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Raul Martinez escribió:A mi, éstos políticos que quieren cambiar las leyes para seguir en el poder por los siglos de los siglos, no me merecen respeto alguno, por lo tanto no sé si el ejercito habrá obrado bien parándole los pies, pero como se suele decir, le dijo la sárten al mango...
Saudade escribió:Raul Martinez escribió:A mi, éstos políticos que quieren cambiar las leyes para seguir en el poder por los siglos de los siglos, no me merecen respeto alguno, por lo tanto no sé si el ejercito habrá obrado bien parándole los pies, pero como se suele decir, le dijo la sárten al mango...
No estoy muy enterado, pero por lo que he leído no es así. La reforma pretende (entre otras cosas) que un presidente pueda ser elegido más de una vez, es decir, igual que aquí. Nada de perpetuarse en el poder.
halo2 escribió:Saudade escribió:Raul Martinez escribió:A mi, éstos políticos que quieren cambiar las leyes para seguir en el poder por los siglos de los siglos, no me merecen respeto alguno, por lo tanto no sé si el ejercito habrá obrado bien parándole los pies, pero como se suele decir, le dijo la sárten al mango...
No estoy muy enterado, pero por lo que he leído no es así. La reforma pretende (entre otras cosas) que un presidente pueda ser elegido más de una vez, es decir, igual que aquí. Nada de perpetuarse en el poder.
Eso diselo al dictador Chavez
halo2 escribió:Saudade escribió:Raul Martinez escribió:A mi, éstos políticos que quieren cambiar las leyes para seguir en el poder por los siglos de los siglos, no me merecen respeto alguno, por lo tanto no sé si el ejercito habrá obrado bien parándole los pies, pero como se suele decir, le dijo la sárten al mango...
No estoy muy enterado, pero por lo que he leído no es así. La reforma pretende (entre otras cosas) que un presidente pueda ser elegido más de una vez, es decir, igual que aquí. Nada de perpetuarse en el poder.
Eso diselo al dictador Chavez
Salchichonio escribió:El ejército debería estar controlado de forma que esto jamás pudiera volver a darse en ningún lugar del mundo
Salchichonio escribió:Yo por quien lo siento es por el pueblo hondureño. Aun recuerdo el tremendo clima de miedo e incertidumbre de aquel infame 23-F en España.
El ejército debería estar controlado de forma que esto jamás pudiera volver a darse en ningún lugar del mundo. Es lamentable leer las noticias que van surgiendo (increíblemente eclipsadas por lo de Michael Jackson) y comprobar cómo algunos comentarios apoyan el golpe de Estado.
PainKiller escribió:Salchichonio escribió:Pues que un presidente mandatario tuviera la plena seguridad de que no le pueden quitar del puesto, pese a estar cagandola y haciendo lo que le sale de los cojones, tampoco creo que fuera algo bueno.
Salchichonio escribió:Ignoro si este presidente estuvo "cagándola" como dices. Pero ése no es motivo para dar un golpe de Estado.
El pueblo eligió mediante votación a este señor. ¿Ha dejado el ejército que el pueblo vote para que decidan si le permiten dar un golpe de Estado?
¿Dónde está la democracia que tanto anhelamos los pueblos en este acto de fuerza?
zatu_ escribió:Parece que Obama ha sacado a la CIA a pasear de nuevo por Sudamérica..
Hadesillo escribió:"Preguntarle a su pueblo si quiere que su presidente democrático gobierne más de una legislatura es un hecho gravísimo y merece un golpe de estado militar".
¿Quién está a favor y quién en contra de esa afirmación?
Uf, que poco se cree lo de la democracia la derecha de España.
Salchichonio escribió:Pues yo pienso que este señor no estaba haciendo nada arbitrario ni tan excepcional.
zatu_ escribió:Parece que Obama ha sacado a la CIA a pasear de nuevo por Sudamérica..
Fistroman escribió:Hadesillo escribió:"Preguntarle a su pueblo si quiere que su presidente democrático gobierne más de una legislatura es un hecho gravísimo y merece un golpe de estado militar".
¿Quién está a favor y quién en contra de esa afirmación?
Uf, que poco se cree lo de la democracia la derecha de España.
Hola,
Hay un golpe de estado en Honduras y ahora resulta que la culpa la tiene la derecha española. Se ve que no tardan mucho en atribuir roles sin venir a cuento. ¿Qué tiene que ver la derecha española y la fe democrática con Honduras? Poco cree cierta izquierda española en la democracia cuando atribuye la condición de demócratas solamente a los que piensen como ellos.
Saludos.
Azareus escribió:Un aplauso para el ejercito hondureño, que hace cumplir la constitución y las sentencias del TS. Ya está bien de la perpetuación en el poder, la cuál lo que consigue es corrupción política al por mayor (más aún).
Hadesillo escribió:...
Azareus escribió:Un aplauso para el ejercito hondureño, que hace cumplir la constitución y las sentencias del TS. Ya está bien de la perpetuación en el poder, la cuál lo que consigue es corrupción política al por mayor (más aún).
zibergazte escribió:El tio quiere hacer un referendum y el ejercito lo vota del pais... y alguno aplaudiendolo...
tenemos diferentes formas de entender la democracia por lo que veo... xD
Salchichonio escribió:Azareus escribió:Un aplauso para el ejercito hondureño, que hace cumplir la constitución y las sentencias del TS. Ya está bien de la perpetuación en el poder, la cuál lo que consigue es corrupción política al por mayor (más aún).
Tan grave no es la consulta como para "hacer cumplir la constitución" por medios militares. No quiero ni imaginar qué ocurriría en el mundo si cada decisión de "legalidad controvertida" fuera motivo de movilización militar.
Esa "perpetuación" que dices sería sólo por libre decisión del pueblo, nunca sería algo impuesto. ¿Sería tan grave que en España pudiéramos votar por Zapatero, Rajoy u otro candidato por dos, tres o más legislaturas seguidas? ¿Esa extensión de la libertad democrática sería motivo para un golpe de Estado? ¿Qué hay de malo en darle libertad de elección al pueblo?
No sé si eres español, pero si es así, no creo que "aplaudieras" con tanto entusiasmo si Zapatero fuera depuesto por la fuerza y el ejército ocupara ahora las calles de Madrid y otros lugares. Pregúntale a quienes vivieron el 23-F qué se siente.
Azareus escribió:Este tío fue el primero que quiso dar el golpe de estado con su consulta ilegal, como así declararon las cortes supremas de su país. Si ordenaron su detención, ¿qué debe de hacer el ejercito?. Yo no estoy de acuerdo con su deportación, sí con pararle los pies y que se olvide de su consulta mientras sea ilegal.
Azareus escribió:
Este tío fue el primero que quiso dar el golpe de estado con su consulta ilegal, como así declararon las cortes supremas de su país. Si ordenaron su detención, ¿qué debe de hacer el ejercito?. Yo no estoy de acuerdo con su deportación, sí con pararle los pies y que se olvide de su consulta mientras sea ilegal.
El seño Berlusconi hace mucho que debería de estar en prisión, y si no lo está es porque además de ser el amo y señor de todo el país modificando las leyes a su antojo y siendo el dueño de casi todos los medios de comunicación la mayoría de los italianos le sigue votando. ¿Eso hace que el señor Berlusconi porque lo haya elegido el pueblo merezca ser presidente?. Yo creo que no.
Deibis escribió:De hecho conozco un país donde hay partidos que no se pueden presentar y todavía lo llaman democracia.
+1Deibis escribió:Hay que tener narices para llamar a Chavez o a Zelaya dictadores, cuando en sus países se dan elecciones democráticas avaladas por la ONU. Debe ser que no gusta que los pobres sean menos pobres, que tengan derecho a una sanidad y una educación digna. Pero claro, eso implica que las multinacionales no puedan hacer lo que les de la gana en esos países explotando a los pobres y dejándolos más pobres todavía. De hecho conozco un país donde hay partidos que no se pueden presentar y todavía lo llaman democracia.
Honduras escribió:El presidente de Honduras pretendía cambiar la Constitución para que se permitiera la reeleción, algo que está prohibido por la propia Carta Magna. No sólo está prohibido: además, prohíbe que se reforme dicho artículo y ordena que quien proponga la reforma sea castigado (artículos 239 y 240), como ha ocurrido con Zelaya.
Honduras escribió:En las décadas de los 50, 60 y 70 se sucedieron las dictaduras y los golpes de Estado en Honduras. Al contrario que anteriormente, los militares no han conservado el poder tras el golpe, ya que han permitido que Micheletti sea investido.
Honduras escribió:A la consulta se oponían el Ejército, la Corte Suprema y el Congreso.
927PoWeR escribió:2º.- NADIE de la clase Legislativa/Judicial/Militar lo apoyaba, es decir, sólo el pueblo, pero eso es otra cosa, las LEYES, en la teoría, están PARA QUE LAS OBEDEZCAN TODOS SIN EXCEPCIÓN y si son "injustas" y/o coercitivas, se han de CAMBIAR, pero de forma "legal", no a las bravas.
Buscavidas escribió:927PoWeR escribió:2º.- NADIE de la clase Legislativa/Judicial/Militar lo apoyaba, es decir, sólo el pueblo, pero eso es otra cosa, las LEYES, en la teoría, están PARA QUE LAS OBEDEZCAN TODOS SIN EXCEPCIÓN y si son "injustas" y/o coercitivas, se han de CAMBIAR, pero de forma "legal", no a las bravas.
La constitución de ningún país es sagrada, en EEUU se cambia mediante enmiendas; ¿cómo iba a cambiar esas leyes injustas si la propia constitución se lo impedia? ¿qué vale más un trozo de papel y un puñado de leyes hechas a la medida de los poderosos, o la voluntad del pueblo?
Salu2
Buscavidas escribió:927PoWeR escribió:2º.- NADIE de la clase Legislativa/Judicial/Militar lo apoyaba, es decir, sólo el pueblo, pero eso es otra cosa, las LEYES, en la teoría, están PARA QUE LAS OBEDEZCAN TODOS SIN EXCEPCIÓN y si son "injustas" y/o coercitivas, se han de CAMBIAR, pero de forma "legal", no a las bravas.
La constitución de ningún país es sagrada, en EEUU se cambia mediante enmiendas; ¿cómo iba a cambiar esas leyes injustas si la propia constitución se lo impedia? ¿qué vale más un trozo de papel y un puñado de leyes hechas a la medida de los poderosos, o la voluntad del pueblo?
Salu2
Artículo 239 escribió:El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o Designado.
El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos, y quedarán inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función pública.
Artículo 240 escribió:No pueden ser elegidos Presidente de la República:
1. Los Designados a la Presidencia de la República, Secretarios y Subsecretarios de Estado, Miembros del Tribunal Nacional de Elecciones, Magistrados y Jueces del Poder Judicial, Presidentes, Vicepresidentes, Gerentes, Subgerentes, Directores, Subdirectores, Secretarios Ejecutivos de instituciones descentralizadas, Contralor y Subcontralor General de la República, Procurador y Subprocurador General de la República, Director y Subdirector de Probidad Administrativa, que hayan ejercido sus funciones durante los seis meses anteriores a la fecha de elección del Presidente de la República;
2. Los oficiales jefes y oficiales generales de las Fuerzas Armadas;
3. Los jefes superiores de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Policía o de Seguridad del Estado;
4. Los militares en servicio activo y los miembros de cualquier otro cuerpo armado que hayan ejercido sus funciones durante los últimos doce meses anteriores a la fecha de elección;
5. El cónyuge y los parientes de los jefes militares, miembros del Consejo Superior de las Fuerzas Armadas, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad;
6. Los parientes del Presidente y de los Designados que hubieren ejercido la Presidencia en el año precedente a la elección, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
7. Los representantes o apoderados de empresas concesionarias del Estado, los concesionarios del Estado para la explotación de riquezas naturales o contratistas de servicios y obras públicas que se costeen con fondos nacionales, y quienes por tales conceptos tengan cuentas pendientes con el Estado.
Blytk escribió:Si no lo he entendido mal, la propia Constitución impedía de forma expresa la reforma de este apartado. Si no hay forma de evitar eso, buscando algun vacío o lo que sea, no se puede y punto. Si no se respeta la Constitución no queda nada sólido a lo que agarrarse
Buscavidas escribió:Blytk escribió:Si no lo he entendido mal, la propia Constitución impedía de forma expresa la reforma de este apartado. Si no hay forma de evitar eso, buscando algun vacío o lo que sea, no se puede y punto. Si no se respeta la Constitución no queda nada sólido a lo que agarrarse
Pongamos que X constitución permite el esclavismo, ¿por ser la Consitución hay que respetarla?
Salu2
Buscavidas escribió:Blytk escribió:Si no lo he entendido mal, la propia Constitución impedía de forma expresa la reforma de este apartado. Si no hay forma de evitar eso, buscando algun vacío o lo que sea, no se puede y punto. Si no se respeta la Constitución no queda nada sólido a lo que agarrarse
Pongamos que X constitución permite el esclavismo, ¿por ser la Consitución hay que respetarla?
Salu2
Artículo 254 escribió:El Presidente de la República tiene la administración general del Estado: son sus atribuciones:
1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados y convenciones, leyes y demás disposiciones legales;
2. Dirigir la política general del Estado y representarlo;
3. Mantener incólume la independencia y el honor de la República, la integridad e inviolabilidad del territorio nacional;
4. Mantener la paz y seguridad interior de la República y repeler todo ataque o agresión exterior;
5. Nombrar y separar libremente a los Secretarios y Subsecretarios de Estado, y a los demás funcionarios y empleados cuyo nombramiento no esté atribuido a otras autoridades;
6. Excitar al Congreso Nacional a sesiones extraordinarias por medio de la Comisión Permanente o proponerle la prórroga de las ordinarias;
7. Restringir o suspender el ejercicio de derechos, de acuerdo con el Consejo de Ministros, con sujeción a lo establecido en esta Constitución;
8. Dirigir mensajes al Congreso Nacional en cualquier época, y obligatoriamente en forma personal y por escrito al instalarse cada legislatura ordinaria;
9. Participar en la formación de las leyes presentando proyectos al Congreso Nacional por medio de los Secretarios de Estado;
10. Dar a los Poderes Legislativo, Judicial y Tribunal Nacional de Elecciones, los auxilios y fuerzas que necesiten para hacer efectivas sus resoluciones;
11. Emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la ley;
12. Dirigir la política y las relaciones internacionales;
13. Celebrar tratados y convenios, ratificar, previa aprobación del Congreso Nacional, los Tratados Internacionales de carácter político, militar, los relativos al territorio nacional, soberanía y concesiones, los que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Pública o los que requieran modificación o derogación de alguna disposición constitucional o legal y los que necesiten medidas legislativas para su ejecución;
14. Nombrar los jefes de misión diplomática y consular de conformidad con la ley del Servicio Exterior que se emita, quienes deberán ser hondureños por nacimiento, excepto si se trata de un cargo ad-honorem o de representaciones conjuntas de Honduras con otros Estados;
15. Recibir a los jefes de misiones diplomáticas extranjeras, a los representantes de organizaciones internacionales; expedir y retirar el Exequátur a los Cónsules de otros Estados;
16. Ejercer el mando en Jefe de las Fuerzas Armadas en su carácter de Comandante General, y adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República;
17. Declarar la guerra y hacer la paz en receso del Congreso Nacional, el cual deberá ser convocado inmediatamente;
18. Velar en general, por la conducta oficial de los funcionarios y empleados públicos para la seguridad y prestigio del gobierno y del Estado;
19. Administrar la Hacienda Pública;
20. Dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiera el interés nacional, debiendo dar cuenta al Congreso Nacional;
21. Negociar empréstitos, efectuar su contratación previa aprobación del Congreso Nacional cuando corresponda;
22. Formular el Plan Nacional de Desarrollo, discutirlo en Consejo de Ministros, someterlo a la aprobación del Congreso Nacional, dirigirlo y ejecutarlo;
23. Regular las tarifas arancelarias de conformidad con la ley;
24. Indultar y conmutar las penas conforme a la ley;
25. Conferir condecoraciones conforme a la ley;
26. Hacer que se recauden las rentas del Estado y reglamentar su inversión con arreglo a la ley;
27. Publicar trimestralmente el Estado de Ingresos y Egresos de la Renta Pública;
28. Organizar, dirigir, orientar y fomentar la educación pública, erradicar el analfabetismo, difundir y perfeccionar la educación técnica;
29. Adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes;
30. Dirigir la política económica y financiera del Estado;
31. Ejercer vigilancia y control de las instituciones bancarias, aseguradoras y financieras por medio de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, cuya integración y funcionamiento se regirá en virtud de una ley especial y nombrar los presidentes y vicepresidentes de los Bancos del Estado, conforme a la Ley;
32. Dictar todas las medidas y disposiciones que estén a su alcance para promover la rápida ejecución de la Reforma Agraria y el desarrollo de la producción y la productividad en el agro;
33. Sancionar, vetar, promulgar y publicar las leyes que apruebe el Congreso Nacional;
34. Dirigir y apoyar la política de Integración Económica y Social, tanto nacional como internacional, tendiente al mejoramiento de las condiciones de vida del pueblo hondureño;
35. Crear, mantener y suprimir servicios públicos y tomar las medidas que sean necesarias para el buen funcionamiento de los mismos;
36. Conferir grados militares desde Subteniente hasta Capitán, inclusive;
37. Velar porque el Ejército se apolítico, esencialmente profesional y obediente;
38. Conceder y cancelar cartas de naturalización, autorizadas por el Poder Ejecutivo, conforme a la ley;
39. Conceder pensiones, gratificaciones y aguinaldos, de acuerdo con la ley;
40. Conceder personalidad jurídica a las asociaciones civiles de conformidad con la ley;
41. Velar por la armonía entre el capital y el trabajo;
42. Revisar y fijar el salario mínimo de conformidad con la Ley;
43. Permitir o negar, previa autorización del congreso Nacional, el tránsito por el territorio de Honduras de tropas de otro país;
44. Permitir previa autorización del Congreso Nacional, la salida de tropas hondureñas a prestar servicios en territorio extranjero, de conformidad con los tratados y convenciones internacionales para operaciones sobre el mantenimiento de la paz; y,
45. Las demás que le confiere la Constitución y las leyes;
927PoWeR escribió:No usemos la DEMAGOGIA.