Furgoneta y material que sobresale.

Hola, una duda rápida que me piden en el curro que resuelva y como hay multa en juego, pues quiero asegurarme con vuestra opinión :)

Una furgoneta de 3200cm de largo, tiene que llevar unas vigas de 4 metros. Cuánto puede sobresalir esa carga? Qué debe llevar puesto (cartel, aviso... no sé)?

He encontrado esto, pero tengo mis dudas todavía (porque no quiero confundirme, como ya he dicho):
Real Decreto escribió:Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
TÍTULO I.
NORMAS GENERALES DE COMPORTAMIENTO EN LA CIRCULACIÓN.
CAPÍTULO I.
NORMAS GENERALES.
SECCIÓN II. TRANSPORTE DE MERCANCÍAS O COSAS.

Artículo 13. Dimensiones del vehículo y su carga.

1. En ningún caso, la longitud, anchura y altura de los vehículos y su carga excederá de la señalada en las normas reguladoras de los vehículos o para la vía por la que circulen.

2. El transporte de cargas indivisibles que, inevitablemente, rebasen los límites señalados en el apartado anterior deberá realizarse mediante autorizaciones complementarias de circulación, que se regulan en el Reglamento General de Vehículos, conforme a las normas y condiciones de circulación que se establecen en el anexo III del presente Reglamento.

3. Las infracciones a las normas de este precepto serán sancionadas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 67.2 del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

Artículo 14. Disposición de la carga.

1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:
...
4. Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.
...

Artículo 15. Dimensiones de la carga.

1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél.

2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:

1. En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:
1. En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.
2. En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.
2. En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.

3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 % de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 %.

4. En los vehículos de anchura inferior a un metro la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal. No podrá sobresalir por la extremidad anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior.

5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.

6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de v invertida.

Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.

7. Las cargas que sobresalgan lateralmente del gálibo del vehículo, de tal manera que su extremidad lateral se encuentre a más de 0,40 metros del borde exterior de la luz delantera o trasera de posición del vehículo, deberán estar entre la puesta y la salida del sol, así como cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, respectivamente, señalizadas, en cada una de sus extremidades laterales, hacia adelante, por medio de una luz blanca y un dispositivo reflectante de color blanco, y hacia atrás, por medio de una luz roja y de un dispositivo reflectante de color rojo.

8. En el caso de circulación de vehículos en régimen de transporte especial, se estará a lo dispuesto en su autorización.

V-20 PANEL PARA CARGAS QUE SOBRESALEN
LAMINA REFLECTANTE Color: BLANCO Y ROJO NIVEL 2
MATERIAL DEL SUSTRATO Placa soporte: Plancha de aluminio de 1.4 ± 0.1 mm Aleación 1200 H14 y/o H24
BORDON Exteriormente a la superficie reflectante y en todo su contorno, las placas llevarán un reborde (bordón) redondeado.
No recuerdo cuanto puede sobresalir la carga, pero si que debe de estar señalizada con el cartelito cuadrado con rayas rojas y blancas.
sentinel_ escribió:No recuerdo cuanto puede sobresalir la carga, pero si que debe de estar señalizada con el cartelito cuadrado con rayas rojas y blancas.

+1

era si sobresale un 10% del tamaño total de la furgoneta debe de ir con eso, te lo digo porque suspendi un examen por esa puta pregunta xDD
(mensaje borrado)
La medida que digo, lo de los 3,2 metros, es de la parte de la furgoneta donde irá la carga apoyada. La furgoneta en total mide más de 5 metros.

Si sólo sobresale carga por detrás, entonces puede asomar medio metro?
Yo me saque la teorica el 19 de este mes, 0 fallos, examen chorra a mas no poder xD.

La carga puede sobresalir por la parte posterior un 15% de la longitud del vehiculo siempre que esta sea indivisible (si es divisible, un 10%), y estas obligado a señalizarlo con esto:

Imagen

Y que recuerde, las puertas de la furgoneta no las puedes llevar abiertas, por mucho que las sujetes con algo.

Asi que, las vigas las tendras que llevar en la baca.
:-) Con la cosa del estrés al final no me pasé por aquí para dar las gracias!!! Así que eso. Gracias por la ayuda, parece que con vuestra información todo salió bien :-)
6 respuestas