La herencia ha tenido una evolución a lo largo del tiempo, ya que por ejemplo, hasta el Antiguo Régimen, lo habitual en las familias nobles, era que sólo el primer hijo heredaba, y el resto tenían que buscarse la vida. Es lo que se llama "Mayorazgo", una institución rancia y discriminatoria que por supuesto alguien echará de menos, pero que hoy sería inconstitucional. Por ejemplo, el Padre Feijoo, era el primer hijo de una familia noble, y como quería hacerse sacerdote, renunció al mayorazgo, y se metió en el seminario. Eso en el siglo XVII era algo insólito. Lo normal habría sido que su hermano pequeño, al que no le tocaría nada, hubiera sido el que se metiese a cura.
Afortunadamente, en España, a día de hoy, la herencia por ley es igualitaria, no diferencia a hombres de mujeres, y nadie puede excluir de su herencia a un hijo sin una razón sólida y justificada, que no suele darse. Un padre no puede hacer un testamento diciendo: "a mi hijo fulanito le dejo todo, y a mi hijo menganito, no le doy nada" porque el notario no se lo va a aceptar.w
Así que la pregunta que se tendría que hacer el autor del hilo, es si una persona tiene derecho a recibir la herencia que le corresponde por ley, aunque su padre o madre no se la quiera dar, y aunque sus hermanos se pongan de acuerdo para apropiarse de su parte, por ejemplo.