Colsulta sobre devolucion de articulo.

Hola, queria preguntar si al haber comprado algo defectuoso en una tienda, esta debe volverte el dinero si no te lo puedo reemplazar por otro igual.

Pregunto esto ya que he comprado un mando de consola, que no va nada, en un cashconveters. Y resulta que haya alli tienen por norma no devolver nunca el dinero, si no darte un vale para que lo gastes en la tienda.

¿Puedo exiger por ley que se me devulva el dinero, ya que no tienen otro mando igual para darme, o me tengo que comer el vale?
Me parece que te vas a comer el vale con patatas, pero bueno a ver si alguien por aquí te puede dar alguna otra opción.
Pues creo que si no te lo pueden reemplazar por uno igual te lo tienen que reemplazar por otro mejor... Si no quieren, pues que te lo arreglen, que para eso tienes 1 año de garantía... Sino, pues hoja de reclamaciones...
Si te lo han vendido defectuoso y no tienen para sustituirtelo por otro, deberían devolverte el dinero si no me equivoco.

Es cuestión de sentido común, no pueden ir estafando a la gente vendiendo cosas defectuosas y luego diciendo "ah, te quedas con el vale".

El vale es si compras algo y lo quieres devolver, se hace lo de los vales por que en cuanto un comercio devuelve el dinero, la gente se columpia mucho.
the passenger escribió:Si te lo han vendido defectuoso y no tienen para sustituirtelo por otro, deberían devolverte el dinero si no me equivoco.

Es cuestión de sentido común, no pueden ir estafando a la gente vendiendo cosas defectuosas y luego diciendo "ah, te quedas con el vale".

El vale es si compras algo y lo quieres devolver, se hace lo de los vales por que en cuanto un comercio devuelve el dinero, la gente se columpia mucho.


Yo supongo que es asi, pero es que en el mismo ticket de compra pone que si no te lo pueden cambiar por otro igual o reparar, te dan un vale.

Claro que tambien pone en el ticket, que todos los articulos se comprueban antes de ponersa a la venta, y como que es mentira, por como digo el mando no funciona nada de nada.

De todas formas mañana ire a pedir que me devuelven el dinero, si no quieren pedire la hoja de reclamaciones aunque la ley no me ampere.
Frodo83 escribió:
Yo supongo que es asi, pero es que en el mismo ticket de compra pone que si no te lo pueden cambiar por otro igual o reparar, te dan un vale.

Claro que tambien pone en el ticket, que todos los articulos se comprueban antes de ponersa a la venta, y como que es mentira, por como digo el mando no funciona nada de nada.

De todas formas mañana ire a pedir que me devuelven el dinero, si no quieren pedire la hoja de reclamaciones aunque la ley no me ampere.




Si yo me monto una tienda y doy tickets de compra en los que ponga que, por ejemplo, la compra me da derecho a "beneficiarme" a tu mujer/novia/hermana o lo que sea, podra poner todo lo que quiera, que la ley estara siempre por encima del ticket.



Informate en consumo.
Txukie, si eso ya lo se, que en el ticket puede poner lo que quiera que si la ley dice otra cosa a esa es la que hay que hacer caso. Por eso digo a ver si alguien del foro, sabe lo que dice la ley en ese aspecto.
Por eso te digo que lo mejor es preguntar en consumo, que es facil y te daran informacion fiable. Yo es el mejor consejo que te puedo dar.
Tengo entendido que por ley puedes exigir que te devuelvan el dinero. Llama a Consumo, ellos te informarán mejor, seguro.

Saludos! [bye]
Ferlen escribió:Tengo entendido que por ley puedes exigir que te devuelvan el dinero. Llama a Consumo, ellos te informarán mejor, seguro.

Saludos! [bye]


Yo creo que no, un compañero tuvo un lío por que quería devolver una cosa en el corte inglés y no le devolvían el dinero, y estuvo en consumo y le dijeron que se olvidase del dinero.

Pero lo del otro caso estoy casi seguro que si, si te lo venden jodido y no tienen otro para darte, por que coño vas a tener que comprarte otra cosa?

Es que es puro sentido común, diles que o te lo dan o que te den una hoja de reclamaciones de consumo, la rellenas y te das un paseito.

Suerte.
Lo que dice la Ley escribió:como se contempla en el Real Decreto Legislativo 1/2007 Refundido de 16 de Noviembre, y más en concreto en el Libro II, Título V, Capítulo II, Artículo 121, Apartado único, y cuyo cuerpo dice:

"La rebaja del precio y la resolución del contrato procederán, a elección del consumidor y usuario, cuando éste no pudiera exigir la reparación o la sustitución y en los casos en que éstas no se hubieran llevado a cabo en plazo razonable o sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario. La resolución no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.”


Para ver más problemas y las soluciones que han tenido:

Pasaros por aquí...
10 respuestas