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Papitxulo escribió:seaman escribió:Papitxulo escribió:Al contrario. Que se acredite la escolarización del menor significa exactamente eso, que fue escolarizado (parece mentira que tenga que explicar que "escolarizar" significa "escolarizar" ). Más sobre este tema en el texto de la sentencia:
Madre de dios, es inútil hablar con vuestro grupito.
Me he confundido, estaba "escolarizado" donde la madre que no tiene ni puta idea le daba "clases" donde el propio chaval dice que no estudiaba.
Sigue defendiendo a la tipeja está.
Si prefieres hacer caso a Libertad Digital antes que a la sentencia, no voy a ser yo quien te lo impida.
Buenas noches.
seaman escribió:Papitxulo escribió:seaman escribió:
Madre de dios, es inútil hablar con vuestro grupito.
Me he confundido, estaba "escolarizado" donde la madre que no tiene ni puta idea le daba "clases" donde el propio chaval dice que no estudiaba.
Sigue defendiendo a la tipeja está.
Si prefieres hacer caso a Libertad Digital antes que a la sentencia, no voy a ser yo quien te lo impida.
Buenas noches.
Viene de un artículo de El País.
Cierto, es mejor hacer caso a la sentencia, le cayeron 2 años y medio y le quitaron la patria potestad por ser una madre modelo.
Papitxulo escribió:seaman escribió:Papitxulo escribió:Si prefieres hacer caso a Libertad Digital antes que a la sentencia, no voy a ser yo quien te lo impida.
Buenas noches.
Viene de un artículo de El País.
Cierto, es mejor hacer caso a la sentencia, le cayeron 2 años y medio y le quitaron la patria potestad por ser una madre modelo.
Que va; fue condenada por sustracción de menores, absuelta de una acusación de abandono de familia y posteriormente se le ha concedido un indulto parcial.
Papitxulo escribió:seaman escribió:Papitxulo escribió:Si prefieres hacer caso a Libertad Digital antes que a la sentencia, no voy a ser yo quien te lo impida.
Buenas noches.
Viene de un artículo de El País.
Cierto, es mejor hacer caso a la sentencia, le cayeron 2 años y medio y le quitaron la patria potestad por ser una madre modelo.
Que va; fue condenada por sustracción de menores, absuelta de una acusación de abandono de familia y posteriormente se le ha concedido un indulto parcial.
pacopolo escribió:Papitxulo escribió:seaman escribió:
Viene de un artículo de El País.
Cierto, es mejor hacer caso a la sentencia, le cayeron 2 años y medio y le quitaron la patria potestad por ser una madre modelo.
Que va; fue condenada por sustracción de menores, absuelta de una acusación de abandono de familia y posteriormente se le ha concedido un indulto parcial.
Se ve que la sentencia importa solamente cuando te conviene
En fin, yo solamente sentía curiosidad por saber tu postura sobre el caso, que es tal y como me imaginaba. Me gustaría saber cuándo es culpable una mujer de un delito según tu manera de pensar. Supongo que nunca. Ya sabes, la justicia española, que tiene un sesgo contra la mujer...
seaman escribió:Papitxulo escribió:seaman escribió:
Viene de un artículo de El País.
Cierto, es mejor hacer caso a la sentencia, le cayeron 2 años y medio y le quitaron la patria potestad por ser una madre modelo.
Que va; fue condenada por sustracción de menores, absuelta de una acusación de abandono de familia y posteriormente se le ha concedido un indulto parcial.
No, si abandonada no la tenía, la tenía encerrada en el sótano y con la llave echada.
La verdad, paso a ignorarte porque me están dando arcadas tus comentarios como si te alegraras de que secuestran hijos y mierdas así.
Papitxulo escribió:¿He dicho que la mujer no es culpable?. Primera noticia.
SUSTRACCIÓN DE MENORES. La madre acusada no entregó al menor a su padre que tenía la atribuida judicialmente la guarda y custodia, manteniendo oculto su paradero, cambiando su residencia y la del menor por diferentes puntos de España. Comisión a título de dolo eventual, en el que prima el elemento intelectivo o cognoscitivo sobre el volitivo, bastando con que la autora haya tenido conocimiento del peligro concreto para los bienes tutelados. Conocimiento del proceso civil en que se otorgaba la custodia al padre y su deber de entrega del niño. No consta acreditada la existencia de abusos sexuales del padre hacia su hijo, que hicieran tomar la decisión a la madre de no entregar al niño.
kopperpot escribió:Papitxulo escribió:¿He dicho que la mujer no es culpable?. Primera noticia.
Una pregunta sencillita, a ver si esta vez te mojas o vuelves a hacer el avestruz
¿Consideras que es justo que el gobierno, en contra del criterio del juzgado y la fiscalia, le devuelva la patria potestad a una madre que ha sido condenada por sustracción de menores con una sentencia en estos terminos?SUSTRACCIÓN DE MENORES. La madre acusada no entregó al menor a su padre que tenía la atribuida judicialmente la guarda y custodia, manteniendo oculto su paradero, cambiando su residencia y la del menor por diferentes puntos de España. Comisión a título de dolo eventual, en el que prima el elemento intelectivo o cognoscitivo sobre el volitivo, bastando con que la autora haya tenido conocimiento del peligro concreto para los bienes tutelados. Conocimiento del proceso civil en que se otorgaba la custodia al padre y su deber de entrega del niño. No consta acreditada la existencia de abusos sexuales del padre hacia su hijo, que hicieran tomar la decisión a la madre de no entregar al niño.
k0br4 escribió:Aquí va otra de simular una agresión sexual:
https://www.diariosur.es/sucesos/victima-retira-denuncia-violacion-malagueta-20220531202157-nt.html
Papitxulo escribió:kopperpot escribió:Papitxulo escribió:¿He dicho que la mujer no es culpable?. Primera noticia.
Una pregunta sencillita, a ver si esta vez te mojas o vuelves a hacer el avestruz
¿Consideras que es justo que el gobierno, en contra del criterio del juzgado y la fiscalia, le devuelva la patria potestad a una madre que ha sido condenada por sustracción de menores con una sentencia en estos terminos?SUSTRACCIÓN DE MENORES. La madre acusada no entregó al menor a su padre que tenía la atribuida judicialmente la guarda y custodia, manteniendo oculto su paradero, cambiando su residencia y la del menor por diferentes puntos de España. Comisión a título de dolo eventual, en el que prima el elemento intelectivo o cognoscitivo sobre el volitivo, bastando con que la autora haya tenido conocimiento del peligro concreto para los bienes tutelados. Conocimiento del proceso civil en que se otorgaba la custodia al padre y su deber de entrega del niño. No consta acreditada la existencia de abusos sexuales del padre hacia su hijo, que hicieran tomar la decisión a la madre de no entregar al niño.
¿Puedo ver el expediente de indulto?. Lo digo para no basarme en conjeturas, que sé que no te gustan.
kopperpot escribió:Papitxulo escribió:kopperpot escribió:
Una pregunta sencillita, a ver si esta vez te mojas o vuelves a hacer el avestruz
¿Consideras que es justo que el gobierno, en contra del criterio del juzgado y la fiscalia, le devuelva la patria potestad a una madre que ha sido condenada por sustracción de menores con una sentencia en estos terminos?
¿Puedo ver el expediente de indulto?. Lo digo para no basarme en conjeturas, que sé que no te gustan.
Pues el caso es que creo que los informes del juzgado y fiscalía acerca del indulto no son accesibles vía internet (yo al menos conocí su contenido por la prensa en noticias como esta) y cuando se publica el indulto en el BOE no se menciona el contenido del expediente del Ministerio de Justicia, tan sólo aparece esto,
Pero oye, que si quieres basarte en una conjetura para basar tu opinión, por supuesto que eres libre de hacerlo, solo faltaría, incluso te diría que lo prefiero antes que verte recurrir a la táctica del avestruz
Papitxulo escribió:Me parece que sería más adecuado opinar habiendo leído el expediente, porque ya hemos visto que en este caso, parte de la información que dan algunos medios no siempre se corresponde con las fuentes originales, como cuando se dijo que el niño estaba sin escolarizar y sin vacunar, mientras que en la sentencia pone lo contrario.
kopperpot escribió:Y sobre lo de que el por qué los medios daban esa información de que el nino estaba sin escolarizar y sin vacunar, dos matices:
- El nino estaba sin escolarizar entendiéndose como que no asistía presencialmente a un centro como hacía antes de que fuera secuestrado por su madre para aislarlo y apartarlo del padre. Dado que esta señora se pasó por el forro el hecho de que debía pedir permiso al padre para solicitar que se le permitiera un régimen de escolarización especial en casa, y dado el hecho de que lo secuestró durante dos años en el que el padre no supo absolutamente nada de su hijo, no entiendo que ves de raro en que los medios dieran por sentado que el niño estaba sin escolarizar y que se haya tenido que recurrir a poner en busca y captura, detener y juzgar a esta señora para que el padre pudiera saber por fin que su hijo estaba escolarizado, sí, pero “en casa” con la madre. Y de nuevo, el hecho de que no alcances a entender algo tan evidente para cualquier persona con dos dedos de frente y prefieras achacarlo a algo tan demagógico como “es que los medios no respetan la fuente original” demuestra de nuevo no solo el nivel de sesgo que padeces sino tu falta de empatía con la situación que tuvo que vivir el padre, sin saber durante dos años ni siquiera si su hijo de 11 años estaba acudiendo a la escuela o no, ni a cual, porque la madre lo tenía secuestrado.
kopperpot escribió:- En el tema de las vacunas, más de lo mismo, teniendo en cuenta que el nino estuvo aislado y separado de su padre, no se como no tienes en cuenta que hubiera tenido que recurrir a un juicio penal para saber algo tan simple como si su hijo estaba vacunado o no. Pero aún así, emplear la sentencia para asegurar que el niño estaba vacunado es tergiversar, quiero pensar que lo haces sin intención porque no te la has leido bien. La sentencia no da por probado que el niño estaba vacunado. La sentencia lo que dice (pag. 29) es que es una cuestión sobre la que hay documentación contradictoria y poco concreta por parte de acusación y defensa, y que al no pedirse una prueba que aclare dicha discrepancia mediante el dictamen por parte de un médico forense adscrito al juzgado, en virtud del principio in dubio pro reo, el juez no puede decidir nada al respecto:
“En cuanto a las vacunas, hay documentación contradictoria. Por la defensa se aportan certificados de vacunación y por la acusación particular se acredita que el pediatra actual parece que ha tenido que ponerle más, todo de forma muy inconcreta. En esta situación hubiera sido necesario que un Médico Forense, a la vista de toda la documentación presentada, y teniendo en cuenta además los diferentes calendarios de vacunaciones entre Comunidades Autónomas, hubiera dictaminado qué vacuna o vacunas en concreto le faltaban. Faltando esta prueba, el Juzgador no puede establecer conclusiones categóricas al respecto.”
Papitxulo escribió:Me parece que sería más adecuado opinar habiendo leído el expediente, porque ya hemos visto que en este caso, parte de la información que dan algunos medios no siempre se corresponde con las fuentes originales, como cuando se dijo que el niño estaba sin escolarizar y sin vacunar, mientras que en la sentencia pone lo contrario.
julepe escribió:yo si te creo, hermana.......
La presunta víctima de una violación múltiple en la playa de la Malagueta retira la denuncia
Giro de 360 grados en la presunta violación múltiple de una joven en la playa de La Malagueta. La denunciante se ha presentado voluntariamente en el Juzgado número 5 y decidió retirar la denuncia.
En los próximos días el Juzgado instructor tomará una decisión sobre el proceso judicial abierto que todo apunta acabará en archivo.
Este cambio de actitud de la presunta víctima se gestó el martes cuando la denunciante fue citada a declarar en presencia de los abogados de los 3 jóvenes detenidos. Al principio aseguró que no recordaba nada de lo ocurrido, pero según informa Diario Sur la magistrada pidió reproducir en su presencia unos audios que, presuntamente la joven habría compartido con un amigo, en los que reconocía de manera "clara y rotunda" que no había sufrido ninguna agresión sexual, pero que su intención era obtener la residencia legal en nuestro país. Tras escuchar estos audios la denunciante habría decidido retirar la denuncia.
raday escribió:Papitxulo escribió:Me parece que sería más adecuado opinar habiendo leído el expediente, porque ya hemos visto que en este caso, parte de la información que dan algunos medios no siempre se corresponde con las fuentes originales, como cuando se dijo que el niño estaba sin escolarizar y sin vacunar, mientras que en la sentencia pone lo contrario.
Me parece un poco torticero como por un lado pides que nos ciñamos a la resolución judicial en la sentencia contra Maria y por otro justificas el indulto con acusaciones que ni llegaron a un tribunal... Justicia patriarcal claro
Papitxulo escribió:Sí decide algo al respecto, decide absolverla porque ella presentó los certificados de vacunación y su expareja no logró probar que necesitase más vacunas. ¿Eres siempre tan crítico con el principio in dubio pro reo?.
julepe escribió:yo si te creo, hermana.......
La presunta víctima de una violación múltiple en la playa de la Malagueta retira la denuncia
Giro de 360 grados en la presunta violación múltiple de una joven en la playa de La Malagueta. La denunciante se ha presentado voluntariamente en el Juzgado número 5 y decidió retirar la denuncia.
En los próximos días el Juzgado instructor tomará una decisión sobre el proceso judicial abierto que todo apunta acabará en archivo.
Este cambio de actitud de la presunta víctima se gestó el martes cuando la denunciante fue citada a declarar en presencia de los abogados de los 3 jóvenes detenidos. Al principio aseguró que no recordaba nada de lo ocurrido, pero según informa Diario Sur la magistrada pidió reproducir en su presencia unos audios que, presuntamente la joven habría compartido con un amigo, en los que reconocía de manera "clara y rotunda" que no había sufrido ninguna agresión sexual, pero que su intención era obtener la residencia legal en nuestro país. Tras escuchar estos audios la denunciante habría decidido retirar la denuncia.
kopperpot escribió:k0br4 escribió:Aquí va otra de simular una agresión sexual:
https://www.diariosur.es/sucesos/victima-retira-denuncia-violacion-malagueta-20220531202157-nt.html
Los tres chicos marroquíes se han librado de pura chiripa:
“Deberían darle una mención especial al amigo de la supuesta víctima, que actuó en conciencia y decidió poner en conocimiento de la policía los mensajes de audio que recibió de ella".
Me es inevitable pensar en cómo afectará la famosa “ley del solo sí es sí” a casos como éste en los que no tengan la suerte de que la falsa denunciante se lo confiese a un amigo en unos audios y que dicho amigo tenga la conciencia suficiente para no permitir que unos inocentes acaben en la cárcel… que Dios pille confesado al que “ligue” con alguna necesitada de acceder a ayudas económicas o de regularizar su situación como extranjera como reconoció ésta en los audios…
kopperpot escribió:Papitxulo escribió:Sí decide algo al respecto, decide absolverla porque ella presentó los certificados de vacunación y su expareja no logró probar que necesitase más vacunas. ¿Eres siempre tan crítico con el principio in dubio pro reo?.
No, el juez no decide absolverla, la absuelve porque le obliga la ley a hacerlo ya que no puede decidir nada, que es muy distinto, ya que al no haberse aclarado la contradicción no puede establecer conclusiones al respecto. De nuevo demuestras una de tres: que no sabes debatir sin tergiversar y/o conjeturar, o bien que padeces un sesgo tan grande que no te permite ni leer bien, o bien que haces lo que vas achacando a otros: rebatir sin ni siquiera leerte los links que otros aportan (lo que me resultaría llamativo dada la importancia que le das a no opinar sin haber comprobado las “fuentes originales”).
Porque la prueba más evidente de que el propio juez no puede decidir nada está en que él mismo lo dice al final de la parte de la sentencia que te he linkeado y quoteado:
“En cuanto a las vacunas, hay documentación contradictoria. Por la defensa se aportan certificados de vacunación y por la acusación particular se acredita que el pediatra actual parece que ha tenido que ponerle más, todo de forma muy inconcreta. En esta situación hubiera sido necesario que un Médico Forense, a la vista de toda la documentación presentada, y teniendo en cuenta además los diferentes calendarios de vacunaciones entre Comunidades Autónomas, hubiera dictaminado qué vacuna o vacunas en concreto le faltaban. Faltando esta prueba, el Juzgador no puede establecer conclusiones categóricas al respecto.”
Papitxulo escribió:No establecer conclusiones categóricas es diferente a no decidir sobre el asunto. Aún así decide absolverla
kopperpot escribió:Papitxulo escribió:No establecer conclusiones categóricas es diferente a no decidir sobre el asunto. Aún así decide absolverla
Madre del amor hermoso
En serio, ¿no sabes argumentar sin tergiversar o conjeturar?
Primera acepción del significado de “decidir” según la RAE:
decidir
Del lat. decidĕre 'cortar', 'resolver'.
1. tr. Formar juicio resolutorio sobre algo dudoso o contestable.
El juez no puede establecer conclusiones, luego no puede “decidir” nada porque no puede formar juicio resolutorio sobre algo dudoso.
Sobbre el principio in dubio pro reo, es que no se ni de qué estás hablando con lo de “ser tan crítico”. Como he dicho, el juez no decide nada, absuelve por imperativo legal puesto que no puede llegar a una conclusión y por tanto está obligado a ello por el principio in dubio pro reo:
https://www.codigopenalespanol.com/in-dubio-pro-reo/
“Este principio expresa la OBLIGATORIEDAD de beneficiar al acusado de un delito cuando no existen las pruebas suficientes que demuestren su culpabilidad.
Esto significa que el Tribunal o Juez están en la OBLIGACION de absolver al acusado EN CASO DE QUE EXISTA ALGUNA DUDA SOBRE SU CULPABILIDAD. Lo cual debe hacer después de valorar las pruebas y se presente la duda, lo que origina que se declare su inocencia. ”
kopperpot escribió:Papitxulo escribió:No establecer conclusiones categóricas es diferente a no decidir sobre el asunto. Aún así decide absolverla
Madre del amor hermoso
En serio, ¿no sabes argumentar sin tergiversar o conjeturar?
Primera acepción del significado de “decidir” según la RAE:
decidir
Del lat. decidĕre 'cortar', 'resolver'.
1. tr. Formar juicio resolutorio sobre algo dudoso o contestable.
El juez no puede establecer conclusiones, luego no puede “decidir” nada porque no puede formar juicio resolutorio sobre algo dudoso.
Sobbre el principio in dubio pro reo, es que no se ni de qué estás hablando con lo de “ser tan crítico”. Como he dicho, el juez no decide nada, resuelve absolver por imperativo legal y porque está obligado a ello por el principio in dubio pro reo:
https://www.codigopenalespanol.com/in-dubio-pro-reo/
“Este principio expresa la OBLIGATORIEDAD de beneficiar al acusado de un delito cuando no existen las pruebas suficientes que demuestren su culpabilidad.”
2. tr. Formar el propósito de hacer algo.
3. tr. Hacer que alguien forme el propósito de hacer algo.
4. tr. Determinar el resultado de algo.
5. prnl. Formar el propósito de hacer algo tras una reflexión.
6. prnl. Hacer una elección tras reflexionar sobre ella.
Valmont escribió:Déjalo, di que María Sevilla es una madre ejemplar y protectora y terminarás antes...
Papitxulo escribió:kopperpot escribió:Papitxulo escribió:No establecer conclusiones categóricas es diferente a no decidir sobre el asunto. Aún así decide absolverla
Madre del amor hermoso
En serio, ¿no sabes argumentar sin tergiversar o conjeturar?
Primera acepción del significado de “decidir” según la RAE:
decidir
Del lat. decidĕre 'cortar', 'resolver'.
1. tr. Formar juicio resolutorio sobre algo dudoso o contestable.
El juez no puede establecer conclusiones, luego no puede “decidir” nada porque no puede formar juicio resolutorio sobre algo dudoso.
Sobbre el principio in dubio pro reo, es que no se ni de qué estás hablando con lo de “ser tan crítico”. Como he dicho, el juez no decide nada, resuelve absolver por imperativo legal y porque está obligado a ello por el principio in dubio pro reo:
https://www.codigopenalespanol.com/in-dubio-pro-reo/
“Este principio expresa la OBLIGATORIEDAD de beneficiar al acusado de un delito cuando no existen las pruebas suficientes que demuestren su culpabilidad.”
Más bien la cosa sería que el juez aplica el principio in dubio pro reo porque decide que las pruebas aportadas son contradictorias y no puede establecer conclusiones categóricas al respecto.
Por cierto, la palabra decidir tiene 5 acepciones más:2. tr. Formar el propósito de hacer algo.
3. tr. Hacer que alguien forme el propósito de hacer algo.
4. tr. Determinar el resultado de algo.
5. prnl. Formar el propósito de hacer algo tras una reflexión.
6. prnl. Hacer una elección tras reflexionar sobre ella.
nail23 escribió:Yo la gente que defiende estas delincuentes les deseo que jamás de los jamases estén en la misma situación porque de estar en la misma situación y venir a qui a llorar me descojonaría de ellos como si no hubiera un mañana, de verdad, que ojalá no estéis nunca en la misma situación.
SUSTRACCIÓN DE MENORES. La madre acusada no entregó al menor a su padre que tenía la atribuida judicialmente la guarda y custodia, manteniendo oculto su paradero, cambiando su residencia y la del menor por diferentes puntos de España. Comisión a título de dolo eventual, en el que prima el elemento intelectivo o cognoscitivo sobre el volitivo, bastando con que la autora haya tenido conocimiento del peligro concreto para los bienes tutelados. Conocimiento del proceso civil en que se otorgaba la custodia al padre y su deber de entrega del niño. No consta acreditada la existencia de abusos sexuales del padre hacia su hijo, que hicieran tomar la decisión a la madre de no entregar al niño.
nail23 escribió:Yo la gente que defiende estas delincuentes les deseo que jamás de los jamases estén en la misma situación porque de estar en la misma situación y venir a qui a llorar me descojonaría de ellos como si no hubiera un mañana, de verdad, que ojalá no estéis nunca en la misma situación.
kopperpot escribió:@Papitxulo Y dale con que la abuela fuma... Tres veces ya: que si las pruebas son contradictorias el Juez no puede decidir discrecionalmente, está OBLIGADO a absolver en virtud del principio in dubio pro reo.Valmont escribió:Déjalo, di que María Sevilla es una madre ejemplar y protectora y terminarás antes...
Que no se diga que no lo he intentado, pero parece que esto es lo que algunos entienden por "debatir", conjeturar y tergiversar conceptos y argumentos hasta que o bien saturan o bien hastían al otro interlocutor.
resolver, determinar, disponer, sentenciar, arbitrar, decretar, dictaminar, dilucidar, fallar
Valmont escribió:Se ha hecho justicia en este caso:
El veredicto del jurado concluye que Amber Heard difamó a su ex marido Johnny Depp
Valmont escribió:Se ha hecho justicia en este caso:
El veredicto del jurado concluye que Amber Heard difamó a su ex marido Johnny Depp
Valmont escribió:Se ha hecho justicia en este caso:
El veredicto del jurado concluye que Amber Heard difamó a su ex marido Johnny Depp
pantxo escribió:Valmont escribió:Se ha hecho justicia en este caso:
El veredicto del jurado concluye que Amber Heard difamó a su ex marido Johnny Depp
¿Pero no era el #MeToo un dogma indiscutible?
eRiKaXPiReNCe escribió:Pues la mushasha queda en una bancarrota evidente e inevitable. No tiene como sufragar 13/15 millones de dólares ni de Blas.
eRiKaXPiReNCe escribió:Pues la mushasha queda en una bancarrota evidente e inevitable. No tiene como sufragar 13/15 millones de dólares ni de Blas.
ermesrasta escribió:pantxo escribió:Valmont escribió:Se ha hecho justicia en este caso:
El veredicto del jurado concluye que Amber Heard difamó a su ex marido Johnny Depp
¿Pero no era el #MeToo un dogma indiscutible?
Jamás hubo "me too" en el caso JD v AH, nunca! Todo lo contrario, toda mujer que tuvo contacto con Johnny Depp en el pasado ha declarado en entrevistas estos años que él no era un abusador.
Yo que he seguido el caso, ha sido esperpéntico a la par que gracioso. En fin, gran acierto de la jueza que dejara que se emitiera el juicio por TV/redes en riguroso directo para poder ver la clase de calaña que era esta tipa.
LaGarrota escribió:Podéis estar tranquilos que nadie le va a pedir perdón, ni tampoco esperéis repercusiones con la loca del coño de la rubia, si hubiera sido al revés ahora mismo estaría la concubina dando rueda de prensa pidiendo su cabeza y sus huevos.
Ni va a dejar de hacer cine, ni va a perder papeles, lo contrario hubiera sido el final de la carrera de Johnny
Comerle la polla, luego me la coméis a mi, amargadas.
ionesteraX escribió:eRiKaXPiReNCe escribió:Pues la mushasha queda en una bancarrota evidente e inevitable. No tiene como sufragar 13/15 millones de dólares ni de Blas.
Tranquila, se lo pedira a Elon como hizo con las donaciones beneficas.
pacopolo escribió:¿Podría Depp de alguna forma recurrir la sentencia del juicio que tuvo con The Sun? O volver a demandarlos en un nuevo juicio. Porque entiendo que si se ha demostrado en éste que Amber mentía, The Sun también debería pagar por haber llamado a Depp "golpeador de esposas". Si no recuerdo mal, la defensa de The Sun fue que ellos no habían mentido al llamarlo así en su artículo porque, de echo, Johnny Depp era un golpeador de esposas.
pacopolo escribió:¿Podría Depp de alguna forma recurrir la sentencia del juicio que tuvo con The Sun? O volver a demandarlos en un nuevo juicio. Porque entiendo que si se ha demostrado en éste que Amber mentía, The Sun también debería pagar por haber llamado a Depp "golpeador de esposas". Si no recuerdo mal, la defensa de The Sun fue que ellos no habían mentido al llamarlo así en su artículo porque, de echo, Johnny Depp era un golpeador de esposas.