Me quedo sin piso de alquiler y situación complicada

Bueno, pues como digo en el titulo, mi casero tiene que volver a vivir al piso (en dos meses, como estipula el contrato) por temas suyos personales que no voy a contar.

El caso es que yo no tendría ningún problema en irme, pero estoy en una situción un poco complicada. Tengo un piso comprado con mi pareja que no nos lo entregan hasta Junio del año que viene, y claro, entre que donde yo vivo hay poquisima oferta ahora, encima los que hay no están amueblados y además, NADIE va a hacernos un contrato para estar medio año...

Otra opción sería no decir nada de que nos iremos al medio año, pero se tendría que pagar una penalización por cada mes que no se está hasta el año contratado. Pero esto lo descarto, no nos sobra el dinero para eso evidentemente.

¿Que haríais vosotros en este caso?

PD: Irme a otras ciudades no podría, por tema transporte y trabajo, tiene que ser la ciudad donde vivo.
La indemnización es, siempre que se establezca por contrato, de una mensualidad por cada año restante de contrato.
Pide contrato de un año y aunque pongan la cláusula de indemnización está sera como maximo de 15 días.
No sé tú situación pero imagino que 15 días serán asumibles.
Okupa tu casa, ahora está de moda
A los seis meses te puedes ir sin problema, y eso contando que tu piso no se retrase..
[PeneDeGoma] escribió:A los seis meses te puedes ir sin problema, y eso contando que tu piso no se retrase..


Esto venía a decir yo. Si el contrato es de 1 año, a partir del 6to mes te puedes ir dando el preaviso correspondiente sin ninguna penalización. Al menos así era en los contratos que firmé yo de alquiler.
Lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos (artículo 11, desistimiento del contrato) es esto:

"El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización".

Así que, suponiendo que se pacte eso conforme a la ley (no es obligatorio pactarlo) si haces un contrato de un año no sería mucho dinero.

Otra opción sería buscar un piso de estudiante, es decir un alquiler de temporada, como los que suelen buscar los estudiantes: alquilar de octubre a junio, por ejemplo. Hay muchos arrendadores que ofrecen ese tipo de alquileres. Entras ahora y te vas en junio, y ya estaría firmado en el contrato así.
[PeneDeGoma] escribió:y eso contando que tu piso no se retrase..

Que es lo más probable, siempre pasa...
ElSrStinson escribió:Okupa tu casa, ahora está de moda


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