Jornada laboral y días festivos.

Buenas gente.
Os cuento el dilema que estamos teniendo en mi trabajo y nos trae de cabeza con el jefe.
Nuestra jornada laboral es de 40h semanales de lunes a viernes. Luego en verano hacemos horario de verano de 8 a 15 (2 últimas semanas de julio y agosto entero). Esa hora de menos diaria se resta de las horas de vacaciones anuales, digamos que suelen ser unas 19/20h que nos quita de vacaciones, es decir 2 días y x horas, ya que en agosto estamos obligados a coger 2 semanas de vacaciones.
Bueno pues cuando le decimos que esos días de verano que se nos descuentan pueden salir perfectamente de los sábados que palmamos festivos ya que nosotros hemos currado nuestras 40h esa semana pues nada, no lo razona, que no, este año son festivos que volvemos a palmar.
Se supone que los 30 días naturales de vacaciones + los 14 festivos generan una jornada de 1800h anuales. Pero claro, si yo los festivos me los como por ser sábado, anualmente trabajo 1816h.
Mi jefe no quiere hacer el calculo de horas anuales tampoco he de decir, claro no le interesa porque hay vera que nos pasamos fijo.
En resumen, mi duda es ¿a vosotros os compensan esos festivos? Hablo de gente de 40h lunes a viernes evidentemente.
Si cae en sábado no te tienen que compensar.
Otra cosa es que os estén haciendo la engañifa quitandoos días de vacaciones por el horario de verano.
Eso debe estar en tu convenio digo yo.
Los contratos van por horas y eso lo regula el convenio. Si os están haciendo trabajar más de lo que regula el convenio y no estás de acuerdo, reclama. Lo digo porque el como se compute también puede cambiar de un convenio a otro.
Todo eso está regulado en tu convenio. Allí verás las horas anuales, el tipo de jornada, las vacaciones y la regulación de los festivos. Nadie te va a orientar porque tu caso es sobre tu sector y sobre tu comunidad. Tu y yo podemos estar en el mismo sector y al estar en distinta ccaa nos aplica distinto convenio.
No sé cómo está el tema según convenios, pero donde yo trabajo sí los compensan. En mi caso, me compensaron dos días libres por un domingo que tuve que trabajar hasta casi las doce de la noche.

Pero bueno, a ver si se pasa por aquí algún EOLiano que sea abogado especializado en temas laborales y nos lo confirma.
Schwefelgelb escribió:Los contratos van por horas y eso lo regula el convenio. Si os están haciendo trabajar más de lo que regula el convenio y no estás de acuerdo, reclama. Lo digo porque el como se compute también puede cambiar de un convenio a otro.

Por convenio pone que son 1800h anuales y salen clavadas al contar los 30 días de vacaciones y los 14 festivos. Con lo cual festivo de sábado = 8 horas que hago más anuales.
Reclamar, de poco sirve aquí. Mi jefe entro a la empresa de su padre directamente de jefe, no hay nadie por encima de él, es como hablar con un ladrillo. Le hemos dicho de ir por cómputo de horas y nos amenaza de que si hacemos así que nos preparemos, vamos nos amenaza con quitarnos cosas, pero la gracia es que no tenemos nada. No nos deja comer, no nos deja comprar una máquina de café para tener los compañeros. En verano hacemos 7 h del tirón, sin pausas para comer ni nada, vamos un lujo esta empresa.
Por reclamar me refiero a denunciar. En laboral además prácticamente no existe la presunción de inocencia, por lo que si podéis probar que las horas no se ajustan a convenio, lo tenéis ganado.

Pero lo dicho, leete tu convenio.
lorenooki escribió:
Schwefelgelb escribió:Los contratos van por horas y eso lo regula el convenio. Si os están haciendo trabajar más de lo que regula el convenio y no estás de acuerdo, reclama. Lo digo porque el como se compute también puede cambiar de un convenio a otro.

Por convenio pone que son 1800h anuales y salen clavadas al contar los 30 días de vacaciones y los 14 festivos. Con lo cual festivo de sábado = 8 horas que hago más anuales.
Reclamar, de poco sirve aquí. Mi jefe entro a la empresa de su padre directamente de jefe, no hay nadie por encima de él, es como hablar con un ladrillo. Le hemos dicho de ir por cómputo de horas y nos amenaza de que si hacemos así que nos preparemos, vamos nos amenaza con quitarnos cosas, pero la gracia es que no tenemos nada. No nos deja comer, no nos deja comprar una máquina de café para tener los compañeros. En verano hacemos 7 h del tirón, sin pausas para comer ni nada, vamos un lujo esta empresa.

Denunciar con la nueva ley tendria que hacer un fichajes digital de las horas que se trabajan reales y todo lo que exceda de las 40 horas que se paguen como horas extraordinarias o se compensen con descansos
lorenooki escribió:
Schwefelgelb escribió:Los contratos van por horas y eso lo regula el convenio. Si os están haciendo trabajar más de lo que regula el convenio y no estás de acuerdo, reclama. Lo digo porque el como se compute también puede cambiar de un convenio a otro.

Por convenio pone que son 1800h anuales y salen clavadas al contar los 30 días de vacaciones y los 14 festivos. Con lo cual festivo de sábado = 8 horas que hago más anuales.
Reclamar, de poco sirve aquí. Mi jefe entro a la empresa de su padre directamente de jefe, no hay nadie por encima de él, es como hablar con un ladrillo. Le hemos dicho de ir por cómputo de horas y nos amenaza de que si hacemos así que nos preparemos, vamos nos amenaza con quitarnos cosas, pero la gracia es que no tenemos nada. No nos deja comer, no nos deja comprar una máquina de café para tener los compañeros. En verano hacemos 7 h del tirón, sin pausas para comer ni nada, vamos un lujo esta empresa.

Lo de las 7 horas del tiron lo teneis ganado. No hables mas con el gañan, habla con inspeccion de trabajo, son anonimas y no te pasara nada.
Bueno, igual os despiden a todos, pero con los dineros que os correspondan ( digo a todos porque no sabra quien ha sido)
@Marnix de Puydt Si los despiden a todos y contratan a gente nueva tienen las de perder porque despues podria reclamarse un despido improcedente y con ello cobrar sueldos de tramitacion en caso de readmision.
os teneis que llevar el tema a la seccion sindical provincial que os corresponda. como supongo que no tendreis comite de empresa podeis ir al sindicato que os de la gana, pero el que sea teneis que ir a la provincia y area que os corresponda, y exponer alli el problema que teneis. muy probablemente os estan tangando horas y tal vez algo mas y la actitud a la defensiva del jefecito lo delata.

si no vais todos a una, que es lo que el empresaurio quiere (que no vayais todos a una), teneis las de perder.
Pero si el horario es de lunes a viernes estás pidiendo que los festivos que caen en sábado te los pasen a lunes o viernes para poder disfrutarlos??? Esto se puede hacer??
Torres escribió:Pero si el horario es de lunes a viernes estás pidiendo que los festivos que caen en sábado te los pasen a lunes o viernes para poder disfrutarlos??? Esto se puede hacer??


A la hora de la verdad, los convenios son los que marcan el número de horas anuales que tienes que trabajar.

SI sumas tus horas trabajadas y son superiores a esa cifra, la empresa te las debe.
Zorronoxo escribió:
Torres escribió:Pero si el horario es de lunes a viernes estás pidiendo que los festivos que caen en sábado te los pasen a lunes o viernes para poder disfrutarlos??? Esto se puede hacer??


A la hora de la verdad, los convenios son los que marcan el número de horas anuales que tienes que trabajar.

SI sumas tus horas trabajadas y son superiores a esa cifra, la empresa te las debe.


Pero una cosa será eso y otra mirar los festivos que cae en sábado y pedirlos como vacaciones a parte, no??
Es que no es eso lo que pide el autor de hilo. Lo que quiere es que no le hagan trabajar más horas de las que indica el convenio y que su jefe quiere tangarle.

Repasa mi post y verás que es muy simple, si un convenio indica 1.800 horas anuales y el calendario suma 1.816, la empresa debe 16 horas = 2 días.

Luego ya entre empresa y trabajador que se entiendan como mejor consideren, pero esas 16 horas se las deben.
JesucristoShinobi escribió:@Marnix de Puydt Si los despiden a todos y contratan a gente nueva tienen las de perder porque despues podria reclamarse un despido improcedente y con ello cobrar sueldos de tramitacion en caso de readmision.


Wtf. Si se declara improcedente la opción de readmitir o abonar indemnización es del empresario, así que no hay salario de tramitación alguno, porque en este caso se abonaría indemnización y a tomar viento, con casi toda seguridad (si no, no te metes en ese fregado…)

Eso si se despide solo a él. Si despide a todos y supera los límites del despido colectivo ya es otra pelicula de la que nadie ha hablado. Y está claro que no va a despedir a toda la plantilla y contratar x gente nueva sin que nadie sepa como va la cosa…
@Ser ultrax Si se despide a alguien de forma impreocedente o nula el salario de tramitación es algo que se puede cobrar hasta que salga la sentencia favorable hacia el trabajador. Y que sepa se pueden cobrar ambas cosas, Salario de tramitación e indemnización, lo que no se puede es pillar paro y salario de tramitación. Aunque si puedes trabajar de otra cosa y percibir una parte proporcional del salario de tramitación.
Torres escribió:Pero si el horario es de lunes a viernes estás pidiendo que los festivos que caen en sábado te los pasen a lunes o viernes para poder disfrutarlos??? Esto se puede hacer??


Como ya te han dicho, no es lo que está diciendo el op. El exceso de horas fuera de las marcadas por convenio es lo que realmente se considera "horas extra".

Mi convenio establece 1754 horas anuales. Trabajando 8 horas diarias y descontando las 160 horas de vacaciones, las 56 recogidas por festivos y las 9 horas de asuntos propios no recuperables, sobrepaso ese umbral pero estoy dentro de las 40 "horas extra" marcadas por ley como máximo de exceso.

Esas horas de exceso se computan a 1,5 la hora trabajada, y es potestad mía el decidir si se me remuneran o se me computan como horas festivas. El periodo de liquidación es durante los tres próximos meses al periodo que genera el exceso. Es decir, que a fecha 31 de marzo de 2025 se me debe liquidar el exceso de horas realizado durante 2024, bien yéndome de vacaciones o bien mediante ingreso extraordinario. Si escojo vacaciones, por cada 2 días trabajados, me corresponden 3 a gastar durante el primer cuarto del año.

Esto es lo normal en la mayoría de convenios. Pero el convenio de mi sector es bastante ventajista frente al mismo de otras ccaa. Por eso lo reiterado, con el convenio en la mano no es necesario ni denunciar ni andar a movidas con los jefes. Se expone el hecho, se recomienda que lo consulte con su asesoria/abogado y se pone en práctica lo que en el viene reflejado. No hay que negociar nada, porque precisamente el convenio es el resultado de esa negociación y es de obligado cumplimiento por parte de la empresa.

Informarse de nuestros derechos y de nuestras obligaciones es algo que cualquier trabajador debería hacer. Cuando alguien entra a mi cargo, una de las primeras cosas que facilito siempre es una copia del convenio y la presentación a los delegados de empresa. Cualquier problema o duda, primero con ellos y si no a rrhh. Pero ahí viene reflejado todo.
JesucristoShinobi escribió:@Ser ultrax Si se despide a alguien de forma impreocedente o nula el salario de tramitación es algo que se puede cobrar hasta que salga la sentencia favorable hacia el trabajador. Y que sepa se pueden cobrar ambas cosas, Salario de tramitación e indemnización, lo que no se puede es pillar paro y salario de tramitación. Aunque si puedes trabajar de otra cosa y percibir una parte proporcional del salario de tramitación.


No es así, has oido campanas y estás mezclando ideas (sin acritud) Soy abogado.
Zorronoxo escribió:Es que no es eso lo que pide el autor de hilo. Lo que quiere es que no le hagan trabajar más horas de las que indica el convenio y que su jefe quiere tangarle.

Repasa mi post y verás que es muy simple, si un convenio indica 1.800 horas anuales y el calendario suma 1.816, la empresa debe 16 horas = 2 días.

Luego ya entre empresa y trabajador que se entiendan como mejor consideren, pero esas 16 horas se las deben.



@mozkor17

Pues si…, no se ha que conclusión he llegado yo pero efectivamente no es lo que pide el compañero….
JesucristoShinobi escribió:@Ser ultrax Explicame entonces.


Te lo he dicho.
A grandes rasgos, si te despiden y el despido se considera en sentencia como improcedente, el empresario tiene que optar en 5 dias a readmitir o abonar indemnizacion (se extingue la relación contractual). En este ultimo caso se te abona dicha cantidad en neto y no hay salarios de tramitación.

Si optas por la readmisión, se te indica la fecha de reincorporación y se te abonan salarios de tramitación. Igual que si es una readmisión irregular.

Y con la nulidad igual, si se te declara nulo, te reincorporas y se te abonan salarios de tramitación (cantidades brutas y que NO tienen consideración de INDEMNIZACIÓN)
Torres escribió:
Zorronoxo escribió:
Torres escribió:Pero si el horario es de lunes a viernes estás pidiendo que los festivos que caen en sábado te los pasen a lunes o viernes para poder disfrutarlos??? Esto se puede hacer??


A la hora de la verdad, los convenios son los que marcan el número de horas anuales que tienes que trabajar.

SI sumas tus horas trabajadas y son superiores a esa cifra, la empresa te las debe.


Pero una cosa será eso y otra mirar los festivos que cae en sábado y pedirlos como vacaciones a parte, no??

Hola, no digo que me compense como vacaciones esos sábados, pero si me paso de horas anuales por que casi cada año pierdo 2/3 festivos que son sábados, me gustaría que esos excesos de horas se compensaran de alguna manera. Mi jefe no hace una suma anual de las horas trabajadas, no le interesa ya que ahora el sale beneficiado con las horas de más.
@lorenooki Si si.., que ya he dicho que había llegado a una conclusión errónea. En resumidas cuentas había visto tu última frase esta que cito y había entendido que cumplías tus horas en tu horario de lunes a viernes y que a parte querías que te indemnizaran los festivos que caían en sábado.

lorenooki escribió:En resumen, mi duda es ¿a vosotros os compensan esos festivos? Hablo de gente de 40h lunes a viernes evidentemente.
Es el tipo de cosas por el que se va a un sindicato.
@Ser ultrax

ahora hay posibilidad de readmision en el despido improcedente ¿? que yo sepa era solo en el nulo.
GXY escribió:@Ser ultrax

ahora hay posibilidad de readmision en el despido improcedente ¿? que yo sepa era solo en el nulo.


Siempre la hubo, pero nadie la usaba
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