Bauer8056 escribió:Joder Patxo vaya problemas. El tema es que el código penal castiga la mera tenencia de esas armas, pero la Fiscalía ha indicado que se tiene que entender que en el caso de armas blancas la simple posesión de ellas no puede ser delito, que hace falta algo más, como comerciar o llevarlas en centros públicos.
Está en esta consulta :
https://www.fiscal.es/fiscal/PA_WebApp_ ... 470e2bf2ebtl;dr:
Quiere con ello decirse que la
tenencia de armas prohibidas a que se refiere el art. 563 sólo es integrable,
tratándose de armas que no son de fuego, por aquellas conductas en que la
tenencia tiene una traducción dinámica consistente en comerciar, portarlas en
establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o
esparcimiento o utilizarlas sin adoptar las medidas necesarias para no causar
peligro o daños a personas o cosas. Nunca la simple y nuda posesión de los
objetos descritos en el art. 4. 1. f) y h), podrán colmar las exigencias del tipo de
injusto que acoge el art. 563 del Cp.
En principio podrías tenerlas en tu casa como coleccionismo. Si quieres deshacerte de ellas, iría directamente a los mossos (sin llevarlo encima), haciendo hincapié en que son de coleccionismo, de cuando tenías 13 años y que no quieres problemas, y por eso no lo vas a poner en wallapop. Tampoco lo daría a ningún forero entusiasmado por tenerlas si estuviera en tu lugar
Edit, de todas maneras
@patxo , cuidado, porque las llaves de pugilato, o los puños americanos (vaya tela ...
), sí que por lo menos administrativamente y potencialmente penalmente, están sancionados, el tema está en los arts. 4 y 5 del reglamento de armas
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 93.html#a4No sé mucho más del tema y no me responsabilizo de las consecuencias del consejo, la mejor idea como siempre sería consultar un abogado, pero si tampoco es cuestión de eso, me empollaría un poco el reglamento