AYUDA! CARREFOUR NO ME CUBRE LA GARANTIA

ola buenas, bueno que necesito ayuda porque carrefour y en parte sony no m cubren la garantia de mi ps3.
La ps3 tiene 1 y 20 dias y se murio y no enciende y he llamado a SONY y me han dixo que al pasar el año ellos no me reparan amenos que les envie un informe de un perito especializado o que acuda el lugar donde la he comprado. he ido al carrefour y me han dixo lo mismo y que tengo que llevarles un informe del perito en el que se demuestre que la ps3 se ha estropeado de error de fabrica.
Lo que no se es que debo hacer, si pagar de mi bolsillo lo del perito o si puedo o hay algun sitio (la OCU o algun defensor del consumidor,..) en donde me puedan ayudar , porque lo k no me parece justo esque a la hora de comprar te dicen dos años d garantia y ahora que se estropea la play por error de fabrica tenga que pagar yo en parte la reparacion, y si el peritaje me sale negativo pues tendria que pagar el perito y la reparacion de la consola

si hay alguien que le haya pasado algo parecido ayudarme , o decirme mas o menos que hacer o donde puedo conseguir un perito de estos y cuento te cobran

un saludo
Creo que la garantia es de dos años actualmente. Si tienes ticket de compra te la deberían reparar, siempre que la averia no la hayas provocado to (mal uso, caidas). Eso del peritaje lo deben de hacer ellos. Deberian recoger la consola y valorar la avería. No se que ceporro de carrefour te habra contado esa milonga.
Yo que tu llamaria directamente al sat con el ticket en la mano y les diria que se ha estropeado y que simplemente dejo de funcionar, que ellos se encarguen de recojerla y arreglarla.
Te pongo lo mismo que he puesto en otro post. La ley de garantías establece 2 años de garantía y "el principal cambio de esta norma es que aunque la protección del usuario sobre los bienes no varíe en duración y se mantenga en dos años, lo hace de manera más específica durante los seis primeros meses, periodo durante el cual el vendedor asumirá su responsabilidad de manera automática. Si el problema se manifiesta pasados esos 6 meses, el fabricante o el vendedor pueden exigir al consumidor que demuestre que el fallo existía de origen. A partir del sexto mes el consumidor tendrá que demostrar que la avería no se debe a un uso inadecuado; dicho de modo más riguroso, se requerirá una investigación pericial que revele la causa del defecto, que definirá a quien corresponde la responsabilidad del problema: al fabricante o al usuario."


La duda de la gente es, entonces entre los 6 meses y los 2 años, la tienda o el fabricante me pueden putear reclamándome un peritaje (que puede costar 300 euros)? Sí y encima la ley les ampara.
La manera más efectiva es ir al Carrefour con la consola y la factura y pedirles amablemente que la envien a reparar. Si se niegan, pide una hoja de reclamaciones de las de tres hojas (que no te den la de quejas y sugerencias), rellénala y llama allí mismo a la policía para que de fe de que se han negado a aceptarla a trámite, que si no es luego tu palabra contra la suya.

Normalmente, al pedir la hoja o llamar a la policía suelen ceder, pero en caso de que no lo hagan, pasas con la hoja de reclamaciones por la oficina de Consumo de tu ciudad y lo entregas, y a partir de ahí ellos te guían.
pues vaya mierda de ley!!

osea k o reparo la consola por mi mismo o tengo k pagar un perito k me cobraria unos 300 euros, vaya putada

ponerles una hoja de reclamaciones o una denuncia no serviria de nada entonces¿¿
diego_pardo escribió:pues vaya mierda de ley!!

osea k o reparo la consola por mi mismo o tengo k pagar un perito k me cobraria unos 300 euros, vaya putada

ponerles una hoja de reclamaciones o una denuncia no serviria de nada entonces¿¿


http://www.soloarquitectura.com/foros/showthread.php?47530-Garant%EDas-y-port%E1tiles-Ley-del-consumidor/page2&s=f02a087fa2a0d694e3f16af1fffe6323

Aquí tienes a un tipo que mandó un peritaje a una tienda de electrónica y la compañia (en este caso Dell) se lo aceptó, aunque no le devolvió los 50€.
Hola, tengo entendido (perdonen si estoy equivocado...) que como norma general la garantía aquí en España corresponde a los 2 años, algunos usuarios dicen que la garantía de PS3 es actualmente de 1 año, porque está calificada como juguete.
SONY te dá un año, el que lo vende (Carrefour) otro año, lo que no sé cierto es si sumando esos años hacen el total de 2 años de garantía o es un año como tope para ambos sin poder optar a juntarlos...
Así que yo también estoy un poco liado..., buscaré más info cuando tenga más tiempo y poder salir de dudas.
A ver si algún usuario bien informado nos puede asesorar..., saludos coordiales...
Newport lo ha explicado muy bien, Connan, échale un ojo a su comentario.
me paso lo mismo,pero con el game... y de verdad.. que lo de 2 años.. es un timo en toda regla.. te vas a consumo o donde quieras.... y te dicen... q si.. q 2 años... pero que apartir del 6 mes... peritaje.. o na nai.... e incluso... despues de pagar el peritaje.. te pueden hacer ellos un Contra-peritaje (sony)... y asi no vale el tuyo.

en fin.. que tiene mala pinta.. intenta ir a otro carrefour.. por que si intentar ir por las buenas, y de legal, nada, te piden mil historias, que lo unico que intentan es marear la perdiz y que pases.
penetre escribió:me paso lo mismo,pero con el game... y de verdad.. que lo de 2 años.. es un timo en toda regla.. te vas a consumo o donde quieras.... y te dicen... q si.. q 2 años... pero que apartir del 6 mes... peritaje.. o na nai.... e incluso... despues de pagar el peritaje.. te pueden hacer ellos un Contra-peritaje (sony)... y asi no vale el tuyo.

en fin.. que tiene mala pinta.. intenta ir a otro carrefour.. por que si intentar ir por las buenas, y de legal, nada, te piden mil historias, que lo unico que intentan es marear la perdiz y que pases.


y al final como lo resolviste?? tuviste que pagar tu la reparacion y cuanto te costo el perito ese o te la repararon ellos??
pues voy a intentar que no me mareen demasiado porque lo hacen y muy bien y intentare que me la reparen por la buenas o por las malas
carrefour hoja de reclamación veras que pronto se bajan los pantalones, hazme caso yo lo hice
diego_pardo escribió:
penetre escribió:me paso lo mismo,pero con el game... y de verdad.. que lo de 2 años.. es un timo en toda regla.. te vas a consumo o donde quieras.... y te dicen... q si.. q 2 años... pero que apartir del 6 mes... peritaje.. o na nai.... e incluso... despues de pagar el peritaje.. te pueden hacer ellos un Contra-peritaje (sony)... y asi no vale el tuyo.

en fin.. que tiene mala pinta.. intenta ir a otro carrefour.. por que si intentar ir por las buenas, y de legal, nada, te piden mil historias, que lo unico que intentan es marear la perdiz y que pases.


y al final como lo resolviste?? tuviste que pagar tu la reparacion y cuanto te costo el perito ese o te la repararon ellos??
pues voy a intentar que no me mareen demasiado porque lo hacen y muy bien y intentare que me la reparen por la buenas o por las malas


Al final despues de vueltas y más vueltas... De marearme de una tienda a otra y poniendo reclamaciones..... Y nada de nada... Ahí tengo mi bonita consola con sus mismos problemas....
Rosencrantz escribió:Newport lo ha explicado muy bien, Connan, échale un ojo a su comentario.


Gracias por tu consejo, pero más o menos ya lo sabia lo que expone en su link, aquí se está hablando de la garantía de una PS3 y no de un PC DELL, que no es lo mismo y este último si tiene 2 años de garantía mínimo ya que está catalogado como Sistema Informático o algo así, en teoría en PS3 deben de darte 2 años de garantía, pero como está catalogada como juguete, tengo entendido que un juguete tiene garantía de un año y es ahí donde se coge SONY o cualquier tienda..., no estoy seguro si se puede reclamar y exigir que te respeten los 2 años que notifica el BOE...
De ahí vienen mis dudas...
Saludos coordiales.
esto cada dia esta peor, que asco de leyes. Esque te pasa esto y apetece quemar la fabrica de sony y el puto carrefour ratataaaa
Osea que me tomaron el pelo el año pasado en carrefour.
Al comprar la ps3 me ofrecieron aparte de los 2 años de garantia de por ley, 2 años mas con un seguro que ellos hacen.
Le dije al dependiente que me lo ofrecio, si no habria despues del segundo año ningun problema si se me estropease y me aseguro varias veces que no,que me la cambiarian no que me la arreglarian si no que me la cambiarian por otra igual y si no hubiera igual,otra superior a la
asegurada. Desde luego si al pasar los 2 años se me estropease y no se quisieran hacer cargo, al dependiente ese que esta alli muchos años
le iba a montar un pollo antologico en medio del carrefour por ladrones.

Yo me quedaria sin consola y sin 40 € que me costo el seguro,pero te aseguro que ese dependente se acordaria de mi
de la verguenza que le haria pasar.
Connan escribió:
Rosencrantz escribió:Newport lo ha explicado muy bien, Connan, échale un ojo a su comentario.


Gracias por tu consejo, pero más o menos ya lo sabia lo que expone en su link, aquí se está hablando de la garantía de una PS3 y no de un PC DELL, que no es lo mismo y este último si tiene 2 años de garantía mínimo ya que está catalogado como Sistema Informático o algo así, en teoría en PS3 deben de darte 2 años de garantía, pero como está catalogada como juguete, tengo entendido que un juguete tiene garantía de un año y es ahí donde se coge SONY o cualquier tienda..., no estoy seguro si se puede reclamar y exigir que te respeten los 2 años que notifica el BOE...
De ahí vienen mis dudas...
Saludos coordiales.


Vamos a dejar una cosa clara de una vez. Ya que suelo leer lo de la diferencia entre juguetes y sistemas informáticos en foros, y es del todo falsa esa diferenciación. No sé de donde ha salido ya que las leyes las dictan los legisladores, no los fabricantes, las tiendas o cualquier persona anónima que repite un bulo en internet.

Cito textualmente de la página de FACUA "La Ley de Garantías se aplica sobre los bienes muebles de consumo privado, es decir, los bienes de consumo que engloban desde un electrodoméstico a un vehículo, pasando por muebles, objetos de todo tipo e incluso obras de arte. Las garantías se aplican a productos nuevos y de segunda mano, siempre que se compren a un vendedor profesional y no a otro usuario.

Esta Ley no será de aplicación a estos bienes y servicios: suministros (agua corriente, gas y electricidad), bienes inmuebles, de naturaleza incorporal (obras intelectuales, software, etc) y bienes adquiridos mediante venta judicial. Tampoco será aplicable a los de segunda mano comprados en subasta administrativa a la que los usuarios puedan asistir en persona."


Por lo que en la ley de garantías entran sin diferenciación tanto juguetes, pcs, smartphones, consolas, teles y cualquier otro producto electrónico.
Cuanto ignorante hay por la vida, ignorante o desinformador que quiere engañar para no hacer valer nuestros derechos:

La garantía son 2 años y punto.

Si fueran 6 meses creedme que la inmensa mayoría de compañías se acogería a eso, no darían 2 años porque sí, en todo caso harían como sony y darían 1 y quedarían como dios, pero no, son 2 años y punto.

Durante los 6 primeros meses el vendedor tienes que aceptar la garantia sí o sí, presuponiendo que el fallo de de gráfica ¿entendemos? a los 6 meses, el vendedor puede (si quiere) presuponer que ya no es un fallo de fábrica y en ese caso puede solicitar un perito (pagado por el vendedor que es el que ha decidido presuponer que la discomformidad no es de fábrica), pero en ningún momento la ley dice que sea el consumidor el que deba probar una mierda. (si no, como ya he dicho, todas las compañías darían 6 meses o 1 año). Ve a la OCU y se te toca un funcionario no enchufado y con estudios, os responderá lo que acabo de decir.

Ah, y lo de que la ps3 es un juguete es una leyenda urbana, una soberana estupidez, más que nada porque los juguetes tienen por ley 2 años de garantía.

Así que reclama en Carrefour en lugar de hacer caso a foreros sin idea (o que trabajan para sony o algún comercio y quieren desinformarte), que tienes tus dos años de garantía por ley (se les exige a los vendedores, no a los fabricantes, por eso SONY se lava las manos al año).
Hola Newport y Paposi, gracias por vuestras aclaraciones. Si he escrito aquí es sólo para salir de dudas ya que este hilo pertenece a un caso reciente y nos puede servir a todos.
Todo lo que habéis escrito, tiene su parte de razón, opino igual que vosotros (soy de los q a la mínima voy a la oficina del consumidor para solucionar problemas de consumo...), todos sabemos que la garantía en España es de 2 años, el problema no está ahí, el problema es referente a la compra de una PS3 y su correspondiente garantía, ya que SONY se saca de la manga su propia garantía que según fuentes externas se supone que cataloga a su PS3 como juguete... (me cuesta creer este último ya que PS3 tiene íntegro un BluRay y esto tengo entendido que no es un juguete sino un aparato electrónico...).

Vamos al caso de un supuesto juguete, ¿periodo de garantía que tiene un juguete...?, aquí el texto copiado de la web de FACUA:

"¿Qué periodo de garantía tiene un juguete?

Debemos distinguir entre garantía legal y garantía comercial. En cuanto a la primera se regula en la ley 23/2003, de 10 de julio, Garantías en la venta de bienes de consumo por un periodo de dos años. En cuanto a la comercial, es la ofrecida por el fabricante, esta debe constar por escrito y determinar los requisitos que se van a exigir para hacerla efectiva así como la duración de la misma, el nombre y dirección del garante. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando el artículo se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad. Salvo prueba en contrario, la entrega se entiende hecha en el día que figure en la factura o tiket de compra, o en el albarán de entrega correspondiente si éste fuera posterior."

Segun el folleto de la garantia que viene con la ps3 la consola solo tiene 1 año de garantia no 2:

"...Sony computer entertaiment europe ltd (SCEE) garantiza que no existen defectos en los materiales ni en el proceso defabricación de este producto que puedan tener como consecuencia un fallo del producto durante su uso normal deacuerdo con los terminos dispuestos mas abajo y se comprometem por el período de un año a partir de la fecha de compra original a reparar o sustituir cualquier componente de este producto, de forma gratuita, cuando este falle debido a materiales o a un proceso de fabricación defectuoso. La sustitución se llevara a cabo con unidades o componentes nuevos o reparados..."

Sony no es el vendedor y realmente ellos solo dan un año. Pero eso no debería ser nuestro problema...

Como ejemplo, el otro día fuí al Corte Inglés y para encontrar la nueva PS3 me dirigieron a la sección de Jueguetes que es donde la pude encontrar, una vez allí le pregunté al dependiente (dependienta en este caso...) sobre la garantía de la PS3 y me dijeron que la PS3 está catalogada como un "juguete", por lo tanto tenía 1 solo año de garantia.
Entonces pensé: "Ahí man dao", realmente creo que es una excusa que se inventan los vendedores...
Luego pasé por GAME y me dijeron lo mismo pero sin nombrar lo de juguete, que la PS3 tenía garantía de 1 año y te la tenías que tramitar tu... (tengo entendido que ellos deberían tramitarte la garantía que para algo te venden un producto..., no?).
Vamos un desastre y sin entrar con ellos en intercambio de razones...

En conclusión, parece que hay dos garantías, la del vendedor (tienda) y la del fabricante, la del vendedor esta regulada por los 2 años de garantía y la del fabricante no esta regulada por esa ley, con lo que ellos pueden aplicar sus propias garantías...

Pero a decir verdad, en el real decreto lo dice bien claro:

"Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias

CAPÍTULO III
Ejercicio de derechos por el consumidor y usuario
Artículo 123. Plazos.
1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad."

Como véis, todo son dudas y dudas sin intención de marear a nadie ni aplicar leyendas urbanas, expongo lo experimentado ya que tiene relación con el problema mostrado en este hilo con el comercio Carrefour.
No acabo de entender porque tantas historias de peritaje y plazos de garantías si siempre se ha sabido que el plazo legal es de 2 años desde la fecha de compra sea el artículo que sea...

Supongo que algún usuario sabrá más del tema y nos pueda asesorar bien, así podremos salir todos de la duda y ayudarnos mútuamente.

Gracias por vuestra información y un coordial saludo desde aquí.
Que si que si....si todo lo que ponéis, la leyes y demás están muy bien...xo q ya os digo yo... Q por mucho que creáis que tenéis razón... Por desgracia no la tenéis...id a consumo...contarle todo esto q decís... Y os llevareis la sorpresa como yo...q no tenemos razón e interpretAmos las leyes mal.... Esas son las después q dan, en consumo, en el ayuntamieto (en mi caso fue san Sebastián de los reyes) e incluso una asociación q pregunté... Todos respondían lo mismo... Q si... Q lo q queramos...q 2 años pero con peritaje....

Lo peor es lo q ya he dicho...te gastas el dinero en un peritaje.... que por menos de 300e no encontré.... Si te lo aceptan... No te lo pagan... Y si no te lo aceptan, xq hacen un contraperitaje...te la han liado...

Yo lo intentaría... Pondría reclamaciones por todos lados... Tienda, consumo de tu provincia y consumo del propio ayuntamiento al que pertenezca....

Si no consigues nada... www.Hospitadeconsolas.com, esta en Madrid y por lo que he leído...trabajan bien y barato
penetre escribió:Que si que si....si todo lo que ponéis, la leyes y demás están muy bien...xo q ya os digo yo... Q por mucho que creáis que tenéis razón... Por desgracia no la tenéis...id a consumo...contarle todo esto q decís... Y os llevareis la sorpresa como yo...q no tenemos razón e interpretAmos las leyes mal.... Esas son las después q dan, en consumo, en el ayuntamieto (en mi caso fue san Sebastián de los reyes) e incluso una asociación q pregunté... Todos respondían lo mismo... Q si... Q lo q queramos...q 2 años pero con peritaje....

Lo peor es lo q ya he dicho...te gastas el dinero en un peritaje.... que por menos de 300e no encontré.... Si te lo aceptan... No te lo pagan... Y si no te lo aceptan, xq hacen un contraperitaje...te la han liado...

Yo lo intentaría... Pondría reclamaciones por todos lados... Tienda, consumo de tu provincia y consumo del propio ayuntamiento al que pertenezca....

Si no consigues nada... http://www.Hospitadeconsolas.com, esta en Madrid y por lo que he leído...trabajan bien y barato



Te voy a hablar de mi relación con consumo de mi comunidad. Hace unos pocos años compro una PSP en el corte inglés. Todo el mundo pensaría, joder, es el sitio idóneo. Por lo menos si eres una vieja y vas con abrigo de visón, te cambian hasta lo más caro sin problemas. Resulta que era un regalo y al de poco de comprarla, la persona me lo rechaza, para más señas familiar. A todo esto era la época en que todo dios pillaba una PSP para meterle un CF y ese modelo específico que salió, hasta ese momento no dejaba. La tía me dice que no, que no me devuelve el dinero, que estaba abierta la caja. Yo inocentemente y pensado en su buena voluntad, ya que me encontraba en una tienda seria, le expliqué que la persona utilizó el aparato. A todo esto llamé al servicio de atención al cliente de ECI y la telefonista me dijo que no habría ningún problema. Le digo que ellos me la dieron así, con un celo pegado, que le habían puesto ellos no Sony y que la había abierto en presencia del vendedor para ver que estaba perfecta (cosa lógica con tanto pixel muerto y problemas en la época). Me dice que si yo he abierto la caja, ya no me devuelven el dinero. Le digo que he llamado a su teléfono de atención al cliente y me han dicho que no habría problemas. Le remito a su ticket "si no queda satisfecho le devolvemos el dinero", que para hacerlo por cojones hay que utilizar el aparato o el bien que se compra. Se niega. Baja el jefe de planta y me repite lo mismo. Le pido una hoja de reclamaciones. Voy a hacerla sin problemas y la envío a consumo.

A todo esto tengo que decir que si llega a ser otro aparato electrónico no hubiera habido ningún problema, seguro, aunque actualmente quizás no XD. Pero la venta de consolas está llena de usuarios que compran, devuelven, quieren piratearla, no pueden, y al final las tiendas, comercios y compañías se defienden siendo rastreras con quien no deberían de serlo muchas veces.

Al de unos meses consumo contesta que me deniegan la solicitud. Voy a consumo y hablo con un tío que me explica lo siguiente. Si el producto lo abres, pierdes el poder devolverlo y que te devuelvan el dinero. Es decir, queda en manos de la tienda proceder como quiera y tú te jodes. Yo le remito al ticket y al "si no queda satisfecho le devolvemos su dinero" del establecimiento. El tipo me dice que eso no es vinculante. TÓCATE LOS COJONES. La tienda más importante de la comunidad y resulta que miente en sus tickets y no pasa nada. La publicidad engañosa no importa entonces, pueden contarme cualquier bulo, cualquier patraña y después si no te visto no me acuerdo. El tipo admitió eso sí que estaban teniendo problemas con ese eslogan, pero no hacían nada (cosa que no admitió pero de su contestación se derivó). Vamos que las comunidades autónomas están más por los derechos de las empresas que por los de los ciudadanos.

Es decir, punto número uno, en consolas las tiendas suelen abrirlas y la caja ves que está abierta por ellos, hazlo tú y pierdes derechos, para consumo este tema no importa. Si el ticket o la publicidad es engañosa, para consumo eso tampoco importa. Después es muy bonito lo de tienes 2 años de ganantía, un tiempo para devolver el aparato si no te interesa, exige tus derechos y demás soflamas pero la realidad es más puteante que todo eso.
cristian_n escribió:carrefour hoja de reclamación veras que pronto se bajan los pantalones, hazme caso yo lo hice


y te la repararon??
en cuanto me informe un poco mas sobre el tema voy a hablar con ellos otra vez y si se niegan pues hoja de reclamaciones , haber si sirve d algo...
y no te merece la pena probar en otro carrefour? tu algo que compras en uno puedes descambiarlo en otro. Yo probaria en otro a ver si te ponen menos problemas, xq la garantia está ahi para algo.
Y sino pues hoja de reclamación y a consumo del tiron.
Diego, no se si me has leído mi primer post, pero es una solución muy efectiva (que no digo que sea la correcta, pero sí efectiva).
Mira no es la solucion mas ética pero cuando se ponen tontos hay que buscarse la vida,comprate la misma ps3 en carrefour si la tuya esta en buen estado le pegas el cambiazo,desactivas la cuenta desde el pc y cambias la contraseña y listo.
Hay que echarle cara pero gente que conozco lo ha hecho y tienen play funcionando.
Mismo caso excepto que a la mia le fallaba el lector y a los dos meses despues de dejarsela para que me diesen una solución me entregaron una nueva.
Carrefour Almería...
Pero yo tenía entendido de que sony tiene la consola como si fuera un juguete, y en este país los juguetes solo tienen un año de garantía, por lo tanto es casi seguro que sea por eso por lo que se quieren lavar las manos todos.
Tunoblack escribió:Mismo caso excepto que a la mia le fallaba el lector y a los dos meses despues de dejarsela para que me diesen una solución me entregaron una nueva.
Carrefour Almería...


pero como tu como hiciste para dejarsela?? k les dijiste?? porque ami me dicen k no se pueden kedar con la consola y k me la lleve, y si no m la llevo se kada ahi tirada...
handrajoso escribió:esto cada dia esta peor, que asco de leyes. Esque te pasa esto y apetece quemar la fabrica de sony y el puto carrefour ratataaaa
+10000 Pero antes de hacer eso, mejor saqueamos todas sus fábricas, tiendas y Centros Comerciales. [carcajad] [+risas]
Ahora en serio, yo la compré en el Carrefour y si no me cubren la garantía o a las buenas o a las malas. La garantía es de 2 años, así que no nos cuenten milongas, que a la hora de vender muy amables pero luego.... [bad] [+furioso]
Yo estuve hablando el otro dia esto con un dependiente de Gamestop cuando compre la Ps Vita sabiendo los problemas que pone Sony.

Me dijero que Sony te cubre el primer año y que la tienda el segundo, igual que pasa con el Corte Ingles.

Asi que si quereis evitar problemas ya sabes donde comprarlas.

Saludos
FranScorpions escribió:Pero yo tenía entendido de que sony tiene la consola como si fuera un juguete, y en este país los juguetes solo tienen un año de garantía, por lo tanto es casi seguro que sea por eso por lo que se quieren lavar las manos todos.


Tú no has leído ni una de las anteriores páginas verdad? Los juguetes tienen 2 años de garantía, es una leyenda urbana eso de que SONY la catalogue como juguete.
Paposi escribió:
FranScorpions escribió:Pero yo tenía entendido de que sony tiene la consola como si fuera un juguete, y en este país los juguetes solo tienen un año de garantía, por lo tanto es casi seguro que sea por eso por lo que se quieren lavar las manos todos.


Tú no has leído ni una de las anteriores páginas verdad? Los juguetes tienen 2 años de garantía, es una leyenda urbana eso de que SONY la catalogue como juguete.

De leyenda urbana nada eh... Q te vas a consumo y te dicen efectivamente q la garantía es de 1 año x juguete... Y si quieres otro año... A pegarse cn la tienda.... Además de las pruebas de perito q te piden...

Volvemos a lo mismo... Q vaya a consumo y q la lie allí.... Xq cada caso, puede ser distinto... Provincia..municipio.... En unos sitios te atenderán mejor y en otros pasarán de ti....

Pero de verdad...q la ley, x lo que parece, la interpretamos mal... Y lo q parece que nos protege.... A quien protege es al vendedor.... Siempre hay un pero... Y siempre hay un requisito.... En este caso q ofrezcas una prueba pericial....
Ahora vamos a un ejemplo... Conseguimos la prueba.. la presentamos.. y coge Sony, presenta la suya.. y te dan morcillas.... No puedes hacer más...

Yo insisto en que al menos lo intente... Pero yo en mi situación... No conseguí nada... Ni presentando fotocopia de las leyes, ni presentando las garantías de la tienda... Ni las de La web (que eran distintas... Estaban escritas de diferente manera...) Nada..no conseguí nada... Solo perder dinero en llamadas, gasolina y tiempo...

Suerte... Y cuéntanos...

Pd... Un peritaje te lo puede hacer cualquier electrónico titulado, por si conocéis alguno q este por las unis....
penetre escribió:
Paposi escribió:
FranScorpions escribió:Pero yo tenía entendido de que sony tiene la consola como si fuera un juguete, y en este país los juguetes solo tienen un año de garantía, por lo tanto es casi seguro que sea por eso por lo que se quieren lavar las manos todos.


Tú no has leído ni una de las anteriores páginas verdad? Los juguetes tienen 2 años de garantía, es una leyenda urbana eso de que SONY la catalogue como juguete.

De leyenda urbana nada eh... Q te vas a consumo y te dicen efectivamente q la garantía es de 1 año x juguete... Y si quieres otro año... A pegarse cn la tienda.... Además de las pruebas de perito q te piden...

Volvemos a lo mismo... Q vaya a consumo y q la lie allí.... Xq cada caso, puede ser distinto... Provincia..municipio.... En unos sitios te atenderán mejor y en otros pasarán de ti....

Pero de verdad...q la ley, x lo que parece, la interpretamos mal... Y lo q parece que nos protege.... A quien protege es al vendedor.... Siempre hay un pero... Y siempre hay un requisito.... En este caso q ofrezcas una prueba pericial....
Ahora vamos a un ejemplo... Conseguimos la prueba.. la presentamos.. y coge Sony, presenta la suya.. y te dan morcillas.... No puedes hacer más...

Yo insisto en que al menos lo intente... Pero yo en mi situación... No conseguí nada... Ni presentando fotocopia de las leyes, ni presentando las garantías de la tienda... Ni las de La web (que eran distintas... Estaban escritas de diferente manera...) Nada..no conseguí nada... Solo perder dinero en llamadas, gasolina y tiempo...

Suerte... Y cuéntanos...

Pd... Un peritaje te lo puede hacer cualquier electrónico titulado, por si conocéis alguno q este por las unis....


Pues con todo el respeto a los que trabajen en consumo, los que son de tu localidad son subnormales y deberían poner a otros con algo de conocimiento:

http://www.diariodenavarra.es/20090105/ ... ia&chnl=10

El juguete está enmarcado dentro de la normativa de bienes de naturaleza duradera, por lo que según la legislación se le aplica el régimen de garantía de dos años.

Así que es pura leyenda urbana, a la ps3 no se la considera juguete ya que no cambiaría nada.

Ah, si os exigen el peritaje, son ellos los que lo tienen que pagar, ya que la ley les da derecho a los 6 meses a usar un peritaje para demostrar que no es fallo de fábrica, para usar ese derecho tienen que pagar su perito, antes de esos 6 meses tiene que arreglar el bien sí o sí, sin derecho a un peritaje.

En GAME que son unos cabr... de cuidado, usan estas tretas para no cumplir la ley, sin embargo den GameStop dan 2 años con la ps3 cumpliendo la ley.
Estos días he estado buscando info sobre la garantía de PlayStation 3 y ya tengo las cosas un poco más claras. En ningún lado oficial se especifica que SONY cataloge su PS3 como jugete o como animal doméstico, vamos, que es una video-consola como otras y ya está.
Lo que si tengo claro es que SONY se coge a la garantía de comercio, que según se entiende es que un fabricante pone su máximo de tiempo de garantía en el artículo que fabrica, en este caso SONY da un año de garantía..., pero hay que cumplir la Ley aquí en España que es de 2 años, con lo cual alguien tiene que completar el plazo legal de garantía de 2 años para que ese artículo se venda legalmente en España, pues bien, ese es la Tienda o Comercio que lo venda, o sea, el vendedor.
Con lo cual se entiende que se da un plazo de 2 años de garantía al comprar una PlayStation 3, uno año te lo da SONY y otro lo da la tienda o viceversa, asi que si un vendedor te da un año de garantía al comprar una PlayStation 3 (según la normativa, el vendedor debe responder ante cualquier disconformidad o queja del consumidor....), hay que saber que tienes otro año de garantía por SONY..., aunque en algunos casos el vendedor se desentiende de esta año y lo deja en manos del cliente, que es el que debería de tramitar y pelear dicho plazo de garantía (no se hasta que punto es legal esto pero se que lo hacen, ejemplo la tienda GAME cerca de mi localidad...),
En teoría la tienda o comercio que vende una PlayStation 3 debe de saber el plazo de garantías en el artículo que vende y dejar claro al cliente cual es su proceso en caso de avería de fábrica dentro del plazo de garantías para no causar conflictos ente ambos..., que según la normativa, el vendedor debe responder ante cualquier disconformidad o queja del consumidor incluso tiene que hacerse responsable de la tramitación de la misma...
Legalmente son 2 años de garantia que tiene que soportar cualquier vendedor, pero normalmente en las tiendas te dicen que el primer año te lo dan ellos y el segundo año que te pelees con la compañia productora, en este caso SONY, para no tener que pelear ellos por el segundo año con la compañia...

En el caso de este hilo, según entiendo, Carrefour debería de tramitarle el segundo año de garantía porque ha sido quien se lo ha vendido, sino, que se dediquen a vender otras cosas...

Saludos coordiales.
Hola primero te voy a hablar como si fuese yo quien la hubiese comprado y me estuviera pasando eso:

Por ley son dos años de garantia asi que yo montaria un jaleo enorme con Guardia Civil/Policia en el Carrefour y ellos se han de hacer cargo SI o SI, y ademas no has de tener ni el ticket, porque ellos estan obligados a guardar las facturas unos 6 años por motivos de hacienda.

Ahora te hablo como dueño de una tienda de informatica (que tengo una tienda y se lo que son las garantias):

Muchos (casi todos los proveedores) solo nos cubren el Primer año corriendo desde el dia que las recibimos en nuestras instalaciones, es decir que si tu la ps3 la compras un 2 de Julio pero la tengo yo en la tienda desde el 25 de Mayo la garantia de Sony empieza a correr desde el 25 de Mayo, no desde el 2 de Julio que tu la has comprado, y Sony solo cubre 1 año, y el otro año el comercio que te lo vendio, por tanto lo mas posible es que aunque tu creas que estes en garantia, Carrefour sabe que no tiene la maquina en garantia y va hacer todo lo posible por quitarse el muerto de encima, Porque TU como cliente final si tienes todo en orden, pero Carrefour sabe que ha de correr con los gastos, yo en mi tienda lo que hago es cagarme en las cosas que se joden a partir del 1 año porque asumo yo los gastos, menos el caso de Apple o Moviles que solo dan 6 Meses.

Resumen: Como tienda yo tambien segun que clientes hecho balones fuera si lo veo viable, pero como cliente soy un cab**nazo y hasta que no me lo arreglerasen montaria la de San Cristo, saludos y tu presiona con llamar a la Civil/Local/Ocu sobre todo no les grites no te achantes que la LEY te AMPARA, eso si en el momento en que grites o amenaces o algo asi si que ya la has liado, pero tu con la ley en la mano y cosas legales reclama que para eso has gastado dinero en ese establecimiento, y para otra vez RECUERDA que en una tienda de barrio esto no te pasaria, esto suele pasar en grandes superficies donde nos tratan como ganado, venden y luego se lavan las manos y una tienda de barrio (como la mia) al tener trato con el cliente y ser habitual, casi nunca te ponen pegas (por lo menos yo no pongo muchas) y ni peritaje ni leches, eso es un cuento Chino, y si necesitas peritaje y no lo puedes pagar mandame un privado que te dare mi numero de telefono y te hare un presupuesto(peritaje) de lo que vale la reparacion y causas y te mandare la copia x mail con sello de empresa y demas (obviamente GRATIS) y se la tendran que comer doblada, espero haberte ayudado saludos
he enviado un correo a la OCU y me ha respondido esto que os pongo ahora.
creo que resuelve algunas dudas y servira de ayuda a otros que les haya ocurrido lo mismo que yo..

Estimado socio

Nos ponemos en contacto con usted en referencia a su consulta sobre garantias.

De acuerdo con la normativa vigente en materia de garantías, el artículo 123 del Real Decreto Legislativo 1/ 2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias se estipula

Artículo 123. Plazos.

1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad.

2. Salvo prueba en contrario, la entrega se entiende hecha en el día que figure en la factura o tique de compra, o en el albarán de entrega correspondiente si éste fuera posterior.

3. La acción para reclamar el cumplimiento de lo previsto en el capítulo II de este título prescribirá a los tres años desde la entrega del producto.

4. El consumidor y usuario deberá informar al vendedor de la falta de conformidad en el plazo de dos meses desde que tuvo conocimiento de ella. El incumplimiento de dicho plazo no supondrá la pérdida del derecho al saneamiento que corresponda, siendo responsable el consumidor y usuario, no obstante, de los daños o perjuicios efectivamente ocasionados por el retraso en la comunicación.

Salvo prueba en contrario, se entenderá que la comunicación del consumidor y usuario ha tenido lugar dentro del plazo establecido.

A su vez el artículo 118 establece

Artículo 118. Responsabilidad del vendedor y derechos del consumidor y usuario.

El consumidor y usuario tiene derecho a la reparación del producto, a su sustitución, a la rebaja del precio o a la resolución del contrato, de acuerdo con lo previsto en este título.

Artículo 119. Reparación y sustitución del producto.
1. Si el producto no fuera conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución del producto, salvo que una de estas dos opciones resulte objetivamente imposible o desproporcionada. Desde el momento en que el consumidor y usuario comunique al vendedor la opción elegida, ambas partes habrán de atenerse a ella. Esta decisión del consumidor y usuario se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente para los supuestos en que la reparación o la sustitución no logren poner el producto en conformidad con el contrato.
2. Se considerará desproporcionada la forma de saneamiento que en comparación con la otra, imponga al vendedor costes que no sean razonables, teniendo en cuenta el valor que tendría el producto si no hubiera falta de conformidad, la relevancia de la falta de conformidad y si la forma de saneamiento alternativa se pudiese realizar sin inconvenientes mayores para el consumidor y usuario.
Para determinar si los costes no son razonables, los gastos correspondientes a una forma de saneamiento deben ser, además, considerablemente más elevados que los gastos correspondientes a la otra forma de saneamiento.

Artículo 120. Régimen jurídico de la reparación o sustitución del producto.
La reparación y la sustitución se ajustarán a las siguientes reglas:
a. Serán gratuitas para el consumidor y usuario. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los productos con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales.
b. Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario, habida cuenta de la naturaleza de los productos y de la finalidad que tuvieran para el consumidor y usuario.
c. La reparación suspende el cómputo de los plazos a que se refiere el artículo 123. El período de suspensión comenzará desde que el consumidor y usuario ponga el producto a disposición del vendedor y concluirá con la entrega al consumidor y usuario del producto ya reparado. Durante los seis meses posteriores a la entrega del producto reparado, el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad cuando se reproduzcan en el producto defectos del mismo origen que los inicialmente manifestados.
d. Si concluida la reparación y entregado el producto, éste sigue siendo no conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la sustitución del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.
e. La sustitución suspende los plazos a que se refiere el artículo 123 desde el ejercicio de la opción por el consumidor y usuario hasta la entrega del nuevo producto. Al producto sustituto le será de aplicación, en todo caso, el artículo 123.1, párrafo segundo.
f. Si la sustitución no lograra poner el producto en conformidad con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la reparación del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.
g. El consumidor y usuario no podrá exigir la sustitución en el caso de productos no fungibles, ni tampoco cuando se trate de productos de segunda mano.
Artículo 121. Rebaja del precio y resolución del contrato.
La rebaja del precio y la resolución del contrato procederán, a elección del consumidor y usuario, cuando éste no pudiera exigir la reparación o la sustitución y en los casos en que éstas no se hubieran llevado a cabo en plazo razonable o sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario. La resolución no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.
Artículo 122. Criterios para la rebaja del precio.
La rebaja del precio será proporcional a la diferencia existente entre el valor que el producto hubiera tenido en el momento de la entrega de haber sido conforme con el contrato y el valor que el producto efectivamente entregado tenía en el momento de dicha entrega.

Debe tener en cuenta que a parte de la garantia legal que establece la norma en los anteriores articulos, existe una garantía comercial que suelen dar las empresas que hacen coincidir con los dos años, de forma que no es necesario acreditar la falta de conformidad una vez transcurridos los seis primeros meses. Verifique que la garantía que le ofrecieron era de dos años o uno, sin perjuicio del derecho no obstante que tiene a reclamarlo por escrito, siempre por escrito, mediante la correspondiente hoja de reclamaciones oficial de su ayuntamiento o CCAA.


Quedando a su entera disposición, reciba un cordial saludo.
Os lo voy a explicar mejor:

He aquí la ley:

1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los bienes de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad.


He aquí una explicación clara:

Hace la distinción de 6 meses sí, significa que esos 6 primeros meses el vendedor (importante esto del vendedor) no puede poner trabas, se presupone que es defecto de fábrica.
El resto de los 18 meses, el vendedor puede (si quiere) negar esa presunción, sí, PERO, no dice en ningún momento que tenga que el consumidor demostrar nada
(de hecho si vemos los siguientes artículos dicen que el consumidor no tendrá que asumir ningún coste durante esos 2 años en el ejercicio del derecho a garantía), el vendedor si quiere negar esa presuncion puede recurrir a un perito, pero en virtud a lo que dicen los siguientes artículos de dicha ley, no puede suponer una carga al consumidor, en todo caso si se empeña en que no es defecto de fábrica es el vendedor el que pagaría el peritaje.

Lo que pretende la Ley no es que el consumidor pague peritajes, sino que si el vendedor (o el fabricante) tienen sospechas fundadas de que les queremos timar (mal uso del aparato y querer hacerlo pasar en garantía), les protege, dándoles la potestad de demostrar que el fallo no es de origen y que, por lo tanto, la avería está fuera de garantía. Pero, evidentemente, demostrar esto corre a cuenta del vendedor, no del cliente.
La ley es clara en cuanto a que, durante los 24 meses posteriores a la compra, el consumidor no debe correr con ningún gasto derivado del ejercicio de la garantía (especialmente piezas, portes y mano de obra).

Basta ya de cuentos chinos de que garantía de sólo 6 meses, de que si es un juguete etc.
El problema es que si el vendedor elije a un perito que él quiera... se corre el riesgo de que lo haga en favor, a posta, del vendedor.

Claro que se presupone que no y que también podría hacerlo el comprador si fuese al revés...
Dunadan_7 escribió:El problema es que si el vendedor elije a un perito que él quiera... se corre el riesgo de que lo haga en favor, a posta, del vendedor.

Claro que se presupone que no y que también podría hacerlo el comprador si fuese al revés...


Le va a salir más barato reparar la consola que contratar un peritaje, así que no lo va a hacer ;)
Esperemos que te la repongan sin problemas, ya bastante vale una consola como para que te den el palo con la garantía.
yo hara 1 año se me rompio la ps3 y tenia casi los 2 años . me faltaban unos 2 meses y no tube problema. les envie la consola con una copia de la garantia y me la enviaron reparada. lo unico que me quede sin un juego que tenia dentro...
Paposi escribió:Os lo voy a explicar mejor:

He aquí la ley:

1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los bienes de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad.


He aquí una explicación clara:

Hace la distinción de 6 meses sí, significa que esos 6 primeros meses el vendedor (importante esto del vendedor) no puede poner trabas, se presupone que es defecto de fábrica.
El resto de los 18 meses, el vendedor puede (si quiere) negar esa presunción, sí, PERO, no dice en ningún momento que tenga que el consumidor demostrar nada
(de hecho si vemos los siguientes artículos dicen que el consumidor no tendrá que asumir ningún coste durante esos 2 años en el ejercicio del derecho a garantía), el vendedor si quiere negar esa presuncion puede recurrir a un perito, pero en virtud a lo que dicen los siguientes artículos de dicha ley, no puede suponer una carga al consumidor, en todo caso si se empeña en que no es defecto de fábrica es el vendedor el que pagaría el peritaje.

Lo que pretende la Ley no es que el consumidor pague peritajes, sino que si el vendedor (o el fabricante) tienen sospechas fundadas de que les queremos timar (mal uso del aparato y querer hacerlo pasar en garantía), les protege, dándoles la potestad de demostrar que el fallo no es de origen y que, por lo tanto, la avería está fuera de garantía. Pero, evidentemente, demostrar esto corre a cuenta del vendedor, no del cliente.
La ley es clara en cuanto a que, durante los 24 meses posteriores a la compra, el consumidor no debe correr con ningún gasto derivado del ejercicio de la garantía (especialmente piezas, portes y mano de obra).

Basta ya de cuentos chinos de que garantía de sólo 6 meses, de que si es un juguete etc.



Eso es asi en la teoria pero en la practica no es asi, con que se vea un arañazo cual quier cosa anulan la garantia, ya que el primer año lo cubre el fabricante y el segundo año el comercio y cuando recae al comercio vamos se agarran a un puño ardiendo, y el cliente si no le respalda algun "perito" se tiene que dar de bruces y a aprender a no comprar mas en ese tipo de establecimientos, porque aunque lo denunciase esa denuncia llegaria al juzgado, y al tener cualquier arañazo o cualquier simplada, el vendedor se aferra a eso, y las leyes favorecen a las empresas no a los ciudadanos de a pie. Yo como consumidor pienso como vosotros, pero como vendedor (que tengo una tienda de Informatica) he visto de todo, yo con las garantias soy bien estricto si no tiene ningun sintoma de golpe o tipico fallo de modificacion sin problemas, pero como me intenten engañar que me ha pasado en varias ocasiones, ya te digo yo que no hay garantia que valga, porque el usuario tiene derechos, pero claro tambien tiene obligaciones. Saludos
Hombre, hay que tenerlos muy gordos para tratar de anular la garantía por un arañazo, cuando la consola puede haber petado por cualquier otra razón.

Esto es como si se te jode el radiador del coche y no quieren arreglartelo en garantía porque tienes un faro roto.....

Un poco de seriedad por favor... :-|

Que encima que la gente se gasta una pasta gansa en comprar un producto tecnológico que debería durarte mínimo 10 años, 10! andan racaneándonos la garantía de la forma más ratonera psible. y no hablo por tí, que pareces justo, hablod e gentuza como Sony, Apple y demás.

PD: Del SAT de Microsoft no puedo poner pega alguna, porque dan 2 años, te recogen la consola, te regalan consolas nuevas, a mí la mía le salieron las luces rojas después de 2 años, ampliaron la garantía indefinidamente, me la cambiaron por un mdoelo más moderno etc....... cosa por otra parte, que debería ser LA NORMA....
Estoy deacuerdo contigo Shane54 ese Nick lo usaba yo cuando vi dicha peli xdd, pero como cliente para hacer valer nuestros derechos tenemos que ponernos de malas, es una pena... nos tratan como ganado, cuando deberian de estar alavandonos ya que gracias a nosotros comen ellos y sus familias, pero eso ya es otro tema.
Buenas, despues de unos dias me crucé con esta info que quizás os pueda valer:
LA GARANTÍA LEGAL Y LA GARANTÍA COMERCIAL

Existen dos tipos de garantías:

GARANTÍA LEGAL: es la garantía de 2 años para bienes nuevos y de 1 año para los de segunda mano. Es la garantía de la que hablamos en este folleto.

GARANTÍA COMERCIAL: es aquella que ofrece el vendedor o el fabricante, es adicional a la garantía legal y nunca puede ser inferior a la legal. Cubrirá aquellas condiciones que figuren en el documento de garantía o en la publicidad. Esta garantía se formalizará por escrito o en cualquier suporte duradero.

Fuente: http://www.consumo.ayuncordoba.es/secun ... ntias.html

Como bien tengo entendido, si SONY nos está dando 1 año de garantía en su PS3, se entiende como Garantía Comercial (el año restante tendría que cubrirlo el vendedor, entonces completa la Garantía Legal...), estaría infringiendo la norma de Ley de garantías, ya que dice bien claro que "nunca puede ser inferior a la legal" y esta última todos sabemos que es de 2 años...

Si he entendido mal perdón y corregidme, saludos!!!
La garantia de sony es de 1 año solamente saludoss
fmextreme escribió:La garantia de sony es de 1 año solamente saludoss


Si, de acuerdo, pero porque lo sabes? Si según ley, que se está hablando largo y tendido, no tiene nada que ver que sea juguetes, que si sony da 1 año de garantia, el otro año lo tendria que dar la tiendo no?

Un saludo.
pefalu1 escribió:
fmextreme escribió:La garantia de sony es de 1 año solamente saludoss


Si, de acuerdo, pero porque lo sabes? Si según ley, que se está hablando largo y tendido, no tiene nada que ver que sea juguetes, que si sony da 1 año de garantia, el otro año lo tendria que dar la tiendo no?

Un saludo.


Si no tengo entendido mal, para cumplir la Ley de Garantía de 2 años la tienda o vendedor tiene que asumir la responsabilidad de garantizar el año restante y completar así los 2 años de garantía oficial en España...

Lo que no me queda claro es lo escrito con anterioridad:
GARANTÍA LEGAL: es la garantía de 2 años para bienes nuevos y de 1 año para los de segunda mano. Es la garantía de la que hablamos en este folleto.

GARANTÍA COMERCIAL: es aquella que ofrece el vendedor o el fabricante, es adicional a la garantía legal y nunca puede ser inferior a la legal. Cubrirá aquellas condiciones que figuren en el documento de garantía o en la publicidad. Esta garantía se formalizará por escrito o en cualquier suporte duradero.

Fuente: http://www.consumo.ayuncordoba.es/secun ... ntias.html
Connan escribió:
pefalu1 escribió:
fmextreme escribió:La garantia de sony es de 1 año solamente saludoss


Si, de acuerdo, pero porque lo sabes? Si según ley, que se está hablando largo y tendido, no tiene nada que ver que sea juguetes, que si sony da 1 año de garantia, el otro año lo tendria que dar la tiendo no?

Un saludo.


Si no tengo entendido mal, para cumplir la Ley de Garantía de 2 años la tienda o vendedor tiene que asumir la responsabilidad de garantizar el año restante y completar así los 2 años de garantía oficial en España...

Lo que no me queda claro es lo escrito con anterioridad:
GARANTÍA LEGAL: es la garantía de 2 años para bienes nuevos y de 1 año para los de segunda mano. Es la garantía de la que hablamos en este folleto.

GARANTÍA COMERCIAL: es aquella que ofrece el vendedor o el fabricante, es adicional a la garantía legal y nunca puede ser inferior a la legal. Cubrirá aquellas condiciones que figuren en el documento de garantía o en la publicidad. Esta garantía se formalizará por escrito o en cualquier suporte duradero.

Fuente: http://www.consumo.ayuncordoba.es/secun ... ntias.html


Que nos enteremos Garantia en España 2 Años por Ley, pero el fabricante en algunos caso asume 6 Meses 1 Año a veces 3 Años, pero si lo que el fabricante da es menor a 2 Años, el comercio que lo vendio asume dicha garantia, por eso hay problemas de garantia porque los Comercios NO LA QUIEREN ASUMIR, ya que no quieren perder dinero, no mireis mas ni os comais la cabeza, asi son las cosas y asi se las hemos contados.
Gracias por aclarar, pero ya tenia esa idea, lo que pasa que re-buscas y hay cosas que te hacen dudar...
Saludos coordiales.
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