ES LEGAL ESTAR SOLO EN UN TRABAJO??

Pues eso quería saber si es legal estar solo en un trabajo todo el día?, por temas de seguridad?, mas teniendo en cuenta que tengo que manejar un torito mecanico.
Seguro que debe haber alguna ley que diga algo al respecto, me gustaría que alguien pudiera ayudarme en este tema .

Gracias
Ilegal no creo, lo que sera es peligroso.
No se yo el tema de riesgos laborales como estan en ese aspecto.
NaN escribió:Ilegal no creo, lo que sera es peligroso.
No se yo el tema de riesgos laborales como estan en ese aspecto.






ALGUIEN con conocimientos en riesgos laborales podría AYUDARME por favor??
Mira si tu empresa tiene plan de prevención, si lo tiene mira la evaluación de riesgos de tu puesto de trabajo, las medidas preventivas,.... Si no está estipulado en el plan no creo que sea ilegal que trabajes sólo. De todas formas si te interesa puedo mirar que que Rd estipula las condiciones de trabajo con maquinaria (de memoria no me lo se, pero puedo mirarlo).

Saludos.
a nosotros nos daban pulsadores de emergencia, y donde estoy ahora, cada X minutos se pasa uno de seguridad para ver que siguo vivo, pero hay puestos, que por necesidad, son solitarios,
Pshyko escribió:Mira si tu empresa tiene plan de prevención, si lo tiene mira la evaluación de riesgos de tu puesto de trabajo, las medidas preventivas,.... Si no está estipulado en el plan no creo que sea ilegal que trabajes sólo. De todas formas si te interesa puedo mirar que que Rd estipula las condiciones de trabajo con maquinaria (de memoria no me lo se, pero puedo mirarlo).

Saludos.




Si le puedes echar un vistazo te lo agradecería.
Gracias
RD 1215 de 1997 de 18 julio, disposiciones minimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Anexo I equipos de elevación de cargas.

Y en principo el RD no dice nada de trabajar solo. Pero mira el plan de prevención de tu empresa.

Saludos

Edit: por algun motivo no sale el RD es el 1215
Claro que es legal siempre y cuando la empresa tenga un servicio preventivo contratado
yo creo q tiene q haber siempre un responsable, a no ser q esa persona q se queda sola tenga conocimientos en prevención de riesgos laborales. es una opinión. [Ooooo]
[quote="juanki"]Claro que es legal siempre y cuando la empresa tenga un servicio preventivo contratado[/quote



Yo no se hasta que punto puede llegar a ser legal, porque pongo un ejemplo:

Si al estar manejando la carretilla o al estar manejando la mercancía del almacén, sufró un corte y a causa de la herida pierdo sangre y me desmayo ¿cuando me socorrería alguien? pueden pasar horas... ¿La empresa se responsabilizaría? ¿tendría derecho a denunciarla no?
Chico pues lo tienes mal si quieres tirar por ahí.
El RD 486/97 sobre lugares de trabajo no dice nada al respecto.
Según el RD 1215/97 sobre seguridad en máquinas tampoco dice nada al respecto.
En la evaluación de riesgos ni lo busques ya que es un documento de empresa, la cual un técnico PROPONE medidas. No es dios ni lo que diga va a misa.
Por cierto que según el Articulo 19 de la ley de prevención tienes que tener formación teórico-práctica para la conducción de carretillas.
Lo único que puedes pedir es que en las medidas de emergencia te especifiquen que se hace en caso de emergencia... pero si tu eres el accidentado, ¿que medidas pone la empresa?

De todas maneras... hay cientos de autónomos que están solos trabajando y no tiene que pasar nada. ¿Cual es el verdadero problema?
Me estoy leyendo el RD que te dije, en el anexo II punto 3, dice:
-Generalidades:
.
.
.
Excepcionalmente:
a)
b)vigilancia adecuada

Pero sólo excepcionalmente, supongo que en el caso de que la evaluación de riesgos lo determine así.

Saludos.
Pshyko escribió:Me estoy leyendo el RD que te dije, en el anexo II punto 3, dice:
-Generalidades:
.
.
.
Excepcionalmente:
a)
b)vigilancia adecuada

Pero sólo excepcionalmente, supongo que en el caso de que la evaluación de riesgos lo determine así.

Saludos.


Vigilancia o vigilancia de la salud? ojo que no es lo mismo...
dypyn escribió:Si al estar manejando la carretilla o al estar manejando la mercancía del almacén, sufró un corte y a causa de la herida pierdo sangre y me desmayo ¿cuando me socorrería alguien? pueden pasar horas... ¿La empresa se responsabilizaría? ¿tendría derecho a denunciarla no?

Si la empresa sería responsable siempre y cuando como te dijo tenga contratado un servicio de prevención, sino no tuviera ninguna entidad preventiva y tuvieras cualquier accidente la responsabilidad al empresario sería civil, administrativa y penal.
Como ya lo han comentado, el trabajar solo o acompañado, depende solo y exclusivamente del plan de prevención vigente en tu empresa. Si no hay nada escrito al respeto no te puedes negar a trabajar solo.
juanki escribió:
dypyn escribió:Si al estar manejando la carretilla o al estar manejando la mercancía del almacén, sufró un corte y a causa de la herida pierdo sangre y me desmayo ¿cuando me socorrería alguien? pueden pasar horas... ¿La empresa se responsabilizaría? ¿tendría derecho a denunciarla no?

Si la empresa sería responsable siempre y cuando como te dijo tenga contratado un servicio de prevención, sino no tuviera ninguna entidad preventiva y tuvieras cualquier accidente la responsabilidad al empresario sería civil, administrativa y penal.


Exactamente lo mismo que con o sin un servicio de prevención.
Por favor, un servicio de prevención no es un seguro, es un asesor que te dice los riesgos que tiene la empresa y te propone medidas.

Lo único que influye es que el no cumplimiento de la ley 31/95 (ley de prevención)
implica una sanción entre 2000€ y 800.000€ dependiendo de su grado.


Plan de prevención: Define las responsabilidades de cada cargo. No tiene nada que ver en este caso.
Vigilancia o vigilancia de la salud? ojo que no es lo mismo...


Pues....eso lo saque de un resumen que tenia, he echado un vistazo al mismo punto del RD completo y directamente no dice nada sobre vigilancia ni medidas excepcionales :P

Saludos.

Edit:
Plan de prevención: Define las responsabilidades de cada cargo. No tiene nada que ver en este caso.


Bueno, un plan deberia llevar una evaluación de riesgos, medidas preventivas a adoptar, colectivas, EPI,... pero coincido contigo en que un plan no es ningún seguro, y que en cualquier juicio te dicen que tu plan es una mierda y que no se adaptaba al puesto de trabajo.
Batalleta escribió:Exactamente lo mismo que con o sin un servicio de prevención.

si es lo que digo al principio, la empresa siempre es responsable tenga o no contratado,pero asi con tu post ya lo tenga mas claro, saludos. :)
Pshyko escribió:
Vigilancia o vigilancia de la salud? ojo que no es lo mismo...


Pues....eso lo saque de un resumen que tenia, he echado un vistazo al mismo punto del RD completo y directamente no dice nada sobre vigilancia ni medidas excepcionales :P

Saludos.

Edit:
Plan de prevención: Define las responsabilidades de cada cargo. No tiene nada que ver en este caso.


Bueno, un plan deberia llevar una evaluación de riesgos, medidas preventivas a adoptar, colectivas, EPI,... pero coincido contigo en que un plan no es ningún seguro, y que en cualquier juicio te dicen que tu plan es una mierda y que no se adaptaba al puesto de trabajo.


Bueno... los juicios y las muertes es un poco a ver quien gana a hacerse el gilipollas. te lo digo por experiencia.

Es que a ver: cada documento de prevención es una historia, el plan de prevención es uno de tantos, no son todos los documentos.

Plan de prevención: Responsabilidades y cargos.
Evaluación de riesgos: Riesgos detectados.
Planificación preventiva: Fecha en que los riesgos tienen previsto ser controlados/eliminados.
Medidas de emergencia(este es que tenemos que mirar): ¿que hace mi empresa en caso de emergencia? ESTE!!!!!
Información: Información de riesgos que deriva de la evaluación de riesgos.
Formación: La charla rollera de toda la vida.
y bueno... algunos que me dejo.

Saludos
dypyn escribió:Yo no se hasta que punto puede llegar a ser legal, porque pongo un ejemplo:

Si al estar manejando la carretilla o al estar manejando la mercancía del almacén, sufró un corte y a causa de la herida pierdo sangre y me desmayo ¿cuando me socorrería alguien? pueden pasar horas... ¿La empresa se responsabilizaría? ¿tendría derecho a denunciarla no?


Colega, que es un toro mecánico, no un toro de Miura o Vitorino. XD

Si ya sin ley a veces pasa esto:

Imagen

que tenga que haber por ley 1 vigilando y otro trabajando apaga y vámonos... en según que puestos, pues sí, pero lo que comentas tú no sé a dónde pretendes llegar o qué buscas siendo tan tiquismiquis; en el improbable caso de que te cortes y encima te desmayes, difícilmente te vas a morir, ya se te pasará el mareo. :)

Es que, leñe, o soy yo o en la actualidad nos estamos pasamos demasiado de papistas y/o de blandos, no sé.
En teoria si sigues el plan de seguridad de tu empresa no tienes porque tener ningun accidiente, por lo que no es necesario que tengas nadie al lado.

Es como si un tecnico de telefonica, se mete en la central y le da un calambrazo y se queda alli hasta que un compañero venga.

O como un transportista que se sale por un descampado, que ya se ha dado varios casos, y hasta pasado un tiempo no saben que ha pasada.

Solución, lleva siempre un movil por si acaso y poder llamar al 112.

Esta claro que puede ser que en casos excepcionales tenga que haber un compañero, como por ejemplo la guardia civil, pero son casos particuales en los cuales no entrarias.
Veamos, soy tecnico de seguridad, y no es necesario que haya un vigilante para cada trabajador, en algunos trabajos como los realizados en espacios confinados o en atmosferas sin aire si es necesario una persona para que en caso de emergencia haga un rescate, pero otros, como conducir una carretilla elevadora no es necesario.

Te recuerdo que por ley si hay una situacion realmente peligrosa tu estas en tu derecho de no realizarla hasta que no se haya eliminado el riesgo o te hayan protegido adecuadamente, aunque si haces esto assergurate de estar afiliado a un sindicato y que este te pague un abogado, por lo que pueda pasar.


Yo no se hasta que punto puede llegar a ser legal, porque pongo un ejemplo:

Si al estar manejando la carretilla o al estar manejando la mercancía del almacén, sufró un corte y a causa de la herida pierdo sangre y me desmayo ¿cuando me socorrería alguien? pueden pasar horas... ¿La empresa se responsabilizaría? ¿tendría derecho a denunciarla no?


Esa situacion deberia haberse tenido en cuenta en el analisis de riesgos y haberse descartado, por ser muy poco probable.

Pero si consideras que no es asi, quejate al responsable de seguridad.

Un saludo
RMB escribió:Veamos, soy tecnico de seguridad, y no es necesario que haya un vigilante para cada trabajador, en algunos trabajos como los realizados en espacios confinados o en atmosferas sin aire si es necesario una persona para que en caso de emergencia haga un rescate, pero otros, como conducir una carretilla elevadora no es necesario.


Vamos, lo que yo comentaba y lo que dicta el mínimo sentido común XD no hace falta ser técnica de seguridad, pero nadie mejor que tú para confirmarlo.

RMB escribió:Esa situacion deberia haberse tenido en cuenta en el analisis de riesgos y haberse descartado, por ser muy poco probable.


Y tanto, yo intuyo que su queja es más bien por otras razones pero bueno... él sabrá.

RMB escribió:Pero si consideras que no es asi, quejate al responsable de seguridad.


Sí, pero vamos, si es tal y como dice poco podrán hacer por él.
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