Gamestop no se hace cargo de la garantía (?)

Bueno, pues lo dicho, tengo una 3DS XL comprada el día 7 (hace 2 semanas exactamente) y hoy me he dado cuenta de que En la bisagra lateral derecha ha saltado como una especie de areola semicircular (digo semicircular porque CREO que está partida por la mitad) negra.

La consola en las 2 semanas no se ha llevado ni un leve golpe y siempre ha estado en su funda.

Total, que ahora mismo acabo de bajar al Gamestop donde compré la consola, para que me la cambiaran por una nueva.

Y me salta el tío tal cual: "Esto tienes 2 años de garantía con nintendo, nosotros te damos unos 10 días más o menos para que la pruebes por si tiene algún fallo o algo"

Y la cara de gilipollas que se me queda es terrible ¬_¬

No sé como estará el tema garantías con las tiendas ahora, ya que hace muchos años que no he tenido que llevar ninguna (por suerte), pero vamos, lo suyo no es 1 año Gamestop (el primero) y luego 1 año Nintendo ?

Solución que me da el tipo de la tienda: Llama a Nintendo el número lo tienes en la caja.

Esto es así chicos, o tengo yo razón ?
Imagen:
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Espero que alguien me pueda ayudar [bye] [bye]
dile que vas a poner una hoja de reclamaciones y verás que rapidito te tramita la garantía

PD: son 2 años, por ley.
Mira en el ticket el plazo de cambios y devoluciones, en unas tiendas son 15 días, y en otras son 7 días hábiles, pasado esos dias tendrías que llamar a Nintendo para gestionarlo
Pajariyo escribió:dile que vas a poner una hoja de reclamaciones y verás que rapidito te tramita la garantía

PD: son 2 años, por ley.

dos años con el fabricante y los primeros 15 días con el vendedor
La garantía es personal y será de aplicación únicamente al comprador original. El Cliente deberá informar de cualquier error de funcionamiento de los Productos dentro de los 2 meses posteriores al descubrimiento del defecto en cuestión, debiendo enviar un correo electrónico a la siguiente dirección de email atencionalcliente@gamestop.es. El correo electrónico debe recoger el código de pedido proporcionado en el momento de la compra, la marca y el modelo del Producto defectuoso y una descripción del defecto descubierto. Una vez enviado el correo eléctronico, el Cliente recibirá por correo electrónico una respuesta escrita y un resumen con la información necesaria para ejecutar la garantía. Esta es la única vía para obtener la sustitución, la reparación o el reembolso de los Productos defectuosos.

El Producto defectuoso será devuelto a GameStop en un paquete cerrado, sin coste para el cliente, enviado a la dirección indicada en la primera cláusula de estas condiciones de venta. El paquete debe indicar el número y la fecha del pedido, una breve descripción del defecto o del error de funcionamiento descubierto, la marca o el modelo del lector/consola utilizado (en el caso de Productos audiovisuales o videojuegos) y la elección entre la devolución del dinero o la sustitución del Producto. Para ello, el Cliente podrá utilizar una copia impresa de los documentos en formato pdf que le serán enviados tras enviar su correo electrónico informando del error de funcionamiento de los productos.


Gacias por responder chicos.

En el ticket no pone nada de los días de la garantía.

Vamos, que me busque la vida co n nintendo básicamente no?


Pues menuda putada, yo iba con la intención de llegar a la tienda y que me la cambiaran por una nueva, pasar los datos de una consola a otra y volverme a mi casa, pero vamos, que parace ser que me espera una odisea...
Reclama por que los primeros 15 días es cosa del establecimiento, luego fuera de eso ya seria nintendo , seguramente quieren ganar tiempo para que tengas que hacer esto ultimo.

PD : acabo de leer que te dan 10 días no? la ley creo que marca 15 si hoy hacen 2 semanas ( 14 días ) mañana seria tu ultimo dia para reclamar
NewDump escribió:Reclama por que los primeros 15 días es cosa del establecimiento, luego fuera de eso ya seria nintendo , seguramente quieren ganar tiempo para que tengas que hacer esto ultimo.

Si lo compró el 7, mañana hace 15 dias.. fijo le meten excusa, veo que si quiere cambio mañana mismo,hoja reclamaciones y aun así puesta la reclamación no podrá hacer nada mañana
como si lo viese, voy pues usted ha puesto la hoja de reclamaciones y esto tardará. (y su consola también)

PD: En un caso extremo llamas a un coche patrulla, por probar :p
alanwake escribió:
NewDump escribió:Reclama por que los primeros 15 días es cosa del establecimiento, luego fuera de eso ya seria nintendo , seguramente quieren ganar tiempo para que tengas que hacer esto ultimo.

Si lo compró el 7, mañana hace 15 dias.. fijo le meten excusa, veo que si quiere cambio mañana mismo,hoja reclamaciones y aun así puesta la reclamación no podrá hacer nada mañana
como si lo viese, voy pues usted ha puesto la hoja de reclamaciones y esto tardará. (y su consola también)

PD: En un caso extremo llamas a un coche patrulla, por probar :p


No se puede llamar a un coche patrulla por esto, a la policia se llama si la tienda se niega a dar la hoja de reclamaciones, pero si pide la hoja y se la dan, lo unico es rellenarla que la sellen y firmen, y llevarla uno mismo a donde corresponda en su comunidad.

Y una vez entregada la hoja, tan solo hay que esperar, pero a la policia solo se la llama en caso de que la tienda se niegue a dar hojas de reclamaciones, no para que intervenga en el caso de la consola y la garantía
Vale, entonces son 15 días fijos queme tienen que dar garantía la tienda, ¿no?

De ser así mañana es el día límite. El tío al decirme 10 días me parece a mi que o es muy listo o no tiene muy claro todo esto.

De ponerme la misma excusa de que son 10 días, le digo que son 15 por ley, él podría decirme algo para rebatirme ese argumento o le metería gol y accedería?

Un saludo chicos y muchas gracias [bye]
También pueden ser 7 dias hábiles, que es lo que da mediamarkt, en los tickets suele poner el plazo, pero parece ser que según dices, no lo pone, asi que a lo mejor son los 15
CrazyJapan escribió:También pueden ser 7 dias hábiles, que es lo que da mediamarkt, en los tickets suele poner el plazo, pero parece ser que según dices, no lo pone, asi que a lo mejor son los 15


Esto es lo que pone exactamente:

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Para las compras en su web pone que el derecho de desistimiento es de 10 días a partir de la fecha de recepción, pero en otro apartado pone literalmente "Pasados los 15 dias, el cliente deberá contactar directamente con el fabricante del producto defectuoso y solicitar soporte en su red de servicios técnicos"

No se sí tendrán las mismas normas en la web y en las tiendas físicas, pero por intentarlo,no pierdes nada
Son 15 días si se compromete el comercio. Lo único que dice la ley que en 7 días puedes devolver algo y no están obligados a devolverte el dinero, y si te dan un "vale" este no puede caducar.

Por lo demás si a ti te sale de los huevos la tienda lo tiene que gestionar si o si, otra cosa es que ahorras tiempo llamando a la marca, en este caso Nintendo.

Hala, si estoy equivocado en algo, apredeadme. [angelito]
Cuando yo la compre en el Corte Ingles me dijeron algo parecido, no lo recuerdo bien, pero algo asi como que al abrirla o hacerle una cuenta, si surgia un problema ya habia que tramitar la garantia con Nintendo de forma directa. Lo recuerdo porque en la factura me pusieron el numero de telefono de Nintendo por si tenia algun problema ;)
NucleoDuro escribió:Son 15 días si se compromete el comercio. Lo único que dice la ley que en 7 días puedes devolver algo y no están obligados a devolverte el dinero, y si te dan un "vale" este no puede caducar.

Por lo demás si a ti te sale de los huevos la tienda lo tiene que gestionar si o si, otra cosa es que ahorras tiempo llamando a la marca, en este caso Nintendo.

Hala, si estoy equivocado en algo, apredeadme. [angelito]


Como te vamos a apredear, si eso no existe [burla2]

Nah, ahora en serio, según tengo entendido yo, en los 7 primeros días, puedes devolver el producto, y te tienen que devolver el dinero SI O SI, por ley (o eso me dijo hace un par de años una profesora mía ).

hyu escribió:Cuando yo la compre en el Corte Ingles me dijeron algo parecido, no lo recuerdo bien, pero algo asi como que al abrirla o hacerle una cuenta, si surgia un problema ya habia que tramitar la garantia con Nintendo de forma directa. Lo recuerdo porque en la factura me pusieron el numero de telefono de Nintendo por si tenia algun problema ;)


Pues menudos chorizos, es como si yo te vendo una consola y te digo "en cuanto lo abras yo te doy garantía 0, vete con el ticket a llorar a la marca".

Hoy es el último día en caso de que sean 15 días, a si que hoy se aclara todo, solo busco alguien que me afirme que son 15 días fijos por ley (o al menos gamestop) que tiene que darme soporte a la consola, porque no es cuestión de ir exigiendo y al final tener que volver con las mismas [mad]


Saludos !
-blaker- escribió:Vale, entonces son 15 días fijos queme tienen que dar garantía la tienda, ¿no?

De ser así mañana es el día límite. El tío al decirme 10 días me parece a mi que o es muy listo o no tiene muy claro todo esto.

De ponerme la misma excusa de que son 10 días, le digo que son 15 por ley, él podría decirme algo para rebatirme ese argumento o le metería gol y accedería?

Un saludo chicos y muchas gracias [bye]


Lo de los 15 dias solo es para compras online, para compras fisicas no tienen por que darte ningun dia, es un servicio extra de la tienda.
A mi me suena que en 6 meses, el comercio está obligado a cambiar el producto defectuoso por otro igual o si no tienen en stock, de superior categoría.

Y aparte, los 10 o 15 días depende si son hábiles o naturales. Si son 10 días, casi seguro que son HÁBILES (Lunes a Viernes). Si son 15, seguro que son NATURALES (Lunes a Domingo).

No pierdas el tiempo y reclama. Pero aun así, el primer punto también tendrían que aplicarlo.

Saludos y suerte.
Kurace escribió:A mi me suena que en 6 meses, el comercio está obligado a cambiar el producto defectuoso por otro igual o si no tienen en stock, de superior categoría.

Y aparte, los 10 o 15 días depende si son hábiles o naturales. Si son 10 días, casi seguro que son HÁBILES (Lunes a Viernes). Si son 15, seguro que son NATURALES (Lunes a Domingo).

No pierdas el tiempo y reclama. Pero aun así, el primer punto también tendrían que aplicarlo.

Saludos y suerte.


El comentario que está antes que el tuyo afirma que no tienen por que darme esos días, y tú afirmas que si, y no es por desconfiar de vosotros, pero es que ya no sé que hacer, porque claro, si voy a la tienda y le digo tal y pascual, pues lo mismo el tío me tira para atrás todo y me quedo en calzones....

EDIT: acabo de llamar a un par de Gamestops de Madrid y todos me dicen la misma: POLITICA DE NINTENDO, dos años con ellos desde el minuto 0.


Alguien sabe como funciona el SAT de nintendo?
En el ticket dice que el tema de garantias va segun el Real decreto 1/2007.

Yo lo estoy ojenado un poco por encima y veo:
-Cuando compras tienes derecho durante 7 dias a disentir de la compra. Y luego:

-
"Artículo 119 Reparación y sustitución del producto

1. Si el producto no fuera conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución del producto, salvo que una de estas dos opciones resulte objetivamente imposible o desproporcionada. Desde el momento en que el consumidor y usuario comunique al vendedor la opción elegida, ambas partes habrán de atenerse a ella. Esta decisión del consumidor y usuario se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente para los supuestos en que la reparación o la sustitución no logren poner el producto en conformidad con el contrato.

2. Se considerará desproporcionada la forma de saneamiento que en comparación con la otra, imponga al vendedor costes que no sean razonables, teniendo en cuenta el valor que tendría el producto si no hubiera falta de conformidad, la relevancia de la falta de conformidad y si la forma de saneamiento alternativa se pudiese realizar sin inconvenientes mayores para el consumidor y usuario.

Para determinar si los costes no son razonables, los gastos correspondientes a una forma de saneamiento deben ser, además, considerablemente más elevados que los gastos correspondientes a la otra forma de saneamiento."

"Artículo 120 Régimen jurídico de la reparación o sustitución del producto

La reparación y la sustitución se ajustarán a las siguientes reglas:

a) Serán gratuitas para el consumidor y usuario. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los productos con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales.
b) Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario, habida cuenta de la naturaleza de los productos y de la finalidad que tuvieran para el consumidor y usuario.
c) La reparación suspende el cómputo de los plazos a que se refiere el artículo 123. El período de suspensión comenzará desde que el consumidor y usuario ponga el producto a disposición del vendedor y concluirá con la entrega al consumidor y usuario del producto ya reparado. Durante los seis meses posteriores a la entrega del producto reparado, el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad cuando se reproduzcan en el producto defectos del mismo origen que los inicialmente manifestados.
d) Si concluida la reparación y entregado el producto, éste sigue siendo no conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la sustitución del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.
e) La sustitución suspende los plazos a que se refiere el artículo 123 desde el ejercicio de la opción por el consumidor y usuario hasta la entrega del nuevo producto. Al producto sustituto le será de aplicación, en todo caso, el artículo 123.1, párrafo segundo.
f) Si la sustitución no lograra poner el producto en conformidad con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la reparación del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.
g) El consumidor y usuario no podrá exigir la sustitución en el caso de productos no fungibles, ni tampoco cuando se trate de productos de segunda mano.
"
"Artículo 123 Plazos

1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad.

2. Salvo prueba en contrario, la entrega se entiende hecha en el día que figure en la factura o tique de compra, o en el albarán de entrega correspondiente si éste fuera posterior.

3. El vendedor está obligado a entregar al consumidor o usuario que ejercite su derecho a la reparación o sustitución, justificación documental de la entrega del producto, en la que conste la fecha de entrega y la falta de conformidad que origina el ejercicio del derecho.

Del mismo modo, junto con el producto reparado o sustituido, el vendedor entregará al consumidor o usuario justificación documental de la entrega en la que conste la fecha de ésta y, en su caso, la reparación efectuada.

4. La acción para reclamar el cumplimiento de lo previsto en el capítulo II de este título prescribirá a los tres años desde la entrega del producto.


5. El consumidor y usuario deberá informar al vendedor de la falta de conformidad en el plazo de dos meses desde que tuvo conocimiento de ella. El incumplimiento de dicho plazo no supondrá la pérdida del derecho al saneamiento que corresponda, siendo responsable el consumidor y usuario, no obstante, de los daños o perjuicios efectivamente ocasionados por el retraso en la comunicación.

Salvo prueba en contrario, se entenderá que la comunicación del consumidor y usuario ha tenido lugar dentro del plazo establecido.


Artículo 124 Acción contra el productor

Cuando al consumidor y usuario le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor por la falta de conformidad de los productos con el contrato podrá reclamar directamente al productor con el fin de obtener la sustitución o reparación del producto.

Con carácter general, y sin perjuicio de que la responsabilidad del productor cesara, a los efectos de este título, en los mismos plazos y condiciones que los establecidos para el vendedor, el productor responderá por la falta de conformidad cuando ésta se refiera al origen, identidad o idoneidad de los productos, de acuerdo con su naturaleza y finalidad y con las normas que los regulan.

Quien haya respondido frente al consumidor y usuario dispondrá del plazo de un año para repetir frente al responsable de la falta de conformidad. Dicho plazo se computa a partir del momento en que se completó el saneamiento.

"


Lo que yo haría es, si es verdad que no lo has hecho tu dandole un golpe, iria a la tienda y le diria que te has leido el decreto (lo puedes incluso imprimir) que pone en el ticket y que dice que puedes elegir entre reparar o sustitucion y que tu prefieres una nueva.
ketsune87 escribió:
Pajariyo escribió:dile que vas a poner una hoja de reclamaciones y verás que rapidito te tramita la garantía

PD: son 2 años, por ley.

dos años con el fabricante y los primeros 15 días con el vendedor


De eso nada, monada:
RDL 1/2007 escribió: Artículo 123 Plazos

1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad.

2. Salvo prueba en contrario, la entrega se entiende hecha en el día que figure en la factura o tique de compra, o en el albarán de entrega correspondiente si éste fuera posterior.

3. El vendedor está obligado a entregar al consumidor o usuario que ejercite su derecho a la reparación o sustitución, justificación documental de la entrega del producto, en la que conste la fecha de entrega y la falta de conformidad que origina el ejercicio del derecho.

Del mismo modo, junto con el producto reparado o sustituido, el vendedor entregará al consumidor o usuario justificación documental de la entrega en la que conste la fecha de ésta y, en su caso, la reparación efectuada.
wannda escribió:En el ticket dice que el tema de garantias va segun el Real decreto 1/2007.

Yo lo estoy ojenado un poco por encima y veo:
-Cuando compras tienes derecho durante 7 dias a disentir de la compra. Y luego:

-
"Artículo 119 Reparación y sustitución del producto

1. Si el producto no fuera conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución del producto, salvo que una de estas dos opciones resulte objetivamente imposible o desproporcionada. Desde el momento en que el consumidor y usuario comunique al vendedor la opción elegida, ambas partes habrán de atenerse a ella. Esta decisión del consumidor y usuario se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente para los supuestos en que la reparación o la sustitución no logren poner el producto en conformidad con el contrato.

2. Se considerará desproporcionada la forma de saneamiento que en comparación con la otra, imponga al vendedor costes que no sean razonables, teniendo en cuenta el valor que tendría el producto si no hubiera falta de conformidad, la relevancia de la falta de conformidad y si la forma de saneamiento alternativa se pudiese realizar sin inconvenientes mayores para el consumidor y usuario.

Para determinar si los costes no son razonables, los gastos correspondientes a una forma de saneamiento deben ser, además, considerablemente más elevados que los gastos correspondientes a la otra forma de saneamiento."

"Artículo 120 Régimen jurídico de la reparación o sustitución del producto

La reparación y la sustitución se ajustarán a las siguientes reglas:

a) Serán gratuitas para el consumidor y usuario. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los productos con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales.
b) Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario, habida cuenta de la naturaleza de los productos y de la finalidad que tuvieran para el consumidor y usuario.
c) La reparación suspende el cómputo de los plazos a que se refiere el artículo 123. El período de suspensión comenzará desde que el consumidor y usuario ponga el producto a disposición del vendedor y concluirá con la entrega al consumidor y usuario del producto ya reparado. Durante los seis meses posteriores a la entrega del producto reparado, el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad cuando se reproduzcan en el producto defectos del mismo origen que los inicialmente manifestados.
d) Si concluida la reparación y entregado el producto, éste sigue siendo no conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la sustitución del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.
e) La sustitución suspende los plazos a que se refiere el artículo 123 desde el ejercicio de la opción por el consumidor y usuario hasta la entrega del nuevo producto. Al producto sustituto le será de aplicación, en todo caso, el artículo 123.1, párrafo segundo.
f) Si la sustitución no lograra poner el producto en conformidad con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la reparación del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.
g) El consumidor y usuario no podrá exigir la sustitución en el caso de productos no fungibles, ni tampoco cuando se trate de productos de segunda mano.
"
"Artículo 123 Plazos

1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad.

2. Salvo prueba en contrario, la entrega se entiende hecha en el día que figure en la factura o tique de compra, o en el albarán de entrega correspondiente si éste fuera posterior.

3. El vendedor está obligado a entregar al consumidor o usuario que ejercite su derecho a la reparación o sustitución, justificación documental de la entrega del producto, en la que conste la fecha de entrega y la falta de conformidad que origina el ejercicio del derecho.

Del mismo modo, junto con el producto reparado o sustituido, el vendedor entregará al consumidor o usuario justificación documental de la entrega en la que conste la fecha de ésta y, en su caso, la reparación efectuada.

4. La acción para reclamar el cumplimiento de lo previsto en el capítulo II de este título prescribirá a los tres años desde la entrega del producto.


5. El consumidor y usuario deberá informar al vendedor de la falta de conformidad en el plazo de dos meses desde que tuvo conocimiento de ella. El incumplimiento de dicho plazo no supondrá la pérdida del derecho al saneamiento que corresponda, siendo responsable el consumidor y usuario, no obstante, de los daños o perjuicios efectivamente ocasionados por el retraso en la comunicación.

Salvo prueba en contrario, se entenderá que la comunicación del consumidor y usuario ha tenido lugar dentro del plazo establecido.


Artículo 124 Acción contra el productor

Cuando al consumidor y usuario le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor por la falta de conformidad de los productos con el contrato podrá reclamar directamente al productor con el fin de obtener la sustitución o reparación del producto.

Con carácter general, y sin perjuicio de que la responsabilidad del productor cesara, a los efectos de este título, en los mismos plazos y condiciones que los establecidos para el vendedor, el productor responderá por la falta de conformidad cuando ésta se refiera al origen, identidad o idoneidad de los productos, de acuerdo con su naturaleza y finalidad y con las normas que los regulan.

Quien haya respondido frente al consumidor y usuario dispondrá del plazo de un año para repetir frente al responsable de la falta de conformidad. Dicho plazo se computa a partir del momento en que se completó el saneamiento.

"


Lo que yo haría es, si es verdad que no lo has hecho tu dandole un golpe, iria a la tienda y le diria que te has leido el decreto (lo puedes incluso imprimir) que pone en el ticket y que dice que puedes elegir entre reparar o sustitucion y que tu prefieres una nueva.


Me acabo de leer todo lo citado y no me he enterado de mucho y no veo , como he editado anta me han dicho en varios Gamestop que son politicas de nintendo, y ya no sé si se podrá hacer algo.

Yo aora mismo voy al gamestop y le digo "me acabo de leer el decreto tal: me tienes que dar una nueva"

Y me contestará: "son políticas de nintendo, búscate la vida"


Siento si soy pesado pero no sé ni que decirle al tío....
Bueno, tus derechos son sagrados, y como ves no te tienen que devolver el dinero (a no ser que lo ponga en el ticket). Ahora bien, si lees el texto te indica esto: "podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución del producto, salvo que una de estas dos opciones resulte objetivamente imposible o desproporcionada". En tu caso, por esa arandela sería desproporcionado, pero tu comenta igualmente que quieres una nueva, igual ceden.

Si te ponen pegas, llevas imprimido el decreto y les lees: "Artículo 123 Plazos 1.El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega."

Ellos te diran que no es asi, que tienes que ponerte en contacto con Nintendo, que blablabla, pues que sepas que: "Cuando al consumidor y usuario le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor por la falta de conformidad de los productos con el contrato podrá reclamar directamente al productor con el fin de obtener la sustitución o reparación del producto".
Es decir, solo si tu quieres, te comunicas con Nintendo.

No tengo ni idea de derecho, es lo que he deducido del decreto este, espero haberte ayudado.
-blaker- escribió:

Siento si soy pesado pero no sé ni que decirle al tío....


si te contesta que politica de nintendo tu le dices que una ley de un pais esta por encima de las normas que de nintendo a las tiendas... y que quieres tu consola y si no te la da hoja de reclamaciones.


A ver, que yo la llevaria a nintendo, pero que si t equieres meter en fregados y luchar, ahi tienes el dialogo.
Como te han comentado, citándote las leyes incluso, Gamestop debe hacerse cargo de la garantía durante los dos años. Son ellos los que se deben encargar.

Vuelves a la tienda, y le dices "arréglamela o cámbiamela. Pero hagas lo que hagas, me lo tramitas tú, y no me remitas a nintendo". Si se niega, hoja de reclamaciones (la triple). La rellenas, que te la selle o firme, le entregas su copia, y tramitas la tuya.
Algo que la gente confunde es " políticas a de Apple " o " nintendo " por mucho que tengan sus políticas deben de ser las mismas que la ley. la ley es genera para todos.
Yo te recomiendo que la mandes tu a nintendo enserio es totalmente gratis yo la mande un lunes y el viernes ya la tenia de vuelta y reparada
Niños, no compréis consolas en GameStop o GAME. Os vale más la pena iros a un ECI y quitaros dolores de cabeza.
No es por nada, pero Consumo es como un partido político, cobran y no hacen nada. Olvidaos de leyes, decretos, normas... porque luego es todo mentira. Si en la tienda no te lo quieren cambiar, vete directamente a Nintendo.

Si optas por ir a consumo, te vas a meter en una espiral descendente de tiempo, dinero y ánimos, de la que podrás salir dentro de un año como pronto, y con ésta solución: "manda la consola a Nintendo".
DevilKeeper escribió:No es por nada, pero Consumo es como un partido político, cobran y no hacen nada. Olvidaos de leyes, decretos, normas... porque luego es todo mentira. Si en la tienda no te lo quieren cambiar, vete directamente a Nintendo.

Si optas por ir a consumo, te vas a meter en una espiral descendente de tiempo, dinero y ánimos, de la que podrás salir dentro de un año como pronto, y con ésta solución: "manda la consola a Nintendo".


Indepentiendemente de Consumo, el chico sigue teniendo la opción de mandar la consola a Nintendo.

Lo que haría yo sería lo siguiente:

- Gamestop no se hace cargo de la garantía y me remite a nintendo.
- Hoja de reclamaciones a Gamestop por incumplir las leyes (las que sean. Me la sopla).
- Envío la consola a Nintendo por mi parte.

De esta forma he:

1. Solucionado mi problema.
2. Defendido mis derechos como consumidor.
Moki_X escribió:
DevilKeeper escribió:No es por nada, pero Consumo es como un partido político, cobran y no hacen nada. Olvidaos de leyes, decretos, normas... porque luego es todo mentira. Si en la tienda no te lo quieren cambiar, vete directamente a Nintendo.

Si optas por ir a consumo, te vas a meter en una espiral descendente de tiempo, dinero y ánimos, de la que podrás salir dentro de un año como pronto, y con ésta solución: "manda la consola a Nintendo".


Indepentiendemente de Consumo, el chico sigue teniendo la opción de mandar la consola a Nintendo.

Lo que haría yo sería lo siguiente:

- Gamestop no se hace cargo de la garantía y me remite a nintendo.
- Hoja de reclamaciones a Gamestop por incumplir las leyes (las que sean. Me la sopla).
- Envío la consola a Nintendo por mi parte.

De esta forma he:

1. Solucionado mi problema.
2. Defendido mis derechos como consumidor.



Perfecto apoyo la idea pero que no pase de los 15 dias
Aver como trabajador de GameStop os pongo la política de garantías, que la tengo ahora mismo delante, y que conste que no es cosa nuestra, sino de Nintendo, SONY y Microsoft. Y no solo en GameStop, sino en GAME, ECI y en cualquier sitio, ya que la tramitación de garantías la dicta el fabricante y no el vendedor.

MICROSOFT: Primeros 15 días cambio en tienda. Desde el día 16 hasta los 2 años con el SAT de MicroSoft.

SONY: Primeros 30 dias cambio en tienda. Desde el primer mes hasta los 12 meses con el SAT de SONY. Desde los 12 meses hasta los 2 años con el SAT de GameStop, ya que SONY pasados los 12 meses no se hace cargo.

NINTENDO: Desde el día 1 hasta los dos años directamente con el SAT de Nintendo.
bictor_spirit escribió:Aver como trabajador de GameStop os pongo la política de garantías, que la tengo ahora mismo delante, y que conste que no es cosa nuestra, sino de Nintendo, SONY y Microsoft. Y no solo en GameStop, sino en GAME, ECI y en cualquier sitio, ya que la tramitación de garantías la dicta el fabricante y no el vendedor.

MICROSOFT: Primeros 15 días cambio en tienda. Desde el día 16 hasta los 2 años con el SAT de MicroSoft.

SONY: Primeros 30 dias cambio en tienda. Desde el primer mes hasta los 12 meses con el SAT de SONY. Desde los 12 meses hasta los 2 años con el SAT de GameStop, ya que SONY pasados los 12 meses no se hace cargo.

NINTENDO: Desde el día 1 hasta los dos años directamente con el SAT de Nintendo.


Pero no puede ser diferente la política de devoluciones según el estado a las de las compañías que yo sepa
NewDump escribió:
bictor_spirit escribió:Aver como trabajador de GameStop os pongo la política de garantías, que la tengo ahora mismo delante, y que conste que no es cosa nuestra, sino de Nintendo, SONY y Microsoft. Y no solo en GameStop, sino en GAME, ECI y en cualquier sitio, ya que la tramitación de garantías la dicta el fabricante y no el vendedor.

MICROSOFT: Primeros 15 días cambio en tienda. Desde el día 16 hasta los 2 años con el SAT de MicroSoft.

SONY: Primeros 30 dias cambio en tienda. Desde el primer mes hasta los 12 meses con el SAT de SONY. Desde los 12 meses hasta los 2 años con el SAT de GameStop, ya que SONY pasados los 12 meses no se hace cargo.

NINTENDO: Desde el día 1 hasta los dos años directamente con el SAT de Nintendo.


Pero no puede ser diferente la política de devoluciones según el estado a las de las compañías que yo sepa


Pues eso es lo que tienen pactado los fabricantes. Por ponerte un ejemplo. Si yo te cambio directamente una Nintendo 3DS en mi tienda, luego me la tengo que comer con patatas porque Nintendo no se hace cargo de ella si no la envía el cliente directamente. Es una gilipollez, lo sé, pero en tema de garantías el fabricante es el que manda.
Pero me refiero, que si al ley dice una cosa, por mucho que digan fabricantes no pueden contradecirla no?
NewDump escribió:Pero me refiero, que si al ley dice una cosa, por mucho que digan fabricantes no pueden contradecirla no?


Ahí tienes el ejemplo de SONY, que dice que solo te da un año y por sus santisimos cojones solo te dan un año.
bictor_spirit escribió:
NewDump escribió:Pero me refiero, que si al ley dice una cosa, por mucho que digan fabricantes no pueden contradecirla no?


Ahí tienes el ejemplo de SONY, que dice que solo te da un año y por sus santisimos cojones solo te dan un año.



en ese caso denuncia no?
Por mucho que digan los fabricantes la ley le da la razon al consumidor. Ellos han aceptado las normas de este pais y por eso pueden vender su producto. Que luego se inventen sus normas es otra cosa. Pero tu con la mano en la ley tienes todas las de ganar.

Ves a consumo y veras que con una llamadita de ellos lo tendras solucionado.
Trancero escribió:Por mucho que digan los fabricantes la ley le da la razon al consumidor. Ellos han aceptado las normas de este pais y por eso pueden vender su producto. Que luego se inventen sus normas es otra cosa. Pero tu con la mano en la ley tienes todas las de ganar.

Ves a consumo y veras que con una llamadita de ellos lo tendras solucionado.



+1
No es por llevar la contraria, pero yo he ido a la Fnac a cambiar 3 consolas 3DS seguidas (me miró un tuerto [+risas] ) todas ellas a los 15-20 días porque empezaron a dar fallos, y me limité a llegar y decir "quiero cambiarla porque falla X, como no hace ni un mes que la compré, me tenéis que dar otra vosotros, que ya tuve un problema con la Wii y al llamar el SAT de Nintendo me dijo eso".

3 empleados diferentes y 3 situaciones diferentes en las que me dijeron "vale, sin problema". Comprobaron que efectivamente había un fallo, me hicieron un cheque por el valor porque dije que quería otra, y a volar. Cientos de veces se aprovechan del total desconocimiento de los derechos del consumidor.
Yo no sabía que ese era el Decreto, pero sí lo que ponía.

A mi me pasó en la FNAC, no era una consola, vale, era un MP3. Lo tuvieron durante un tiempo y al no saber nada, me puse en plan borde diciendo "cambiadmelo por otro igual o similar, la Ley me lo ampara". Se hicieron los longuis, pero a base de insistir, me llamaron y al final tuve que cambiarlo por otro similar.

Así que...una cosa es lo que digan las compañías de videojuegos y otra las leyes para los consumidores.

Saludos.
He optado por la opción:
Moki_X escribió:Indepentiendemente de Consumo, el chico sigue teniendo la opción de mandar la consola a Nintendo.

Lo que haría yo sería lo siguiente:

- Gamestop no se hace cargo de la garantía y me remite a nintendo.
- Hoja de reclamaciones a Gamestop por incumplir las leyes (las que sean. Me la sopla).
- Envío la consola a Nintendo por mi parte.

De esta forma he:

1. Solucionado mi problema.
2. Defendido mis derechos como consumidor.


Muchas gracias por los comentarios, al final he optado por enviarla a Nintendo directamente porque (como dijo un comentario anterior) demasiado esfuerzo andar con denuncias y demás historias, termino antes llamando al SAT de nintendo y santas pascuas.


Pues nada, queda el caso resuelto ya que sinceramente lo que quería era ahorrarme el mandarla al SAT por no perder mucho tiempo, pero bueno, no queda otra.

Y se agradece al trabajador del Gamestop su aportación.


Saludos chicos soys geniales ! [beer]
Trancero escribió:Ves a consumo y veras que con una llamadita de ellos lo tendras solucionado.


Siento decirte que eso no te lo crees ni tu.

Si va a consumo, éstos le van a pedir que rellene un papelaco contando lo que le ha pasado, le pedirán la consola, fotos, pruebas... y ya esta. Mandarán la cartita con esa información a la tienda, le darán un plazo de años para contestar, y si no contestan, le darán mas plazo aún, y si aún así no contesta, le darán mas plazo por si acaso.

Y si al final no contestan, como seguramente la tienda no esté adherida al servicio de arbitraje, consumo le dará una dulce patada en los cojones, y le sacarán del local.

Consumo no puede obligar a las tiendas a NADA. Por muchas leyes y derechos que creéis que nos amparan, es todo MENTIRA. Consumo sólo puede mandar cartitas a las tiendas para decir "Tengo aquí a un pesado que se queja de tu tienda". Y ya. Ahí termina su gran labor en pos de los derechos de los consumidores.

Consumo existe para darnos una falsa sensación de seguridad, para que gastemos el dinero comprando alegremente sin ningún tipo de recelo.

Creeme, tu salud te agradece que hayas enviado la consola a Nintendo. En cuanto a la hoja de reclamación, como si les hubieras dado tu curriculum, tanto para la tienda, como para consumo.
bictor_spirit escribió:Aver como trabajador de GameStop os pongo la política de garantías, que la tengo ahora mismo delante, y que conste que no es cosa nuestra, sino de Nintendo, SONY y Microsoft. Y no solo en GameStop, sino en GAME, ECI y en cualquier sitio, ya que la tramitación de garantías la dicta el fabricante y no el vendedor.

MICROSOFT: Primeros 15 días cambio en tienda. Desde el día 16 hasta los 2 años con el SAT de MicroSoft.

SONY: Primeros 30 dias cambio en tienda. Desde el primer mes hasta los 12 meses con el SAT de SONY. Desde los 12 meses hasta los 2 años con el SAT de GameStop, ya que SONY pasados los 12 meses no se hace cargo.

NINTENDO: Desde el día 1 hasta los dos años directamente con el SAT de Nintendo.


Correcto, en GAME es exactamente lo mismo. A partir del 16º día de la compra, el cliente se debe poner en contacto con el fabricante para gestionar la garantía, sea por teléfono o por email. Si a pesar de todo el cliente no quiere realizar ese sencillo trámite, lo único que podemos hacer desde la tienda es llamar nosotros mismos al fabricante con el cliente delante, pero igualmente la consola la recogen en su casa y se la devuelven...
DevilKeeper escribió:
Trancero escribió:Ves a consumo y veras que con una llamadita de ellos lo tendras solucionado.


Siento decirte que eso no te lo crees ni tu.

Si va a consumo, éstos le van a pedir que rellene un papelaco contando lo que le ha pasado, le pedirán la consola, fotos, pruebas... y ya esta. Mandarán la cartita con esa información a la tienda, le darán un plazo de años para contestar, y si no contestan, le darán mas plazo aún, y si aún así no contesta, le darán mas plazo por si acaso.

Y si al final no contestan, como seguramente la tienda no esté adherida al servicio de arbitraje, consumo le dará una dulce patada en los cojones, y le sacarán del local.

Consumo no puede obligar a las tiendas a NADA. Por muchas leyes y derechos que creéis que nos amparan, es todo MENTIRA. Consumo sólo puede mandar cartitas a las tiendas para decir "Tengo aquí a un pesado que se queja de tu tienda". Y ya. Ahí termina su gran labor en pos de los derechos de los consumidores.

Consumo existe para darnos una falsa sensación de seguridad, para que gastemos el dinero comprando alegremente sin ningún tipo de recelo.

Creeme, tu salud te agradece que hayas enviado la consola a Nintendo. En cuanto a la hoja de reclamación, como si les hubieras dado tu curriculum, tanto para la tienda, como para consumo.


Y eso lo dices por...? ¿Alguna experiencia personal? Me interesa...

En el hilo de las patatas fritas en el cine, aparecen comentarios diciendo que a algunos cines le cascaron multas gordas por pasar de las hojas de reclamaciones, por ejemplo...

Así que sí que sirven para algo.
DevilKeeper escribió:
Trancero escribió:Ves a consumo y veras que con una llamadita de ellos lo tendras solucionado.


Siento decirte que eso no te lo crees ni tu.

Si va a consumo, éstos le van a pedir que rellene un papelaco contando lo que le ha pasado, le pedirán la consola, fotos, pruebas... y ya esta. Mandarán la cartita con esa información a la tienda, le darán un plazo de años para contestar, y si no contestan, le darán mas plazo aún, y si aún así no contesta, le darán mas plazo por si acaso.

Y si al final no contestan, como seguramente la tienda no esté adherida al servicio de arbitraje, consumo le dará una dulce patada en los cojones, y le sacarán del local.

Consumo no puede obligar a las tiendas a NADA. Por muchas leyes y derechos que creéis que nos amparan, es todo MENTIRA. Consumo sólo puede mandar cartitas a las tiendas para decir "Tengo aquí a un pesado que se queja de tu tienda". Y ya. Ahí termina su gran labor en pos de los derechos de los consumidores.

Consumo existe para darnos una falsa sensación de seguridad, para que gastemos el dinero comprando alegremente sin ningún tipo de recelo.

Creeme, tu salud te agradece que hayas enviado la consola a Nintendo. En cuanto a la hoja de reclamación, como si les hubieras dado tu curriculum, tanto para la tienda, como para consumo.



Pues mi experiencia no dice lo mismo cuando en su dia me salio defectuosa la game boy color de aquellos años. Y asi de simple en la oficina de Consumo de Barcelona llamaron a los del FNAC(plaza cataluña) explicandoles el problema. Se puso el jefe de departamento de electronica, escucho el problema que habia y ademas se le estaba recordando todas las leyes que estaban a mi favor( El de consumo se las sabia de memoria, me quede a gusto escucharle). Y la respuesta del Jefe de departamento fue dame el numero de referencia del tiquet. Pasaron unos minutos para su comprobacion y nos dijeron que podian pasarse esta misma tarde para el reemplazo de una game boy color nueva.

Asi de simple y asi de facil. Eso de que tienen que pasar unos años, no te lo crees ni tu. Instaurando miedo a los consumidores para que no se quejen.

Os invito a que vayais a consumo que para eso estan. Y no me hizo falta fotos. Me lleve ese mismo dia la consola.
Trancero escribió:

Pues mi experiencia no dice lo mismo cuando en su dia me salio defectuosa la game boy color de aquellos años. Y asi de simple en la oficina de Consumo de Barcelona llamaron a los del FNAC(plaza cataluña) explicandoles el problema. Se puso el jefe de departamento de electronica, escucho el problema que habia y ademas se le estaba recordando todas las leyes que estaban a mi favor( El de consumo se las sabia de memoria, me quede a gusto escucharle). Y la respuesta del Jefe de departamento fue dame el numero de referencia del tiquet. Pasaron unos minutos para su comprobacion y nos dijeron que podian pasarse esta misma tarde para el reemplazo de una game boy color nueva.

Asi de simple y asi de facil. Eso de que tienen que pasar unos años, no te lo crees ni tu. Instaurando miedo a los consumidores para que no se quejen.

Os invito a que vayais a consumo que para eso estan. Y no me hizo falta fotos. Me lleve ese mismo dia la consola.


Me pasó lo mismo que al compañero de arriba con un MacBook Pro que compré en ECI. A los pocos días de comprarlo se ponía a 100ºC tranquilamente a los 5 minutos de encenderlo, y le salieron unas manchas en el cristal. Me dijeron que no me lo iban a cambiar (y es raro, no suelen poner pegas) y que lo mandase al SAT. Obviamente el ordenador tenía un problema de fábrica y no me daba la gana haber pagado para llevarme uno reparado. Me cogí el BOE y busqué los artículos que referían los derechos del consumidor. Llamé al encargado, que ya me había mandado a espigar varias veces, y le dije que tenían que cambiármelo por ley. Empezó a reírse hasta que le dije que había ido a consumo y me habían detallado mis derechos. Le leí los artículos del BOE y se le paró la risa en seco. Le dije que me habían dicho que informase, y si aún así no me lo cambiaban, que entonces hacían efectiva la denuncia. Me contestó que al día siguiente a primera hora podía pasar a recoger uno nuevo.
DevilKeeper escribió:
Trancero escribió:Ves a consumo y veras que con una llamadita de ellos lo tendras solucionado.


Siento decirte que eso no te lo crees ni tu.

Si va a consumo, éstos le van a pedir que rellene un papelaco contando lo que le ha pasado, le pedirán la consola, fotos, pruebas... y ya esta. Mandarán la cartita con esa información a la tienda, le darán un plazo de años para contestar, y si no contestan, le darán mas plazo aún, y si aún así no contesta, le darán mas plazo por si acaso.

Y si al final no contestan, como seguramente la tienda no esté adherida al servicio de arbitraje, consumo le dará una dulce patada en los cojones, y le sacarán del local.

Consumo no puede obligar a las tiendas a NADA. Por muchas leyes y derechos que creéis que nos amparan, es todo MENTIRA. Consumo sólo puede mandar cartitas a las tiendas para decir "Tengo aquí a un pesado que se queja de tu tienda". Y ya. Ahí termina su gran labor en pos de los derechos de los consumidores.

Consumo existe para darnos una falsa sensación de seguridad, para que gastemos el dinero comprando alegremente sin ningún tipo de recelo.

Creeme, tu salud te agradece que hayas enviado la consola a Nintendo. En cuanto a la hoja de reclamación, como si les hubieras dado tu curriculum, tanto para la tienda, como para consumo.



Como puedes comprobar por las replicas el que no se lo cree ni tu es ese mismo, tu [fumando]
Aqui en Vizcaya y Burgos (que es lo que yo conozco) consumo funciona en mi caso y el de conocidos, familiares y amigo funciona DE CINE. Otra cosa es que en tu ciudad/aldea/pueblo no te hayan echo caso, eso ya es otra cosa, pero no hay que generalizar porque puedes llevarte un zas en toda la boca por afirmar algo que no es cierto.
Si no te quieren atender con la garantía. Al menos ponles una hoja de reclamaciones y les tocas los "webs" un rato.

Seguro que estos te han encalomado una de 2ª mano o de muestra y se quieren quitar el muerto de encima.
Y yo te digo que si es cierto. Tu estás afirmando que vas a consumo, le dices "esta tienda es mala conmigo", y ellos como buena madre, llaman a la tienda para regañarla, y eso NO es así.

Que en FNAC y en ECI le hagan felaciones a los clientes, no quiere decir nada. Prueba a hacerlo contra un pequeño comercio, y veremos que pasa. Si tienes suerte y pillas con vendedores honrados, sacarás algo. Como tengas mala suerte... olvidate.

A mi me vendieron una Nintendo DS y cuando la abrí en casa resultó ser americana, no arrancaba, le faltaban tornillos, el cargador era falso y estaba dado de alta en la red de artículos peligrosos de Consumo. Fui a la tienda a por mi dinero, el mismo día que la compré, y todo lo que logré fue poner la hoja de reclamaciones. Al día siguiente fui a consumo con el enlace de su propia página donde aparecía el cargador, con la consola, fotos de la original, enlaces de Nintendo... y consumo le mandó la cartita a la tienda y ale, a esperar creo que unos 3 o 4 meses a que contestaran tranquilamente.

Y mientras yo buscando leyes, moviendo hilos... de tal manera que hasta un abogado de Nintendo se puso en contacto conmigo para respaldarme. Total, que la tienda dijo que me daban un cargador original y ya. Que la consola la mandara a Nintendo (¡pero si le faltan tornillos!).

Después de mil vueltas y unos 6 meses, llegué a hablar con el jefe de consumo de la ciudad, que me dió la dirección de la oficina de los Inspectores, con quieres fui a hablar, y me mandaron a mi casa.

Seguí dando la vara, y supuestamente, al final hicieron una inspección a la tienda. El resultado: nada. Volví a hablar con los inspectores enseñandoles el cargador, su página de artículos peligrosos... y me mandaron a casa.

Y al final me fui a armar bronca a la tienda, y tras varias amenazas logré un maldito vale que gastarme allí.

Labor de consumo en éste caso: Enviar una carta.
Por supuesto, la tienda, 2 o 3 años después, sigue vendiendo esas mismas consolas manipuladas y con cargadores falsos. Ha habido varios casos mas como el mío en el barrio, y todos con el mismo resultado.

Y mi segunda experiencia, igual. Compra mi novia una minicadena, a los dos días no reproduce CDs. La llevamos a la tienda y nos dicen que la mandan a Madrid. Al día siguiente nos llaman, que pasemos a por ella (¿ha ido y vuelto a Madrid, y ha sido reparada, y todo en una tarde?). Resultado: sigue sin funcionar.

Ale, a consumo. Cartita, 4 meses de espera, la tienda no contesta, otros 4 meses... Y al final, a arbitraje de consumo. Allí explicamos el problema, el de la tienda reconoce el fallo, reconoce que no se envió a arreglar, reconoce que lo ha hecho todo mal, y quedamos a la espera de la resolución que estime conveniente consumo. OTROS 4 MESES DE ESPERA.

Resolución de consumo: "El de la tienda ha contratado a un perito que ha dicho que es fallo por mal uso". (¿¿En dos días de uso??). "Por lo tanto, no podemos hacer nada. Que disfrute de su minicadena que no lee CDs".

Eso es consumo.
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