Comprobar estado de deuda, cargas, y servidumbre de terrenos, ¿como se procede con la compra-venta?

Buenas...

Si nada se tuerce voy a cerrar la compra de un terreno en los próximos días, pero nunca me había visto en una de estas, así que me gustaría preguntar sobre cual es el procedimiento habitual, y los plazos para llevarlo a cabo.

No es que no me fíe de los vendedores, porque se supone que el estado de las deudas, cargas, y posibles usos del terreno por terceros estará especificado en el contrato de compra-venta, y si se incumple quedaría anulado, pero aún así me gustaría saber como comprobarlo antes de lanzarme.

¿Donde tengo que ir?, ¿cuanto tiempo se tarda en comprobarlo?, ¿algún consejo?, ¿debo exigir algo en el contrato?.


Muchas gracias.
Puedes buscar la finca a través de la web del catastro, que permite consultar online alguna información en su web.

Con la web podrás identificar la finca (referencia catastral exacta) pero para tener los datos del propietario tendrás que ir a la oficina del Catastro.

Echa un ojo a este artículo por si te ayuda.

Además, te interesa consultar el Registro de la Propiedad, porque si hubiera algún derecho real (usufructo por ejemplo) o gravamen (hipoteca) constituido sobre la finca, debe estar inscrito en el Registro de la propiedad.

Salu2
Quintiliano escribió:Puedes buscar la finca a través de la web del catastro, que permite consultar online alguna información en su web.

Con la web podrás identificar la finca (referencia catastral exacta) pero para tener los datos del propietario tendrás que ir a la oficina del Catastro.

Echa un ojo a este artículo por si te ayuda.

Además, te interesa consultar el Registro de la Propiedad, porque si hubiera algún derecho real (usufructo por ejemplo) o gravamen (hipoteca) constituido sobre la finca, debe estar inscrito en el Registro de la propiedad.

Salu2


Entiendo.

Según la web del catastro dice que es de clase "urbano", luego, al menos ya se que no me encontraré con que no se pueda edificar, ¿no?.

Mañana iré al registro de la propiedad a ver si tiene alguna deuda, pero no se que debo esperar que incluya el contrato de compra venta, ¿debe especificarse el compromiso de que el terreno se entrega sin cargas?, ¿y si no se incluye, y luego las tiene, el contrato pasa a estar anulado?.

Por último, en el registro de la propiedad, ¿la nota simple del inmueble me indica el nombre y el dni del titular de la finca?.

No deberían haber engaños, y ya me jode tener que dar tantas vueltas porque tengo el dinero para dejarlo hecho ya mismo, y a partir de mañana voy a trabajar todas las tardes y voy a andar con el tiempo muy justo.
Lo que debes hacer es ir al Registro de la Propiedad correspondiente y solicitar una NOTA SIMPLE INFORMATIVA.

Te van a pedir, como mínimo la dirección, nombre y DNI del titular, y que expongas por qué motivo lo solicitas. Depende del Registro y de las ganas de trabajar, incluso con la Ref. Catastral te sacan el estado.

En esa Nota simple te aparecerá el/los titulares de la finca, el tipo de propiedad (plena propiedad, nuda, usufructo, etc), la identificación de la firma y las cargas vigentes (hipotecas, embargos, etc), así como si hay documentos pendientes de registro.

EDITO: Que sea URBANO no quiere decir que sea edificable. Eso lo encontraras en el Plan de Ordenación Urbanístico Municipal de tu ciudad, buscando la clave o subclave urbanística en el plano correspondiente y ver los detalles de posibilidades que te permite construir ahí.

En todo caso, la recomendación siempre es que te lo gestione un Agente de la Propiedad (que para eso estamos, no para enseñar pisos solo), o al menos un abogado que tenga experiencia en estas lides.

Para cualquier duda, estoy a tu disposición.
ghod escribió:Lo que debes hacer es ir al Registro de la Propiedad correspondiente y solicitar una NOTA SIMPLE INFORMATIVA.

Te van a pedir, como mínimo la dirección, nombre y DNI del titular, y que expongas por qué motivo lo solicitas. Depende del Registro y de las ganas de trabajar, incluso con la Ref. Catastral te sacan el estado.

En esa Nota simple te aparecerá el/los titulares de la finca, el tipo de propiedad (plena propiedad, nuda, usufructo, etc), la identificación de la firma y las cargas vigentes (hipotecas, embargos, etc), así como si hay documentos pendientes de registro.

EDITO: Que sea URBANO no quiere decir que sea edificable. Eso lo encontraras en el Plan de Ordenación Urbanístico Municipal de tu ciudad, buscando la clave o subclave urbanística en el plano correspondiente y ver los detalles de posibilidades que te permite construir ahí.

En todo caso, la recomendación siempre es que te lo gestione un Agente de la Propiedad (que para eso estamos, no para enseñar pisos solo), o al menos un abogado que tenga experiencia en estas lides.

Para cualquier duda, estoy a tu disposición.


Entonces, lo primero de todo sería firmar un contrato de arras para así tener la prioridad sobre el terreno, y con ese documento tendría el dni para irme al registro de la propiedad para solicitar la nota informativa, y así ver si tiene deudas, la edificabilidad, etc.

Y si todo me parece correcto, entonces ya firmar el contrato de compra-venta.

¿Es así?.

Imagino que ellos ya lo estén moviendo con un agente inmobiliario, pero si no, ¿yo mismo podría proponer alguno? (que obvio que si, pero me refiero a que sin eso no es posible mover la operación).
Como es posible tanto capitalista en el rojolado. Exijo una explicación.

Camarada Lenin
11-8-18
Enviar a Penza

a los camaradas Kuraev,
Bosh, Minkin y
demás comunistas de Penza

Camaradas! La rebelión de los cinco volosts kulak se debe suprimir sin misericordia. El interés de la revolución entera exige esto, porque tenemos por delante ahora nuestra batalla decisiva final "con los kulaks". Necesitamos fijar un ejemplo.

1) Deben ahorcar (ahorcar sin falta, de modo que el público vea) por lo menos 100 kulaks notorios, los ricos, y los chupasangres.
2) Publiquen sus nombres.
3) Quitenles todo su grano.
4) Ejecuten a los rehenes - de acuerdo con telegrama de ayer.

Esto necesita ser llevado acabo de tal manera que la gente por centenares de millas alrededor verá, temblará, sabrá y gritará: ahorquemos y estrangulemos esos kulaks chupasangres.

Telegrafíenos reconciendo recibo y ejecución de esto.

Suyo,

Lenin


@hal9000 Llevas razón, ahora que lo dices lo quiero gratis.

Seguro que tendría sentido.

xD


edit:

@ghod @Quintiliano

He hablado con este hombre, y ya está todo en marcha, pero me ha comentado algo sobre la linde, y debo respetar 2,5m con respecto a la calle, pero me ha comentado algo sobre no poder acercar la casa... ¿2,5 metros al límite de mi terreno?, o que haya una separación de 2,5m entre ambas casas...

Lo digo porque he echo cálculos, y la casa del vecino está a no mas de 1,9 metros, y claro, no es lo mismo no poder acercarme yo a menos de 2,5 metros de mi muro, que a 60cm (que sería los 2,5m de distancia entre dos casas).

La legislación dice que puedes pegar tu casa al muro perimetral de tu terreno si el vecino también lo hace (de forma que queden juntadas. Separadas por un muro, pero juntas), y eso me hace dudar de si la separación de 2,5m es entre casas, o entre tu casa y tu muro.

¿Que os suena a vosotros de todo esto?, hasta que no me llegue la documentación no voy a poder salir de dudas, así que prefiero ir pidiendo opinión para ir haciéndome a la idea.
Señor Ventura escribió:@hal9000 Llevas razón, ahora que lo dices lo quiero gratis.

Seguro que tendría sentido.

xD


edit:

@ghod @Quintiliano

He hablado con este hombre, y ya está todo en marcha, pero me ha comentado algo sobre la linde, y debo respetar 2,5m con respecto a la calle, pero me ha comentado algo sobre no poder acercar la casa... ¿2,5 metros al límite de mi terreno?, o que haya una separación de 2,5m entre ambas casas...

Lo digo porque he echo cálculos, y la casa del vecino está a no mas de 1,9 metros, y claro, no es lo mismo no poder acercarme yo a menos de 2,5 metros de mi muro, que a 60cm (que sería los 2,5m de distancia entre dos casas).

La legislación dice que puedes pegar tu casa al muro perimetral de tu terreno si el vecino también lo hace (de forma que queden juntadas. Separadas por un muro, pero juntas), y eso me hace dudar de si la separación de 2,5m es entre casas, o entre tu casa y tu muro.

¿Que os suena a vosotros de todo esto?, hasta que no me llegue la documentación no voy a poder salir de dudas, así que prefiero ir pidiendo opinión para ir haciéndome a la idea.


Entre 2'5 y 3m (Valencia) hasta el muro que separa los terrenos, entre tú casa y tu lado del muro.
Alex_nar3 escribió:Si son unifamiliares independientes un mínimo de entre 2'5 y 3m (Valencia) hasta el muro que separa los terrenos, entre tú casa y tu muro.


Joder, pues es un jarro de agua, porque me quita espacio...

Y no hay permiso que valga con estas cosas, ¿no?.
Señor Ventura escribió:
Alex_nar3 escribió:Si son unifamiliares independientes un mínimo de entre 2'5 y 3m (Valencia) hasta el muro que separa los terrenos, entre tú casa y tu muro.


Joder, pues es un jarro de agua, porque me quita espacio...

Y no hay permiso que valga con estas cosas, ¿no?.


De manera legal, no. Pero dependiendo del terreno, no tiene que suponer mayor problema, puedes hacer un camino de paso que viene bien para cruzar de lado a lado en tu terreno XD o una vez acabada la construcción añadir un trastero o paellero fuera de licencia, eso según municipio, en algunos lados es un cachondeo y en otros lo vigilan mucho.
En el ayuntamiento del municipio que te toque hay un aparejador técnico o arquitecto que se ocupa de tramitar todo sobre las licencias de construcción y suelen aclararte cualquier duda que tengas, lo mejor es que concretes una cita con el y le expongas todas las dudas que tengas sobre el terreno, antes de comprarlo(la cita la suelen dar de una semana a otra) y así te dirá si se puede hacer todo lo que se te pase por la cabeza.

Un saludo.
Alex_nar3 escribió:De manera legal, no. Pero dependiendo del terreno, no tiene que suponer mayor problema, puedes hacer un camino de paso que viene bien para cruzar de lado a lado en tu terreno XD o una vez acabada la construcción añadir un trastero o paellero fuera de licencia, eso según municipio, en algunos lados es un cachondeo y en otros lo vigilan mucho.
En el ayuntamiento del municipio que te toque hay un aparejador técnico o arquitecto que se ocupa de tramitar todo sobre las licencias de construcción y suelen aclararte cualquier duda que tengas, lo mejor es que concretes una cita con el y le expongas todas las dudas que tengas sobre el terreno, antes de comprarlo(la cita la suelen dar de una semana a otra) y así te dirá si se puede hacer todo lo que se te pase por la cabeza.

Un saludo.


Pues me ha jodido bastante, porque tenía pensado alejar la casa solo unos 40cm para hacer esto:
Imagen


Pero claro, alejarla 2,5 metros es una exageración para hacer algo como lo de la foto, y encima la casa se echaría encima de la entrada. El coche entraría bien, pero ya me había hecho a la idea de que iba a quedar muy holgado, y tal como quedaría ahora, pues la verdad es que ya se nota que entraría un poco justo.


Añado dos preguntas mas:
1- Si mi vecino tiene su casa a 1,90 metros del muro, ¿no puedo solicitar yo colocarla a una distancia parecida legalmente apelando a una especie de precedentes? (¿exíste algo parecido?).
2- En uno de los lados el terreno da a lo que ahora mismo es un solar, y si alguien pone una casa, puede pegarlo a su muro que da al mío, si yo también hago lo mismo... pero ahora mismo no construye nadie, ¿puedo arrimar mi casa a esa pared teniendo en cuenta que justo ese solar es tan poco ancho que seguramente la casa que pongan ahí necesitará ocupar todo el ancho?.
Señor Ventura escribió:Entonces, lo primero de todo sería firmar un contrato de arras para así tener la prioridad sobre el terreno, y con ese documento tendría el dni para irme al registro de la propiedad para solicitar la nota informativa, y así ver si tiene deudas, la edificabilidad, etc.


creo que te acaban de decir que al registro primero y que firmar contratos despues. no creo que necesites el contrato de arras para obtener la informacion del solar.

y los contratos suelen especificar, dado el caso, que el inmueble se entrega libre de cargas (y si se especifica asi y despues resulta que no lo está, el contrato seria nulo de hecho, aunque eso habria que resolverlo en tribunales).

y si, esa cita que dice el compañero con el arquitecto tecnico del ayuntamiento es buena idea, con respecto a lo que puedas hacer y lo que no en el terreno, ya que el susodicho esta al corriente de todas las disposiciones locales al efecto.
GXY escribió:creo que te acaban de decir que al registro primero y que firmar contratos despues. no creo que necesites el contrato de arras para obtener la informacion del solar.

y los contratos suelen especificar, dado el caso, que el inmueble se entrega libre de cargas (y si se especifica asi y despues resulta que no lo está, el contrato seria nulo de hecho, aunque eso habria que resolverlo en tribunales).

y si, esa cita que dice el compañero con el arquitecto tecnico del ayuntamiento es buena idea, con respecto a lo que puedas hacer y lo que no en el terreno, ya que el susodicho esta al corriente de todas las disposiciones locales al efecto.


Si, si lo que pasa es que a las 12 de la noche poca cosa voy a poder contrastar ahora que no sea hablando por un foro, porque hasta mañana no voy a poder mover nada.

Sobre el contrato de compra venta, la la nota simple del inmueble la aporta el vendedor ante notario, junto con recibos de que no tiene deudas ni cargos, e incluyéndolo todo en el contrato, así que tal y como tu dices, si algo no es como se ha acordado, la operación quedaría anulada, así que por ahí creo que no hay problema.

El viernes firmaría el contrato de arras, y mañana mismo pediría cita con el arquitecto del ayuntamiento. Se que no es totalmente la forma de proceder, pero he conseguido el terreno a un buen precio, y no quisiera arriesgarme a que me lo quiten.
Señor Ventura escribió:
Alex_nar3 escribió:De manera legal, no. Pero dependiendo del terreno, no tiene que suponer mayor problema, puedes hacer un camino de paso que viene bien para cruzar de lado a lado en tu terreno XD o una vez acabada la construcción añadir un trastero o paellero fuera de licencia, eso según municipio, en algunos lados es un cachondeo y en otros lo vigilan mucho.
En el ayuntamiento del municipio que te toque hay un aparejador técnico o arquitecto que se ocupa de tramitar todo sobre las licencias de construcción y suelen aclararte cualquier duda que tengas, lo mejor es que concretes una cita con el y le expongas todas las dudas que tengas sobre el terreno, antes de comprarlo(la cita la suelen dar de una semana a otra) y así te dirá si se puede hacer todo lo que se te pase por la cabeza.

Un saludo.


Pues me ha jodido bastante, porque tenía pensado alejar la casa solo unos 40cm para hacer esto:
Imagen


Pero claro, alejarla 2,5 metros es una exageración para hacer algo como lo de la foto, y encima la casa se echaría encima de la entrada. El coche entraría bien, pero ya me había hecho a la idea de que iba a quedar muy holgado, y tal como quedaría ahora, pues la verdad es que ya se nota que entraría un poco justo.


Añado dos preguntas mas:
1- Si mi vecino tiene su casa a 1,90 metros del muro, ¿no puedo solicitar yo colocarla a una distancia parecida legalmente apelando a una especie de precedentes? (¿exíste algo parecido?).
2- En uno de los lados el terreno da a lo que ahora mismo es un solar, y si alguien pone una casa, puede pegarlo a su muro que da al mío, si yo también hago lo mismo... pero ahora mismo no construye nadie, ¿puedo arrimar mi casa a esa pared teniendo en cuenta que justo ese solar es tan poco ancho que seguramente la casa que pongan ahí necesitará ocupar todo el ancho?.




Si dices lo del vecino solo vas a conseguir tocar los huevos, no te lo aconsejo XD, más adelante seguro que haces algo fuera de normativa y no te interesa tener al vecino atento.

Da igual que sea un solar, tienes que dejar los 2,5m a los muros de los lados, en el frente puedes pegar.
Lo mejor de una vivienda independiente es no tener vecinos pegados, con el tiempo aunque no lo creas vas a agradecer esta normativa, de todas maneras una vez presentado el fin de obra y pasado la inspección, puedes plantearte añadir eso como baño exterior o dejar preparado para añadir eso(que es muy bonito en la foto, pero prepárate a contratar a alguien solo para limpiar los cristales, y en 40cm muy cómodo de limpiar no va a ser) a la vivienda con una terrazita encima por ejemplo, no se de cuanto es el terreno pero si te pones piscina o vas a hacer mucha vida en el terreno un baño fuera te va a venir muy bien.
Una casa independiente tiene mucho más valor que un adosado y estoy seguro que con el tiempo te arrepentirás de pegarlo al vecino, aparte de que creo que se tienen que construir los dos a la vez.

Un saludo

Edito: la normativa urbanística también dice como tienen que ser los muros medianeros, creo que el máximo está en 2,2m
Señor Ventura escribió:El viernes firmaría el contrato de arras, y mañana mismo pediría cita con el arquitecto del ayuntamiento. Se que no es totalmente la forma de proceder, pero he conseguido el terreno a un buen precio, y no quisiera arriesgarme a que me lo quiten.


lo que llamas contrato de arras no es mas que una señal no?

en tal caso si lo ves tan claro dale, pero yo esperaria a tenerlo todo claro de papeles antes de soltar la mosca. si el terreno lleva a la venta mas de un mes, es poco probable que te lo vayan a quitar en una semana. y los jaleos es muy dificil remediarlos a posteriori.
Alex_nar3 escribió:Si dices lo del vecino solo vas a conseguir tocar los huevos, no te lo aconsejo XD, más adelante seguro que haces algo fuera de normativa y no te interesa tener al vecino atento.


Si, lo he pensado luego, pero es que además no creo que las cosas funcionen así de fáciles xD

Mejor callar, y rezar para que me concedan no alejarme tanto de la pared ^^u

Alex_nar3 escribió:Da igual que sea un solar, tienes que dejar los 2,5m a los muros de los lados, en el frente puedes pegar.


De frente va a dar a la acera y la calzada, y juraría que me dijo que son 2,5 metros, pero si me dices que puedo pegarlo al muro exterior, hacia la izquierda me quedaría un margen de la hostia para meter el coche, y con mas de 6 metros de anchura (solo una esquina de la casa tocaría con el muro exterior, porque querdaría en oblicuo).

Alex_nar3 escribió:Lo mejor de una vivienda independiente es no tener vecinos pegados, con el tiempo aunque no lo creas vas a agradecer esta normativa, de todas maneras una vez presentado el fin de obra y pasado la inspección, puedes plantearte añadir eso como baño exterior o dejar preparado para añadir eso(que es muy bonito en la foto, pero prepárate a contratar a alguien solo para limpiar los cristales, y en 40cm muy cómodo de limpiar no va a ser) a la vivienda con una terrazita encima por ejemplo, no se de cuanto es el terreno pero si te pones piscina o vas a hacer mucha vida en el terreno un baño fuera te va a venir muy bien.
Una casa independiente tiene mucho más valor que un adosado y estoy seguro que con el tiempo te arrepentirás de pegarlo al vecino, aparte de que creo que se tienen que construir los dos a la vez.

Un saludo

Edito: la normativa urbanística también dice como tienen que ser los muros medianeros.


Pues el terreno son algo mas de 340m2, aunque lo característico es que tiene forma de cuña, y solo tiene 3 lados.

Lo de los muros medianeros también tiene su miga, porque no se si por un lado la altura es una, y por otro la altura es otra. Por ejemplo para el muro que comparto con la casa de atrás la altura es de 1,80, aunque no se si es la altura máxima, o la altura mínima, pero creo que variarla para que sea mas alto que eso se podría solicitar, ¿no?.

GXY escribió:lo que llamas contrato de arras no es mas que una señal no?

en tal caso si lo ves tan claro dale, pero yo esperaria a tenerlo todo claro de papeles antes de soltar la mosca. si el terreno lleva a la venta mas de un mes, es poco probable que te lo vayan a quitar en una semana. y los jaleos es muy dificil remediarlos a posteriori.


si, exacto, sería dar una señal, pero la verdad es que prefiero mas adaptarme a las características del terreno a la hora de construir, que tener que buscar otro que me permita todo lo que quiero, pero mas alejado, peor comunicado, y sin servicios (tiendas, farmacias, ambulatorio, etc).

Al fín y al cabo, siempre le puedo poner una segunda planta a una casa de 75 metros, si es que no puedo ponerla de 100.

visto así...
Señor Ventura escribió:@hal9000 Llevas razón, ahora que lo dices lo quiero gratis.

Seguro que tendría sentido.

xD


edit:

@ghod @Quintiliano

He hablado con este hombre, y ya está todo en marcha, pero me ha comentado algo sobre la linde, y debo respetar 2,5m con respecto a la calle, pero me ha comentado algo sobre no poder acercar la casa... ¿2,5 metros al límite de mi terreno?, o que haya una separación de 2,5m entre ambas casas...

Lo digo porque he echo cálculos, y la casa del vecino está a no mas de 1,9 metros, y claro, no es lo mismo no poder acercarme yo a menos de 2,5 metros de mi muro, que a 60cm (que sería los 2,5m de distancia entre dos casas).

La legislación dice que puedes pegar tu casa al muro perimetral de tu terreno si el vecino también lo hace (de forma que queden juntadas. Separadas por un muro, pero juntas), y eso me hace dudar de si la separación de 2,5m es entre casas, o entre tu casa y tu muro.

¿Que os suena a vosotros de todo esto?, hasta que no me llegue la documentación no voy a poder salir de dudas, así que prefiero ir pidiendo opinión para ir haciéndome a la idea.


No se si te lo han comentado ya, pero eso es el retranqueo entre viviendas cuando hablamos de construcciones unifamiliares.

https://www.google.es/search?client=ope ... 8&oe=UTF-8

El caso es, dependiendo de muchisimas cosas, a la hora de elegir un terreno te puedes encontrar con multitud de movidas. Lo primero es el coeficiente de construccion que se permite en el terreo dependiendo de los metros cuadrados que tenga (si se te permite construir un 50% de los metros cuadrados, de un terreno de 500m solo podrias hacer 250m2 de vivienda en total, entre todas las plantas, garajes, etc.

Despues tienes que en muchas ocasiones el terreno, independientemente de que sea de uso privativo para tu uso, puede tener zona verde por estar ubicado en cierta zona ... si es asi, esa zona verde es no edificable, es mas, no puedes ni tan siquiera soterrar nada ni hacer excavacion ni nada ... y puede ocupar otro porcentaje del terreno, el cual se descuenta del total anterior ...

Por otro lado, las clausulas municipales y demas movidas por el tipo de consutrccion que se puede realizar, es decir, que si en el ayuntamiento dicen que NO puedes realizar cubiertas planas, ... si o si deberias tener tejas en las zonas donde no quieras terrazas ... con lo que el "tipo" de construccion puede que no se adapte a tu estilo de casa. Luego tienes que puede que no te permitan hacer mas de una planta, o que la planta superior (es decir, altura de fachada) no supere X metros ... por lo que tendrias que hacer agujero ... con la pasta que supone eso ... y parte de la casa quedaria enterrada.

Despues, que sea URBANO es muy importante, porque si no lo es ... es una liada, porque significaria que el valor de la vivienda como el valor hipotecario es infinitamente menor, hasta el punto que quizas no te den ningun prestamo promotor ... o peor aun, que aun sin necesitar dinero, no puedas construir NADA porque no te den los permisos.

En fin ... este tema lo tengo bastante controlado por movidas que he tenido precisamente por tema de terrenos de varios familiares, y es un follon de cojones.

PD: Para el tema del retranqueo o el tema de coeficientes de metros cuadrados, mas vale que vayas a ver ANTES DE NADA al arquitecto del ayuntamiento en donde se encuentre el terreno y te informe BIEN de lo que se puede y no se puede realizar ahi ... porque como tengas una idea y luego no la puedas ejecutar ... liada pardisima.
@Edy Por el tema de la edificabilidad no hay problema, puedes edificar una planta, o dos plantas.

Como no quería mas de 100m2 no he prestado mucha atención, pero creo que son 144m2 en una planta, y 250m2 en dos plantas, pero vamos, que no me interesa tanto.

Sobre la altura a una planta es algo que también quiero preguntar, porque quiero techos altos, y ya lo del techo plano te lo agradezco, porque ni se me había pasado pro la cabeza, tendré que preguntarlo también.

¿Será necesario acercarse en persona hasta allíu para solicitar hablar con el arquitecto del ayuntamiento?, o podría hacerse por teléfono.
Galicha está baneado del subforo por "flames"
Señor Ventura escribió:@Edy Por el tema de la edificabilidad no hay problema, puedes edificar una planta, o dos plantas.

Como no quería mas de 100m2 no he prestado mucha atención, pero creo que son 144m2 en una planta, y 250m2 en dos plantas, pero vamos, que no me interesa tanto.

Sobre la altura a una planta es algo que también quiero preguntar, porque quiero techos altos, y ya lo del techo plano te lo agradezco, porque ni se me había pasado pro la cabeza, tendré que preguntarlo también.

¿Será necesario acercarse en persona hasta allíu para solicitar hablar con el arquitecto del ayuntamiento?, o podría hacerse por teléfono.


Una parcela de 340 metros y forma de cuña no me parece una joya para perder la cabeza, a no ser que sea en el casco urbano de una gran ciudad.
@Señor Ventura Yo te recomiendo que lo de los metros lo mires en el PGOU de tu localidad
Señor Ventura escribió:¿Será necesario acercarse en persona hasta allíu para solicitar hablar con el arquitecto del ayuntamiento?, o podría hacerse por teléfono.


puedes ir en persona pero lo mas probable es que el señor este ocupado con otros asuntos. creo que tendras que pedir cita.
Señor Ventura escribió:@Edy Por el tema de la edificabilidad no hay problema, puedes edificar una planta, o dos plantas.

Como no quería mas de 100m2 no he prestado mucha atención, pero creo que son 144m2 en una planta, y 250m2 en dos plantas, pero vamos, que no me interesa tanto.

Sobre la altura a una planta es algo que también quiero preguntar, porque quiero techos altos, y ya lo del techo plano te lo agradezco, porque ni se me había pasado pro la cabeza, tendré que preguntarlo también.

¿Será necesario acercarse en persona hasta allíu para solicitar hablar con el arquitecto del ayuntamiento?, o podría hacerse por teléfono.


Todo lo que comentas en tu mensaje, mas vale que vayas al ayuntamiento y hables con el arquitecto de turno ... y vete a verle, porque como quieras llamarles y que te atiendan ... seria la hostia (y dudo que te de toda la info que si vas alli).

Pero vamos, TODO lo relacionado con las opciones que comentas, puede que en una localidad se pueda realizar perfectamente, pero en otra no te permitan hacer una mierda. De hecho, el tema de terrenos, es muy delicado, porque lo mas importante es que una vez tengas el proyecto, TODO cumpla con lo que requiere el ayuntamiento, para que te den la licencia de obras, porque de lo contrario .... eso es el infierno ...
Señor Ventura escribió:@Edy Por el tema de la edificabilidad no hay problema, puedes edificar una planta, o dos plantas.

Como no quería mas de 100m2 no he prestado mucha atención, pero creo que son 144m2 en una planta, y 250m2 en dos plantas, pero vamos, que no me interesa tanto.

Sobre la altura a una planta es algo que también quiero preguntar, porque quiero techos altos, y ya lo del techo plano te lo agradezco, porque ni se me había pasado pro la cabeza, tendré que preguntarlo también.

¿Será necesario acercarse en persona hasta allíu para solicitar hablar con el arquitecto del ayuntamiento?, o podría hacerse por teléfono.


La cita puedes pedirla por teléfono.

La licencia de obra suele ser rapidito y no ponen casi pegas, de todas maneras eso ya es cosa del arquitecto que tendrás que contratar, el infierno viene luego con el fin de obra, ahi es cuando empiezan a marear, da igual lo que presentes que te pedirán más papeles dos o tres veces, pero no te preocupes por que la cedula te la dan al momento de presentar el fin de obra en el ayuntamiento, así que puedes vivir en cuanto acabe la obra y mientras te marean durante seis meses o un año.
Galicha escribió:Una parcela de 340 metros y forma de cuña no me parece una joya para perder la cabeza, a no ser que sea en el casco urbano de una gran ciudad.


Es algo así. Cumple con ciertas condiciones que no he visto en el resto de terrenos que he mirado.

La comunicación, los servicios, y el propio casco urbano donde se sitúa, es fundamental (la mezcla perfecta de intimidad y cobijo es bastante chunga de encontrar).

Y no es que las condiciones del terreno sean una joya, pero en el mismo plano del terreno que quiero se ve que uno de los vecinos tiene su casa a un metro de su linde (con el terreno de al lado), así que todo depende de lo que me permitan, supongo.

Goncatin escribió:@Señor Ventura Yo te recomiendo que lo de los metros lo mires en el PGOU de tu localidad


@GXY @Edy

Me lo ha mandado por email esta misma mañana. Pongo lo mas importante (pero el documento es de 1985, puede haber variado):

-Retranqueo: 3 metros al frente de la calle, y 2,5 metros a cada lindero.
-Fondo edificable: El área ocupada por la edificación deberá situarse a menos de 12,5 metros del frente de la parcela.
-Frente mínimo edificable: Viviendas aisladas: 10 m.
-Ocupación: 40% sobre parcela.
-Edificabilidad: 0,6 m2/m2
-Altura máxima: 6 metros (dos plantas).
-Cubierta: Inclinada.


Lo de la cubierta me ha roto, aunque siendo una ordanción tan antigua, tendré que preguntar que me permite.


No indica la altura máxima para vivienda de una sola planta, pero imagino que serían 3 metros.

Y lo del fondo edificable no lo entiendo, ¿12,5 metros de ancho en la fachada?, porque si es así, no se como esperan que pueda tener un fondo de 10 metros si tengo que respetar 2,5 metros por detrás, y 3 metros por delante.

P.D: Ya estoy pidiendo una cita con el arquitecto.

Alex_nar3 escribió:La cita puedes pedirla por teléfono.


Si, en ello estoy, a ver si me atienden.


ahivaaaa sageraoooo

cuando llegues a ganimedes escribe!

pd @señor ventura ahi te estan diciendo que aunque la parcela permita alejarlo mas, tienes que edificar a como maximo 12,5m del frontal de la parcela (que no puedes alejarla mas de ahi). es el tamaño maximo del frontal no edificado que permiten, vaya.
@Alex_nar3

Bueno, eso de que te dan la licencia asi rapido y demas ... sera en algun ayuntamiento que en otro. En mi caso, examinaron planos al detalle y me hicieron realizar muchos cambios antes de aceptarme la licencia de obra. Incluso hay casos, en los que como haya cambios urbanisticos, podria afectarte con el final de obra, pero vamos, eso ya es otro tema. De todas maneras, hay que ir con mucho cuidado con todos los detalles de edificacion, porque como en temas de medidas y porcentajes no se respeten ... ya tienes un problemon.

Señor Ventura escribió:
Me lo ha mandado por email esta misma mañana. Pongo lo mas importante (pero el documento es de 1985, puede haber variado):

-Retranqueo: 3 metros al frente de la calle, y 2,5 metros a cada lindero.
-Fondo edificable: El área ocupada por la edificación deberá situarse a menos de 12,5 metros del frente de la parcela.
-Frente mínimo edificable: Viviendas aisladas: 10 m.
-Ocupación: 40% sobre parcela.
-Edificabilidad: 0,6 m2/m2
-Altura máxima: 6 metros (dos plantas).
-Cubierta: Inclinada.


Lo de la cubierta me ha roto, aunque siendo una ordanción tan antigua, tendré que preguntar que me permite.


No indica la altura máxima para vivienda de una sola planta, pero imagino que serían 3 metros.

Y lo del fondo edificable no lo entiendo, ¿12,5 metros de ancho en la fachada?, porque si es así, no se como esperan que pueda tener un fondo de 10 metros si tengo que respetar 2,5 metros por detrás, y 3 metros por delante.


No creo que haya cambiado nada desde el 85, en algunos casos (mi caso) es del 63, y es exactamente lo mismo en la actualidad.

En relacion al retranqueo, pues nada, tienes que dejar ese espacio en tus lindes a excepcion de la cara que da a la calle. En relacion al tema del 40% de la parcela ... cuantos metros decias que tenia en total? porque un 40% me parece "poco" para el espacio que tienes, ,.... no creo que te de para dos plantas, y si te da, te quedara algo pequeño todo ...
Y sobre el tema de la cubierta inclinada, bueno, eso tampoco es un problema, porque se puede hacer un "invento" para que no se note que la cubierta sea inclinada, pero que tienes que poner tejas ... es 100% ...
GXY escribió:pd @señor ventura ahi te estan diciendo que aunque la parcela permita alejarlo mas, tienes que edificar a como maximo 12,5m del frontal de la parcela (que no puedes alejarla mas de ahi). es el tamaño maximo del frontal no edificado que permiten, vaya.


Vamos, que no mas de 12,5m de ancho, y no mas de 10m de largo.

Pero eso son 125 m2, y no los 144 m2 que permite. Algo no cuadra, así que el viernes ya me lo aclarará el arquitecto.

Edy escribió:No creo que haya cambiado nada desde el 85, en algunos casos (mi caso) es del 63, y es exactamente lo mismo en la actualidad.

En relacion al retranqueo, pues nada, tienes que dejar ese espacio en tus lindes a excepcion de la cara que da a la calle. En relacion al tema del 40% de la parcela ... cuantos metros decias que tenia en total? porque un 40% me parece "poco" para el espacio que tienes, ,.... no creo que te de para dos plantas, y si te da, te quedara algo pequeño todo ...
Y sobre el tema de la cubierta inclinada, bueno, eso tampoco es un problema, porque se puede hacer un "invento" para que no se note que la cubierta sea inclinada, pero que tienes que poner tejas ... es 100% ...


Bueno, poner tejas no me disgusta, porque hay tejas, y "tejas" que no parecen tejas.

Pero lo de la inclinación es que simplemente no me agrada, no me gustan las casas así, por dificultad de mantenimiento, y por estética.

Quiero creer que ya que hoy en día se estila tanto las casas de techo plano, puedan aceptar un proyecto así.

P.D: en dos plantas puedes poner hasta 250 m2.

Y estoy pensando, ¿con que altura de techo me quedo si el tejado inclinado se come parte de lo permitido?.

Con 6 metros para dos plantas ya no puedes tener techos a mas de 2 metros y poco.
Edy escribió:@Alex_nar3

Bueno, eso de que te dan la licencia asi rapido y demas ... sera en algun ayuntamiento que en otro. En mi caso, examinaron planos al detalle y me hicieron realizar muchos cambios antes de aceptarme la licencia de obra. Incluso hay casos, en los que como haya cambios urbanisticos, podria afectarte con el final de obra, pero vamos, eso ya es otro tema. De todas maneras, hay que ir con mucho cuidado con todos los detalles de edificacion, porque como en temas de medidas y porcentajes no se respeten ... ya tienes un problemon.

Señor Ventura escribió:
Me lo ha mandado por email esta misma mañana. Pongo lo mas importante (pero el documento es de 1985, puede haber variado):

-Retranqueo: 3 metros al frente de la calle, y 2,5 metros a cada lindero.
-Fondo edificable: El área ocupada por la edificación deberá situarse a menos de 12,5 metros del frente de la parcela.
-Frente mínimo edificable: Viviendas aisladas: 10 m.
-Ocupación: 40% sobre parcela.
-Edificabilidad: 0,6 m2/m2
-Altura máxima: 6 metros (dos plantas).
-Cubierta: Inclinada.


Lo de la cubierta me ha roto, aunque siendo una ordanción tan antigua, tendré que preguntar que me permite.


No indica la altura máxima para vivienda de una sola planta, pero imagino que serían 3 metros.

Y lo del fondo edificable no lo entiendo, ¿12,5 metros de ancho en la fachada?, porque si es así, no se como esperan que pueda tener un fondo de 10 metros si tengo que respetar 2,5 metros por detrás, y 3 metros por delante.


No creo que haya cambiado nada desde el 85, en algunos casos (mi caso) es del 63, y es exactamente lo mismo en la actualidad.

En relacion al retranqueo, pues nada, tienes que dejar ese espacio en tus lindes a excepcion de la cara que da a la calle. En relacion al tema del 40% de la parcela ... cuantos metros decias que tenia en total? porque un 40% me parece "poco" para el espacio que tienes, ,.... no creo que te de para dos plantas, y si te da, te quedara algo pequeño todo ...
Y sobre el tema de la cubierta inclinada, bueno, eso tampoco es un problema, porque se puede hacer un "invento" para que no se note que la cubierta sea inclinada, pero que tienes que poner tejas ... es 100% ...


Rápido me refiero a 6 meses XD lo máximo que han alargado, eso si, en el ayuntamiento dando por saco siempre para que no se duerman.
Aclaración:Nosotros los proyectos ya los tenemos hechos según normativa(ninguno se empieza de 0, es todo corta y pega) , por lo que siempre hay alguno que con algunas modificaciones le gustan al cliente, y son proyectos que ya han sido aprobados por lo que no suele haber ninguna problema en el ayuntamiento, aparte de ser bastante más económicos.

Creo que puso, que 350 en Valencia en municipio cercano a Valencia(creo), vamos una parcela estándar con una vivienda estándar, por los datos que da puede construir una planta de hasta 140 o en dos plantas hasta 210, yo creo que una buena casa se queda.
Por ejemplo una primera planta de 140 y una segunda de 70 con terraza.

Pero vamos que por eso no te preocupes, el arquitecto a poco que le guste su trabajo, te va a sacar una preciosidad con lo que tendrás y quieres.

Edito:que has contestado a la vez que escribía, lo que es un coñazo son el techo plano, te parecerá más bonito, a mi por ejemplo me gusta más un buen tejado de teja con caída a 3 aguas o 4 aguas, pero en cuanto a mantenimiento y cuidado no hay comparación, los tejados inclinados prácticamente no tienen.

Medidas mínimas comedor y habitaciones altura libre 2'5m, mínimo baños, cocina 2,2m
Señor Ventura escribió:Vamos, que no mas de 12,5m de ancho, y no mas de 10m de largo.


Te equivocas en esta afirmación.

No mas de 12.5 m de fondo y no menos de 10 m de ancho de fachada principal

Eso se hace así para que no haya casas que desde el frente de fachada se vean pequeñas con respecto a su terreno
Señor Ventura escribió:
GXY escribió:pd @señor ventura ahi te estan diciendo que aunque la parcela permita alejarlo mas, tienes que edificar a como maximo 12,5m del frontal de la parcela (que no puedes alejarla mas de ahi). es el tamaño maximo del frontal no edificado que permiten, vaya.


Vamos, que no mas de 12,5m de ancho, y no mas de 10m de largo.


noup

no menos de 10m de ancho visible desde el frontal

no mas de 12,5m de distancia desde el borde del lindero frontal hasta el de la edificacion.
Señor Ventura escribió:
Me lo ha mandado por email esta misma mañana. Pongo lo mas importante (pero el documento es de 1985, puede haber variado):

-Retranqueo: 3 metros al frente de la calle, y 2,5 metros a cada lindero.
-Fondo edificable: El área ocupada por la edificación deberá situarse a menos de 12,5 metros del frente de la parcela.
-Frente mínimo edificable: Viviendas aisladas: 10 m.
-Ocupación: 40% sobre parcela.
-Edificabilidad: 0,6 m2/m2
-Altura máxima: 6 metros (dos plantas).
-Cubierta: Inclinada.


Lo de la cubierta me ha roto, aunque siendo una ordanción tan antigua, tendré que preguntar que me permite.


No indica la altura máxima para vivienda de una sola planta, pero imagino que serían 3 metros.

Y lo del fondo edificable no lo entiendo, ¿12,5 metros de ancho en la fachada?, porque si es así, no se como esperan que pueda tener un fondo de 10 metros si tengo que respetar 2,5 metros por detrás, y 3 metros por delante.

P.D: Ya estoy pidiendo una cita con el arquitecto.

Si, en ello estoy, a ver si me atienden.


Simplificando, te dicen que tu casa puede llegar como mucho a una paralela a 12,50m (profundidad) de la linde a la calle, y como mínimo, tiene que llegar a una paralela a 10m (profundidad) de la linde a la calle. Tienes 2,5m de profundo en los que elegir si construir o no.


En cualquier caso, vas a necesitar un arquitecto. Que él te aclare los detalles. Pero si sólo se permiten cubiertas inclinadas, plana no va a poder ser de ninguna de las maneras.
Yo se porque quieres planas y no inclinadas ... porque yo pense lo mismo ... hacerlo terraza una vez finalizada la obra .... y como que no, eso ya se lo saben en los ayuntamientos.

Pero independientemente de que te parezca bonito o feo que sean inclinadas, se pueden hacer inclinadas pero cubrir la inclinacion con pequeños muretes para que no se vea la inclinacion desde ningun lado. Ahora bien, en cuanto a mantenimiento es mas trabajo.

E insisto, si te pone que solo puedes construir un 40% del coeficiente del total de metros, ya puedes hacer 1, 2 o 24 alturas o subterraneo ... que del total no te puedes pasar. Aun recuerdo un colega con un terreno de 1200m2, con un 30% de zona verde ... y con un coeficiente del 35% para edificar ... y madre mia, la casa le quedaba muy justa para lo que el queria. Por eso digo, que mucho ojo con ese tema, porque de TODO, es de lo mas importante
Edy escribió:Yo se porque quieres planas y no inclinadas ... porque yo pense lo mismo ... hacerlo terraza una vez finalizada la obra .... y como que no, eso ya se lo saben en los ayuntamientos.

Pero independientemente de que te parezca bonito o feo que sean inclinadas, se pueden hacer inclinadas pero cubrir la inclinacion con pequeños muretes para que no se vea la inclinacion desde ningun lado. Ahora bien, en cuanto a mantenimiento es mas trabajo.

E insisto, si te pone que solo puedes construir un 40% del coeficiente del total de metros, ya puedes hacer 1, 2 o 24 alturas o subterraneo ... que del total no te puedes pasar. Aun recuerdo un colega con un terreno de 1200m2, con un 30% de zona verde ... y con un coeficiente del 35% para edificar ... y madre mia, la casa le quedaba muy justa para lo que el queria. Por eso digo, que mucho ojo con ese tema, porque de TODO, es de lo mas importante


No, en este caso la edificabilidad es de 0,6 m2/m2 60%(dos plantas) y la ocupación de 40%(una planta) estas mezclando las dos cosas, también puede que te haya entendido mal.
Un saludo.

Ejemplos sobre parcela 350m
1 planta-140m
Total-140m

1 planta-140m
2 planta-70m
Total-210m

1 planta-105m
2 planta-105m
Total-210m

Estoy con el móvil y hay símbolos que no se poner m=metros cuadrados. Perdon XD
Si se especifica el coeficiente por planta, efectivamente asi es, pero eso lo desconocia. En muchos casos aqui en la isla, no especifican que cantidad de metros por planta puedes otorgar en el proyecto, simplemente el total independientemente de que los hagas en una planta o en varias.
Edy escribió:En relacion al retranqueo, pues nada, tienes que dejar ese espacio en tus lindes a excepcion de la cara que da a la calle.


Vuelvo a quotear esto de nuevo.

¿Te refieres a que si respeto las lindes a los terrenos anexos, ¿me puedo acercar al muro que da a la calle?, ¿como por ejemplo esto?:

Imagen

Alex_nar3 escribió:Edito:que has contestado a la vez que escribía, lo que es un coñazo son el techo plano, te parecerá más bonito, a mi por ejemplo me gusta más un buen tejado de teja con caída a 3 aguas o 4 aguas, pero en cuanto a mantenimiento y cuidado no hay comparación, los tejados inclinados prácticamente no tienen.

Medidas mínimas comedor y habitaciones altura libre 2'5m, mínimo baños, cocina 2,2m


En realidad me había empecinado con que fuese techo plano, porque me gusta mas en plan moderneta, y con un tejado ya no puedes jugar tanto con eso para la fachada.

Ya que se comenta, ¿para la caida tiene que legislarse un ángulo mínimo?, porque en las especificaciones no se indica, solo dice "cubierta: inclinada", sin mas.

Tito_CO escribió:Eso se hace así para que no haya casas que desde el frente de fachada se vean pequeñas con respecto a su terreno


Eso me hace pensar que si hay una constructora en el pueblo a lo mejor hasta tiene mano con el ayuntamiento, siendo muchas de las normas algo que obedece a motivos que ni siquiera son importantes.

MaxVB escribió:Simplificando, te dicen que tu casa puede llegar como mucho a una paralela a 12,50m (profundidad) de la linde a la calle, y como mínimo, tiene que llegar a una paralela a 10m (profundidad) de la linde a la calle. Tienes 2,5m de profundo en los que elegir si construir o no.


En cualquier caso, vas a necesitar un arquitecto. Que él te aclare los detalles. Pero si sólo se permiten cubiertas inclinadas, plana no va a poder ser de ninguna de las maneras.


¿Suele legislarse la inclinación que debe tener un techado?, o tu presentas un proyecto, y el ayuntamiento se limita a decir si le parece bien, o mal.

Sobre lo que marco en negrita, se supone que no puedes hacer nada en ese margen de 2,5 metros, ¿no?.

Edy escribió:Yo se porque quieres planas y no inclinadas ... porque yo pense lo mismo ... hacerlo terraza una vez finalizada la obra .... y como que no, eso ya se lo saben en los ayuntamientos.

Pero independientemente de que te parezca bonito o feo que sean inclinadas, se pueden hacer inclinadas pero cubrir la inclinacion con pequeños muretes para que no se vea la inclinacion desde ningun lado. Ahora bien, en cuanto a mantenimiento es mas trabajo.


Que va, para nada, simplemente es que no me gustan las casas clásicas. Si lo quieren inclinado, lo tendrán inclinado, pero intentaré que sea lo mas comedido posible para que se note.
Cada ayuntamiento tiene sus normas. Lo mejor es que te acerques a él y preguntes por la normativa que afecta a tu terreno. La normativa específica todo. Y lo que no especifica es que eres libre de hacer lo que quieras.
Dartanyan escribió:Cada ayuntamiento tiene sus normas. Lo mejor es que te acerques a él y preguntes por la normativa que afecta a tu terreno. La normativa específica todo. Y lo que no especifica es que eres libre de hacer lo que quieras.


Y además, está la normativa autonómica y estatal para ciertas cosas.

Acércate al ayuntamiento y que te den los detalles. O mejor todavía, que vaya tu arquitecto.
@Señor Ventura

No te va a servir realizar la obra asi, si no respetas los lindes tal cual se especifica ... pero como te digo, no nos hagas ni caso, porque eso te lo dira el arquitecto.

En relacion al tema de la inclinacion, LO MISMO, ellos te diran inclinacion minima para las cubiertas, ... y esa inclinacion no la decides tu, la deciden ellos (el minimo). A razon de ese minimo, que suele estar en un 9/10%. Insisto, puedes hacer una casa con estilo totalmente moderno y de lineas rectas sin que se vea en absoluto la inclinacion de las tejas ... pero eso es un tema de realizar un premarco de tipomurete perimetral para que no se aprecie la inclinacion.
Edy escribió:@Señor Ventura

No te va a servir realizar la obra asi, si no respetas los lindes tal cual se especifica ... pero como te digo, no nos hagas ni caso, porque eso te lo dira el arquitecto.

En relacion al tema de la inclinacion, LO MISMO, ellos te diran inclinacion minima para las cubiertas, ... y esa inclinacion no la decides tu, la deciden ellos (el minimo). A razon de ese minimo, que suele estar en un 9/10%. Insisto, puedes hacer una casa con estilo totalmente moderno y de lineas rectas sin que se vea en absoluto la inclinacion de las tejas ... pero eso es un tema de realizar un premarco de tipomurete perimetral para que no se aprecie la inclinacion.


La altura del tejado también cuenta como altura de la casa?, porque si la inclinación del tejado es de 10º, eso me lo resta a la atura del techo. Es un buen motivo para preferir las casas con techo recto.
@Señor Ventura

Por supuesto. Cuenta el total de la planta desde la cota 0 hasta el maximo de la vivienda (incluidas chimeneas y demas movidas)
Lo que me parece increible es que a estas alturas se siga preguntando en un foro para algo tan importante como la que, probablemente, sea una de las mayores inversiones de una vida.

No tienes ni idea de los procesos de una compra-venta con todos sus pormenores, ni tienes formación que te habilite para entender los pormenores técnicos de un proyecto arquitectónico.

Al final vas a acabar teniendo que hablar con un técnico que te aconseje... por qué no hacerlo desde un principio?
@ghod

Es justo lo que le dije en mi primer post. Por mucho que nosotros le aconsejemos, quien tiene la ultima palabra es el arquitecto de su ayuntamiento ... (vamos, de donde se encuentre el terreno) ... y ojo no lo cambien con el cambio de gobierno ... que esa es otra ....
ghod escribió:Lo que me parece increible es que a estas alturas se siga preguntando en un foro para algo tan importante como la que, probablemente, sea una de las mayores inversiones de una vida.

No tienes ni idea de los procesos de una compra-venta con todos sus pormenores, ni tienes formación que te habilite para entender los pormenores técnicos de un proyecto arquitectónico.

Al final vas a acabar teniendo que hablar con un técnico que te aconseje... por qué no hacerlo desde un principio?


Porque tengo que esperar hasta el viernes xD

No tengo cita hasta entonces, por eso tampoco creo que haga ningún daño adelantar algo.

Edy escribió:@ghod

Es justo lo que le dije en mi primer post. Por mucho que nosotros le aconsejemos, quien tiene la ultima palabra es el arquitecto de su ayuntamiento ... (vamos, de donde se encuentre el terreno) ... y ojo no lo cambien con el cambio de gobierno ... que esa es otra ....


Si, pero aunque parezca que esto ha estado de mas, gracias al hilo se me han ocurrido un par de cuestiones que directamente a lo mejor me hubiera quedado sin saberlas si voy al ayuntamiento por las buenas.
Y me alegro mucho la verdad. Esperemos que no te pongan impedimentos, porque visto el plano que nos habias realizado ... creo que podrias tener historias con el retranqueo ....

Por lo demas, me parece que (bajo mi punto de vista) yo plantearia realizar la casa en forma de L,.
Edy escribió:Y me alegro mucho la verdad. Esperemos que no te pongan impedimentos, porque visto el plano que nos habias realizado ... creo que podrias tener historias con el retranqueo ....

Por lo demas, me parece que (bajo mi punto de vista) yo plantearia realizar la casa en forma de L,.


El problema es que si hago la casa en forma de "L" ya no puedo meter el coche, y además me quedo sin espacio para un patio, que también da mucho juego.

Con comerte solo un poquito esa esquina conflictiva le puedes poner 100 m2 rapidito sin ponerle forma de "L", y encima abres bien un pasillo para pasar al otro lado del terreno. Lo que ocurre es que esos 2,5 metros de linde me quitan la pedazo de holgura que calculaba antes para poder aparcar, y que ahora se queda algo mas justo (si un coche mide 4,5 metros, ahora, no tendría mas de 6,5 metros desde el muro perimetral hasta la fachada de la casa (he calculado una distancia de 6,54 m, cuando antes disponía de fácilmente 9 metros... esos 2,5 metros de linde me han roto entero las espectativas).

Solo me queda la duda de que altura voy a tener por dentro de la casa si me obligan a un techo inclinado que se coma parte de esa altura, pero quiero creer que no me obligarán a un techo con dos vertientes para que el salón pueda tener al menos 2,8 metros de altura.

He leído que se estilan los 30º para el tejado, a groso modo, pero que es algo que también depende
No has planteado hacer un chaflan justo en la esquina que mas problemas te da con el retranqueo? y Respecto al parking, no lo puedes dejar en la calle? Lo digo porque comerte el espacio del coche dentro del terreno ... pudiendo aprovechar para jardin ... si tuvieras 1000m te diria que OK, pero en tu caso ....
Inclinación entre 20% y 33%.
Edy escribió:No has planteado hacer un chaflan justo en la esquina que mas problemas te da con el retranqueo?


Recortar el saliente, ¿no?. Por supuesto que lo haría. Quería un techo plano, así que a eso le quito el sobrante si o si xD

Edy escribió:y Respecto al parking, no lo puedes dejar en la calle? Lo digo porque comerte el espacio del coche dentro del terreno ... pudiendo aprovechar para jardin ... si tuvieras 1000m te diria que OK, pero en tu caso ....


Dejando los 2,5 metros de linde, me queda un rectángulo diáfano (casi cuadrado) de 7,75 de ancho x 6,54 de largo, mas luego el área que tiende a ser triangular durante otros 10 metros mas, solo que el ángulo se va cerrando y los últimos metros de esos 10 ya se acercan a los 2,5 o 3 metros de largo que obliga la linde. Y eso sin contar que en la parte derecha hay mas patio.

Vamos, que hay un buen terreno para meter el coche, y tener un buen patio, lo que pasa es que quería que el coche entrase pudiendo dejar mas de 2 metros hasta la fachada.

Alex_nar3 escribió:Inclinación con teja árabe entre 25% y 33%.


Uf, odio esa teja.

Además la prioridad es reducir el ángulo todo lo que se pueda.


editado:

Tejas de plástico... pero, jesus, eso no son 30º de vertiente, ¿no?:
Imagen


Tejas de asfalto:
Las tejas de asfalto son excelentes aislantes de la humedad gracias a su fabricación en base a asfalto, arena y fibra orgánica. También son resistentes al fuego y a fuertes vientos. Además tienen la capacidad de absorber calor o refractarlo. Vienen en varios colores, los más oscuros se recomiendan para zonas frías donde es mejor absorber calor y las de colores más claros son mejores en zonas calurosas. Están dentro de las más económicas.
https://lh3.googleusercontent.com/bGCOq ... QbnVopch5E
Señor Ventura escribió:
Edy escribió:No has planteado hacer un chaflan justo en la esquina que mas problemas te da con el retranqueo?


Recortar el saliente, ¿no?. Por supuesto que lo haría. Quería un techo plano, así que a eso le quito el sobrante si o si xD

Edy escribió:y Respecto al parking, no lo puedes dejar en la calle? Lo digo porque comerte el espacio del coche dentro del terreno ... pudiendo aprovechar para jardin ... si tuvieras 1000m te diria que OK, pero en tu caso ....


Dejando los 2,5 metros de linde, me queda un rectángulo diáfano (casi cuadrado) de 7,75 de ancho x 6,54 de largo, mas luego el área que tiende a ser triangular durante otros 10 metros mas, solo que el ángulo se va cerrando y los últimos metros de esos 10 ya se acercan a los 2,5 o 3 metros de largo que obliga la linde. Y eso sin contar que en la parte derecha hay mas patio.

Vamos, que hay un buen terreno para meter el coche, y tener un buen patio, lo que pasa es que quería que el coche entrase pudiendo dejar mas de 2 metros hasta la fachada.

Alex_nar3 escribió:Inclinación con teja árabe entre 25% y 33%.


Uf, odio esa teja.

Además la prioridad es reducir el ángulo todo lo que se pueda.


editado:

Tejas de plástico... pero, jesus, eso no son 30º de vertiente, ¿no?:
Imagen


Tejas de asfalto:
Las tejas de asfalto son excelentes aislantes de la humedad gracias a su fabricación en base a asfalto, arena y fibra orgánica. También son resistentes al fuego y a fuertes vientos. Además tienen la capacidad de absorber calor o refractarlo. Vienen en varios colores, los más oscuros se recomiendan para zonas frías donde es mejor absorber calor y las de colores más claros son mejores en zonas calurosas. Están dentro de las más económicas.
https://lh3.googleusercontent.com/bGCOq ... QbnVopch5E


La pendiente mínima para esas tejas es de 20%(menos de eso te dará problemas), en la foto es de 45%.
Sigo pensando que la mejor opción es primera planta 140m asi puedes dar techos altos y un altillo de 60m con terraza(habitación de invitados o tu cueva).
Pudiendo construir una buena casa en un piso yo no me iría a las dos plantas.
Luego más adelante una vez finalizada la obra puedes mirar de anexionar el garaje a la casa.
Lo de la teja en algunos municipios obligan a colocar teja clásica al igual que los colores de la fachada.
De todas maneras es cierto que el arquitecto te guiará mejor ya que el conocerá la obra XD, pero no veo que hay de malo en poder comentar las inquietudes, si nos ponemos tan exquisitos con los temas a tratar solo queda política en miscelánea y fútbol, para lo demás siempre hay especialistas. Así que por mi parte me gusta contestar cualquier duda de obra, ya que es de lo poco en lo que puede contribuir, no dudes en preguntar.

Un saludo
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