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Tagx escribió:Yo también tengo contrato de obra y servicio desde hace 2 meses (de teleoperador) en un servicio que lleva 20 años funcionando..., así que creo que no me pueden echar.
Tagx escribió:suskie, una pregunta: si yo tengo contrato de obra y servicio y trabajo en una plataforma como teleoperador, pongamos en Orange , y me echan, yo puedo demostrar que el servicio de atención al cliente sigue funcionando y que la plataforma no está cerrada, sólo hay que pasarse por ahí para ver que sigue funcionando. ¿Sería improcendente?
Y otra pregunta si me permites: ¿Suelen echar a la gente con contrato de obra y servicio o en verdad es como tener un indefinido,si es que el servicio lleva décadas en el aire, como en mi caso?
Pero es que tienen forma de hacerlo bien y aun asi son tan cazurros que lo hacen mal, eligen contratos que no son los que realmente deberían usar, si quieres que sea un contrato temporal no hagas uno de obra, haz un temporal. Si es que es de cajón.faco escribió:tu servicio acaba cuando tu jefe así lo decida. ese tipo de contratos a mi me parecen una putada, pues te pueden despedir cuando les salga del **** argumentando que tu servicio en la empresa ha terminado.
y eso es legal, aunque la razón verdadera de tu despido sea que te pusiste malo... cosa que con un contrato indefinido, sería un despido improcedente, es decir, con un contrato de obra y servicio, un despido improcedente es virtualmente imposible (te pueden echar cuando les salga del ****)
faco escribió:Tagx escribió:Yo también tengo contrato de obra y servicio desde hace 2 meses (de teleoperador) en un servicio que lleva 20 años funcionando..., así que creo que no me pueden echar.
tu servicio acaba cuando tu jefe así lo decida. ese tipo de contratos a mi me parecen una putada, pues te pueden despedir cuando les salga del **** argumentando que tu servicio en la empresa ha terminado.
y eso es legal, aunque la razón verdadera de tu despido sea que te pusiste malo... cosa que con un contrato indefinido, sería un despido improcedente, es decir, con un contrato de obra y servicio, un despido improcedente es virtualmente imposible (te pueden echar cuando les salga del ****)
Tagx escribió:faco escribió:Tagx escribió:Yo también tengo contrato de obra y servicio desde hace 2 meses (de teleoperador) en un servicio que lleva 20 años funcionando..., así que creo que no me pueden echar.
tu servicio acaba cuando tu jefe así lo decida. ese tipo de contratos a mi me parecen una putada, pues te pueden despedir cuando les salga del **** argumentando que tu servicio en la empresa ha terminado.
y eso es legal, aunque la razón verdadera de tu despido sea que te pusiste malo... cosa que con un contrato indefinido, sería un despido improcedente, es decir, con un contrato de obra y servicio, un despido improcedente es virtualmente imposible (te pueden echar cuando les salga del ****)
Ok, pero ¿¿¿cómo pueden argumentar que el servicio ha terminado si sólo hay que llamar al número de atención al cliente de la empresa (en el que trabajo) y éste sigue funcionando????
edito: gracias suskie
Denuncia, lo mas seguro es que el juez te de la razón, lo que importa en este caso es el objeto de tu contrato, eso esa empresa sigue haciendo esa función no puede finalizar un contrato por obra.Tagx escribió:faco escribió:Tagx escribió:Yo también tengo contrato de obra y servicio desde hace 2 meses (de teleoperador) en un servicio que lleva 20 años funcionando..., así que creo que no me pueden echar.
tu servicio acaba cuando tu jefe así lo decida. ese tipo de contratos a mi me parecen una putada, pues te pueden despedir cuando les salga del **** argumentando que tu servicio en la empresa ha terminado.
y eso es legal, aunque la razón verdadera de tu despido sea que te pusiste malo... cosa que con un contrato indefinido, sería un despido improcedente, es decir, con un contrato de obra y servicio, un despido improcedente es virtualmente imposible (te pueden echar cuando les salga del ****)
Ok, pero ¿¿¿cómo pueden argumentar que el servicio ha terminado si sólo hay que llamar al número de atención al cliente de la empresa (en el que trabajo) y éste sigue funcionando????
edito: gracias suskie
y por eso tiene dado de alta a un monton de gente con tu mimso contrato y ademas sigue contratando gente para lo mismo. Que eso es demostrable y acreditable.faco escribió:si yo fuera el empresario bastaria con argumentar que cuando llaman tu ya no coges el teléfono, así que tu servicio ha terminado...
yo solo te digo que la denuncia es gratis y no hace falta abogado.Tagx escribió:Bueno, gracias a los dos de verdad, me habéis aclarado algunas dudas.
Aunque no creo que en mi caso quisieran contratar temporalmente, de hecho en la entrevista ya me dijeron si buscaba algo fijo, y en la plataforma hay gente que lleva 2,3,5 años con contrato de obra y servicio
cierto, es verdad no eres el creador del hilo.Tagx escribió:jas1, no soy el creador del hilo, yo sólo hacía la consulta por prevenir, por si acaso me echan, de momento tengo trabajo de obra y servicio como teleoperador y espero que durante mucho tiempo que la cosa está muy mal.
De todos modos muchas gracias, me guardo el hilo en marcadores por si acaso ocurre algún día, y vuelvo a relearte para demandar a tiempo.
Muchas gracias tío
Tagx escribió:Bueno, gracias a los dos de verdad, me habéis aclarado algunas dudas.
Aunque no creo que en mi caso quisieran contratar temporalmente, de hecho en la entrevista ya me dijeron si buscaba algo fijo, y en la plataforma hay gente que lleva 2,3,5 años con contrato de obra y servicio
bascu escribió:Tagx escribió:Bueno, gracias a los dos de verdad, me habéis aclarado algunas dudas.
Aunque no creo que en mi caso quisieran contratar temporalmente, de hecho en la entrevista ya me dijeron si buscaba algo fijo, y en la plataforma hay gente que lleva 2,3,5 años con contrato de obra y servicio
Me parece que un contrato de obra no puede durar tanto... cuando yo estaba en Carreful de reponedor (por subcontrata), a los 2 años o así me tuvieron que pasar a indefinido, porque era obligatorio.
Saludos!
guioua escribió:el de acumulacion de tareas que es el codigo 402 dura como maximo dos años, aunque tambien depende de la legislacion de cada provincia hay sitios que la duración máxima es de un año con contratos de estos en un periodo de año y medio, en otras es menos... eso mirandolo en internet te salen todas las provincias con sus limites
Tagx escribió:suskie, una pregunta: si yo tengo contrato de obra y servicio y trabajo en una plataforma como teleoperador, pongamos en Orange , y me echan, yo puedo demostrar que el servicio de atención al cliente sigue funcionando y que la plataforma no está cerrada, sólo hay que pasarse por ahí para ver que sigue funcionando. ¿Sería improcendente?
Y otra pregunta si me permites: ¿Suelen echar a la gente con contrato de obra y servicio o en verdad es como tener un indefinido,si es que el servicio lleva décadas en el aire, como en mi caso?
Hay veces que si esta justificado un contrato por obra, como por ejemplo el etiquetado de productos navideños, pero tb es verdad que se podrían acoger a algún otro tipo de contrato mas acorde a la realidad de la relacion laboral que pretenden regular.Silent Bob escribió:Yo he estado un tiempo trabajando en una ETT (no a traves de ella, sino dentro) y aunque no tocaba tema de contratos, por lo que no se como está el marco legal, sí se que un contrato de obra y servicio puede ser cualquier cosa. Dentro de una fábrica de embutidos la "obra y servicio" puede ser "etiquetar la promocion del momento". Si se acaba la promoción, aunque el embutido en cuestión se siga vendiendo y etiquetando, como la etiqueta cambia ya tienen excusa (ole sus huevos).
O sea que cualquier cosa que sea un producto a la venta y se hagan promociones o simples cambios de producto pueden ser suficientes para acabar una "obra y servicio" by the face
Domoe escribió:habeis intentado hablar con el delegado sindical (oh no!! palabra maldita!!), representante de los trabajadores, comité de empresa..... ????
para todas esas dudas están a la disposición de los trabajadores!!
jas1 escribió:Por ejemplo si yo trabajo para ONO instalando internet y ellos lo siguen haciendo no pueden finalizar un contrato por obra cuyo objeto sea la instalacion de cable de fibra.
Porque precisamente esa es la función principal de la empresa y es una actividad permanente.
en teoria si quieren evitar problemas si deberián especificar que tipo de obra es la que se esta realizando, y eso debe quedar claro en el objeto del contrato. Tiene que quedar claro que cunado esa obra en concreto se acabe se acabo el trabajo, si eso no lo dejas claro como demuestras que se acabo el trabajo cuando tu sigues realizando la actividad generica?elde escribió:pero imagino que pueden contratarte, para instalar internet, en un barrio determinado o en el caso de orange en X llamadas de mas por una campaña de promociones, cualquier aumento puntual de la faena. imagino que en el contrato no especifica "la obra" de que se trata.
asesórate porque yo en tu caso pondria una demanda, y les sacaria los salarios de tramitación, pueden ser 3 o 4 meses que te tienen que pagar by the face, y conviertes los 8 dias en 40 (o los que sean ahora)xenon8 escribió:gracias por los comentarios llegue a casa ahora y lo que veo aparte de que me quieren tangar 4 asquerosos dias, es que lo mas triste es que todos los trabajadores estamos igual en este pais, es indignante currar y dar resultados por 4 duros, que luego te echen aunque no acabe la obra para que "otros" sigan cogiendo del pastel y que encima luego te traten ni dandote los derechos, pero que pasa que esos mismos son los que te van a dar curro otro dia y si los demandas , ADIOS.
En fin me parece demencial.
jas1 escribió: en teoria si quieren evitar problemas si deberián especificar que tipo de obra es la que se esta realizando, y eso debe quedar claro en el objeto del contrato. Tiene que quedar claro que cunado esa obra en concreto se acabe se acabo el trabajo, si eso no lo dejas claro como demuestras que se acabo el trabajo cuando tu sigues realizando la actividad generica?
No hacerlo conlleva riesgos para el empresario.