Off-Topic › Miscelánea
skalan escribió:Pues me gustaría saber si hay algún modo de "recuperar" o hacer mía una moto que llevo viendo abandonada un par de años mínimo.Es decir,si hay algún modo de hacerla legalmente mía,o eso necesariamente ha de ir a un vertedero?.Me parece injusto,ya que si coges algún cacharro de la basura,pues es tuyo y punto,no?.Espero vuestra ayuda.Gracias!
skalan escribió:Pues me gustaría saber si hay algún modo de "recuperar" o hacer mía una moto que llevo viendo abandonada un par de años mínimo.Es decir,si hay algún modo de hacerla legalmente mía,o eso necesariamente ha de ir a un vertedero?.Me parece injusto,ya que si coges algún cacharro de la basura,pues es tuyo y punto,no?.Espero vuestra ayuda.Gracias!
Unusuario escribió:En realidad cualquier cosa es susceptible de ser adquirida por usucapión, de acuerdo a los plazos del Código Civil.
Para que se dé la figura de la usucapio deben concurrir unos requisitos generales aplicables a cualquier forma de usucapión y otros especiales para cada supuesto de usucapión. El requisito general es que se trate de una posesión en concepto de dueño, pública, es decir no oculta, pacífica, que no se tenga violentamente, y posesión no interrumpida, es decir, continua.
Osea que si tú coges la moto y la utilizas en concepto de dueño, pasados tres años con buena fe es legalmente tuya.Si no a los 6. Aquí tienes todo el régimen de la prescripción adquisitiva.http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l4t18.html
Artículo 1955 Código Civil
El dominio de los bienes muebles se prescribe por la posesión no interrumpida de tres años con buena fe.
También se prescribe el dominio de las cosas muebles por la posesión no interrumpida de seis años, sin necesidad de ninguna otra condición.
En cuanto al derecho del dueño para reivindicar la cosa mueble perdida o de que hubiese sido privado ilegalmente, así como respecto a las adquiridas en venta pública, en Bolsa, feria o mercado, o de comerciante legalmente establecido y dedicado habitualmente al tráfico de objetos análogos, se estará a lo dispuesto en el artículo 464 de este Código.
rhipone escribió:Llama a la poli, diles que vayan y si te hacen el favor de conseguirte el telefono del dueño y le llamas.
Lo mismo es robada
skalan escribió:Unusuario escribió:En realidad cualquier cosa es susceptible de ser adquirida por usucapión, de acuerdo a los plazos del Código Civil.
Para que se dé la figura de la usucapio deben concurrir unos requisitos generales aplicables a cualquier forma de usucapión y otros especiales para cada supuesto de usucapión. El requisito general es que se trate de una posesión en concepto de dueño, pública, es decir no oculta, pacífica, que no se tenga violentamente, y posesión no interrumpida, es decir, continua.
Osea que si tú coges la moto y la utilizas en concepto de dueño, pasados tres años con buena fe es legalmente tuya.Si no a los 6. Aquí tienes todo el régimen de la prescripción adquisitiva.http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l4t18.html
Artículo 1955 Código Civil
El dominio de los bienes muebles se prescribe por la posesión no interrumpida de tres años con buena fe.
También se prescribe el dominio de las cosas muebles por la posesión no interrumpida de seis años, sin necesidad de ninguna otra condición.
En cuanto al derecho del dueño para reivindicar la cosa mueble perdida o de que hubiese sido privado ilegalmente, así como respecto a las adquiridas en venta pública, en Bolsa, feria o mercado, o de comerciante legalmente establecido y dedicado habitualmente al tráfico de objetos análogos, se estará a lo dispuesto en el artículo 464 de este Código.
Ya tenía en mente lo de la usucapión,pero según recuerdo es un conceprto aplicable únicamente y hablando en castellano a "cosas que te encuentras",es decir,el hecho de quedarse un vehículo como es mi caso se complica por el hecho de que para hacer uso de él como "mio",necesito unos papeles que así lo acrediten...y hacerse con esos papeles es el quid de la cuestión.rhipone escribió:Llama a la poli, diles que vayan y si te hacen el favor de conseguirte el telefono del dueño y le llamas.
Lo mismo es robada
Pues mira tú,dentro de las opciones me parece la más sencilla y lo mismo me da la rallada y los llammo mañana mismo...