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pero hay algo que no me gusta un pelo, dice que cuando nos casemos tiene que ser en Bienes Gananciales porque sino es como si desconfiara de ella
1) Pedir a mis padres que cambien el testamento y pongan a mi hermano como unico heredero, porque total a fin de cuentas yo voy a ser su tutor y mi hermano va a depender de mi el resto de su vida (desgraciadamente por su enfermedad) y todo lo suyo es en realidad como mio tanto disfrute y demas. De esta manera me evito que ante un divorcio me pueda quedar en paños menores.
2) Crear una sociedad patrimonial a nombre de mi hermano y mia solamente y que la sociedad sea la beneficiaria de la futura herencia que nos dejen mis padres y de todas las rentas que vayan dejando los pisos. No se si de esta manera pues podria pillar cacho mi pareja en caso de divorcio.
d3vil_h3ll escribió:dice que cuando nos casemos tiene que ser en Bienes Gananciales porque sino es como si desconfiara de ella.
suskie escribió:d3vil_h3ll escribió:dice que cuando nos casemos tiene que ser en Bienes Gananciales porque sino es como si desconfiara de ella.
Te voy a contestar con 2 refranes, uno español y otro italiano.
1. Cree el ladrón que todos son de su condición
2. Todas las mujeres son unas put... menos mi madre, que es una santa.
El amor dura lo que dura. A veces para toda la vida y a veces no. Y lo que está claro es que si el amor no dura ella no está dispuesta a irse con lo mismo que aportó al matrimonio.
anikilador_imperial escribió:Yo la verdad es que de lios legales no se... pero si te esta diciendo que no quiere separacion de bienes, malo hamijo. Malo... deberias buscarte un chanchullo para que aun siendo a bienes gananciales, tu no tengas nada, como los politicos que a la hora de publicar las rentas se lo pasan todo a la mujer para que la opinion publica no se escandalice.
Yo lo tengo muy claro, si me caso o es por separacion de bienes o no hay boda. Y si se quiere joder que se joda, que me deje si quiere pero MI dinero es MIO, que para eso compra felicidad
[]_MoU_[] escribió:habla con un abogado matrimonial que para eso están, y no te juegues semejante patrimonio con lo que te diga alguien en un foro.
d3vil_h3ll escribió:Bueno, os voy a confesar que todas estas dudas que me asaltan no es por mi novia (que es buenisima), sino por mi querida suegra que es mas lista que el hambre (menos que yo jejej) y podria ponerla en contra a mi novia en caso de divorcio.
suskie escribió:d3vil_h3ll escribió:dice que cuando nos casemos tiene que ser en Bienes Gananciales porque sino es como si desconfiara de ella.
Te voy a contestar con 2 refranes, uno español y otro italiano.
1. Cree el ladrón que todos son de su condición
2. Todas las mujeres son unas put... menos mi madre, que es una santa.
El amor dura lo que dura. A veces para toda la vida y a veces no. Y lo que está claro es que si el amor no dura ella no está dispuesta a irse con lo mismo que aportó al matrimonio.
DayDreamin escribió:Bueno, algo se de leyes. También te digo que "gracias" a los Gobiernos Españoles la legislación civil puede ser dispar, pero te cuento:
Sabrás que los bienes gananciales se componen de dos conjuntos de bienes: los de la sociedad ganancial y los privativos de cada cónyuge. La pregunta es, cuando heredas ¿a qué grupo pasan a integrarse los bienes?
Artículo 1346 del Código civil
Son privativos de cada uno de los cónyuges:
Los bienes y derechos que le pertenecieran al comenzar la sociedad.
Los que adquiera después por título gratuito.
Los adquiridos a costa o en sustitución de bienes privativos.
Los adquiridos por derecho de retracto perteneciente a uno solo de los cónyuges.
Los bienes y derechos patrimoniales inherentes a la persona y los no transmisibles inter vivos.
El resarcimiento por daños inferidos a la persona de uno de los cónyuges o a sus bienes privativos.
Las ropas y objetos de uso personal que no sean de extraordinario valor.
Los instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión u oficio, salvo cuando éstos sean parte integrante o pertenencias de un establecimiento o explotación de carácter común.
Otra cosa muy diferente son los frutos y ganancias que adquieras con esos bienes privativos. Es decir, si ese dinero que vas adquieriendo por los alquileres de los pisos pasan a ser gananciales.
Si por ejemplo te divorcias (Dios no lo quiera), habrá que realizar una liquidación de la sociedad, pero en esa liquidación sólo entran los bienes gananciales y no los privativos de cada cónyuge. Entonces, las casas nunca podrían ser de tu pareja porque son privativos. Pero el montante de dinero es ganancial, y eso si se dividiría.
Si tienes "miedo" de que se puedan inmiscuir en ese tema de los pisos, pues las gestiones que hagas tu de los pisos de forma totalmente particular.
Pero ya te digo: bienes de herencia, son bienes privativos.
DayDreamin escribió:Bueno, algo se de leyes. También te digo que "gracias" a los Gobiernos Españoles la legislación civil puede ser dispar, pero te cuento:
Sabrás que los bienes gananciales se componen de dos conjuntos de bienes: los de la sociedad ganancial y los privativos de cada cónyuge. La pregunta es, cuando heredas ¿a qué grupo pasan a integrarse los bienes?
Artículo 1346 del Código civil
Son privativos de cada uno de los cónyuges:
Los bienes y derechos que le pertenecieran al comenzar la sociedad.
Los que adquiera después por título gratuito.
Los adquiridos a costa o en sustitución de bienes privativos.
Los adquiridos por derecho de retracto perteneciente a uno solo de los cónyuges.
Los bienes y derechos patrimoniales inherentes a la persona y los no transmisibles inter vivos.
El resarcimiento por daños inferidos a la persona de uno de los cónyuges o a sus bienes privativos.
Las ropas y objetos de uso personal que no sean de extraordinario valor.
Los instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión u oficio, salvo cuando éstos sean parte integrante o pertenencias de un establecimiento o explotación de carácter común.
Otra cosa muy diferente son los frutos y ganancias que adquieras con esos bienes privativos. Es decir, si ese dinero que vas adquieriendo por los alquileres de los pisos pasan a ser gananciales.
Si por ejemplo te divorcias (Dios no lo quiera), habrá que realizar una liquidación de la sociedad, pero en esa liquidación sólo entran los bienes gananciales y no los privativos de cada cónyuge. Entonces, las casas nunca podrían ser de tu pareja porque son privativos. Pero el montante de dinero es ganancial, y eso si se dividiría.
Si tienes "miedo" de que se puedan inmiscuir en ese tema de los pisos, pues las gestiones que hagas tu de los pisos de forma totalmente particular.
Pero ya te digo: bienes de herencia, son bienes privativos.
psipsina escribió:Yo tampoco entiendo mucho la actitud de tu novia.. Yo por ejemplo también me quiero casar algún dia y como mi novio tienen una propiedad no vería mal que quisiera hacer separación de bienes. es mas, lo veo lógico. Él lo compró antes de conocerme y no vería justo que si algún dia pasara algo tuviera que repartirlo conmigo. Pues en tu caso igual, si os divorciarais no veo porque ella tendría que llevarse parte de eso.. Si no entiende algo tan sencillo..
tiene que ser en Bienes Gananciales porque sino es como si desconfiara de ella.
d3vil_h3ll escribió:En primer lugar muchas gracias a todos/as por vuestras respuestas, se ve que lo veis todos de la misma forma que yo y que mis amigos. Se tendra que hablar con ella y ver la reacción que tiene al decirle que en un futuro voy a rechazar la herencia en favor de mi hermano para ver como reacciona, pero si de verdad me quiere deberia de aceptar la separación de bienes por que despues serian todo problemas en el caso de divorcio. Yo siempre le digo que obviamente nunca le va a faltar de nada, y si soy yo el que tiene que tirar del carro economicamente porque ella este en paro alguna vez o lo que sea es normal y no me importa, pero es que el patrimonio de mis padres tiene que comprender que han luchado muy duro para poder conseguirlo y no quiero dejar abierta ninguna posibilidad de perderlo, no por mi que tengo 2 manos para trabajar duramente, sino por mi hermano enfermo que desgraciadamente no puede.DayDreamin escribió:Bueno, algo se de leyes. También te digo que "gracias" a los Gobiernos Españoles la legislación civil puede ser dispar, pero te cuento:
Sabrás que los bienes gananciales se componen de dos conjuntos de bienes: los de la sociedad ganancial y los privativos de cada cónyuge. La pregunta es, cuando heredas ¿a qué grupo pasan a integrarse los bienes?
Artículo 1346 del Código civil
Son privativos de cada uno de los cónyuges:
Los bienes y derechos que le pertenecieran al comenzar la sociedad.
Los que adquiera después por título gratuito.
Los adquiridos a costa o en sustitución de bienes privativos.
Los adquiridos por derecho de retracto perteneciente a uno solo de los cónyuges.
Los bienes y derechos patrimoniales inherentes a la persona y los no transmisibles inter vivos.
El resarcimiento por daños inferidos a la persona de uno de los cónyuges o a sus bienes privativos.
Las ropas y objetos de uso personal que no sean de extraordinario valor.
Los instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión u oficio, salvo cuando éstos sean parte integrante o pertenencias de un establecimiento o explotación de carácter común.
Otra cosa muy diferente son los frutos y ganancias que adquieras con esos bienes privativos. Es decir, si ese dinero que vas adquieriendo por los alquileres de los pisos pasan a ser gananciales.
Si por ejemplo te divorcias (Dios no lo quiera), habrá que realizar una liquidación de la sociedad, pero en esa liquidación sólo entran los bienes gananciales y no los privativos de cada cónyuge. Entonces, las casas nunca podrían ser de tu pareja porque son privativos. Pero el montante de dinero es ganancial, y eso si se dividiría.
Si tienes "miedo" de que se puedan inmiscuir en ese tema de los pisos, pues las gestiones que hagas tu de los pisos de forma totalmente particular.
Pero ya te digo: bienes de herencia, son bienes privativos.
Pues me ha servido esto de mucha ayuda¡¡¡ Yo tenia pensado que cuando se hereda, si estas en gananciales pasa a formar parte del matrimonio. Yo creia que lo que se tenia uno antes de casarte era privado de cada uno y se empezaba a contar para el tema de gananciales todo lo que se conseguia desde el momento en que te casabas (piso que te compres con tu pareja, posibles herencias, etc...)
Aun asi me has dicho que el tema de las rentas economicas si que irian para los 2, pero claro yo lo que quiero es que quien de verdad se pueda aprovechar de este dinero sea mi hermano que esta enfermo de por vida y si el lo necesita todo porque tenga que estar ingresado en una residencia porque necesite atencion especial o lo que sea pues que sea para él. Por este motivo habia pensado yo lo de una Sociedad Patrimonial a nombre de los 2 hermanos y que las rentas vayan a la propia Sociedad. En fin, que las cosas en esta vida por desgracia tienen que estar atadas muy bien. Un Saludo y gracias nuevamente
DayDreamin escribió:Pues sería buena idea ponerle todo a su nombre, y tu como "representante legal" de él. En ese caso tu controlarías sus bienes y su persona.
d3vil_h3ll escribió:DayDreamin escribió:Pues sería buena idea ponerle todo a su nombre, y tu como "representante legal" de él. En ese caso tu controlarías sus bienes y su persona.
Eso es lo que tienen pensado mis padres, pero volviendo otra vez al tema, y no ya hablando de mi situacion personal. ¿Hay gente que aguantaria 9, 12, 15 años al lado de una persona para coger una parte de un patrimonio que tampoco es que digamos que eres millonario? Muy triste lo veria de verdad, por para mi, todo el tiempo de mi vida vale mucho mas que cualquier cosa, pero bueno hay de todo en esta viña del señor (repito que no lo digo por el caso de mi novia, que quizas en estos momentos os estais haciendo una imagen de ella como si fuera el mismisimo demonioy no es asi
jejej)
d3vil_h3ll escribió: ¿Hay gente que aguantaria 9, 12, 15 años al lado de una persona para coger una parte de un patrimonio que tampoco es que digamos que eres millonario?
pedrinxerez escribió:jaja si se la lia la novia por decirle que se casen con separaciones de bienes no quiero imaginarme la que se liaria si se entera que habla con un abogado matrimonial jeje
suskie escribió:d3vil_h3ll escribió: ¿Hay gente que aguantaria 9, 12, 15 años al lado de una persona para coger una parte de un patrimonio que tampoco es que digamos que eres millonario?
No. Nadie dice eso. Nadie pone en duda de que te quiera.
Lo que estamos diciendo es que ella tiene muy claro que el amor quizás no dure para toda la vida (mira a tu alrededor entre familia, amigos, etc, y verás que más de un 30% de las parejas se separan). Y, si llega el caso de que se acaba el amor, ella no quiere quedarse con una mano adelante y una mano detrás y querrá trincar todo lo que pueda.
Y no te digo nada si fueses tú el que la dejases por otra, o fueses infiel... en ese caso iba a sentirse tan despechada y rabiosa que intentaria joderte con todo lo que pueda, ya sea economicamente, denuncias falsas de maltrato, etc.
Mira un poco a tu alrededor entre tus conocidos, seguro que conoces casos similares donde una que era muy lista ha desplumado a un pringado, o que con un divorcio una mujer que eran un angelito se ha convertido en una tigresa dispuesta a todo.
Haz la prueba: yo le diria que has hablado con tus padres, y que como tu hermano sufre una minusvalia y necesita cuidados, has pensado en renunciar a la totalidad de tu parte de la herencia y que sea para tu hermano y así él tendrá garantizada de por vida una buena calidad asistencial.
Pueden pasar 2 cosas:
1. Que te abraze y te coma a besos alabando tu buen corazón.
2. Que tuerza el morro.
Si tuerce el morro... ¡¡¡ MALO!!!!
Yo te explico mi experiencia personal: yo me casé hace unos años, y antes de casarme tenia mi piso propio de soltero comprado por mis padres. Era un pisazo para la época (hace 24 años) de 100 m2, 2 cuartos de baño, parking para 2 coches, etc. Mis suegros y mi mujer siempre diciendo que el piso debia estar a nombre de los 2, que ellos pagaban los gastos de escrituras, que si no hacia eso era que desconfiaba de ella y no la queria, etc y yo errequeerre que no, que el piso era mio, que me lo habian comprado mis padres a mi y punto pelota. Pues esa fué mi salvación cuando me divorcié. Ella se fué con lo que trajo (y algo más (coche, dinero, pero bueno) pero yo me quedé con lo más importante, mi piso. Sinó, me hubiera visto en la calle de un dia para otro, sin piso, sin dinero y casi sin trabajo y un poco más en la cárcel por unas denuncias falsas que la jueza desestimó afortunadamente .
Por eso te digo que cuidado con las mujeres, que hasta que la que parece que nunca ha roto un plato se puede convertir en la persona más terrible del mundo.
Sigue firme y acuérdate de este refrán: mucho te quiero perrito, pero pan, poquito.
Si sospecháis que lo hará ¿para qué leches os casáis? Es pedir problemas a gritos.
d3vil_h3ll escribió:[
Una duda, ¿Cuanto te casaste con ella os fuisteis a tu piso que tenias tu en propiedad? Es que segun tengo entendido, como te vayas a vivir con ella al piso que anteriormente era tuyo, en caso de divorcio como haya hijos de por medio y le den la custodia, ella tiene derecho a quedarse en usufructo con el piso aunque no sea de ella.
xesca3 escribió:Si sospecháis que lo hará ¿para qué leches os casáis? Es pedir problemas a gritos.
Muchos hombres (calzonazos en su mayoria) se casan por obligación debido a chantajes emocionales como el del caso que nos ocupa.
Luego tambien esta lo que tu has dicho,que muchos se casan sin conocer los 2 lados (bueno y malo) de su pareja.
@ el autor del hilo:
Menuda lagarta y pelandrusca. Que se quiere casar en bienes gananciales porque es que ella es "tradicional"...sisi,los cojones tradicional![]()
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Parece mentira,no os habeis ni casado,y lo unico que ella ve en el futuro es compartir los bienes gananciales contigo.Vamos,ella quiere dar el braguetazo y tener un más que suculento futuro asegurado en caso de que os separeis.
Vamos,que ella tampoco se fia de ti o de lo que ocurra en el futuro,y luego hay que aguantarla el berrinche de "es que no me quieres,porque si me quisieras,pondrias tu patrimonio a nombre de los 2" manda huevos![]()
Esa pava lleva pensando en casarse desde el dia en que se enteró de todo tu patrimonio familiar.Menuda vibora.
Ya te han dicho todos lo que tienes hacer. Vete a un abogado matrimonial tambien a ver qué más te puede decir.
Y asi,amigos,es por lo que yo digo que,a la larga,irse de putas es mucho más barato y da menos quebraderos de cabeza![]()
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Narankiwi escribió:Yo lo que no entiendo es por qué os casáis si desconfiáis tanto de vuestras parejas, pareja de hecho y a tomar por saco, o a convivir hasta que os deis cuenta de que si merece la pena esa persona es porque no os joderá la vida si os separáis. Si sospecháis que lo hará ¿para qué leches os casáis? Es pedir problemas a gritos.
Lo que también veo es que mucha gente se casa sin pensárselo mucho y sin conocer a fondo a su pareja. Si se cabrea porque le pides separación de bienes, es que no la conoces lo suficiente (ni ella a ti). Son cosas que ya se hablan antes de formar un proyecto en común... y ese proyecto común no debe empezar en la boda.
Por ejemplo, yo estoy a favor de la separación de bienes, pero si mi pareja me viene en plan "oye, yo quiero separación de bienes porque si te dejo me joderás e intentarás desplumarme todo lo que puedas; porque sé que si te pongo los cuernos te vas a poner rabiosa, y si no te gusta te vas a tomar por saco", pues mira, la que le manda a tomar por saco soy yo, porque me está faltando al respeto y debería saber de sobra de qué palo voy.
Yo iría al abogado los dos juntos, puesto que os podrá dar la mejor solución común, teniendo en cuenta que tus circunstancias son especiales.
tampoco es plan de mandarla a paseo porque son muchos años de relacion y nos queremos mucho, pero yo en ese aspecto soy algo desconfiado, ya que ahora es todo muy bonito pero quizas dentro de unos años si por alguna razon hubiera problemas y tuvieramos que separarnos pues me podria joder vivo (ya sabemos como son algunas mujeres).
knife escribió:Por mucho que os queráis nunca se sabe que puede pasar, una cosa es quererse un montón y otra es taparse los ojos y no admitir de que algún día pueda aparecer un problema que os haga romper y te veas jodido económicamente de por vida así que dile a ella que si te quiere, no tiene que querer nada tuyo mas que a tí mismo.
Por suerte en esas cosas mi novia y yo pensamos igual y el día que lo hagamos será con separación de bienes y por el juzgado desoyendo que la familia lo quiera por la iglesia ya que somos ateos.
Saludos
Narankiwi escribió:Yo lo que no entiendo es por qué os casáis si desconfiáis tanto de vuestras parejas, pareja de hecho y a tomar por saco, o a convivir hasta que os deis cuenta de que si merece la pena esa persona es porque no os joderá la vida si os separáis. Si sospecháis que lo hará ¿para qué leches os casáis? Es pedir problemas a gritos.
Nebirus escribió:Para cada uno lo suyo
Espanto escribió:Nebirus escribió:Para cada uno lo suyo
Entonces... ¿pa qué te casas?
Nebirus escribió:Y por cierto, ser pareja de Hecho no tienes los mismos derechos que estar casados ni mucho menos, si te dan derechos, pero al estar casados te dan muchos más.
Hathaway escribió:Nebirus escribió:Y por cierto, ser pareja de Hecho no tienes los mismos derechos que estar casados ni mucho menos, si te dan derechos, pero al estar casados te dan muchos más.
Las parejas de Hecho, el tema de los derechos depende de la Comunidad Autónoma que residas... igual que los requisitos.
suskie escribió:Y porqué no te casas en Catalunya?
Los matrimonios que se celebran en Catalunya son todos en régimen de separación de bienes.
Brebaje escribió:Las parejas de Hecho, el tema de los derechos depende de la Comunidad Autónoma que residas... igual que los requisitos.
PENSIÓN DE VIUDEDAD
• Pareja de hecho. Sí, a partir de enero. Para casos anteriores, sólo si hay hijos o la pareja llevaba inscrita seis años.
• Matrimonio. Sí
PENSIÓN TRAS LA RUPTURA
• Pareja de hecho.Sí, si hay hijos comunes a su cargo o una situación económica mermada por esa ruptura.
• Matrimonio. Sí, si hay hijos comunes a su cargo o una situación desfavorable.
DERECHO DE ADOPCIÓN
• Pareja de hecho. Sólo en Cantabria, Aragón, Navarra y País Vasco. Andalucía y Extremadura reconocen el acogimiento.
• Matrimonio. Sí
DERECHO DE HERENCIA
• Pareja de hecho. Cataluña sí lo contempla. El resto de las comunidades autónomas no permiten que el conviviente herede bienes familiares ni de alto valor.
• Matrimonio. Sí
HACIENDA
• Pareja de hecho. No pueden presentar la declaración conjunta.
• Matrimonio. Pueden escoger entre hacerla individual o conjunta.
RÉGIMEN ECONÓMICO
• Pareja de hecho. Debe establecerlo la pareja.
• Matrimonio. Se aplica de forma automática el que esté vigente en la comunidad.
INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL
• Pareja de hecho. No. Sí se contempla en la reforma.
• Matrimonio. sí
PERMISOS LABORALES
• Pareja de hecho. Equiparados a los del cónyuge si son funcionarios. Para el resto, depende de los convenios.
• Matrimonio. Sí. Por boda, enfermedad o fallecimiento de un familiar directo o político.
Y estas son solo algunas de las diferencias. La mayoria de derechos que vienen reflejados en el Estatuto de los Trabajadores en referencia a los permisos y descansos por motivos de familia, son referidos al matrimonio, no a la pareja de hecho.
Lo he sacado de este comentario: http://goo.gl/Iz3Gz