Auron83 escribió:A ver vuelvo a explicarlo y ahora cogiendo tal cual un convenio cualquiera que se use la modalidad de 30 días naturales.
"De los 30 dias de vacaciones naturales como minimo 22 dias tendran que ser laborables"
Es decir, os están engañando, muchas veces porque ni los de recursos humanos entienden la diferencia.
30 días naturales o 22 días laborables es lo mismo
es lo mismo haciendo esa salvedad.
pero si coges, como dijo el compañero, diciembre, y pides 30 dias naturales del 2 al 31 de diciembre, los dias 6, 8, 25 y 31 de diciembre no son laborables y si la empresa no aplica la salvedad que acabas de especificar, el trabajador "pierde" 4 dias de vacaciones.
por eso, como la gente lo que hacia era pedir de vacaciones solo los dias laborables sin contar los fines de semana y de ese modo hasta acababan teniendo mas dias (sobre todo los trabajadores publicos, que son los que tienen convenios mas garantistas) se ha cambiado la metodologia y lo que se solicita y se cuenta son solo los dias laborables, de este modo "todos tenemos lo mismo".
pero hay empresas como la del op, donde siguen funcionando con la metodologia antigua y en consecuencia, le "descuentan" 7 dias naturales de vacaciones de los 30 que tiene en el año, cuando realmente de vacaciones solo va a coger 3 dias laborables. con lo cual no le conviene en absoluto coger vacaciones en semanas con festivos, como es el caso.
es un engaño, si. de las empresas.
lo que tienes que informarte
@lion_omega es
cual es el convenio que aplica a tu contrato y leer bien la parte de vacaciones del mismo, para ver si en el convenio (al cual el contrato tiene que mejorar o estar supeditado) especifica dias laborables para las vacaciones.
y si lo especifica, como el contrato tiene que, o adoptar lo que indique el convenio, o mejorarlo, le das con el articulado del convenio en la cara a tu superior.