App informatica me reintegra en efectivo una devolucion?

Hola

Pues he comprado una caja de pc en app informatica pero lo he pagado por visa y entonces mañana la quiero devolver ya que he visto una que me agrada mas en otra tienda pero queria saber si las franquicias suelen devolver el dinero en efectivo o reintegro en tarjeta visa.

Se que el corte ingles si haces una devolucio siempre te reintegran el dienro en la visa si has pagado con visa,pero claro estamos hablando de un comercio franquicia como app.

Por ley me deberia reintegran en la tarjeta visa o dartelo en efectivo?

Lo digo porque en pcbox por ejemplo ellos no te devuelven la pasta,sino q te tienes que pillar otra cosa del mismo valor o inferior.

un saludo
Por ley no tiene que darte nada..la compras=te la quedas.

Ahora, que si el de la tienda quiere hacerte el rollo y te deja devolverla caja, ten claro que te lo devolverá en la tarjeta, siempre que conserves el resguardo de la boleta del datáfono. Se devuelve en tarjeta pq cuando te cobró en tarjeta, el banco carga una comisión, y esta es devuelta si se hace la devolución.
Gaiden escribió:Por ley no tiene que darte nada..la compras=te la quedas.

Ahora, que si el de la tienda quiere hacerte el rollo y te deja devolverla caja, ten claro que te lo devolverá en la tarjeta, siempre que conserves el resguardo de la boleta del datáfono. Se devuelve en tarjeta pq cuando te cobró en tarjeta, el banco carga una comisión, y esta es devuelta si se hace la devolución.


Por ley la puedes devolver sin ningún problema, aunque la hayas comprado, faltaría más. Te DEBEN devolver el dinero.

Pero sólo si no está usada.

Además sólo te devuelven el dinero menos los gastos de envío que los pagas tú.

Pero vamos, que ningún problema.
JohnnyXD escribió:Por ley la puedes devolver sin ningún problema, aunque la hayas comprado, faltaría más. Te DEBEN devolver el dinero.

Pero sólo si no está usada.


Eso es si la has comprado por internet; en tienda no te ampara la ley y no están obligados a devolverte nada. Por eso se da la paradoja que es más fiable comprarse un monitor por internet que en tienda fisica por el tema de pixels muertos por ejemplo.
No no no. Es España tienes de derecho a devolver un artículo si han transcurrido un máximo de 7 días hábiles (cuentan los sábados pero no los domingos ni festivos) SIN NECESIDAD DE ESPECIFICAR MOTIVO ALGUNO. Con un "no me gusta" o "no es lo que esperaba" es más que suficiente. Y por supuesto que puedes haber usado el artículo, otra cosa es que lo hayas roto. Entonces ya no, claro.

Creo que por ley pueden devolverte la pasta en el mismo modo en que tu pagaste. O sea, que seguramente te hagan el reintegro en la VISA.

Y si se ponen tontos, manten la calma y pide la hoja de reclamaciones. Pon una reclamación en la que especificas que se han negado a devolverte el importe (tu te quedas con una copia, ellos con otra, y otra va a consumo, creo). Conserva la factura con la fecha de compra como oro en paño, y vete a poner una denuncia a arbitraje de consumo. Es un servicio gratuito y ganas seguro, así que no te preocupes :)

Artículo 68. Contenido y régimen del derecho de desistimiento.

* El derecho de desistimiento de un contrato es la facultad del consumidor y usuario de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido para el ejercicio de ese derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase.
Serán nulas de pleno de derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento.
* El consumidor tendrá derecho a desistir del contrato en los supuestos previstos legal o reglamentariamente y cuando así se le reconozca en la oferta, promoción publicidad o en el propio contrato.
* El derecho de desistimiento atribuido legalmente al consumidor y usuario se regirá en primer término por las disposiciones legales que lo establezcan en cada caso y en su defecto por lo dispuesto en este Título.

Instituto Nacional del Consumo - Guía del consumidor - Código de consumo

Artículo 71. Plazo para el ejercicio del derecho de desistimiento.
El consumidor y usuario dispondrá de un plazo mínimo de siete días hábiles para ejercer el derecho de desistimiento. Será la ley del lugar donde se ha entregado el bien objeto del contrato o donde hubiera de prestarse el servicio, la que determine los días que han de considerarse hábiles.
Siempre que el empresario haya cumplido con el deber de información y documentación establecido en el artículo 69.1, el plazo a que se refiere el apartado anterior se computará desde la recepción del bien objeto del contrato o desde la celebración de éste si el objeto del contrato fuera la prestación de servicios.
Si el empresario no hubiera cumplido con el deber de información y documentación sobre el derecho de desistimiento, el plazo para su ejercicio será de tres meses a contar desde que se entregó el bien contratado o se hubiera celebrado el contrato si el objeto de éste fuera la prestación de servicios. Si el deber de información y documentación se cumple durante el citado plazo de tres meses, el plazo legalmente previsto para el ejercicio del derecho de desistimiento empezará a contar desde ese momento.
Para determinar la observancia del plazo para desistir se tendrá en cuenta la fecha de expedición de la declaración de desistimiento.

Instituto Nacional del Consumo - Guía del consumidor - Código de consumo

Artículo 76. Devolución de sumas percibidas por el empresario.
Cuando el consumidor y usuario haya ejercido el derecho de desistimiento, el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor y usuario sin retención de gastos. La devolución de estas sumas deberá efectuarse lo antes posible y, en cualquier caso, en el plazo máximo de 30 días desde el desistimiento.
Transcurrido dicho plazo sin que el consumidor y usuario haya recuperado la suma adeudada, tendrá derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad.
Corresponde al empresario la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo.

Instituto Nacional del Consumo - Guía del consumidor - Código de consumo


Ten cuidado que casi todos son unos listos. Yo me llevaría impresos los artículos que te he puesto y se los restregaría por la cara en caso necesario. Si ven que estás informado de tus derechos y que no te pueden vender la moto, cederán.
Físicamente = un vale
Online = reintegro del dinero
-MasMe- escribió:Físicamente = un vale
Online = reintegro del dinero


Si te pones pesao te tienen que devolver la pasta. Otra cosa es que si simplemente vas a cambiarlo por otro modelo, pues te vale con el vale (valga la redundancia :P ).
Te devolverán el dinero en la misma tarjeta que hayas pagado, de todos modos no estoy tan seguro de que sea obligatorio que te devuelvan el dinero, muchas tiendas no devuelven el dinero, si no que simplemente lo recogen y te dan un vale, porque creo que con eso ya cumplen con la ley de recogerte el artículo y devolverte el dinero, aunque sea con un vale, de todas formas la política de cada empresa es diferente, vete a la tienda, o llama por teléfono y sal de dudas.
A ver, el derecho de desistimiento es ÚNICO Y EXCLUSIVO PARA VENTAS A DISTANCIA. En ventas físicas no es obligatorio por ley, el comercio decide si lo aplica o no lo aplica, no nos inventemos leyes que no existen, por favor.
Lo que un comercio no puede hacer es aceptar devoluciones durante todo el año y luego en determinados períodos no hacerlo (como en rebajas, por ejemplo); lo mismo con pago con tarjeta de crédito, o todo el año o nada. Pero el desistimiento por ley es único y excluviso de las ventas a distancia.


Para el topic, a menos que el propietario sea una persona de puta madre, te vas a comer la caja con patatas, así de claro. Si tienes mucha, muchísima suerte, te hará un vale, pero mucha suerte tienes que tener...
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