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Quintiliano escribió:Puedes buscar la finca a través de la web del catastro, que permite consultar online alguna información en su web.
Con la web podrás identificar la finca (referencia catastral exacta) pero para tener los datos del propietario tendrás que ir a la oficina del Catastro.
Echa un ojo a este artículo por si te ayuda.
Además, te interesa consultar el Registro de la Propiedad, porque si hubiera algún derecho real (usufructo por ejemplo) o gravamen (hipoteca) constituido sobre la finca, debe estar inscrito en el Registro de la propiedad.
Salu2
ghod escribió:Lo que debes hacer es ir al Registro de la Propiedad correspondiente y solicitar una NOTA SIMPLE INFORMATIVA.
Te van a pedir, como mínimo la dirección, nombre y DNI del titular, y que expongas por qué motivo lo solicitas. Depende del Registro y de las ganas de trabajar, incluso con la Ref. Catastral te sacan el estado.
En esa Nota simple te aparecerá el/los titulares de la finca, el tipo de propiedad (plena propiedad, nuda, usufructo, etc), la identificación de la firma y las cargas vigentes (hipotecas, embargos, etc), así como si hay documentos pendientes de registro.
EDITO: Que sea URBANO no quiere decir que sea edificable. Eso lo encontraras en el Plan de Ordenación Urbanístico Municipal de tu ciudad, buscando la clave o subclave urbanística en el plano correspondiente y ver los detalles de posibilidades que te permite construir ahí.
En todo caso, la recomendación siempre es que te lo gestione un Agente de la Propiedad (que para eso estamos, no para enseñar pisos solo), o al menos un abogado que tenga experiencia en estas lides.
Para cualquier duda, estoy a tu disposición.
11-8-18
Enviar a Penza
a los camaradas Kuraev,
Bosh, Minkin y
demás comunistas de Penza
Camaradas! La rebelión de los cinco volosts kulak se debe suprimir sin misericordia. El interés de la revolución entera exige esto, porque tenemos por delante ahora nuestra batalla decisiva final "con los kulaks". Necesitamos fijar un ejemplo.
1) Deben ahorcar (ahorcar sin falta, de modo que el público vea) por lo menos 100 kulaks notorios, los ricos, y los chupasangres.
2) Publiquen sus nombres.
3) Quitenles todo su grano.
4) Ejecuten a los rehenes - de acuerdo con telegrama de ayer.
Esto necesita ser llevado acabo de tal manera que la gente por centenares de millas alrededor verá, temblará, sabrá y gritará: ahorquemos y estrangulemos esos kulaks chupasangres.
Telegrafíenos reconciendo recibo y ejecución de esto.
Suyo,
Lenin
Señor Ventura escribió:@hal9000 Llevas razón, ahora que lo dices lo quiero gratis.
Seguro que tendría sentido.
xD
edit:
@ghod @Quintiliano
He hablado con este hombre, y ya está todo en marcha, pero me ha comentado algo sobre la linde, y debo respetar 2,5m con respecto a la calle, pero me ha comentado algo sobre no poder acercar la casa... ¿2,5 metros al límite de mi terreno?, o que haya una separación de 2,5m entre ambas casas...
Lo digo porque he echo cálculos, y la casa del vecino está a no mas de 1,9 metros, y claro, no es lo mismo no poder acercarme yo a menos de 2,5 metros de mi muro, que a 60cm (que sería los 2,5m de distancia entre dos casas).
La legislación dice que puedes pegar tu casa al muro perimetral de tu terreno si el vecino también lo hace (de forma que queden juntadas. Separadas por un muro, pero juntas), y eso me hace dudar de si la separación de 2,5m es entre casas, o entre tu casa y tu muro.
¿Que os suena a vosotros de todo esto?, hasta que no me llegue la documentación no voy a poder salir de dudas, así que prefiero ir pidiendo opinión para ir haciéndome a la idea.
Alex_nar3 escribió:Si son unifamiliares independientes un mínimo de entre 2'5 y 3m (Valencia) hasta el muro que separa los terrenos, entre tú casa y tu muro.
Señor Ventura escribió:Alex_nar3 escribió:Si son unifamiliares independientes un mínimo de entre 2'5 y 3m (Valencia) hasta el muro que separa los terrenos, entre tú casa y tu muro.
Joder, pues es un jarro de agua, porque me quita espacio...
Y no hay permiso que valga con estas cosas, ¿no?.
Alex_nar3 escribió:De manera legal, no. Pero dependiendo del terreno, no tiene que suponer mayor problema, puedes hacer un camino de paso que viene bien para cruzar de lado a lado en tu terreno o una vez acabada la construcción añadir un trastero o paellero fuera de licencia, eso según municipio, en algunos lados es un cachondeo y en otros lo vigilan mucho.
En el ayuntamiento del municipio que te toque hay un aparejador técnico o arquitecto que se ocupa de tramitar todo sobre las licencias de construcción y suelen aclararte cualquier duda que tengas, lo mejor es que concretes una cita con el y le expongas todas las dudas que tengas sobre el terreno, antes de comprarlo(la cita la suelen dar de una semana a otra) y así te dirá si se puede hacer todo lo que se te pase por la cabeza.
Un saludo.
Señor Ventura escribió:Entonces, lo primero de todo sería firmar un contrato de arras para así tener la prioridad sobre el terreno, y con ese documento tendría el dni para irme al registro de la propiedad para solicitar la nota informativa, y así ver si tiene deudas, la edificabilidad, etc.
GXY escribió:creo que te acaban de decir que al registro primero y que firmar contratos despues. no creo que necesites el contrato de arras para obtener la informacion del solar.
y los contratos suelen especificar, dado el caso, que el inmueble se entrega libre de cargas (y si se especifica asi y despues resulta que no lo está, el contrato seria nulo de hecho, aunque eso habria que resolverlo en tribunales).
y si, esa cita que dice el compañero con el arquitecto tecnico del ayuntamiento es buena idea, con respecto a lo que puedas hacer y lo que no en el terreno, ya que el susodicho esta al corriente de todas las disposiciones locales al efecto.
Señor Ventura escribió:Alex_nar3 escribió:De manera legal, no. Pero dependiendo del terreno, no tiene que suponer mayor problema, puedes hacer un camino de paso que viene bien para cruzar de lado a lado en tu terreno o una vez acabada la construcción añadir un trastero o paellero fuera de licencia, eso según municipio, en algunos lados es un cachondeo y en otros lo vigilan mucho.
En el ayuntamiento del municipio que te toque hay un aparejador técnico o arquitecto que se ocupa de tramitar todo sobre las licencias de construcción y suelen aclararte cualquier duda que tengas, lo mejor es que concretes una cita con el y le expongas todas las dudas que tengas sobre el terreno, antes de comprarlo(la cita la suelen dar de una semana a otra) y así te dirá si se puede hacer todo lo que se te pase por la cabeza.
Un saludo.
Pues me ha jodido bastante, porque tenía pensado alejar la casa solo unos 40cm para hacer esto:
Pero claro, alejarla 2,5 metros es una exageración para hacer algo como lo de la foto, y encima la casa se echaría encima de la entrada. El coche entraría bien, pero ya me había hecho a la idea de que iba a quedar muy holgado, y tal como quedaría ahora, pues la verdad es que ya se nota que entraría un poco justo.
Añado dos preguntas mas:
1- Si mi vecino tiene su casa a 1,90 metros del muro, ¿no puedo solicitar yo colocarla a una distancia parecida legalmente apelando a una especie de precedentes? (¿exíste algo parecido?).
2- En uno de los lados el terreno da a lo que ahora mismo es un solar, y si alguien pone una casa, puede pegarlo a su muro que da al mío, si yo también hago lo mismo... pero ahora mismo no construye nadie, ¿puedo arrimar mi casa a esa pared teniendo en cuenta que justo ese solar es tan poco ancho que seguramente la casa que pongan ahí necesitará ocupar todo el ancho?.
Señor Ventura escribió:El viernes firmaría el contrato de arras, y mañana mismo pediría cita con el arquitecto del ayuntamiento. Se que no es totalmente la forma de proceder, pero he conseguido el terreno a un buen precio, y no quisiera arriesgarme a que me lo quiten.
Alex_nar3 escribió:Si dices lo del vecino solo vas a conseguir tocar los huevos, no te lo aconsejo , más adelante seguro que haces algo fuera de normativa y no te interesa tener al vecino atento.
Alex_nar3 escribió:Da igual que sea un solar, tienes que dejar los 2,5m a los muros de los lados, en el frente puedes pegar.
Alex_nar3 escribió:Lo mejor de una vivienda independiente es no tener vecinos pegados, con el tiempo aunque no lo creas vas a agradecer esta normativa, de todas maneras una vez presentado el fin de obra y pasado la inspección, puedes plantearte añadir eso como baño exterior o dejar preparado para añadir eso(que es muy bonito en la foto, pero prepárate a contratar a alguien solo para limpiar los cristales, y en 40cm muy cómodo de limpiar no va a ser) a la vivienda con una terrazita encima por ejemplo, no se de cuanto es el terreno pero si te pones piscina o vas a hacer mucha vida en el terreno un baño fuera te va a venir muy bien.
Una casa independiente tiene mucho más valor que un adosado y estoy seguro que con el tiempo te arrepentirás de pegarlo al vecino, aparte de que creo que se tienen que construir los dos a la vez.
Un saludo
Edito: la normativa urbanística también dice como tienen que ser los muros medianeros.
GXY escribió:lo que llamas contrato de arras no es mas que una señal no?
en tal caso si lo ves tan claro dale, pero yo esperaria a tenerlo todo claro de papeles antes de soltar la mosca. si el terreno lleva a la venta mas de un mes, es poco probable que te lo vayan a quitar en una semana. y los jaleos es muy dificil remediarlos a posteriori.
Señor Ventura escribió:@hal9000 Llevas razón, ahora que lo dices lo quiero gratis.
Seguro que tendría sentido.
xD
edit:
@ghod @Quintiliano
He hablado con este hombre, y ya está todo en marcha, pero me ha comentado algo sobre la linde, y debo respetar 2,5m con respecto a la calle, pero me ha comentado algo sobre no poder acercar la casa... ¿2,5 metros al límite de mi terreno?, o que haya una separación de 2,5m entre ambas casas...
Lo digo porque he echo cálculos, y la casa del vecino está a no mas de 1,9 metros, y claro, no es lo mismo no poder acercarme yo a menos de 2,5 metros de mi muro, que a 60cm (que sería los 2,5m de distancia entre dos casas).
La legislación dice que puedes pegar tu casa al muro perimetral de tu terreno si el vecino también lo hace (de forma que queden juntadas. Separadas por un muro, pero juntas), y eso me hace dudar de si la separación de 2,5m es entre casas, o entre tu casa y tu muro.
¿Que os suena a vosotros de todo esto?, hasta que no me llegue la documentación no voy a poder salir de dudas, así que prefiero ir pidiendo opinión para ir haciéndome a la idea.
Señor Ventura escribió:@Edy Por el tema de la edificabilidad no hay problema, puedes edificar una planta, o dos plantas.
Como no quería mas de 100m2 no he prestado mucha atención, pero creo que son 144m2 en una planta, y 250m2 en dos plantas, pero vamos, que no me interesa tanto.
Sobre la altura a una planta es algo que también quiero preguntar, porque quiero techos altos, y ya lo del techo plano te lo agradezco, porque ni se me había pasado pro la cabeza, tendré que preguntarlo también.
¿Será necesario acercarse en persona hasta allíu para solicitar hablar con el arquitecto del ayuntamiento?, o podría hacerse por teléfono.
Señor Ventura escribió:¿Será necesario acercarse en persona hasta allíu para solicitar hablar con el arquitecto del ayuntamiento?, o podría hacerse por teléfono.
Señor Ventura escribió:@Edy Por el tema de la edificabilidad no hay problema, puedes edificar una planta, o dos plantas.
Como no quería mas de 100m2 no he prestado mucha atención, pero creo que son 144m2 en una planta, y 250m2 en dos plantas, pero vamos, que no me interesa tanto.
Sobre la altura a una planta es algo que también quiero preguntar, porque quiero techos altos, y ya lo del techo plano te lo agradezco, porque ni se me había pasado pro la cabeza, tendré que preguntarlo también.
¿Será necesario acercarse en persona hasta allíu para solicitar hablar con el arquitecto del ayuntamiento?, o podría hacerse por teléfono.
Señor Ventura escribió:@Edy Por el tema de la edificabilidad no hay problema, puedes edificar una planta, o dos plantas.
Como no quería mas de 100m2 no he prestado mucha atención, pero creo que son 144m2 en una planta, y 250m2 en dos plantas, pero vamos, que no me interesa tanto.
Sobre la altura a una planta es algo que también quiero preguntar, porque quiero techos altos, y ya lo del techo plano te lo agradezco, porque ni se me había pasado pro la cabeza, tendré que preguntarlo también.
¿Será necesario acercarse en persona hasta allíu para solicitar hablar con el arquitecto del ayuntamiento?, o podría hacerse por teléfono.
Galicha escribió:Una parcela de 340 metros y forma de cuña no me parece una joya para perder la cabeza, a no ser que sea en el casco urbano de una gran ciudad.
Goncatin escribió:@Señor Ventura Yo te recomiendo que lo de los metros lo mires en el PGOU de tu localidad
Alex_nar3 escribió:La cita puedes pedirla por teléfono.
hal9000 escribió:Buffff https://www.youtube.com/watch?v=EvzVs3AgRaM
Señor Ventura escribió:
Me lo ha mandado por email esta misma mañana. Pongo lo mas importante (pero el documento es de 1985, puede haber variado):
-Retranqueo: 3 metros al frente de la calle, y 2,5 metros a cada lindero.
-Fondo edificable: El área ocupada por la edificación deberá situarse a menos de 12,5 metros del frente de la parcela.
-Frente mínimo edificable: Viviendas aisladas: 10 m.
-Ocupación: 40% sobre parcela.
-Edificabilidad: 0,6 m2/m2
-Altura máxima: 6 metros (dos plantas).
-Cubierta: Inclinada.
Lo de la cubierta me ha roto, aunque siendo una ordanción tan antigua, tendré que preguntar que me permite.
No indica la altura máxima para vivienda de una sola planta, pero imagino que serían 3 metros.
Y lo del fondo edificable no lo entiendo, ¿12,5 metros de ancho en la fachada?, porque si es así, no se como esperan que pueda tener un fondo de 10 metros si tengo que respetar 2,5 metros por detrás, y 3 metros por delante.
GXY escribió:pd @señor ventura ahi te estan diciendo que aunque la parcela permita alejarlo mas, tienes que edificar a como maximo 12,5m del frontal de la parcela (que no puedes alejarla mas de ahi). es el tamaño maximo del frontal no edificado que permiten, vaya.
Edy escribió:No creo que haya cambiado nada desde el 85, en algunos casos (mi caso) es del 63, y es exactamente lo mismo en la actualidad.
En relacion al retranqueo, pues nada, tienes que dejar ese espacio en tus lindes a excepcion de la cara que da a la calle. En relacion al tema del 40% de la parcela ... cuantos metros decias que tenia en total? porque un 40% me parece "poco" para el espacio que tienes, ,.... no creo que te de para dos plantas, y si te da, te quedara algo pequeño todo ...
Y sobre el tema de la cubierta inclinada, bueno, eso tampoco es un problema, porque se puede hacer un "invento" para que no se note que la cubierta sea inclinada, pero que tienes que poner tejas ... es 100% ...
Edy escribió:@Alex_nar3
Bueno, eso de que te dan la licencia asi rapido y demas ... sera en algun ayuntamiento que en otro. En mi caso, examinaron planos al detalle y me hicieron realizar muchos cambios antes de aceptarme la licencia de obra. Incluso hay casos, en los que como haya cambios urbanisticos, podria afectarte con el final de obra, pero vamos, eso ya es otro tema. De todas maneras, hay que ir con mucho cuidado con todos los detalles de edificacion, porque como en temas de medidas y porcentajes no se respeten ... ya tienes un problemon.Señor Ventura escribió:
Me lo ha mandado por email esta misma mañana. Pongo lo mas importante (pero el documento es de 1985, puede haber variado):
-Retranqueo: 3 metros al frente de la calle, y 2,5 metros a cada lindero.
-Fondo edificable: El área ocupada por la edificación deberá situarse a menos de 12,5 metros del frente de la parcela.
-Frente mínimo edificable: Viviendas aisladas: 10 m.
-Ocupación: 40% sobre parcela.
-Edificabilidad: 0,6 m2/m2
-Altura máxima: 6 metros (dos plantas).
-Cubierta: Inclinada.
Lo de la cubierta me ha roto, aunque siendo una ordanción tan antigua, tendré que preguntar que me permite.
No indica la altura máxima para vivienda de una sola planta, pero imagino que serían 3 metros.
Y lo del fondo edificable no lo entiendo, ¿12,5 metros de ancho en la fachada?, porque si es así, no se como esperan que pueda tener un fondo de 10 metros si tengo que respetar 2,5 metros por detrás, y 3 metros por delante.
No creo que haya cambiado nada desde el 85, en algunos casos (mi caso) es del 63, y es exactamente lo mismo en la actualidad.
En relacion al retranqueo, pues nada, tienes que dejar ese espacio en tus lindes a excepcion de la cara que da a la calle. En relacion al tema del 40% de la parcela ... cuantos metros decias que tenia en total? porque un 40% me parece "poco" para el espacio que tienes, ,.... no creo que te de para dos plantas, y si te da, te quedara algo pequeño todo ...
Y sobre el tema de la cubierta inclinada, bueno, eso tampoco es un problema, porque se puede hacer un "invento" para que no se note que la cubierta sea inclinada, pero que tienes que poner tejas ... es 100% ...
Señor Ventura escribió:Vamos, que no mas de 12,5m de ancho, y no mas de 10m de largo.
Señor Ventura escribió:GXY escribió:pd @señor ventura ahi te estan diciendo que aunque la parcela permita alejarlo mas, tienes que edificar a como maximo 12,5m del frontal de la parcela (que no puedes alejarla mas de ahi). es el tamaño maximo del frontal no edificado que permiten, vaya.
Vamos, que no mas de 12,5m de ancho, y no mas de 10m de largo.
Señor Ventura escribió:
Me lo ha mandado por email esta misma mañana. Pongo lo mas importante (pero el documento es de 1985, puede haber variado):
-Retranqueo: 3 metros al frente de la calle, y 2,5 metros a cada lindero.
-Fondo edificable: El área ocupada por la edificación deberá situarse a menos de 12,5 metros del frente de la parcela.
-Frente mínimo edificable: Viviendas aisladas: 10 m.
-Ocupación: 40% sobre parcela.
-Edificabilidad: 0,6 m2/m2
-Altura máxima: 6 metros (dos plantas).
-Cubierta: Inclinada.
Lo de la cubierta me ha roto, aunque siendo una ordanción tan antigua, tendré que preguntar que me permite.
No indica la altura máxima para vivienda de una sola planta, pero imagino que serían 3 metros.
Y lo del fondo edificable no lo entiendo, ¿12,5 metros de ancho en la fachada?, porque si es así, no se como esperan que pueda tener un fondo de 10 metros si tengo que respetar 2,5 metros por detrás, y 3 metros por delante.
P.D: Ya estoy pidiendo una cita con el arquitecto.
Si, en ello estoy, a ver si me atienden.
Edy escribió:Yo se porque quieres planas y no inclinadas ... porque yo pense lo mismo ... hacerlo terraza una vez finalizada la obra .... y como que no, eso ya se lo saben en los ayuntamientos.
Pero independientemente de que te parezca bonito o feo que sean inclinadas, se pueden hacer inclinadas pero cubrir la inclinacion con pequeños muretes para que no se vea la inclinacion desde ningun lado. Ahora bien, en cuanto a mantenimiento es mas trabajo.
E insisto, si te pone que solo puedes construir un 40% del coeficiente del total de metros, ya puedes hacer 1, 2 o 24 alturas o subterraneo ... que del total no te puedes pasar. Aun recuerdo un colega con un terreno de 1200m2, con un 30% de zona verde ... y con un coeficiente del 35% para edificar ... y madre mia, la casa le quedaba muy justa para lo que el queria. Por eso digo, que mucho ojo con ese tema, porque de TODO, es de lo mas importante
Edy escribió:En relacion al retranqueo, pues nada, tienes que dejar ese espacio en tus lindes a excepcion de la cara que da a la calle.
Alex_nar3 escribió:Edito:que has contestado a la vez que escribía, lo que es un coñazo son el techo plano, te parecerá más bonito, a mi por ejemplo me gusta más un buen tejado de teja con caída a 3 aguas o 4 aguas, pero en cuanto a mantenimiento y cuidado no hay comparación, los tejados inclinados prácticamente no tienen.
Medidas mínimas comedor y habitaciones altura libre 2'5m, mínimo baños, cocina 2,2m
Tito_CO escribió:Eso se hace así para que no haya casas que desde el frente de fachada se vean pequeñas con respecto a su terreno
MaxVB escribió:Simplificando, te dicen que tu casa puede llegar como mucho a una paralela a 12,50m (profundidad) de la linde a la calle, y como mínimo, tiene que llegar a una paralela a 10m (profundidad) de la linde a la calle. Tienes 2,5m de profundo en los que elegir si construir o no.
En cualquier caso, vas a necesitar un arquitecto. Que él te aclare los detalles. Pero si sólo se permiten cubiertas inclinadas, plana no va a poder ser de ninguna de las maneras.
Edy escribió:Yo se porque quieres planas y no inclinadas ... porque yo pense lo mismo ... hacerlo terraza una vez finalizada la obra .... y como que no, eso ya se lo saben en los ayuntamientos.
Pero independientemente de que te parezca bonito o feo que sean inclinadas, se pueden hacer inclinadas pero cubrir la inclinacion con pequeños muretes para que no se vea la inclinacion desde ningun lado. Ahora bien, en cuanto a mantenimiento es mas trabajo.
Dartanyan escribió:Cada ayuntamiento tiene sus normas. Lo mejor es que te acerques a él y preguntes por la normativa que afecta a tu terreno. La normativa específica todo. Y lo que no especifica es que eres libre de hacer lo que quieras.
Edy escribió:@Señor Ventura
No te va a servir realizar la obra asi, si no respetas los lindes tal cual se especifica ... pero como te digo, no nos hagas ni caso, porque eso te lo dira el arquitecto.
En relacion al tema de la inclinacion, LO MISMO, ellos te diran inclinacion minima para las cubiertas, ... y esa inclinacion no la decides tu, la deciden ellos (el minimo). A razon de ese minimo, que suele estar en un 9/10%. Insisto, puedes hacer una casa con estilo totalmente moderno y de lineas rectas sin que se vea en absoluto la inclinacion de las tejas ... pero eso es un tema de realizar un premarco de tipomurete perimetral para que no se aprecie la inclinacion.
ghod escribió:Lo que me parece increible es que a estas alturas se siga preguntando en un foro para algo tan importante como la que, probablemente, sea una de las mayores inversiones de una vida.
No tienes ni idea de los procesos de una compra-venta con todos sus pormenores, ni tienes formación que te habilite para entender los pormenores técnicos de un proyecto arquitectónico.
Al final vas a acabar teniendo que hablar con un técnico que te aconseje... por qué no hacerlo desde un principio?
Edy escribió:@ghod
Es justo lo que le dije en mi primer post. Por mucho que nosotros le aconsejemos, quien tiene la ultima palabra es el arquitecto de su ayuntamiento ... (vamos, de donde se encuentre el terreno) ... y ojo no lo cambien con el cambio de gobierno ... que esa es otra ....
Edy escribió:Y me alegro mucho la verdad. Esperemos que no te pongan impedimentos, porque visto el plano que nos habias realizado ... creo que podrias tener historias con el retranqueo ....
Por lo demas, me parece que (bajo mi punto de vista) yo plantearia realizar la casa en forma de L,.
Edy escribió:No has planteado hacer un chaflan justo en la esquina que mas problemas te da con el retranqueo?
Edy escribió:y Respecto al parking, no lo puedes dejar en la calle? Lo digo porque comerte el espacio del coche dentro del terreno ... pudiendo aprovechar para jardin ... si tuvieras 1000m te diria que OK, pero en tu caso ....
Alex_nar3 escribió:Inclinación con teja árabe entre 25% y 33%.
Señor Ventura escribió:Edy escribió:No has planteado hacer un chaflan justo en la esquina que mas problemas te da con el retranqueo?
Recortar el saliente, ¿no?. Por supuesto que lo haría. Quería un techo plano, así que a eso le quito el sobrante si o si xD
Edy escribió:y Respecto al parking, no lo puedes dejar en la calle? Lo digo porque comerte el espacio del coche dentro del terreno ... pudiendo aprovechar para jardin ... si tuvieras 1000m te diria que OK, pero en tu caso ....
Dejando los 2,5 metros de linde, me queda un rectángulo diáfano (casi cuadrado) de 7,75 de ancho x 6,54 de largo, mas luego el área que tiende a ser triangular durante otros 10 metros mas, solo que el ángulo se va cerrando y los últimos metros de esos 10 ya se acercan a los 2,5 o 3 metros de largo que obliga la linde. Y eso sin contar que en la parte derecha hay mas patio.
Vamos, que hay un buen terreno para meter el coche, y tener un buen patio, lo que pasa es que quería que el coche entrase pudiendo dejar mas de 2 metros hasta la fachada.Alex_nar3 escribió:Inclinación con teja árabe entre 25% y 33%.
Uf, odio esa teja.
Además la prioridad es reducir el ángulo todo lo que se pueda.
editado:
Tejas de plástico... pero, jesus, eso no son 30º de vertiente, ¿no?:
Tejas de asfalto:
Las tejas de asfalto son excelentes aislantes de la humedad gracias a su fabricación en base a asfalto, arena y fibra orgánica. También son resistentes al fuego y a fuertes vientos. Además tienen la capacidad de absorber calor o refractarlo. Vienen en varios colores, los más oscuros se recomiendan para zonas frías donde es mejor absorber calor y las de colores más claros son mejores en zonas calurosas. Están dentro de las más económicas.
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