Según la página de
Arpem , pone esto:
JUGAR CON FUEGO
Esta solución implica que el conductor joven y novel no aparece por ninguna parte en la póliza, y sin embargo conduce el vehículo.
El caso mas típico es cuando una persona joven con el carnet recién sacado, se compra un coche, y como el seguro vale casi o mas que el coche, decide poner al padre como titular y conductor del seguro, y el conductor joven y novel NO aparece por ninguna parte.
Ventajas:
Cualquier compañía valdrá para asegurar el coche, ya que el padre no presenta problemas de riesgo, y por tanto, no será rechazado. Si fuera el joven a asegurarse, no solo sería un problema pagar MUCHO, sino que posiblemente en la mayoría de las compañías sería rechazado.
El precio a pagar es MUCHO menor. Ahora bien, decimos que es mucho menor a priori y durante los primeros años, ya que luego es al revés. Mire el estudio económico que hemos realizado y empezará a darse cuenta de quien engaña a quien.
Inconvenientes:
Vamos a empezar por los inconvenientes menos graves, como son:
-Mientras usted no esté como conductor declarado en la póliza, NO adquirirá bonificación, y tarde o temprano se ''emancipará'' de sus padres. Cuanto mas tiempo pase, mas dinero le costará luego, porque previsiblemente en el futuro tendrá un coche mejor, y querrá asegurarlo mejor. Si no tiene bonificación ''valla preparando la cartera''.
-Si usted se casa y su cónyuge conduce el vehículo, sepa que tampoco está asegurado/a su pareja. Las pólizas suelen cubrir a los hijos, pero no a los hijos políticos.
-Si usted tiene siniestros, piense que en realidad se los está endosando a su padre/madre, con lo cual se verá perjudicado en su historial de siniestralidad, es decir, a usted le hacen un favor, y usted les perjudica.
Ahora bien, el mas grave y principal inconveniente radica en el supuesto de tener un accidente. Cuanto mas grave sea el accidente, peores consecuencias económicas recaen
Los contratos de seguros disponen, de forma CLARA Y ROTUNDA, que se debe declarar el conductor real del vehículo.
Si no se hace así, pueden ocurrir dos cosas.
-Que la compañía interprete el engaño como mala fe, y por tanto, deja sin efecto el seguro, o lo que es lo mismo, usted pagará TODOS los daños del accidente.
-Que la compañía haga ''la vista gorda'', en cuyo caso, pagará una parte proporcional y usted la otra. Dicha parte proporcional estará en función de lo que ha pagado y lo que realmente le hubiera correspondido pagar si se hubiera declarado como conductor real del vehículo en la póliza.
Ejemplo: Suponga que se compra un vehículo cuyo valor es de 12.000 euros, y lo asegurada a todo riesgo, de tal manera que lo ha puesto a nombre de su padre, para que le cueste 600 euros, en vez de los 1.800 euros que le pedían a usted.
Suponga que sufre un accidente, donde la culpa es suya. Su vehículo queda destrozado (siniestro total), y además, el vehículo contrario también (por valor de 6.000 euros), sufriendo el conductor contrario heridas físicas por un importe total de 30.000 euros.
No se espante, estamos contando una situación NORMAL, ni siquiera estamos considerando ninguna muerte, que por desgracia, se producen 6.000 al año en nuestras carreteras.
Pues bien, en tal caso, si la compañía supone mala fe en el contrato, esto supondría:
Pierde los 600 euros que pagó por el seguro.
Pierde la indemnización por su vehículo nuevo (12.000 euros)
Tendrá que indemnizar al contrario con 36.000 euros (6.000 por el vehículo, y 30.000 por los daños físicos).
Es decir, que usted optó por pagar 600 euros en vez de 1.800 euros por asegurar su vehículo. Y como consecuencia de ello, usted ha perdido mas de 42.000 euros.
Si la compañía no supone mala fe, y repercute proporcionalmente a lo que usted pagó de seguro, tenga en cuenta que tendrá que hacer frente a un 66% del valor de la indemnización, ya que pagó de seguro 600 euros, cuando en realidad le correspondían 1.800 euros. Es decir, que de los 42.000 euros, usted pagará, cuando menos, mas de 27.000 euros.