De nuevo en la mesa electoral

1, 2, 3
Sobre los sorteos.

El sorteo se hace en base a la gente que vota en tu mesa electoral, es decir que puedes vivir en una población de 600.000 personas pero si en tu mesa hay 500 votantes tu probabilidad de salir elegido es sobre esos 500 votantes no sobre el máximo de la población.

Además creo que para ser presidente habia que cuplir unos requisitos y los que los cumplian entraba al sorteo. Es decir que si, pongamos los 500 votantes de la mesa electoral, solo 10 cumplen los requisitos el sorteo para presidente seria entre los 10 agraciados
@AMSWORLD, te admito mi error :-) Es lo malo de interpretar la ley, hacerlo mal.

Igual para @LaGarrota y @Xelxer

Sabio escribió:
JohnH escribió:"La Fuerza Pública acompañará y, si fuera preciso, facilitará el desplazamiento de estas personas."

De verdad, leeros la ley. Te llevan.

Te llevan, pero no te traen xD, y lo digo porque a mí me lo dijeron tal cual una de las veces que me tocó [tomaaa]


Pues mira, eso sería una jodienda, porque el Juzgado está a 40 kilómetros, yo sin coche y mal horario para autobuses de vuelta (vamos, que no hay un Domingo a esas horas). Y para taxis, ni con los 65€ da. Que otra cosa no, pero caros los taxis en esta comunidad, para ellos solos.

De momento, hasta mañana no sabremos a quién le ha tocado. No lo han publicado todavía. Que no me toque, por dios.
no pasa nada hombre, yo cuando fui es que no trabajaba y me soltaron un sobre, porque es un sobre xdxd, de unos 60 euros o algo asi

@Lestat25
creo que vale con saber leer, imagino que tiran de graduado escolar

@Narcisa

no compensa las horas/euros, salvo que te de igual echar el dia con algo curioso y ver la fauna que vota o vivir la experiencia.

y ya que lo permites, loca

@Eruanion
da igual, solo vas a coger una papeleta y mirar un dni, no creo que los ideales politicos sirvan de mucho en ese momento.
@LaGarrota He encontrado esto que despeja dudas:

Designación y requisitos de los miembros de Mesa

Las consultas deben dirigirse a la Junta Electoral de Zona correspondiente a cada municipio.

La formación de las Mesas compete a los Ayuntamientos bajo la supervisión de las Juntas de Zona.

El Presidente y los Vocales de cada Mesa son designados por sorteo público entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores de la Mesa correspondiente, que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años, si bien a partir de los 65 años podrán manifestar su renuncia en el plazo de siete días.

El Presidente deberá tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo Grado, o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente.

Con el mismo procedimiento se nombran dos suplentes por cada uno de los miembros de Mesa.
@JohnH No sé si echándole "morro" (que tampoco sería eso, ya que deben de estar para eso) y si les llamases para que te fueran a llevar y tal, lo harían, pero bueno, si no te fue ya la local, no creo que te toque :)
Yo e recibido una notificación de correos supuestamente tengo que ir a recoger la notificacion en 2 días que pasa si no voy??
Xelxer escribió:@JohnH No sé si echándole "morro" (que tampoco sería eso, ya que deben de estar para eso) y si les llamases para que te fueran a llevar y tal, lo harían, pero bueno, si no te fue ya la local, no creo que te toque :)


Las cosas de palacio van despacio. A las 12 había pleno extraordinario, entre otras cosas, el sorteo, a las 2 de la tarde chapan, y el policía local (pueblo pequeño), a las 3. No da tiempo a llegar a todos aunque quisiera.

A ver si hay suerte, que "el gordo" toca 2 veces este año :-|

Echándole morro para volver... no quedaría otra XD.
@JohnH Uy, pues entonces a ver [carcajad] pero no creo, hombre :)
JohnH escribió:Citar
@AMSWORLD, te admito mi error :-) Es lo malo de interpretar la ley, hacerlo mal.

Las leyes es que suelen ser jodidas de interpretar (menos para lo que les interesa [carcajad] ) :)
LaGarrota escribió: @Eruanion
da igual, solo vas a coger una papeleta y mirar un dni, no creo que los ideales politicos sirvan de mucho en ese momento.


Bueno, eso es lo de menos, digo que ese es el motivo que se le dio a mi amigo en el ayuntamiento porque preguntó exactamente eso.
oparrulo20 escribió:Yo e recibido una notificación de correos supuestamente tengo que ir a recoger la notificacion en 2 días que pasa si no voy??


A mi no me hagas mucho caso, pero puede venir la Policía Local a entregártelo en mano. Y si no estás, irán varias veces al día para pillarte en casa.

Saludos.
Xelxer escribió:@JohnH Uy, pues entonces a ver [carcajad] pero no creo, hombre :)


No soy de os lo dije, pero os lo dije.

Dentro de todo lo malo segundo suplente. Con suerte, ir y volver, que ya es mala suerte.

A ver si publican quien ha tocado delante para ver si tengo altas o bajas probabilidades de sentarme. No sé qué pasa que este año están tardando tanto en poner la composición de las mesas en la(s) web(s) del pueblo. Las cosas de palacio van despacio.

Lástima que no juego, pero si para la lotería tuviera el mismo presentimiento... y acierto, ya era rico...

Mis condolencias o enhorabuenas a los que entramos en el club de los elegidos [facepalm]

En mi familia también ha tocado repetido. No es normal esto de que toque veces seguidas. Yo creo que no hay ni sorteo, se elige a dedo y a tomar por saco. En realidad no lo creo, pero ya es mala suerte.
@JohnH Dentro de lo malo es suplente, no creo que tengas problema, pero aún así te diré lo que podría pasar estos días, para que no te pille por sorpresa.

Si el titular en este plazo alega X por lo que no puede ir, y si lo conceden, la local volverá a pasar por tu casa a darte otro papelito diciendo que pasas a ser titular, así que en ese caso (a mí fue lo que me pasó [+risas]) pues ya vas bien mentalizado.

Si el día de las elecciones no aparece, ya tú pasas a titular, y te quedas allá. Si aparece, te vuelves para casa, y listo, hay gente que dice que tuvieron que estar localizables por si acaso.
Xelxer escribió: Si aparece, te vuelves para casa, y listo, hay gente que dice que tuvieron que estar localizables por si acaso.

A mí me lo dijeron; y casi fastidia más tener que quedarse en casa (era un espléndido de playa) que estar en la mesa electoral.
@Neo Cortex Hombre, una cosa es estar localizable y otra quedarse en casa mirando el teléfono [+risas]

En mi caso a los suplentes no les dijeron nada, de hecho uno preguntó que si se podían ir una vez que abrieron el colegio, la chica dijo que sí y ni estaba constituida la mesa siquiera...
Xelxer escribió:Hombre, una cosa es estar localizable y otra quedarse en casa mirando el teléfono

Ya, pero te estoy hablando de los años '90s, cuando creo que ni tenía teléfono móvil.
Pero, bueno, es cierto que quizá me tomé lo de "estar localizable" demasiado al pie de la letra.
@Neo Cortex Ahhhmigo, entonces sí, la cosa cambia bastante [carcajad] entiendo que ahí te diera reparo moverte de casa...
@Xelxer

De todos modos, no lo veo justo. Creo que el suplente debería aparecer a primera hora para comprobar si no hay ninguna incidencia; y si todos han acudido, debería poder marcharse. Porque eso de estar disponible durante las 12 horas siguientes, así por la cara... no sé yo.
@Neo Cortex Es una señora cabronada, es lo que decías, para eso mejor quedarse en mesa y atpc... Sinceramente ni idea de cómo va, si es "por ley" o si te lo dicen según le de a la persona que ayuda con todo eso.
A los que seáis presidentes, enhorabuena, tendréis inmunidad ante la ley, podéis dar órdenes a la policía, vamos que sólo el ministro del interior estará por encima de vosotros en autoridad [+risas]
A mi me ha tocado vocal 1 en el papel que me entregaron. Leo x internet que es tachar nombres y poco mas. Aburrido, pero lei lo que tenia que hacer el presidente y menudo lio, creo. Para mi es novedad total. Preferiria no ir, por supuesto, pero confio en que a la próxima semana no me vuelva a tocar ratataaaa
Maldita sea!!! me ha llegado justo hoy la carta y soy un suplente.
Haran escribió:Y también creo que estaría bien lo de que hubiera voluntarios para cubrir plazas de las mesas. Venga, +1.


eso ya no ocurre, si estas dentro del descanso minimo entre jornadas te toca pringar.
adrian85 está baneado por "Troll"
A mi jamás en la vida. Cuando lo escucho digo: ya tiene que ser difícil que te toque, jamás me ha tocado. ¿Cómo te lo comunican? te pagan algo? 50€?

Pero bueno prefiero eso a no lo que me han hecho a mi de quitarme casi 1000€ en la declaración [carcajad]
adrian85 escribió:Pero bueno prefiero eso a no lo que me han hecho a mi de quitarme casi 1000€ en la declaración [carcajad]


No te "quitan" nada, solo estás regularizando lo que te dieron de mas. Míralo de otra forma, has estado cobrando intereses por un dinero que no te pertenece.
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matranco escribió:
adrian85 escribió:Pero bueno prefiero eso a no lo que me han hecho a mi de quitarme casi 1000€ en la declaración [carcajad]


No te "quitan" nada, solo estás regularizando lo que te dieron de mas. Míralo de otra forma, has estado cobrando intereses por un dinero que no te pertenece.


Si trabajas por cuenta ajena y tienes un sueldo X como única fuente de ingresos por ejemplo, ¿qué me van a haber dado de mas? Yo he cobrado mi sueldo como único ingreso.
adrian85 escribió:
matranco escribió:
adrian85 escribió:Pero bueno prefiero eso a no lo que me han hecho a mi de quitarme casi 1000€ en la declaración [carcajad]


No te "quitan" nada, solo estás regularizando lo que te dieron de mas. Míralo de otra forma, has estado cobrando intereses por un dinero que no te pertenece.


Si trabajas por cuenta ajena y tienes un sueldo X como única fuente de ingresos por ejemplo, ¿qué me van a haber dado de mas? Yo he cobrado mi sueldo como único ingreso.


Cuando se reciben ingresos, los pagadores (empresas) retienen una cantidad que se la queda el Estado, en concepto de adelanto de impuestos. Pero por diferentes motivos esas retenciones que se aplican sobre los ingresos pueden no estar ajustadas a lo que corresponde pagar en impuestos.
Por ese motivo al año siguiente se realiza la declaración de la renta. En esta declaración se determina los impuestos que se tenían que haber pagado el año anterior y lo que se adelantó en forma de retenciones. La diferencia entre ambas cantidades es lo que se tiene que devolver o lo que se tiene que pagar.
adrian85 escribió:
matranco escribió:
adrian85 escribió:Pero bueno prefiero eso a no lo que me han hecho a mi de quitarme casi 1000€ en la declaración [carcajad]


No te "quitan" nada, solo estás regularizando lo que te dieron de mas. Míralo de otra forma, has estado cobrando intereses por un dinero que no te pertenece.


Si trabajas por cuenta ajena y tienes un sueldo X como única fuente de ingresos por ejemplo, ¿qué me van a haber dado de mas? Yo he cobrado mi sueldo como único ingreso.

No es que te hayan dado de más, es que te han quitado de menos.

Si tú cobras X, y en ese rango salarial te corresponde pagar un 12,5% (por decir algo), pero sólo te han retenido un 11% (porque el que haga las nóminas en la empresa donde trabajas lo haya decidido así), no habrás pagado el 12,5% de tu salario, habrás pagado el 11%, por lo que te quedará dinero por pagar, y ahí están tus 1000€ que comentas.
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matranco escribió:Cuando se reciben ingresos, los pagadores (empresas) retienen una cantidad que se la queda el Estado, en concepto de adelanto de impuestos. Pero por diferentes motivos esas retenciones que se aplican sobre los ingresos pueden no estar ajustadas a lo que corresponde pagar en impuestos.
Por ese motivo al año siguiente se realiza la declaración de la renta. En esta declaración se determina los impuestos que se tenían que haber pagado el año anterior y lo que se adelantó en forma de retenciones. La diferencia entre ambas cantidades es lo que se tiene que devolver o lo que se tiene que pagar.


Es decir que mi empresa pagó de menos y luego en la declaración se lo cobran al empleado (a mi)? porque yo cobré igual que el año pasado. No estoy muy puesto en el tema de declaraciones la verdad, siempre me la llevó un gestor.
adrian85 escribió:
matranco escribió:Cuando se reciben ingresos, los pagadores (empresas) retienen una cantidad que se la queda el Estado, en concepto de adelanto de impuestos. Pero por diferentes motivos esas retenciones que se aplican sobre los ingresos pueden no estar ajustadas a lo que corresponde pagar en impuestos.
Por ese motivo al año siguiente se realiza la declaración de la renta. En esta declaración se determina los impuestos que se tenían que haber pagado el año anterior y lo que se adelantó en forma de retenciones. La diferencia entre ambas cantidades es lo que se tiene que devolver o lo que se tiene que pagar.


Es decir que mi empresa pagó de menos y luego en la declaración se lo cobran al empleado (a mi)? porque yo cobré igual que el año pasado. No estoy muy puesto en el tema de declaraciones la verdad, siempre me la llevó un gestor.

No, tu empresa no pagó menos, tú pagaste de menos.

De tu nómina, de tu salario, se te quita un porcentaje que va para el Estado (el IRPF), y la empresa paga a la Seguridad Social por ti.
Si ese porcentaje de IRPF es menos que el que debería de haber sido, tienes que pagar a Hacienda lo que falta.
adrian85 escribió:
matranco escribió:Cuando se reciben ingresos, los pagadores (empresas) retienen una cantidad que se la queda el Estado, en concepto de adelanto de impuestos. Pero por diferentes motivos esas retenciones que se aplican sobre los ingresos pueden no estar ajustadas a lo que corresponde pagar en impuestos.
Por ese motivo al año siguiente se realiza la declaración de la renta. En esta declaración se determina los impuestos que se tenían que haber pagado el año anterior y lo que se adelantó en forma de retenciones. La diferencia entre ambas cantidades es lo que se tiene que devolver o lo que se tiene que pagar.


Es decir que mi empresa pagó de menos y luego en la declaración se lo cobran al empleado (a mi)? porque yo cobré igual que el año pasado. No estoy muy puesto en el tema de declaraciones la verdad, siempre me la llevó un gestor.


Es un impuesto que cobra hacienda. La empresa solo es una intermediaria entre tu y hacienda. La empresa coge parte de tu sueldo y se lo da a hacienda. Se hace así, cada mes para que lo notes menos.
En tu caso le dió de menos así que ahora te toca devolver lo que falta.

Antiguamente estaba el derecho de pernada, ahora lo llaman impuesto del IRPF.
La diferencia es que en uno los señores feudales se tiraban a tu hija, y en el IRPF los señores feudales te follan a ti.
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sexto escribió:No, tu empresa no pagó menos, tú pagaste de menos.

De tu nómina, de tu salario, se te quita un porcentaje que va para el Estado (el IRPF), y la empresa paga a la Seguridad Social por ti.
Si ese porcentaje de IRPF es menos que el que debería de haber sido, tienes que pagar a Hacienda lo que falta.


Pero a ver, si una persona gana por ejemplo 2000€ al mes que es lo pactado con la empresa y a final de año ha recibido 24.000€ netos ¿cómo me van a haber pagado de más? wtf? Teniendo en cuenta que el año pasado fue exactamente lo mismo neto.
adrian85 escribió:
matranco escribió:Cuando se reciben ingresos, los pagadores (empresas) retienen una cantidad que se la queda el Estado, en concepto de adelanto de impuestos. Pero por diferentes motivos esas retenciones que se aplican sobre los ingresos pueden no estar ajustadas a lo que corresponde pagar en impuestos.
Por ese motivo al año siguiente se realiza la declaración de la renta. En esta declaración se determina los impuestos que se tenían que haber pagado el año anterior y lo que se adelantó en forma de retenciones. La diferencia entre ambas cantidades es lo que se tiene que devolver o lo que se tiene que pagar.


Es decir que mi empresa pagó de menos y luego en la declaración se lo cobran al empleado (a mi)? porque yo cobré igual que el año pasado. No estoy muy puesto en el tema de declaraciones la verdad, siempre me la llevó un gestor.


Pués pide a la empresa que te suba la retención mensual para que no te toque pagar de golpe...
adrian85 escribió:
sexto escribió:No, tu empresa no pagó menos, tú pagaste de menos.

De tu nómina, de tu salario, se te quita un porcentaje que va para el Estado (el IRPF), y la empresa paga a la Seguridad Social por ti.
Si ese porcentaje de IRPF es menos que el que debería de haber sido, tienes que pagar a Hacienda lo que falta.


Pero a ver, si una persona gana por ejemplo 2000€ al mes que es lo pactado con la empresa y a final de año ha recibido 24.000€ netos ¿cómo me van a haber pagado de más? wtf? Teniendo en cuenta que el año pasado fue exactamente lo mismo neto.

No te han pagado de más, TÚ has pagado de menos, ojo a la diferencia.

Imagina que tú tienes un salario bruto (calcula siempre las cosas en bruto, no en neto, ya que pueden variar) de 32.000€ (me lo invento), y para ese salario, te corresponde pagar un 14% de IRPF (también me lo invento).
Si el que hace las nóminas en la empresa donde curras puso que se te quitara un 12% en vez de un 14%, estás pagando de menos.
Tu salario sigue siendo el mismo, nadie te está pagando de menos ni de más, pero se te está reteniendo menos de lo que se te debería retener.

Y ya al año siguiente se calcula: Este hombre llamado Adrian Ochenta y Cinco tuvo unos ingresos brutos de 32.000, por lo tanto se le deberían haber retenido 4.480€, sin embargo sólo se le han retenido 3.840€, por lo tanto tendrá que pagar los 640 que faltan.
(Esta última parte es más compleja porque entran otros factores, pero para resumirlo, es así).
adrian85 está baneado por "Troll"
sexto escribió:No te han pagado de más, TÚ has pagado de menos, ojo a la diferencia.

Imagina que tú tienes un salario bruto (calcula siempre las cosas en bruto, no en neto, ya que pueden variar) de 32.000€ (me lo invento), y para ese salario, te corresponde pagar un 14% de IRPF (también me lo invento).
Si el que hace las nóminas en la empresa donde curras puso que se te quitara un 12% en vez de un 14%, estás pagando de menos.
Tu salario sigue siendo el mismo, nadie te está pagando de menos ni de más, pero se te está reteniendo menos de lo que se te debería retener.

Y ya al año siguiente se calcula: Este hombre llamado Adrian Ochenta y Cinco tuvo unos ingresos brutos de 32.000, por lo tanto se le deberían haber retenido 4.480€, sin embargo sólo se le han retenido 3.840€, por lo tanto tendrá que pagar los 640 que faltan.
(Esta última parte es más compleja porque entran otros factores, pero para resumirlo, es así).


Si si, tienes toda la razón que funciona así.
Lo que pasa que si con una empresa tienes acordado ganar 2000€ al mes netos como es mi caso que siempre gano esa cantidad, lo suyo es decirle a la empresa que que coño haban hecho.
Pero como decía otro compañero forero puede ser que el error sea negociar el sueldo en neto con la empresa como hago yo y ahora se lo tenga que reclamar.
adrian85 escribió:
sexto escribió:No te han pagado de más, TÚ has pagado de menos, ojo a la diferencia.

Imagina que tú tienes un salario bruto (calcula siempre las cosas en bruto, no en neto, ya que pueden variar) de 32.000€ (me lo invento), y para ese salario, te corresponde pagar un 14% de IRPF (también me lo invento).
Si el que hace las nóminas en la empresa donde curras puso que se te quitara un 12% en vez de un 14%, estás pagando de menos.
Tu salario sigue siendo el mismo, nadie te está pagando de menos ni de más, pero se te está reteniendo menos de lo que se te debería retener.

Y ya al año siguiente se calcula: Este hombre llamado Adrian Ochenta y Cinco tuvo unos ingresos brutos de 32.000, por lo tanto se le deberían haber retenido 4.480€, sin embargo sólo se le han retenido 3.840€, por lo tanto tendrá que pagar los 640 que faltan.
(Esta última parte es más compleja porque entran otros factores, pero para resumirlo, es así).


Si si, tienes toda la razón que funciona así.
Lo que pasa que si con una empresa tienes acordado ganar 2000€ al mes netos como es mi caso que siempre gano esa cantidad, lo suyo es decirle a la empresa que que coño haban hecho.
Pero como decía otro compañero forero puede ser que el error sea negociar el sueldo en neto con la empresa como hago yo y ahora se lo tenga que reclamar.

Efectivamente, negociar el salario neto es un error.
Piensa que en la declaración de la Renta también influyen otros factores totalmente ajenos a la empresa, como tu estado civil, hijos, personas a tu cargo, o incluso que hayas hecho donaciones a ONGs.
Puedes ir a tu gestor o a Recursos Humanos de tu curro y que te expliquen donde ha podido estar el problema, pero sobre lo de reclamar ese dinero a la empresa, spoiler alert: te comerás una mierda.
Vamos a dejar aquí el off-topic, y a continuar con el tema del hilo.
Por cierto, al haber tantas elecciones (el 26 de mayo serán las Municipales, Europeas y en algunos sitios, Autonómicas), ¿la comunicación de haber sido seleccionado para una mesa electoral se realiza junto con estas Generales o se hace después? Es que de las Generales parece que me he librado, pero me tienen mosca las del 26 de mayo.
@Neo Cortex Tengo la misma duda, porque hace poco me dijeron que el sorteo de las mesas era para todo el año, por lo que se supondría que les tocaría en ambos comicios. Pero me parece bastante raro, así que a ver si alguien de los que le haya tocado para las de este mes nos puede decir algo
Xelxer escribió:Tengo la misma duda, porque hace poco me dijeron que el sorteo de las mesas era para todo el año, por lo que se supondría que les tocaría en ambos comicios.

La verdad es que he escuchado de todo. Unos dicen que se sortearon para las elecciones de abril y mayo por separado, otros que para ambas juntas y otros que para las de mayo se sortean después.
Pues en principio los únicos que se prorrogan son los miembros de la Junta Electoral.

Tocó hace poco consultas populares por aquí en varios pueblos y me chocó eso (lo publicaron en el boletín oficial), que la ley dice que si se convocan elecciones (me chocó porque sólo eran consultas populares) los miembros de la Junta se prorrogarán 100 días, y así lo hicieron.

De los miembros de la mesa, en principio, no, pero en este caso particular, los miembros de la mesa eran los propios de la Junta, pero sólo era un consulta, y va con otro régimen, así que, yo, desde entonces, también tengo la mosca detrás de la oreja.

De una manera u otra, la convocatoria de elecciones provinciales, locales y europeas fue a finales de Marzo y principios e Abril (según los Boletines Oficiales), así que, si hacemos caso a la ley electoral, para allá por la semana del 28 de Abril se haría el nuevo sorteo, o si no lo hay, ya nos lo dirán, ya. Y os juro que me.... repetir otra vez.

Esto es otra vez interpretar la ley, pero da la sensación de que cada convocatoria implica un reset en los tiempos y que el sorteo se realiza a partir de X de una convocatoria (último punto):
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BO ... veintiseis
Lestat25 escribió:@LaGarrota He encontrado esto que despeja dudas:

Designación y requisitos de los miembros de Mesa

Las consultas deben dirigirse a la Junta Electoral de Zona correspondiente a cada municipio.

La formación de las Mesas compete a los Ayuntamientos bajo la supervisión de las Juntas de Zona.

El Presidente y los Vocales de cada Mesa son designados por sorteo público entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores de la Mesa correspondiente, que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años, si bien a partir de los 65 años podrán manifestar su renuncia en el plazo de siete días.

El Presidente deberá tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo Grado, o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente.

Con el mismo procedimiento se nombran dos suplentes por cada uno de los miembros de Mesa.


yo fui presidente titular de mesa teniendo la EGB el año que Artur Mas gano las elecciones en las autonomicas en Cataluña
Si te tocan mas de tres veces en nosecuanto tiempo puedes recurrir y librarte
NullPointerException escribió:Si te tocan mas de tres veces en nosecuanto tiempo puedes recurrir y librarte


Quería comentar esto aunque ya lo hizo el compañero. En concreto la normativa explica:

Haber sido ya parte de una Mesa electoral en el pasado, con un mínimo de tres ocasiones en los últimos diez años.

Otras formas de justificar una ausencia.

Sufrir una lesión, dolencia o enfermedad que impida el ejercicio de las funciones o convierta este en un proceso costoso o difícil.
Ser pensionista de incapacidad permanente total para una determinada profesión, siempre que esta incapacidad impida el desarrollo de las funciones del cargo.
La situación de riesgo durante el embarazo durante los primeros seis meses de gestación.
La previsión de intervención quirúrgica o de pruebas clínicas de importancia en el día de la votación, en los días de antes o en el día después, siempre que estos resulten inaplazables por cuestiones de salud o por perjuicios para la gestión del servicio sanitario.
Ser parte de confesiones o comunidades religiosas en las que las ideas y regímenes resulten incompatibles con la participación en una mesa electoral.
El cambio de la residencia habitual a un lugar perteneciente a otra Comunidad Autónoma cuando se justifique también la dificultad de poder formar parte de una mesa electoral.

--- Causas familiares

Las causas familiares que se justifican por sí solas son:

La condición de madre, en período de lactancia natural o artificial, hasta que el bebé cumpla nueve meses.
El cuidado directo y continuo, por cuestiones de guarda legal, de niños menores de ocho años o de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
El cuidado directo y continuo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo.

--- Como causas familiares que dependen de las circunstancias particulares están:

Si el día de la elección coincide con eventos familiares importantes, que resulten inaplazables o en los que el aplazamiento provoque perjuicios económicos de relevancia, siempre que se sea el protagonista de tal evento, o se guarde una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad.
Ser el madre o padre de niños menores de catorce años y el otro progenitor no puede ocuparse del menor durante la jornada electoral, y no existan ascendientes u otros hijos mayores que puedan hacerlo.

--- Causas profesionales

Cuando día de la votación se deba prestar servicio precisamenge a las Juntas Electorales, a los Juzgados y a las Administraciones Públicas que tengan encomendadas funciones electorales.
Cuando el día de la votación se deba prestar servicios esenciales de la comunidad como los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos, etcétera.
Cuando se sea director de medios de comunicación de información general y o jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.
Cuando el día de la votación se vaya a participar en acontecimientos públicos que hayan sido previstos con anterioridad a la convocatoria electoral, no se pueda ser sustituido y la no participación no obligue a suspender el acontecimiento, produciendo perjuicios económicos relevantes.
Narcisa escribió:Llamadme loca, pero... Ojalá me toque a mi en mi zona el ir de titular a la mesa. Leí en otro hilo que soltaban 65€ por ir y me vendrían muy bien. +1 a la idea de que implanten una lista de voluntarios.



Pues yo creo que precisamente se necesita a gente que colabore por interés personal y no por interés económico.
A mí me ha llegado una señora del Ayuntamiento esta tarde con la notificación.
Dice que soy 1ª vocal 2ª suplente ¿eso qué significa? ¿que soy el 2º suplente del vocal?
Me hacía mucha ilusión hacer ese trabajo y ganarme el dinerillo porque no trabajo.
A ver si con suerte los titulares no se presentan
No sabia que daban estas cosas tan pronto, en mi region casi que lo normal es avisar la semana antes, supongo que asi no te puedes escapar jeje
Yo creo que estas cosas deberian darlas a gente parada o que se apuntase para ello, en mi caso tambien trabajo los Domingos y tengo que cambiar turnos en el caso de que me toque, faena para mi y para que el que tenga que venir por mi.
pedrojgg escribió:A mí me ha llegado una señora del Ayuntamiento esta tarde con la notificación.
Dice que soy 1ª vocal 2ª suplente ¿eso qué significa? ¿que soy el 2º suplente del vocal?
Me hacía mucha ilusión hacer ese trabajo y ganarme el dinerillo porque no trabajo.
A ver si con suerte los titulares no se presentan


Algunos queriendo escaquearse y otros queriendo ir XD El mundo al revés.

De todas formas, ya puestos, te lo tendrían que haber notificado en los 3 días siguientes al sorteo, y teniendo en cuenta que el sorteo fue hace ya casi 2 semanas..., bien podría servirte de excusa para no ir, si no quisieras ir, que te veo muy deseoso.


lilloo escribió:No sabia que daban estas cosas tan pronto, en mi region casi que lo normal es avisar la semana antes, supongo que asi no te puedes escapar jeje


Lo que he puesto arriba. Puedes alegar que no se han seguido los tiempos establecidos por ley y escaquearte. No pone (en un enlace que puse más atrás) que sea un motivo para ello, pero o se siguen los tiempos o no.

Vamos, yo lo veo así.
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