El 'Jesús Neira' vigués, condenado a tres meses de cárcel

El 'Jesús Neira' vigués, condenado a tres meses de cárcel

(PD).- Alucinante. Ha sido condenado por intentar ayudar. La juez ha impuesto una pena de tres meses de prisión al vigués de 27 años que intervino en una disputa de pareja para defender a una chica de su novio por las lesiones que en el forcejeo le causó al agresor de la joven. La juez cree que la reacción de este 'Jesús Neira' fue desproporcionada.

La sentencia reconoce que Iago A.M. actuó movido por el “trato” de que estaba siendo objeto la chica y en legítima defensa tras haber recibido él mismo un cabezazo por parte de Bruno M.F., pero considera que su reacción fue desproporcionada y excesiva ya que le rompió a éste la mandíbula al propinarle una patada en la cara, según publica El Faro de Vigo.

La pareja de novios, que casi tres años después de estos hechos siguen juntos, negaron tajantemente en el juicio cualquier episodio de maltrato físico. Pero la magistrada da credibilidad en la sentencia a las declaraciones de Iago y de su grupo de amigos, que relataron como Bruno “la cogió por el cuello” y “la arrastró” por las escaleras ubicadas al lado del bar. Por este motivo, la juez considera que primero hubo una “agresión ilegítima” de éste hacia su novia y que cuando Iago le recriminó esta actitud, recibió como respuesta por parte del agresor “un cabezazo”.

En este caso con inevitables comparaciones con el del profesor Jesús Neira, la titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Vigo condena a Iago A.M. como autor de un delito de lesiones en el que concurre la eximente incompleta de legítima defensa. Además de la pena de cárcel (que se rebaja en tres meses con respecto a la que solicitaba la fiscal), el joven que salió en defensa de la chica deberá indemnizar a Bruno M.F. con 15.550 euros por las lesiones que le causó.

También condena al novio de la chica por el cabezazo que le dio a Iago, pero en este caso por una falta de lesiones que está castigada con el pago de una multa de 180 euros y de una indemnización de 81.

Los hechos ocurrieron en Baiona la madrugada del 3 de julio de 2006, tras una larga noche de marcha.


Fuente

Desde luego no me extraña que la gente pase cada día más de ayudar a los demás, y lo más flipante es que encima le cuesta dinero. Si no tiene antecedentes no pisará la carcel, pero la sentencia está ahí.

Lo tengo muy claro, no muevo un dedo por nadie a no ser que sea familiar o amigo, lo siento, si veo algo así me limitaré a llamar a la policía y se acabó.

¿Qué opinais?
delno está baneado por "venga, que te hemos pillado"
es lo que se pretende que nadie ayude a nadie.
pues que la deberia de ir a carcel es la jueza, porque ese hombre hizo lo que debia de hacer, y nada mas.

Ademas, pone bien claro que el hombre primero le recrimino la actitud que estaba teniendo con la chica, y el sujeto despreciable ese que tenia por novio le pego un cabezazo, y entonces este a continuacion le pego la patada en la boca, por lo que se defendio de la agresion. A si es q no entiendo ahi que problema ahi, primero dialogo y cuando vio que no habia otra amnera, empleo la fuerza, actuo como se debia viendo la situacion.

Un saludo!
Nada nuevo. Cada día tengo más claro que la mayoría de los jueces son totalmente prescindibles. Un programita para aplicar condenas saldría mucho más barato e infinitamente más rápido.
Hola,

Recuerdo una vez que vi como un niñato estaba dándole guantazos a la novia. Puñetazos y patadas, me da por meterme, separar al tío y pararle los pies, ¿resultado? Un escupitajo por parte de la "niña" y una sarta de insultos por empujar a su noviete. ¡La agredida, con el labio partido, me insulta por impedir que el novio la pegase!
Una para ver ... La próxima vez no me paro, luego dirán que la gente es insensible y que ha visto una agresión sin hacer nada.

Saludos.
Lo que hay que hacer es llamar a la policía y no meternos porque hay mucho riesgo de salir perdiendo...
Pues me parece lo más logico, tal como esta la ley hoy en dia. Yo si veo que le esta pegando una paliza un tio a su novia o mujer, el primero que llamo a la policia yo, eso si, como si la descuartiza que yo no me meto por medio.

Ayudar a la gente... JA! Para que, para llevarte tu ostias y después carcel? para eso que se la lleven los implicados.

Seguro que ahora el profesor ya no dice eso de que lo volvería a hacer.

Indignante.
lecitron escribió:Seguro que ahora el profesor ya no dice eso de que lo volvería a hacer.


En todas las entrevistas que ha concedido dice que sí, que lo volvería a hacer, aunque del dicho al hecho....
Escapology escribió:Lo que hay que hacer es llamar a la policía y no meternos porque hay mucho riesgo de salir perdiendo...

Al policia le va a pasar lo mismo o peor. Si el policia le hace unos arañazos y el novio le parte el brazo, al policia le cae un correctivo de una semana y al novio no se le suman mas cargos porque es fata leve.
En estos casos, lo que hay que hacer es pedir amablemente al novio:"¿Tendría usted la amabilidad de dejar de pegar a su novia si no le importa, ni le cohibo ni ataco su libertad?", al menos esos es lo que se interpreta de la ley...
Si al final tendremos que ir por la calle en plan "me deja pasar o le meto 5 puñaladas" XD

Saludos.
¬_¬

condena a Iago A.M. como autor de un delito de lesiones en el que concurre la eximente incompleta de legítima defensa. Además de la pena de cárcel (que se rebaja en tres meses con respecto a la que solicitaba la fiscal), el joven que salió en defensa de la chica deberá indemnizar a Bruno M.F. con 15.550 euros por las lesiones que le causó.


Es decir, por lo que veo, aún con la eximente circustancia de legítima defensa irá a la cárcel y deberá indemnizar con 15.550 euros. Es decir, teniendo en cuenta que fue en defensa propia, cárcel y multa de 15.550 euros.

También condena al novio de la chica por el cabezazo que le dio a Iago, pero en este caso por una falta de lesiones que está castigada con el pago de una multa de 180 euros y de una indemnización de 81.


WTF. Es decir, Jesús Neira 2 es condenado por una agresión con el eximente de defensa propia con cárcel y multa de 15 mil euros, y sin embargo el sujeto este, novio de la chica por dar el cabezazo -sin eximente, porque no fue en defensa propia es condenado con una multa de 180 euros.

Y no sólo eso:

Pero la magistrada da credibilidad en la sentencia a las declaraciones de Iago y de su grupo de amigos, que relataron como Bruno “la cogió por el cuello” y “la arrastró” por las escaleras ubicadas al lado del bar.


Es decir, la juez da por bueno el testimonio -respaldado por testigos-, de que el novio de la chica la estaba agrediendo físicamente "agarrando por el cuello, y arrastrándo por las escaleras", casi nada. Y sin embargo, aún admitiendo esto la jueza, ¿el único castigo impuesto al novio es el de haber propinado un cabezazo?.

No entiendo nada, de verdad.
Es decir, por lo que veo, la diferencia en la condena entre ambos reside en que
Jesus Neira 2 => Cárcel y 15.500 euros por romperle la mandibula al tipo, en defensa propia.
Tipo guarro => 180 euros por propinar un cabezao deliberadamente (posterior al haber estado maltratando a su novia).

Se castiga brutalmente más por así decirlo la seriedad de la agresión -aún en defensa propia-, que la propia agresión deliberada del novio, y además sin tener en cuenta la circustancia previa de malos tratos que origina todo.
Es decir, si vais por la calle con vuestra novia y a ella la violan, a vosotros os dan una paliza y en vuestra defensa pegais un puñetazo que acabais rompiendole la mandíbula a un tipo, os caerán exactamente 3 meses de cárcel y al rededor de 15 mil euros de multa. No os quejeis, de hecho dad gracia a que sólo sean 3 meses de cárcel por haber sido en defensa propia. No está mal, yo qué sé.
¿noticia en algún medio serio?
hace un par de meses, unos amigos y yo volviamos de fiesta y habia una pareja pegandose en plena calle, en este caso era la chica la que golpeaba al novio a puñetazo limpio y él practicamente no ponia resistencia. lo que hicimos fue ir corriendo a la comisaria de mossos que estaba a 100 metros y avisar.
Los polis tardaron como 20 minutos en llegar ( estando a 100 metros ) y cuando llegaron la pareja estaba abrazandose y dandose besitos ...
Por motivos como el de la noticia, no nos metimos ...

saludos
Escapology escribió:Lo que hay que hacer es llamar a la policía y no meternos porque hay mucho riesgo de salir perdiendo...



Paso olimpicamente (con medalla de oro) de gastar batería del móvil con una llamada de 3 minutos a la policia local.

Y tampoco me quedo, que luego me graban en video, salgo en la tele, y me llaman cobarde (como el chaval del tren que no ayudó a la ecuatoriana).
Darkoo escribió:¿noticia en algún medio serio?




El faro de vigo
http://www.farodevigo.es/secciones/noti ... ses-carcel
como decia homer "Os habeis esforzado. Y para qué? Para nada. MORALEJA: NO OS ESFORCEIS", lo mismo aqui, que a alguien le estan pegando? pasar del tema que al final os comeis vosotros el marron
Lo que hay en espIña no es justicia, es un saco de mierda.
No sé de que os extrañáis.

En España no existe la defensa propia, y si existe no es del todo eximente, es un atenuante, igual que si vas drogado o borracho, dependerá del daño que tú le hagas al otro (aparte de si manejas o no billetes). Y se ha aplicado en este caso, te doy un cabezazo y no te hago nada y tú me partes la mandíbula, tú pagas.

Y, además, los jueces no saben lo que es o no proporcional, ellos siempre están protegidos. Si ellos fueran los amenazados y alguien los ayudara dirían que usaron la fuerza necesaria ante tal situación, algo que no sería objetivo en su apreciación. Si les ocurriera en un juicio y fuera la policía la que hiciera lo mismo, pasaría igual, con la salvedad que la orden la daría el juez. Lo malo es que a la policía no les diera tiempo de proteger al juez, entonces se les caería el pelo a los policías.

Y después añade el cacao mental, o la mala leche, de los periodistas, que, como en el caso de la ecuatoriana, se cebaron con el argentino que no la defendió, y sacaron a relucir eso de la defensa propia y tal, muchas pelis de clin isvu ven también y poco ayudan a la verdad.

Injusto?, sí, pero es lo que hay mientras la ley lo diga.

Enga, nos vemos.

[beer]

Un ejemplo

http://www.policias.org/juris/17.htm
aqui la clave esta en la proporcionalidad. Recibir un cabezazo no es lo mismo que romper una mandibula.

La ley es asi. Si te vienen a pegar, y te rompen un brazo, el agresor te pagara X, y si en defensa tu le rompes la espalda, tu le pagaras 3X, aunque no hayas empezado tu. Si en lugar de eso, le hubieses roto el brazo, le pagaras X-y... es decir, lo mismo que el a ti menos el "descuento" por legitima defensa.

Y la verdad, no esta mal la ley asi, por que si por ejemplo alguien te da una ostia y en respuesta de "legitima" defensa le das una paliza y lo dejas en coma, el que has hecho mal eres tu, aunque no hayas empezado. La ley no busca permitir venganza, sino evitar la violencia.
keo01 escribió:aqui la clave esta en la proporcionalidad. Recibir un cabezazo no es lo mismo que romper una mandibula.

La ley es asi. Si te vienen a pegar, y te rompen un brazo, el agresor te pagara X, y si en defensa tu le rompes la espalda, tu le pagaras 3X, aunque no hayas empezado tu. Si en lugar de eso, le hubieses roto el brazo, le pagaras X-y... es decir, lo mismo que el a ti menos el "descuento" por legitima defensa.

Y la verdad, no esta mal la ley asi, por que si por ejemplo alguien te da una ostia y en respuesta de "legitima" defensa le das una paliza y lo dejas en coma, el que has hecho mal eres tu, aunque no hayas empezado. La ley no busca permitir venganza, sino evitar la violencia.


No estoy de acuerdo.

En mi opinión la proporiconalidad sólo debería ser tenida en cuenta si existe un ensañamiento -una paliza como dices-, pero a mi modo de ver se debería tener en cuenta la intención y motivación del acto de igual manera.
Un ejemplo, por esa lógica, una persona se acerca a ti a punta de navaja con intención de matarte, tú en acto de reflejo y de defensa propia le propinas un empujón con la mala suerte de que tu agresor cae de espaldas hacia atrás se tropieza y se abre la cabeza con el bordillo de la acera. La proporcionalidad entre el acto de haber hecho un pequeño corte inofensivo en el cuello con la navaja y el de haber dejado a una persona en coma evidentemente no es proporcional, uno es mayor que el otro, sin embargo tampoco lo es la intención y motivación con la cual fueron impulsados ambos actos.
duende escribió:
keo01 escribió:aqui la clave esta en la proporcionalidad. Recibir un cabezazo no es lo mismo que romper una mandibula.

La ley es asi. Si te vienen a pegar, y te rompen un brazo, el agresor te pagara X, y si en defensa tu le rompes la espalda, tu le pagaras 3X, aunque no hayas empezado tu. Si en lugar de eso, le hubieses roto el brazo, le pagaras X-y... es decir, lo mismo que el a ti menos el "descuento" por legitima defensa.

Y la verdad, no esta mal la ley asi, por que si por ejemplo alguien te da una ostia y en respuesta de "legitima" defensa le das una paliza y lo dejas en coma, el que has hecho mal eres tu, aunque no hayas empezado. La ley no busca permitir venganza, sino evitar la violencia.


No estoy de acuerdo.

En mi opinión la proporiconalidad sólo debería ser tenida en cuenta si existe un ensañamiento -una paliza como dices-, pero a mi modo de ver se debería tener en cuenta la intención y motivación del acto de igual manera.
Un ejemplo, por esa lógica, una persona se acerca a ti a punta de navaja con intención de matarte, tú en acto de reflejo y de defensa propia le propinas un empujón con la mala suerte de que tu agresor cae de espaldas hacia atrás se tropieza y se abre la cabeza con el bordillo de la acera. La proporcionalidad entre el acto de haber hecho un pequeño corte inofensivo en el cuello con la navaja y el de haber dejado a una persona en coma evidentemente no es proporcional, uno es mayor que el otro, sin embargo tampoco lo es la intención y motivación con la cual fueron impulsados ambos actos.


es una cosa compleja de esas que solo los abogados entienden... tambien esta el miedo insuperable como atenuante o eximiente que se podria aplicar a lo que dices... y ademas siempre esta la interpretacion que haga el juez, por que la ley solo tiene en cuenta los actos y las consecuencias, no las causas, eso es cosa del juez a la hora de aplicarla con mas o menos severidad.
En el caso original, tendriamos que alguien ha roto la mandibula a otro, además injustificadamente (no habia peligro para su vida o la de la chica, segun parece haber entendido la juez). Legalmente, que un hijo de puta este agrediendo a alguien "levemente", no te da derecho a agredirle a el "gravemente", para entendernos.
Las cosas son así, por que si no fuesen asi, podria darse el caso de que alguien etendiera que fulanito esta maltratando a menganita (fuese o no asi), le diese con una barra de acero en la cabeza y lo dejase tieso, y despues de cargarselo se fuese de rositas. Evidentemente, no es una situacion tolerable y la ley no lo debe permitir, aunque fulanito estubiese dando de ostias a menganita. La solucion es que fulanito deje de dar ostias, no cargarse a fulanito.
keo01 escribió:
duende escribió:
keo01 escribió:aqui la clave esta en la proporcionalidad. Recibir un cabezazo no es lo mismo que romper una mandibula.

La ley es asi. Si te vienen a pegar, y te rompen un brazo, el agresor te pagara X, y si en defensa tu le rompes la espalda, tu le pagaras 3X, aunque no hayas empezado tu. Si en lugar de eso, le hubieses roto el brazo, le pagaras X-y... es decir, lo mismo que el a ti menos el "descuento" por legitima defensa.

Y la verdad, no esta mal la ley asi, por que si por ejemplo alguien te da una ostia y en respuesta de "legitima" defensa le das una paliza y lo dejas en coma, el que has hecho mal eres tu, aunque no hayas empezado. La ley no busca permitir venganza, sino evitar la violencia.


No estoy de acuerdo.

En mi opinión la proporiconalidad sólo debería ser tenida en cuenta si existe un ensañamiento -una paliza como dices-, pero a mi modo de ver se debería tener en cuenta la intención y motivación del acto de igual manera.
Un ejemplo, por esa lógica, una persona se acerca a ti a punta de navaja con intención de matarte, tú en acto de reflejo y de defensa propia le propinas un empujón con la mala suerte de que tu agresor cae de espaldas hacia atrás se tropieza y se abre la cabeza con el bordillo de la acera. La proporcionalidad entre el acto de haber hecho un pequeño corte inofensivo en el cuello con la navaja y el de haber dejado a una persona en coma evidentemente no es proporcional, uno es mayor que el otro, sin embargo tampoco lo es la intención y motivación con la cual fueron impulsados ambos actos.


En el caso original, tendriamos que alguien ha roto la mandibula a otro, además injustificadamente (no habia peligro para su vida o la de la chica, segun parece haber entendido la juez). Legalmente, que un hijo de puta este agrediendo a alguien "levemente", no te da derecho a agredirle a el "gravemente", para entendernos.


Entonces el juicio está sujeto a una interpretación que haga la juez de la situación, la causa y la intención.
En mi opinión no le ha roto la mandibula injustiifcadamente, en mi opinión le ha propinado una patada justificadamente -en defensa propia- que ha derivado en una consecuencia más o menos grave, pero que no fue el motivo y la intención por la cual él propinara la patada en un primer lugar, la patada surge a consecuencia de comenzar una pelea por medio de un cabezazo, por lo que yo personalmente no veo "ensañamiento" en la acción de pegar una patada bajo todas las circustancias mencionadas. Una patada en esa situación no deja de ser un acto físico violento, que haya causado o no una rotura de mandíbula es un hecho totalmente fortuito.

Igualmente, la cuestión de fondo es que la condena es totalmente desproporcionada teniendo todos los factores en cuenta, tres mes y 15.500 euros me parece algo totalmente arbitrario. ¿Por qué tres meses y no un mes y medio, o por qué no cuatro meses, o por qué 15.500 euros y no 20 mil? Es una condena totalmente arbitraria basada en una interpretación pobre de los hechos.
Moraleja: hay que dejar que peguen a Menganita.
Es increíble que pasen estas cosas con gente joven a dia de hoy, y como la mujer no reconocerá malos tratos, el tio se va de rositas.

No es por defender al maltratador, pero la defensa propia no es en ningún caso un ataque, osea que si en el momento que le da el cabezazo, el tipejo este se abalanza contra el y el le pega una patada, eso es defensa propia, pero si le pega el cabezazo y luego el, cabreado por el golpe, le ataca con una patada en la boca, eso no es defensa propia, es agresión y por eso ha sido juzgado.
dark_hunter escribió:Moraleja: hay que dejar que peguen a Menganita.

Triste pero cierto, tal y como van las cosas no es de extrañar que se vean maltratos por las calles y claro si te metes al tema pues las de perder las llevas tu.
spcat escribió:
No es por defender al maltratador, pero la defensa propia no es en ningún caso un ataque,


Entonces si la defensa propia no es un contra-ataque, ¿qué es?.

La Legítima Defensa o Defensa Propia es, en Derecho Penal, una causa que justifica la realización de una conducta sancionada penalmente, eximiendo de responsabilidad a su autor


Una definición más concreta revela que la defensa propia es: El contra-ataque o repulsa de una agresión actual, inminente e inmediata con el fin de proteger bienes jurídicos propios o ajenos.


En cambio, en la legítima defensa, no debe existir proporcionalidad de bienes, pero sí, proporcionalidad de medios. De esta manera, el medio utilizado para evitar o repeler la agresión ha de ser proporcional con respecto al medio utilizado para tal agresión.


Cabezazo = Patada.

Es decir, para que no hubiera existido defensa propia el chaval después de haber recibido el cabezazo debería haber contra atacado con un medio nada proporcional al de la agresión, por ejemplo haber cogido una pistola y haberle pegado un tiro en la cabeza. O pongámoslo de otra manera, coge una pistola, le pega un tiro en la pierna que roza al agresor. Evidentemente el rozamiento de la bala en su pierna no es proporcional a haberle roto la mandíbula, sin embargo el medio utilizado y la motivación no es proporcional.
A una de dos;
- El abogado de la defensa era buenisimo
- La jueza era gili...simpática.
duende escribió:
spcat escribió:
No es por defender al maltratador, pero la defensa propia no es en ningún caso un ataque,


Entonces si la defensa propia no es un contra-ataque, ¿qué es?.

La Legítima Defensa o Defensa Propia es, en Derecho Penal, una causa que justifica la realización de una conducta sancionada penalmente, eximiendo de responsabilidad a su autor


Una definición más concreta revela que la defensa propia es: El contra-ataque o repulsa de una agresión actual, inminente e inmediata con el fin de proteger bienes jurídicos propios o ajenos.


En cambio, en la legítima defensa, no debe existir proporcionalidad de bienes, pero sí, proporcionalidad de medios. De esta manera, el medio utilizado para evitar o repeler la agresión ha de ser proporcional con respecto al medio utilizado para tal agresión.


Cabezazo = Patada.

Es decir, para que no hubiera existido defensa propia el chaval después de haber recibido el cabezazo debería haber contra atacado con un medio nada proporcional al de la agresión, por ejemplo haber cogido una pistola y haberle pegado un tiro en la cabeza. O pongámoslo de otra manera, coge una pistola, le pega un tiro en la pierna que roza al agresor. Evidentemente el rozamiento de la bala en su pierna no es proporcional a haberle roto la mandíbula, sin embargo el medio utilizado y la motivación no es proporcional.


Lee mejor: Si la agresión ya ha sido producida (ya se ha llevado el cabezazo y responde en venganza) no es defensa propia.
Esto de la proporcionalidad siempre me ha parecido una soberana chorrada.Siguiendo ese razonamiento no puedes matar a una persona hasta que ella te ha matado a ti.. oh wait. Pero vamos, lo de siempre, nuestro sistema penal orientado a garantizar los derechos del criminal más que los de la víctima.
Desde luego, si el interviniente reaccionó a la agresión que recibió y máxime cuando recibió esa agresión por ayudar... ¿qué quería la juez que hiciera?

Seguro que cuando reaccionó pegando la patada no tenía en mente si haría más o menos daño, vamos.

Es que te dan, y claro, si puedes das, pero no se te puede pedir que encima controles cómo das y con qué daño das en una situación así.
spcat escribió:
duende escribió:
spcat escribió:
No es por defender al maltratador, pero la defensa propia no es en ningún caso un ataque,


Entonces si la defensa propia no es un contra-ataque, ¿qué es?.

La Legítima Defensa o Defensa Propia es, en Derecho Penal, una causa que justifica la realización de una conducta sancionada penalmente, eximiendo de responsabilidad a su autor


Una definición más concreta revela que la defensa propia es: El contra-ataque o repulsa de una agresión actual, inminente e inmediata con el fin de proteger bienes jurídicos propios o ajenos.


En cambio, en la legítima defensa, no debe existir proporcionalidad de bienes, pero sí, proporcionalidad de medios. De esta manera, el medio utilizado para evitar o repeler la agresión ha de ser proporcional con respecto al medio utilizado para tal agresión.


Cabezazo = Patada.

Es decir, para que no hubiera existido defensa propia el chaval después de haber recibido el cabezazo debería haber contra atacado con un medio nada proporcional al de la agresión, por ejemplo haber cogido una pistola y haberle pegado un tiro en la cabeza. O pongámoslo de otra manera, coge una pistola, le pega un tiro en la pierna que roza al agresor. Evidentemente el rozamiento de la bala en su pierna no es proporcional a haberle roto la mandíbula, sin embargo el medio utilizado y la motivación no es proporcional.


Lee mejor: Si la agresión ya ha sido producida (ya se ha llevado el cabezazo y responde en venganza) no es defensa propia.


Fair enough. Repeler es contra-atacar para evitar la primera agresión, el cabezazo ya se había producido. Sin embargo la patada es ejecutada como consecuencia al cabezazo con naturaleza defensiva, aunque la consecuencia sea atacar:

El fin perseguido por el sujeto no tiene por qué ser la defensa. Aunque será necesaria la presencia de una voluntad de defensa, vinculada a la consciencia que exista de la situación defensiva.


Es decir, aunque es cierto -en esto estoy de acuerdo contigo- que la acción de la patada no es estríctamente defensiva para evitar o repeler la agresión, la motivación para su ejecución es una voluntad de defensa posterior a una agresión recibida.
duende escribió:Es decir, aunque es cierto -en esto estoy de acuerdo contigo- que la acción de la patada no es estríctamente defensiva para evitar o repeler la agresión, la motivación para su ejecución es una voluntad de defensa posterior a una agresión recibida.


Eso es lo que digo, que si el tío después del cabezazo fue de nuevo a por el, entonces si es defensa propia. Pero si el tío le dio el cabezazo y el otro después de recibir el cabezazo es cuando decide atacar pues eso no es defensa propia, que la patada se la merecía pues seguro, pero NO es defensa propia y por eso tiene esa condena.
spcat escribió:
duende escribió:Es decir, aunque es cierto -en esto estoy de acuerdo contigo- que la acción de la patada no es estríctamente defensiva para evitar o repeler la agresión, la motivación para su ejecución es una voluntad de defensa posterior a una agresión recibida.


Eso es lo que digo, que si el tío después del cabezazo fue de nuevo a por el, entonces si es defensa propia. Pero si el tío le dio el cabezazo y el otro después de recibir el cabezazo es cuando decide atacar pues eso no es defensa propia, que la patada se la merecía pues seguro, pero NO es defensa propia y por eso tiene esa condena.


No es defensa propia como tal pues no evita ni repele la agresión, pero entra dentro de los supuestos de Legítima Defensa, la patada se produce inmediatamente después de recibir una agresión ilegitima por parte del agresor, la patada tiene una respuesta y naturaleza defensiva, el cabezazo no.
En este caso se ha penalizado la patada muchísimo más severamente que el cabezazo, pese a los dos medios ser de misma proporción, pese a que uno (el cabezazo) haya sido producido como ataque, mientras que el segundo (patada) ha resultado como contra ataque como respuesta defensiva al cabezazo. Sin embargo el agresor de éste es condenado con una multa ridícula mientras que el autor de la patada es condenado con 3 meses de cárcel y 15 mil euros de multa.
Se ha interpretado la gravedad de la consecuencia de la patada -que es fortuita- como mucho más grave que la propia intención con la que se produjo el cabezazo, y sin tener en cuenta la circustancia con la que se produjo la patada.

Lo que te he citado antes, requesito escencial para aplicar Legítima defensa:

El fin perseguido por el sujeto no tiene por qué ser la defensa. Aunque será necesaria la presencia de una voluntad de defensa, vinculada a la consciencia que exista de la situación defensiva.
.
Pero vamos a ver, como puede ser que haya gente que "vea" un cabezazo mucho mas leve que una patada, por mucho que esta sea en la mandíbula?

Es que nadie sabe que un cabezazo en el tabique nasal o en la sien puede dejar en coma a alguien sin necesidad de demasiada punteria? Ya no entro en lo de la "proporcionalidad" de "utilizar el cuerpo, un arma blanca, arma de fuego...". Solo con la simple lógica ya se ve que la cabeza puede ser tanto o mas peligrosa que una patada...

Y evidentemente si se pudiera (por tiempo y dinero, no por temas legislativos) unas cuantas denuncias a jueces ineptos por penas totalmente descompensadas a favor de lo que queda "politicamente correcto" serían lo único que podría solucionar un poco este desguisado que es la ley de nuestros días, donde casos como este demuestran que por robar 2€ con un boli como "arma" te pueden meter en prisión preventiva si hace falta y por romperle un brazo a alguien de un bastonazo no te hacen pasar ni por el calabozo.

Lástima que en estos casos no se siente jurisprudencia (se dice así?) porque sino me gustaria ir hasta casa de la juez, pillarla por el pelo y arrastrarla por la plaza mas próxima y tirarle 200€ a la cara, delante de todo el mundo, mandarla a la mierda y avisarla de que por 200€ quizá yo no sería el único que se desahogaría con su pelo.
duende escribió:
spcat escribió:
duende escribió:Es decir, aunque es cierto -en esto estoy de acuerdo contigo- que la acción de la patada no es estríctamente defensiva para evitar o repeler la agresión, la motivación para su ejecución es una voluntad de defensa posterior a una agresión recibida.


Eso es lo que digo, que si el tío después del cabezazo fue de nuevo a por el, entonces si es defensa propia. Pero si el tío le dio el cabezazo y el otro después de recibir el cabezazo es cuando decide atacar pues eso no es defensa propia, que la patada se la merecía pues seguro, pero NO es defensa propia y por eso tiene esa condena.


No es defensa propia como tal pues no evita ni repele la agresión, pero entra dentro de los supuestos de Legítima Defensa, la patada se produce inmediatamente después de recibir una agresión ilegitima por parte del agresor, la patada tiene una respuesta y naturaleza defensiva, el cabezazo no.
En este caso se ha penalizado la patada muchísimo más severamente que el cabezazo, pese a los dos medios ser de misma proporción, pese a que uno (el cabezazo) haya sido producido como ataque, mientras que el segundo (patada) ha resultado como contra ataque como respuesta defensiva al cabezazo. Sin embargo el agresor de éste es condenado con una multa ridícula mientras que el autor de la patada es condenado con 3 meses de cárcel y 15 mil euros de multa.
Se ha interpretado la gravedad de la consecuencia de la patada -que es fortuita- como mucho más grave que la propia intención con la que se produjo el cabezazo, y sin tener en cuenta la circustancia con la que se produjo la patada.

Lo que te he citado antes, requesito escencial para aplicar Legítima defensa:

El fin perseguido por el sujeto no tiene por qué ser la defensa. Aunque será necesaria la presencia de una voluntad de defensa, vinculada a la consciencia que exista de la situación defensiva.
.


No se las circunstancias de la patada ya que no lo mencionan en el articulo así que no voy a seguir con el tema haciendo suposiciones, pero interpretas mal la ley, la situación defensiva desaparece en el momento en que el agresor no te esta atacando ni tiene intención de hacerlo que es a lo que me refiero en todas mis respuestas.
spcat escribió:No se las circunstancias de la patada ya que no lo mencionan en el articulo así que no voy a seguir con el tema haciendo suposiciones, pero interpretas mal la ley, la situación defensiva desaparece en el momento en que el agresor no te esta atacando ni tiene intención de hacerlo que es a lo que me refiero en todas mis respuestas.


¿Las circustancias de la patada son quizá a causa de recibir un cabezazo que a la vez surge de haber recriminado al agresor maltratar a su mujer? ¿Exactamente cómo la noticia no menciona las circustancias, qué más necitas saber, qué tiempo hacía?.

"El agresor no te está atacando ni tiene intención de hacer"?,
¿quizá porque el agresor YA te ha atacado, y porque ya ha mostrado intención de hacerlo, de hecho ya ha ocurrido?. La patada no es defensa personal -pues ni evita ni repele la agresión- pero entra como respuesta defensiva en Legítima Defensa.

Yo no estoy interpretando mal la ley, sin embargo no soy abogado ni juez ni estudio derecho, simplemente me limito a interpretar los supuestos en los que se aplica la Legítima Defensa con el caso que estamos intentando analizar. Tú por contra te has limitado a desechar la idea de Legítima Defensa con el caso porque la patada ni evitó ni repeló la agresión, sin embargo evitas entender el supuesto y acepción de contra-ataque con un medio proporcional como respuesta instintiva defensiva inmediata.
Me parece alucinante que no se peuda ayudar a los demás [mamaaaaa] [buuuaaaa]

la jueza que quería que el ti ole dijer"Por Vorfa,puedes dejar de pega ra la chica? o que xD, un buen palo necesita mucha gente XD
Señoria , la proxima vez mientras me ibntenta agredir llamare a la policia con una mano mientras me saco la chaqueta con la otra y le hago unos pases de pecho a mi agresor si cual toro se tratase .... como??? que tengo que indemnizar a mi agresor por insinuar que es un toro???
De acuerdo señoria ......

estoi hasta los cojones de este sistema penal que proteje a los delincuentes .
duende escribió:
spcat escribió:No se las circunstancias de la patada ya que no lo mencionan en el articulo así que no voy a seguir con el tema haciendo suposiciones, pero interpretas mal la ley, la situación defensiva desaparece en el momento en que el agresor no te esta atacando ni tiene intención de hacerlo que es a lo que me refiero en todas mis respuestas.


¿Las circustancias de la patada son quizá a causa de recibir un cabezazo que a la vez surge de haber recriminado al agresor maltratar a su mujer? ¿Exactamente cómo la noticia no menciona las circustancias, qué más necitas saber, qué tiempo hacía?.

"El agresor no te está atacando ni tiene intención de hacer"?,
¿quizá porque el agresor YA te ha atacado, y porque ya ha mostrado intención de hacerlo, de hecho ya ha ocurrido?. La patada no es defensa personal -pues ni evita ni repele la agresión- pero entra como respuesta defensiva en Legítima Defensa.

Yo no estoy interpretando mal la ley, sin embargo no soy abogado ni juez ni estudio derecho, simplemente me limito a interpretar los supuestos en los que se aplica la Legítima Defensa con el caso que estamos intentando analizar. Tú por contra te has limitado a desechar la idea de Legítima Defensa con el caso porque la patada ni evitó ni repeló la agresión, sin embargo evitas entender el supuesto y acepción de contra-ataque con un medio proporcional como respuesta instintiva defensiva inmediata.


¿Pero lees algo de lo que tu mismo citas? Que no evite ni repele la agresión, vale, pero mira tu ultima cita, te lo he puesto en grande: será necesaria la presencia de una voluntad de defensa
A ver si me entero, voy yo por la calle, viene alguien y me pega un cabezazo sin venir a cuento y sale corriendo, voy yo detrás de el, le alcanzo, le tiro al suelo y le doy una patada en la boca. ¿Eso es voluntad de defensa según tu?
En España no hay justicia....los jueces son unas putas que hacen lo que quiere el Gobierno de turno,y en cuestiones locales como esta,los jueces se creen que están por encima del bien y del mal y no pisan la calle,no saben lo que hay y como está el mundo.....

Son unos seres despreciables en su gran mayoria.......
¿Pero lees algo de lo que tu mismo citas? Que no evite ni repele la agresión, vale, pero mira tu ultima cita, te lo he puesto en grande: será necesaria la presencia de una voluntad de defensa

También pone que el fin perseguido no tiene por qué ser la defensa. Intentar dejarle KO sin ser en verdad defensa lo que persigues, ya que le estas atacando, sí que lleva una voluntad de defensa porque lo que tu quieres es que no te vuelva a pegar.
Otro artículo sobre la legítima defensa.

http://noticias.juridicas.com/articulos/55-Derecho%20Penal/200305-24551422410341411.html

Distraeos vosotros, que yo solo veo muchísimas letras y muchísimas palabras raras XD.

Enga, nos vemos.

[beer]
Es que esto es bastante complicado, veamos:

Lo primero, legitima defensa es un EXIMENTE, y para que esto se de es imprescindible 3 casos:

1-agresion ilegitima. "Que puediera ser"
2-falta de provocacion. "Tambien puediera ser" (esto ya me lo creo menos)
3-necesidad racional y PROPORCINAL para defenderse. "Esto ya si que no, ¿de verdad veis proporcional en romperle a un tio la mandibula por un cabezazo?¿sabeis de verdad lo que es romperse una mandibula?

Puede que la juez en el caso 2 ya vea que se acabo la legitima defensa, y sino lo vio en el 3, o en ambos casos...

Que pague mas lo entiendo, no es lo mismo romper la mandibula que hacer una marca (que igual ni siquiera) dando un cabezazo.
Y si la novia no le denuncia pues normal que no le metan por lo que le hizo a ella...

y qu conste que no quiero defender al maltratador ni mucho menos, solo aclarar por que seguramente la juez actuo asi.

MORALEJA: llama a la policia (y a veces ni eso ) y vete
dark_hunter escribió:
¿Pero lees algo de lo que tu mismo citas? Que no evite ni repele la agresión, vale, pero mira tu ultima cita, te lo he puesto en grande: será necesaria la presencia de una voluntad de defensa

También pone que el fin perseguido no tiene por qué ser la defensa. Intentar dejarle KO sin ser en verdad defensa lo que persigues, ya que le estas atacando, sí que lleva una voluntad de defensa porque lo que tu quieres es que no te vuelva a pegar.


Eso no tiene ningún sentido, no puedes dejar a nadie KO porque te golpee una vez y se vaya, que es lo que no sabemos en este caso, no sabemos si el tío después del cabezazo intento seguir pegando o si una vez dado se intento ir.
Si el tío después de dar el cabezazo se intento ir, NO HAY DEFENSA PROPIA.
Si el tío después de dar el cabezazo volvió a por el, SI HAY DEFENSA PROPIA.
Y dale con la defensa propia...

Pero que defensa propia va haber si se ha metido en medio de una pelea!!

si te metes en medio de una pelea y te cascan pues mala suerte y no te hubieras metido, pero no te puedes meter en medio de una pelea y romperle a uno la mandibula amparandote en la legitima defensa, es que vamos...
ay_pa_todas escribió:Y dale con la defensa propia...

Pero que defensa propia va haber si se ha metido en medio de una pelea!!

si te metes en medio de una pelea y te cascan pues mala suerte y no te hubieras metido, pero no te puedes meter en medio de una pelea y romperle a uno la mandibula amparandote en la legitima defensa, es que vamos...

Como bien dijiste antes esto es complicado de cojones. También la ley que tenemos no ayuda a aclararlo, todo sea dicho.

Como explicabas antes, primero existiría una agresión ilegítima. Si un cabrón le parte la cara a su látigo en medio de la calle lo normal es que cualquier persona vea una agresión ilegítima. Lo que no sé es si puedes repeler esa agresión, ya que tú no conoces a esa persona, sólo ves un daño, no sé si entraría en omisión de socorro en caso de daños del agresor o que el colega se defendía y resulta que vio una amenaza en ti al meterte.

Después explicabas lo de la falta de provocación. Simplemente con que se meta en esa pelea ya lo ha provocado, pero lo que no sé que es lo que dice la ley. Señor, está usted agrediendo a esa persona físicamente, y además le está introduciendo su pene mientras sujeta una navaja contra su cuello, algo altamente peligroso. No sé, por lógica se ataca antes de que lo haga él.

Y por último explicas lo de la proporcionalidad. Aquí es donde se ve para que sirve un psicólogo o un psiquiatra, por que daño por violarte no es mucho, si lo comparamos con partirte la mandíbula, pero el daño psicológico, no hablemos. Pero para ese daño no hace falta que te violen, una amenaza es suficiente.

Es lo que tú dices, y lo que dije antes, la ley se ha cumplido (por lo menos a nivel usuario, si hubiera sido el hijo de un juez mismo, veríamos que pasaba), habrá que replantearse que es la legítima defensa, que es un daño proporcional, que es la provocación... no sé, yo no veo justo lo que ha pasado, aunque sea legal.

Enga, nos vemos.

[beer]
ay_pa_todas escribió:
3-necesidad racional y PROPORCINAL para defenderse. "Esto ya si que no, ¿de verdad veis proporcional en romperle a un tio la mandibula por un cabezazo?¿sabeis de verdad lo que es romperse una mandibula?

Que pague mas lo entiendo, no es lo mismo romper la mandibula que hacer una marca (que igual ni siquiera) dando un cabezazo.



¿Sabes tú lo que puede causar un cabezazo ? Bottom line aquí es que tanto el cabezazo como la patada son dos medios proporcionales, las consecuencias de sus acciones pueden ser de diferente grado, pero es una cuestión fortuita.

Por ese razonamiento tuyo, en el que consideras determinante aquí a tener en cuenta ´la rotura de mandíbula´, más que el medio utilizado para ello, si la situación posterior al cabezazo es que sujeto B saca una pistola y deliberadamente apunta a la cabeza de sujeto A con el fin de matarlo y sin embargo falla en su ejecución y la bala roza el hombro del sujeto A, ocasionandole simplemente un pequeño corte, según tú el corte al no ser proporcional con la rotura de mandíbula recibiría un mentor castigo.

si te metes en medio de una pelea y te cascan pues mala suerte y no te hubieras metido, pero no te puedes meter en medio de una pelea


Eso es una interpretación muy vaga y personal tuya de los hechos. Él no se ha metido en una pelea, él ha recriminado verbalmente una acción antijurídica e ilegitima que ha presenciado -otra cosa bien distinta es que él haya sido muy inteligente en hacer esto, eso ya es una opinión tuya-, a raíz de la recriminación verbal el agresor propina un cabezazo injustificado y desproporcionado con la recriminación verbal, acto seguido y de manera inminente sujeto B responde justificado con un medio físico proporcional a la agresón recibida, que es una patada, dando un resultado desproporcional al causado por la agresión A.

y qu conste que no quiero defender al maltratador ni mucho menos, solo aclarar por que seguramente la juez actuo asi.


Que la juez haya realizado ese juicio e interpretación no lo convierte en algo justo. Lo que no entendeis algunos es que el sistema judicial no es una especie de ente perfecto, objetivo... etc., o como si fuera un sistema cerrado, una ciencia exacta que sigue una fórmula matemática. El sistema judicial está llevado a cabo por personas que como tal se pueden equivocar. Uno tiene que ser crítico con ello.

Frane, gracias por el enlace, la wikipedia se estaba volviendo incompleta :P. Creo que esta cita define bien lo que intento decir:

Zaffaroni lo expone con meridiana claridad: es menos antijurídica la acción que comienza siendo justificada y pasa a ser antijurídica, que aquella que comienza y concluye siendo antijurídica.


Pues eso.
No sé si se ha posteado ya, pero recién salidito del horno, el artículo dominical del gran Arturo Pérez-Reverte:

CÓMO BUSCARSE LA RUINA

Me despierta un ruido y miro el reloj de la mesilla de noche. Ha sonado en la planta de abajo. Así que cojo la linterna y el cuchillo K-Bar de marine americano –recuerdo de Disneylandia– y bajo las escaleras intentando ir tranquilo y echar cuentas. Cuántos son, altos o bajos, nacionales o de importación, armados o no. Si estuviera en un país normal, este agobio sería relativo. Bajaría con una escopeta de caza, y una vez abajo haría pumba, pumba, sin decir buenas noches. Albanokosovares al cielo. O lo que sean. Pero estoy en la sierra de Madrid, España. Tampoco me gusta la caza ni tengo escopeta. Sólo un Kalashnikov –otro recuerdo de Disneylandia– que ya no dispara. Por otra parte, una escopeta no iba a servirme de nada. Estoy en la España líder de Occidente, repito. Aquí el procedimiento varía. Mientras bajo por la escalera –de mi casa, insisto– con el cuchillo en la mano, lo que voy es haciendo cálculos. Pensando, si se lía la pajarraca, si no me ponen mirando a Triana y si tengo suerte de esparramar a algún malo, en lo que voy a contar luego a la Guardia Civil y al juez. Que tiene huevos.

Lo primero, a ver cómo averiguo cuántos son. Porque si encuentro a un caco solo y tengo la fortuna de arrimarme y tirarle un viaje, antes debo establecer los parámetros. Imaginen que descubro a uno robándome las películas de John Wayne, le doy una mojada a oscuras, y resulta que el fulano está solo y no lleva armas, o lleva un destornillador, mientras que yo se la endiño con una hoja de palmo y pico. Ruina total. La violencia debe ser proporcionada, ojo. Y para que lo sea, antes he de asegurarme de lo que lleva el pavo. Y de sus intenciones. No es lo mismo que un bulto oscuro que se cuela en tu casa de madrugada tenga el propósito de robarte Río Bravo que violar a tu mujer, a tu madre, a tus niñas y a la chacha. Todo eso hay que establecerlo antes con el diálogo adecuado. ¿A qué viene usted exactamente, buen hombre? ¿Cuáles son sus intenciones? ¿De dónde es? ¿A qué dedica el tiempo libre?… Y si el otro no domina el español, recurriendo a un medio alternativo. No añadamos, por Dios, el agravante de xenofobia a la prepotencia.

Pero la cosa no acaba ahí. Incluso si establezco con luz y taquígrafos los móviles exactos y el armamento del malo, un juez –eso depende del que me toque– puede decidir que encontrártelo de noche en casa, incluso armado de igual a igual, no es motivo suficiente para el acto fascista de pegarle una puñalada. Además hay que demostrar que se enfrentó a ti, que ésa es otra. Y no digo ya si en vez de darle un pinchazo, en el calor de la refriega le pegas tres o cuatro. Ahí vas listo. Ensañamiento y alevosía, por lo menos. En cualquier caso, violencia innecesaria; como en el episodio reciente de ese secuestrado con su mujer que, para librarse de sus captores, les quitó el cuchillo y le endiñó seis puñaladas a uno de ellos. Estaría cabreadillo, supongo, o el otro no se dejaba. Pues nada. Diez años de prisión, reducidos a cinco por el Tribunal Supremo. Lo normal. Por chulo.

Imaginemos sin embargo que, en vez de cuchillo, lo que esta noche lleva el malo es una pistola de verdad. Y que en un alarde de perspicacia y de potra increíble lo advierto en la oscuridad, me abalanzo heroico sobre el malvado, desarmándolo, y forcejeamos. Y pum. Le pego un tiro. Ruina absoluta, oigan. Sale más barato dejar que él me lo pegue a mí, porque hasta pueden demandarme los familiares del difunto. Otra cosa sería que el malo estuviese acompañado. En tal caso, nuestra legislación es comprensiva. Sólo tengo que abalanzarme vigorosamente sobre él, arrebatarle el fusco, calcular con astuta visión de conjunto cuántos malos hay en la casa, qué armamento llevan y cuáles son las intenciones de cada uno, y dispararle, no al que lleve barra de hierro, navaja empalmada, bate de béisbol o pistola simulada –ojito con esto último, hay que acercarse y comprobarlo antes–, sino a aquel que cargue de pistolón o subfusil para arriba. Todo eso, asegurándome bien, pese a la oscuridad y el previsible barullo, de que en ese momento el fulano no se está dando ya a la fuga; porque en tal caso la cagaste, Burlancaster. En cuanto al del bate de béisbol, el procedimiento es simple: dejo la pistola, voy en busca de otro bate, bastón o paraguas de similares dimensiones y le hago frente, mientras afeo su conducta y le pregunto si sólo pretende llevarse las joyas de la familia o si sus intenciones incluyen, además, romperme el ojete. Luego hago lo mismo con el de la navaja. Y así sucesivamente.

El caso es que, cuando llego al final de la escalera, comiéndome el tarro y más pendiente de las explicaciones que daré mañana, si salgo de ésta, que de lo que pueda encontrar abajo, compruebo que se ha ido dos o tres veces la luz, y que el ruido era del deuvedé y de la tele al encenderse. Y pienso que por esta vez me he salvado. De ir a la cárcel, quiero decir. Traía más cuenta dejar que me robaran.

http://www.xlsemanal.com/web/firma.php? ... firma=8730

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Y no digo mi opinión porque no quiero encenderme, sólo digo que la basura de gente (me da igual que sean jueces, legisladores, políticos...) que permiten estas atrocidades, cuando al pueblo se le inflen los cojones del todo, terminarán colgados de un árbol bien alto. Y bien merecido lo tendrán, porque no sólo están arruinando la vida a personas concretas, están arruinando este país con sus flagrantes injusticias.

Salut
¿de verdad veis proporcional en romperle a un tio la mandibula por un cabezazo?¿sabeis de verdad lo que es romperse una mandibula?

Pues habrá que ver donde se busca la proporcionalidad, si es en el acto un cabezazo por norma es bastante peor que una patada, si es en las consecuencias sí te doy la razón.

El problema es que las consecuencias no se saben hasta que se comete el acto. Si no se miran las intenciones pueden ocurrir casos tan curiosos como que alguien por cualquier motivo te quiera matar, falle, tu le empujes o le rompas el brazo al intentar quitarle el arma y el al caer se parta la crisma. Tendrias tu la culpa si se juzgara como en este caso.

Por otra parte lo de que salió corriendo no lo he visto en la notícia.
Retroakira escribió:No sé si se ha posteado ya, pero recién salidito del horno, el artículo dominical del gran Arturo Pérez-Reverte:


Muy bueno y muy realista por desgracia.

Como en España no conocemos términos medios, acabaremos pasando de esto a tener armas en casa como en USA, y si no al tiempo.
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