Duda de si cobrare paro,empresa familiar,help me!

Hola a todos!bueno dentro de poco me quedare en el paro y tengo la cabeza hecha un lio,la cuestion es que no se todavia si cobrare subsidio de paro o no..os cuento,la empresa es una sociedad en la cual mi padre tiene el 50% de participacion,el resto lo tiene su otro socio..yo llevo 9 años trabajando alli de los cuales los primeros 4 me tuvieron dado de alta en el regimen de automonos ya que se suponia que siendo mi padre uno de los dueños no podria estar en el regimen general,en esto que la empresa cambiaron de gestor y les dijo que yo podria estar perfectamente cotizando a la ss por el regimen general y con derecho a paro y de hecho asi es como estoy desde hace 5 años.Debido a la crisis en breve me quedare en el paro,y aunque el gestor insista que si yo en el fondo y tras informarme por internet creo que no tengo derecho a ningun subsidio de paro,ya que a pesar de estar cotizando como un trabajador normal,al no tener todavia los 30 años y seguir viviendo en el domicilio paterno creo que no tengo derecho a ver ni un duro..es una injusticia tremenda pero creo que es asi(aunque no este seguro del todo de ahi que abra este hilo).
si tu has cotizado,tienes derecho a paro,da igual donde vivas y tu edad.
depende lo cotizado cobraras mas o menos dinero durante mas menos tiempo.
si no me equivoco tendras derecho a 1año o por ahi.
4 meses de paro por año trabajado, hasta un maximo de 24 meses
Valiente mierda de gestor que tienes.
¿Que os lo han dado en las tapas de los danone?
Además, para algo concreto está el teléfono de atención del servicio estatal de empleo.
Como te han dicho más arriba, tienes todo el derecho del mundo a percibir el paro. Yo no tengo 30, virtualmente vivía con mis padres (aunque en la práctica no fuese así) y ahí me tienes.
el paro lo cobras porque has estado cotizando a la SSocial, el resto son pajaros que te han/has metido en la cabeza.
lógicamente lo que cobras vá en consecuencia de la dependecia que tienen de tí como pueden ser hijos y demás.
Os agradezco a todos las respuestas,pero la verdad yo no lo veo tan claro.No se si es que yo lo interpreto mal o algo,pero creo que aqui pone claramente que no tengo derecho a ninguna prestación.

http://www.sepe.es/indicePreguntas/busc ... Subtema=02
No es tu mismo caso, pero te diré que yo cuando tenía unos 21 años o así, estudiando aún en la universidad cobré mis primeros 4 meses de paro, estando conviviendo con la unidad familiar tras haber cotizado mas de 365 días.

Tu has cotizado y por tanto tienes derecho a tu prestación por desempleo. Ahora, la realidad es que si lo que vas pidiendo son otras ayudas te van a revisar otras cosas como los rendimientos del capital mobiliario y otros ingresos que pudierais tener, pero en este caso no creo que proceda.

Un saludo
1º - Tienes derecho a paro.

2º - Cambia de gestor.
SI te ciñes a lo de tener menos de 30 años y vivir en casa de tus padres, si, si tienes derecho a paro. Segurisimo. Si entran más variables, ya no lo se. Si has estado cotizando, y entras dentro de los supuestos en los que se activa la prestación por desempleo, afirmaría al 99% que tienes derecho a ella.
El paro no tiene nada que ver con la edad, ni con donde vivas. Solo con el tiempo que llevas trabajando cotizando y cuanto cantidad de dinero has cotizado. La duracion sera de 4 meses por cada año trabajado, hasta un maximo de 2 años.

Otra cosa distinta son otro tipo de ayudas y subsidios como la ayuda de los 400 euros, en las que si que entra la situación de tu unidad familiar.
Gracias a todos..pero de verdad estais leyendo el link del Inem que he puesto?es que no se si soy muy paranoico y/o se me escapa algo de lo que pone pero segun entiendo..trabajador que vive en domicilio de su jefe/socio al 50% no tiene derecho a subsidio por mas que haya cotizado en su empresa en regimen general 5 años.
Raskolnikov escribió:Os agradezco a todos las respuestas,pero la verdad yo no lo veo tan claro.No se si es que yo lo interpreto mal o algo,pero creo que aqui pone claramente que no tengo derecho a ninguna prestación.

http://www.sepe.es/indicePreguntas/busc ... Subtema=02


me sale esto:
Búsqueda de preguntas frecuentes sobre protección por desempleo
Resultados no disponibles.

Disculpe las molestias.

Vuelva a intentarlo modificando los parámetros de búsqueda.
No he leído el enlace del Inem, pero si no han cambiado la normativa, sí había algo al respecto de no poder cobrar prestación de desempleo si se trabajaba en una empresa perteneciente a familiares hasta cierto grado de consanguinidad.

Míralo bien, y que el gestor te informe bien, pues igual en el caso de arriba no tendrías que haber cotizado en el régimen general de la seguridad social, sino estar dado de alta como autónomo.

Lo que en caso que no tengas derecho a paro por eso puedes hacer, es no pedir el paro, y si el en futuro entraras a trabajar en otra empresa no familiar, y luego te volvieras a quedar en paro, pedirlo entonces, pues creo que ya no te dirían nada al respecto.
Estais todos equivocados menos el último compañero que posteó.
Si tu padre es el empresario y hay convivencia, no tienes derecho a paro.
El tiempo cotizado lo tienes, pero al haber convivencia no tienes SLD.
suskie escribió:Estais todos equivocados menos el último compañero que posteó.
Si tu padre es el empresario y hay convivencia, no tienes derecho a paro.
El tiempo cotizado lo tienes, pero al haber convivencia no tienes SLD.


Pero es que siendo así tampoco tendría que haber cotizado al regimen general de la seguridad social, tendría que haber estado de alta como autónomo. He visto casos, por ejemplo, en el que la mujer trabaja de adiministrativa en la empresa del marido, pero tiene que hacerlo como autónoma. Es como ha dicho el que ha iniciado el hilo. Ahora, con lo que ha dicho después, lo del gestor, ya me he perdido.
suskie escribió:Estais todos equivocados menos el último compañero que posteó.
Si tu padre es el empresario y hay convivencia, no tienes derecho a paro.
El tiempo cotizado lo tienes, pero al haber convivencia no tienes SLD.

Legalmente es así, pero lo cierto es que en el INEM no comprueban el grado de consanguinidad del administrador con el perceptor. Yo conozco varios casos de gente que ha cobrado paro siendo familiar directo del administrador, sin ningún tipo de problema.
Es que esa es la question,a ver tal vez no me he explicado bien en el post inicial..yo
llevo contratado por la empresa de mi padre y su socio 9 años,de los cuales 4 me tuvieron como autonomo(por ende no tenia derecho a paro),al cabo de un tiempo cambiaron de gestor y el les dijo que aun siendo hijo de uno de los socios yo podria estar contratado a regimen general,como si fuera un trabajador no familiar aun viviendo en casa de mi padre y que en un futuro si podria cobrar paro y de hecho asi llevo desde hace 5 años,en mi historia laboral asi consta que laestado
mirando,asi que..estoy hecho un lio la verdad,porque googleando y mirando en ese link del inem que esta roto(escribo dsd el iphone y no se como colgarlo desde aqui otra vez)en teoria si vivo en el domicilio de mi padre no tengo derecho a subsidio de paro,cuando yo he estado cotizando y currando como un chino todo este tiempo.La question es que estos 5 años ellos han estado pagando bastante mas de seguro y tal para que yo pudiera cobrar paro en un futuro y ahora me encuentro con esto..
Raskolnikov escribió:Es que esa es la question,a ver tal vez no me he explicado bien en el post inicial..yo
llevo contratado por la empresa de mi padre y su socio 9 años,de los cuales 4 me tuvieron como autonomo(por ende no tenia derecho a paro),al cabo de un tiempo cambiaron de gestor y el les dijo que aun siendo hijo de uno de los socios yo podria estar contratado a regimen general,como si fuera un trabajador no familiar aun viviendo en casa de mi padre y que en un futuro si podria cobrar paro y de hecho asi llevo desde hace 5 años,en mi historia laboral asi consta que laestado
mirando,asi que..estoy hecho un lio la verdad,porque googleando y mirando en ese link del inem que esta roto(escribo dsd el iphone y no se como colgarlo desde aqui otra vez)en teoria si vivo en el domicilio de mi padre no tengo derecho a subsidio de paro,cuando yo he estado cotizando y currando como un chino todo este tiempo.La question es que estos 5 años ellos han estado pagando bastante mas de seguro y tal para que yo pudiera cobrar paro en un futuro y ahora me encuentro con esto..


Te hago el resumen rápido:

Si tu padre es el jefe (autónomo) y convives con él no tienes derecho a paro. Hay varias excepciones pero viendo que tu padre posee el 50% ya puedes irte olvidando.

Y tras leerte no sé que haces estando en el régimen general. Si has estado cotizando contingencias por desempleo ya puedes cambiar de gestor porque te ha tomado el pelo. Y si por casualidad ahora te contratan en otro sitio y, por el motivo que sea, te despiden te aconsejo que comuniques todo esto al SEPE. Conozco un caso de un conocido que tuvo que devolver toda la prestación que había cobrado de más y no le pertenecía.
Mi madre ha cotizado y ahora no tiene derecho a paro por ser familiar de uno de los socios de la empresa (mi padre). Así que vete despidiendo.
Un amigo, trabajaba en la empresa de su padre y cuando le/se despidió NO LE DIERON EL PARO!!!!!!, por parentesco familiar, denunció, se cabreo y le siguieron sin hacer ni PUTO CASO!!!
Si no tenía ese derecho por que lo he pagado?? ó me lo han descontado?? lo dicho, ni caso y no cobro el paro.
DiGiJoS escribió:Y tras leerte no sé que haces estando en el régimen general. Si has estado cotizando contingencias por desempleo ya puedes cambiar de gestor porque te ha tomado el pelo.


El gestor le ha aconsejado bien. Es mejor estar en el Régimen General que en el de Autónomos.
suskie escribió:
DiGiJoS escribió:Y tras leerte no sé que haces estando en el régimen general. Si has estado cotizando contingencias por desempleo ya puedes cambiar de gestor porque te ha tomado el pelo.


El gestor le ha aconsejado bien. Es mejor estar en el Régimen General que en el de Autónomos.


Teniendo el padre un 50% de la empresa tengo entendido que está obligado a estar como autónomo, no es así? En el hipotético caso de que puede estar en el régimen general, está permitido que pueda cotizar por desempleo? Porque yo he leído justo lo contrario...
Y en caso de no vivir con tus padres ?
#68362# está baneado del subforo por "flames y pasar de los avisos de moderación"
suskie escribió:
DiGiJoS escribió:Y tras leerte no sé que haces estando en el régimen general. Si has estado cotizando contingencias por desempleo ya puedes cambiar de gestor porque te ha tomado el pelo.


El gestor le ha aconsejado bien. Es mejor estar en el Régimen General que en el de Autónomos.

Pero los familiares de primer grado ascendente o descendente de un socion con mas del 30% de participaciones no pueden estar en general, otra cosa es que su gestor haya hecho el trapi y diga "si teneis un apellido medianamente corriente, los tramites los hacemos por el sistema red -internet-, y no lo mira ningun funcionario, pues eso que te llevas", pero si se entera un inspector te pueden hasta dar de alta de oficio en el regimen de autonomos desde que empezaste el contrato y meter una multa a la empresa...
Zorronoxo escribió:Y en caso de no vivir con tus padres ?


Pues mientras no tenga un 33% de la empresa o un 25% (con funciones de gerencia) puede estar en el régimen general cotizando con derecho a paro.
Si el padre es Administrador de la empresa y él es menor de 30 años y además convive con él, es más que evidente que no puede tener acceso a la prestación por desempleo.

Lo que no significa necesariamente que no se pueda estar encuadrado en el Régimen General, con exclusión de cotización a desempleo y formación profesional. Únicamente estaría por comprobar que no se estuviera cotizando a desempleo antes de crucificar al asesor.
Y aunque cotizase... que problema hay? Solo uno, que no tiene SLD. Y la SLD la consigue en un plisplás.
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