Pablo Hásel detenido por (segun la policia)apologia al terrorismo

17, 8, 9, 10, 11
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irenestatus escribió:
los limites que pongo a la libertad de expresion son los que vienen contemplados en nuestro ordenamiento juridico, es decir, los limites frente a terceros. ejerce tu libertad de expresion sin invadir o vulnerar el derecho de un tercero (por ejemplo, el derecho al honor)


Vale, según tú deben de meter el la carcel a Hásel, pero digo yo que siguiendo esa regla de tres, también deberían meter a gente de muchísimos medios de comunicación como Intereconomia, Telemadrid etc...
Pero vuelta a lo mismo, al parecer se vé solo lo que interesa


Ahi están los juzgados si crees eso. Tardas en hacer una denuncia

Menos hablar y mas moverse, que tiene gracia la cantinela de "a fulanito de pascual hay que meterlo en la carcel... pero yo defiendo la libertad de expresión"

Si crees que cometen delitos, denuncialo.
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irenestatus escribió:
los limites que pongo a la libertad de expresion son los que vienen contemplados en nuestro ordenamiento juridico, es decir, los limites frente a terceros. ejerce tu libertad de expresion sin invadir o vulnerar el derecho de un tercero (por ejemplo, el derecho al honor)


Vale, según tú deben de meter el la carcel a Hásel, pero digo yo que siguiendo esa regla de tres, también deberían meter a gente de muchísimos medios de comunicación como Intereconomia, Telemadrid etc...
Pero vuelta a lo mismo, al parecer se vé solo lo que interesa


si el afectado siente vulnerado su derecho al honor o a la dignidad, que lo denuncie. tu no puedes denunciar que intereconomia dice esto o aquello sobre un tercero

instancia de parte, lo he dicho ya 3 veces
Instancia de parte es que alguien lo ha denunciado no? Alguien que sea sentido ofendido...
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MinDoLeTa escribió:Instancia de parte es que alguien lo ha denunciado no? Alguien que sea sentido ofendido...


instancia de parte es que solo el afectado puede denunciarlo, el ministerio fiscal no actua de oficio. si yo falto al respeto a zapatero, solo el puede denunciarme por un delito de injurias
OK, Mindoleta y Deisler. Los dos coincidís en lo mismo. Y ahora yo os pregunto. ¿Deberían entrar en prisión todos y cada uno de los usuarios (de este foro o de otros) que hayan dicho que ójala le metan un tiro a Teddy Bautista o que han hecho chistes sobre Irene Villa si la denuncia fuera a instancia de los afectados?
(mensaje borrado)
Javiguti escribió:OK, Mindoleta y Deisler. Los dos coincidís en lo mismo. Y ahora yo os pregunto. ¿Deberían entrar en prisión todos y cada uno de los usuarios (de este foro o de otros) que hayan dicho que ójala le metan un tiro a Teddy Bautista o que han hecho chistes sobre Irene Villa si la denuncia fuera a instancia de los afectados?

+10000 toda la razón u.u
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Javiguti escribió:OK, Mindoleta y Deisler. Los dos coincidís en lo mismo. Y ahora yo os pregunto. ¿Deberían entrar en prisión todos y cada uno de los usuarios (de este foro o de otros) que hayan dicho que ójala le metan un tiro a Teddy Bautista o que han hecho chistes sobre Irene Villa si la denuncia fuera a instancia de los afectados?


1º como ya te he dicho, a no ser que tengas antecedentes penales o seas reincidente, nadie va a prision por injurias

2º el delito de injurias solo es delito cuando se considera grave-> art 208 del CP: "Solamente seran constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza,efectos y circustancias, sean tenidas en el concepto publico por graves". por lo tanto, que alguien en un foro diga, en su hilo correspondiente el cual tiene 200 visitas, que ojala le metan un tiro a teddy bautista no se puede considerar como grave NI DE COÑA. o acaso vamos a comparar una cosa con la otra? acaso tiene la misma repercusion y gravedad el hecho de que en un caso se difunda a traves de un disco de musica por un profesional de la profesion que tiene eco en la prensa nacional y el caso de un anonimo que pide la muerte de alguien en un post de un hilo de un foro de internet? tiene la misma repercusion? tiene la misma naturaleza, efectos y circustancias?

3º en cuanto a los chistes de irene villa, ya no hablamos de injurias, sino de un delito de humillacion hacia victimas del terrorismo, como bien indica el art578 del CP, y la respuesta es si, es denunciable y se deberia denunciar
Deisler10 escribió:
Javiguti escribió:OK, Mindoleta y Deisler. Los dos coincidís en lo mismo. Y ahora yo os pregunto. ¿Deberían entrar en prisión todos y cada uno de los usuarios (de este foro o de otros) que hayan dicho que ójala le metan un tiro a Teddy Bautista o que han hecho chistes sobre Irene Villa si la denuncia fuera a instancia de los afectados?


1º como ya te he dicho, a no ser que tengas antecedentes penales o seas reincidente, nadie va a prision por injurias

2º el delito de injurias solo es delito cuando se considera grave-> art 208 del CP: "Solamente seran constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza,efectos y circustancias, sean tenidas en el concepto publico por graves". por lo tanto, que alguien en un foro diga, en su hilo correspondiente el cual tiene 200 visitas, que ojala le metan un tiro a teddy bautista no se puede considerar como grave NI DE COÑA. o acaso vamos a comparar una cosa con la otra? acaso tiene la misma repercusion y gravedad el hecho de que en un caso se difunda a traves de un disco de musica por un profesional de la profesion que tiene eco en la prensa nacional y el caso de un anonimo que pide la muerte de alguien en un post de un hilo de un foro de internet? tiene la misma repercusion? tiene la misma naturaleza, efectos y circustancias?

3º en cuanto a los chistes de irene villa, ya no hablamos de injurias, sino de un delito de humillacion hacia victimas del terrorismo, como bien indica el art578 del CP, y la respuesta es si, es denunciable y se deberia denunciar

Ok. Sobre el punto 3. Si tú crees que todas esas personas deberían cumplir penas de 6 meses a 2 años de prisión si tuvieran cualquier tipo de antecedentes no hay más que hablar. Yo no lo creo y me parece desproporcionado. Pero al menos no juegas con la hipocresía de "no es lo mismo", cuando es incluso peor.

Sobre el punto 2. Es que yo siempre he pensado que las penas de cárcel no deben ser aplicadas según su repercusión, sino por la acción que se haya hecho. Y es por la misma razón por la que no entiendo que una persona condenado por intento de asesinato no tenga exactamente la misma pena que un asesino. Esas dos personas representan exactamente el mismo peligro para la sociedad, y las dos deberían cumplir la misma pena. Y a mí no me entra en la cabeza que si uno le pega una puñalada a otro, y no lo mata por 2 centímetros tenga una pena inferior que uno que haya apuñalado 2cm más arriba. Y por esa misma razón, para mí son igual de "peligrosos" (ojo al entrecomillado) una persona que diga que ójala le pegasen dos tiros en la nuca a Teddy Bautista, a la ministra de cultura y todo el clan de la SGAE que este tío que opina lo mismo de los peperos. Yo es que siempre he entendido las penas de cárcel como un método de protección hacia la sociedad y un lugar donde rehabilitar delincuentes. Y si es así, lo lógico es que las penas se correspondan con los hechos, no con su repercusión. De hecho, por eso mismo creo que se debería instaurar un sistema de cadena perpetua con revisión para personas que sean un peligro permanente para la sociedad, pero ese es otro tema.

Y ahora os contesto al porqué sí que creo que se deben tomar medidas y coartar la libertad de expresión de alguien que acosa sexualmente a una empleada, por ejemplo. Yo creo que toda libertad (no sólo de expresión, sino de todo tipo) debe respetar la libertad de los demás. Cuando dije que no se debían poner límites a la libertad de expresión, no se me ocurrió ningún caso en el que expresarse implicase coartar las libertades de los demás (y en el caso de Pablo Hásel, nadie ha visto limitada su libertad de ningún modo). El caso del acoso sexual es un buen ejemplo de que me equivocaba y sí se pueden dar casos en los que la expresión vulnere la libertad individual de una persona.
Vídeo recopilatorio de la criminalización de los medios a Pablo Hasél. Manipulación mediática

http://youtu.be/5KLl5K4V76U
Deisler10 está baneado por "usar clon para saltarse baneo"
Javiguti escribió:
Deisler10 escribió:
Javiguti escribió:OK, Mindoleta y Deisler. Los dos coincidís en lo mismo. Y ahora yo os pregunto. ¿Deberían entrar en prisión todos y cada uno de los usuarios (de este foro o de otros) que hayan dicho que ójala le metan un tiro a Teddy Bautista o que han hecho chistes sobre Irene Villa si la denuncia fuera a instancia de los afectados?


1º como ya te he dicho, a no ser que tengas antecedentes penales o seas reincidente, nadie va a prision por injurias

2º el delito de injurias solo es delito cuando se considera grave-> art 208 del CP: "Solamente seran constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza,efectos y circustancias, sean tenidas en el concepto publico por graves". por lo tanto, que alguien en un foro diga, en su hilo correspondiente el cual tiene 200 visitas, que ojala le metan un tiro a teddy bautista no se puede considerar como grave NI DE COÑA. o acaso vamos a comparar una cosa con la otra? acaso tiene la misma repercusion y gravedad el hecho de que en un caso se difunda a traves de un disco de musica por un profesional de la profesion que tiene eco en la prensa nacional y el caso de un anonimo que pide la muerte de alguien en un post de un hilo de un foro de internet? tiene la misma repercusion? tiene la misma naturaleza, efectos y circustancias?

3º en cuanto a los chistes de irene villa, ya no hablamos de injurias, sino de un delito de humillacion hacia victimas del terrorismo, como bien indica el art578 del CP, y la respuesta es si, es denunciable y se deberia denunciar

Ok. Sobre el punto 3. Si tú crees que todas esas personas deberían cumplir penas de 6 meses a 2 años de prisión si tuvieran cualquier tipo de antecedentes no hay más que hablar. Yo no lo creo y me parece desproporcionado. Pero al menos no juegas con la hipocresía de "no es lo mismo", cuando es incluso peor.

Sobre el punto 2. Es que yo siempre he pensado que las penas de cárcel no deben ser aplicadas según su repercusión, sino por la acción que se haya hecho. Y es por la misma razón por la que no entiendo que una persona condenado por intento de asesinato no tenga exactamente la misma pena que un asesino. Esas dos personas representan exactamente el mismo peligro para la sociedad, y las dos deberían cumplir la misma pena. Y a mí no me entra en la cabeza que si uno le pega una puñalada a otro, y no lo mata por 2 centímetros tenga una pena inferior que uno que haya apuñalado 2cm más arriba. Y por esa misma razón, para mí son igual de "peligrosos" (ojo al entrecomillado) una persona que diga que ójala le pegasen dos tiros en la nuca a Teddy Bautista, a la ministra de cultura y todo el clan de la SGAE que este tío que opina lo mismo de los peperos. Yo es que siempre he entendido las penas de cárcel como un método de protección hacia la sociedad y un lugar donde rehabilitar delincuentes. Y si es así, lo lógico es que las penas se correspondan con los hechos, no con su repercusión. De hecho, por eso mismo creo que se debería instaurar un sistema de cadena perpetua con revisión para personas que sean un peligro permanente para la sociedad, pero ese es otro tema.

Y ahora os contesto al porqué sí que creo que se deben tomar medidas y coartar la libertad de expresión de alguien que acosa sexualmente a una empleada, por ejemplo. Yo creo que toda libertad (no sólo de expresión, sino de todo tipo) debe respetar la libertad de los demás. Cuando dije que no se debían poner límites a la libertad de expresión, no se me ocurrió ningún caso en el que expresarse implicase coartar las libertades de los demás (y en el caso de Pablo Hásel, nadie ha visto limitada su libertad de ningún modo). El caso del acoso sexual es un buen ejemplo de que me equivocaba y sí se pueden dar casos en los que la expresión vulnere la libertad individual de una persona.


la pena privativa de libertad tiene varias funciones que se estudian en la carrera de derecho:
1º. funcion reinsertora-> rehabilitar al condenado para que pueda volver a convirir en sociedad sin volver a delinquir
2º. funcion castigadora-> castigar al delincuente por el delito que haya cometido, y que pague su deuda con la sociedad
3º. funcion disuasoria-> evitar delitos similares en el futuro

por eso mismo, la pena de un homicidio en grado de tentativa es menor que un homicidio consumado, porque si se aplcase la misma pena, se estaria castigando a dos delincuentes por igual, cuando uno ha matado auna persona mientras que el otro no ha llegado a cometer su crimen

en el caso que pones de la puñalada, el tio que apuñala a otro pero no lo mata habria que atender al dolo, si tenia intencion de agrredirlo o de matarlo. si fuese lo segundo, esa persona seria condenada por un delito de lesiones consumado en concurso con un delito de homicidio en grado de tentativa. el determinar el dolo muchas veces es complicado, y depende de la apreciacion del juez, pero se estudian todas las circustancias. un ejemplo claro de un homicidio imprudente seria, por ejemplo, aquel que golpea a otra persona en el pecho con la intencion de agredirle, y sin embargo este muere porque tenia un fallo congenito en el corazon, algo que el agresor no sabia

lo de la gravedad de las injurias y demas si tiene mucho valor en este caso. realmente si importa la repercusion y la gravedad. no es lo mismo llamar a un tio hijo de puta por la calle, que ir a un medio de comunicacion y rajar de igual modo de un personaje publico

respecto al ultimo parrafo, ya te lo venia diciendo, toda persona titular de derechos puede ejercer estos dentro de unos limites, variando dichos limites dependiendo del derecho en cuestion, pero siempre se da el limite del respeto a los derechos de terceros en el ejercicio de tus derechos. yo tengo derecho a cirular libremente por el territorio nacional (derecho proclamado en la constitucion en el titulo 1 derechos fundamentales y libertades publicas, los derechos con mayor proteccion y garantia de toda la constitucion); sin embargo, no puedo circular, por ejemplo, por una finca privada, pues estoy vulnerando un derecho de un tercero
[erick] escribió:desarchivado


Wow y eso¿?
@Thonolan posteo solo por hacer que merezca la pena el desarchivado
Una muestra más de la falta de la libertad de expresión...
spaizor6 escribió:Una muestra más de la falta de la libertad de expresión...

"Componer" canciones llamando a matar a agentes, es muy democrático.
Os retratáis solitos. Vergüenza ajena.
Otro valiente de boquilla fugado con el rabo entre las piernas. [buaaj]
Adris escribió:
spaizor6 escribió:Una muestra más de la falta de la libertad de expresión...

"Componer" canciones llamando a matar a agentes, es muy democrático.
Os retratáis solitos. Vergüenza ajena.
Otro valiente de boquilla fugado con el rabo entre las piernas. [buaaj]

Otros dirigentes políticos están hoy diciendo aún mayores barbaridades y siguen ahí. Cobrando de nosotres.
Europa confirmando que la libertad de expresión no es un cheque en blanco.

No sé podía de saber :o
spaizor6 escribió:
Adris escribió:
spaizor6 escribió:Una muestra más de la falta de la libertad de expresión...

"Componer" canciones llamando a matar a agentes, es muy democrático.
Os retratáis solitos. Vergüenza ajena.
Otro valiente de boquilla fugado con el rabo entre las piernas. [buaaj]

Otros dirigentes políticos están hoy diciendo aún mayores barbaridades y siguen ahí. Cobrando de nosotres.

Algún ejemplo?.
#444388# está baneado del subforo por "flames"
spaizor6 escribió:
Adris escribió:
spaizor6 escribió:Una muestra más de la falta de la libertad de expresión...

"Componer" canciones llamando a matar a agentes, es muy democrático.
Os retratáis solitos. Vergüenza ajena.
Otro valiente de boquilla fugado con el rabo entre las piernas. [buaaj]

Otros dirigentes políticos están hoy diciendo aún mayores barbaridades y siguen ahí. Cobrando de nosotres.

Sí, como Irene Montero, por ejemplo. Que encima se niega a cumplir su condena por acusar en público a un ciudadano inocente.
josem138 escribió:@Thonolan posteo solo por hacer que merezca la pena el desarchivado


Si merece la.pena o no, lo veremos cuando el usuario que me ha pedido desarchivar el hilo postee las novedades sobre el tema.
¿Terrorismo? ¿Pero estamos locos o que? [agggtt] [agggtt]

Madrid está repleto de neonazis y falangistas dando los buenos días con el "Seig Heil" y no pasa nada.
Thonolan escribió:
josem138 escribió:@Thonolan posteo solo por hacer que merezca la pena el desarchivado


Si merece la.pena o no, lo veremos cuando el usuario que me ha pedido desarchivar el hilo postee las novedades sobre el tema.

Sera por esto:
https://elpais.com/espana/2023-11-09/estrasburgo-avala-la-condena-del-rapero-pablo-hasel.html
Un saludo.
Psmaniaco escribió:
Thonolan escribió:
josem138 escribió:@Thonolan posteo solo por hacer que merezca la pena el desarchivado


Si merece la.pena o no, lo veremos cuando el usuario que me ha pedido desarchivar el hilo postee las novedades sobre el tema.

Sera por esto:
https://elpais.com/espana/2023-11-09/estrasburgo-avala-la-condena-del-rapero-pablo-hasel.html
Un saludo.


Exacto.

Perdonad que no lo haya visto antes, pero es que al pedir desarchivar el hilo... me ha saltado que ya lo había pedido otro usuario antes y estaba en el curro, con el móvil.

https://www.elmundo.es/espana/2023/11/0 ... b45ae.html


Estrasburgo da la razón a España en la condena al rapero Pablo Hasel por enaltecer el terrorismo e injuriar a la Corona y a la Policía


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado la demanda del rapero Pablo Hasel contra España por la condena que se le impuso en 2018 por delitos de enaltecimiento de terrorismo (nueve meses de prisión y multa) e injurias y calumnias contra la Corona (multa) y las instituciones del Estado (multa).

En una resolución notificada este jueves, Estrasburgo concluye que la Justicia española sopesó adecuadamente los derechos en juego, en particular el de la libertad de expresión, teniendo en cuenta que se trata de un artista que emitió los mensajes delictivos a través de una canción y varios tuits.

Los magistrados consideran por unanimidad que la sentencia dictada por la Audiencia Nacional se ajusta a la estricta jurisprudencia europea en la materia, ya que sus elogios a la organización terrorista Grapo estuvo dirigida a una "amplia audiencia" pudo suponer un incremento del riesgo de actos violentos.

Respecto a las condenas a multa por los ataques a la corona y las Fuerzas de Seguridad, el tribunal europeo indica que sus acusaciones de tortura y asesinato de inmigrantes a la policía no se sostenían "en ninguna evidencia".

Las penas impuestas resultaron "proporcionadas" al caso. Y recuerda que el rapero no habría ingresado de forma efectiva en prisión si no fuera porque tenía antecedentes. Una primera condena a dos años de prisión por enaltecimiento impuesta en 2014 había quedado en suspenso. La nueva condena de 2018 llevó a revocar esa suspensión y a ejecutar la pena.

La inadmisión de la demanda, que no es recurrible, también avala la decisión del Tribunal Constitucional de no estudiar su recurso de amparo contra la condena. Entiende Estrasburgo que un recurso de ese tipo permite una escueta inadmisión si, como sucede aquí, el caso no ofrece ninguna novedad desde el punto de vista constitucional.

La Audiencia Nacional condenó a Hasel a dos años de prisión, una pena que luego la Sala de Apelación del propio tribunal rebajó hasta los nueve meses. La multa por el enaltecimiento pasó de los 12.000 a los 5.000 euros, mientras que las impuestas por los otros dos delitos (que no acarreaban prisión) se mantuvieron.

En su sentencia, el tribunal sostuvo que sus mensajes en las redes sociales, "con acceso abierto al público y reincidiendo en actos semejantes que realizó en el pasado", tenían "un indudable carácter laudatorio de las organizaciones terroristas como Grapo, así como de miembros terroristas concretos, que van más allá de la expresión de coincidencia con objetivos políticos o camaradería nacida de vínculos ideológicos, simpatía o de la mera crítica social y que comporta una alabanza, no ya de los objetivos políticos, sino de los medios violentos empleados por las citadas organizaciones terroristas y por sus miembros".

Entre los tuits que fundamentaron la condena están esos: "El ladrón de Borbón no debe dar crédito a la impunidad que tiene para burlarse de nosotr@s"; "La policía asesina a 15 inmigrantes y son santitos. El pueblo se defiende de su brutalidad y somos violentos terroristas, chusma, etc"; "El mafioso de mierda del rey dando lecciones desde un palacio, millonario a costa de la miseria ajena. Marca España".

En la canción también examinada por la Justicia decía, por ejemplo: "A mí no me cierra la boca semejante canalla. Juan Carlos el Bobón, capo mafioso saqueando el reino español".


Eso, para los que creen que "España mala" y "El tribunal de Estraburgo", va a arreglar el desaguisado en el que se meten ellos solitos...
Estwald escribió:
Psmaniaco escribió:
Thonolan escribió:
Si merece la.pena o no, lo veremos cuando el usuario que me ha pedido desarchivar el hilo postee las novedades sobre el tema.

Sera por esto:
https://elpais.com/espana/2023-11-09/estrasburgo-avala-la-condena-del-rapero-pablo-hasel.html
Un saludo.


Exacto.

Perdonad que no lo haya visto antes, pero es que al pedir desarchivar el hilo... me ha saltado que ya lo había pedido otro usuario antes y estaba en el curro, con el móvil.

https://www.elmundo.es/espana/2023/11/0 ... b45ae.html


Estrasburgo da la razón a España en la condena al rapero Pablo Hasel por enaltecer el terrorismo e injuriar a la Corona y a la Policía


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado la demanda del rapero Pablo Hasel contra España por la condena que se le impuso en 2018 por delitos de enaltecimiento de terrorismo (nueve meses de prisión y multa) e injurias y calumnias contra la Corona (multa) y las instituciones del Estado (multa).

En una resolución notificada este jueves, Estrasburgo concluye que la Justicia española sopesó adecuadamente los derechos en juego, en particular el de la libertad de expresión, teniendo en cuenta que se trata de un artista que emitió los mensajes delictivos a través de una canción y varios tuits.

Los magistrados consideran por unanimidad que la sentencia dictada por la Audiencia Nacional se ajusta a la estricta jurisprudencia europea en la materia, ya que sus elogios a la organización terrorista Grapo estuvo dirigida a una "amplia audiencia" pudo suponer un incremento del riesgo de actos violentos.

Respecto a las condenas a multa por los ataques a la corona y las Fuerzas de Seguridad, el tribunal europeo indica que sus acusaciones de tortura y asesinato de inmigrantes a la policía no se sostenían "en ninguna evidencia".

Las penas impuestas resultaron "proporcionadas" al caso. Y recuerda que el rapero no habría ingresado de forma efectiva en prisión si no fuera porque tenía antecedentes. Una primera condena a dos años de prisión por enaltecimiento impuesta en 2014 había quedado en suspenso. La nueva condena de 2018 llevó a revocar esa suspensión y a ejecutar la pena.

La inadmisión de la demanda, que no es recurrible, también avala la decisión del Tribunal Constitucional de no estudiar su recurso de amparo contra la condena. Entiende Estrasburgo que un recurso de ese tipo permite una escueta inadmisión si, como sucede aquí, el caso no ofrece ninguna novedad desde el punto de vista constitucional.

La Audiencia Nacional condenó a Hasel a dos años de prisión, una pena que luego la Sala de Apelación del propio tribunal rebajó hasta los nueve meses. La multa por el enaltecimiento pasó de los 12.000 a los 5.000 euros, mientras que las impuestas por los otros dos delitos (que no acarreaban prisión) se mantuvieron.

En su sentencia, el tribunal sostuvo que sus mensajes en las redes sociales, "con acceso abierto al público y reincidiendo en actos semejantes que realizó en el pasado", tenían "un indudable carácter laudatorio de las organizaciones terroristas como Grapo, así como de miembros terroristas concretos, que van más allá de la expresión de coincidencia con objetivos políticos o camaradería nacida de vínculos ideológicos, simpatía o de la mera crítica social y que comporta una alabanza, no ya de los objetivos políticos, sino de los medios violentos empleados por las citadas organizaciones terroristas y por sus miembros".

Entre los tuits que fundamentaron la condena están esos: "El ladrón de Borbón no debe dar crédito a la impunidad que tiene para burlarse de nosotr@s"; "La policía asesina a 15 inmigrantes y son santitos. El pueblo se defiende de su brutalidad y somos violentos terroristas, chusma, etc"; "El mafioso de mierda del rey dando lecciones desde un palacio, millonario a costa de la miseria ajena. Marca España".

En la canción también examinada por la Justicia decía, por ejemplo: "A mí no me cierra la boca semejante canalla. Juan Carlos el Bobón, capo mafioso saqueando el reino español".


Eso, para los que creen que "España mala" y "El tribunal de Estraburgo", va a arreglar el desaguisado en el que se meten ellos solitos...

Pues ahora que se joda, que no se ponga a hacer el imbécil cuando canta.
Un saludo.
anibaltw está baneado hasta el 27/11/2024 13:07 por "faltas de respeto"
spaizor6 escribió:
Adris escribió:
spaizor6 escribió:Una muestra más de la falta de la libertad de expresión...

"Componer" canciones llamando a matar a agentes, es muy democrático.
Os retratáis solitos. Vergüenza ajena.
Otro valiente de boquilla fugado con el rabo entre las piernas. [buaaj]

Otros dirigentes políticos están hoy diciendo aún mayores barbaridades y siguen ahí. Cobrando de nosotres.

Seguimos esperando
@anibaltw
La psicópata de Madrid, diciendo que se está produciendo un golpe de estado por ejemplo.
anibaltw está baneado hasta el 27/11/2024 13:07 por "faltas de respeto"
spaizor6 escribió:@anibaltw
La psicópata de Madrid, diciendo que se está produciendo un golpe de estado por ejemplo.

Cuando ha dicho eso? y si lo hubiera dicho cual es el delito exactamente?
spaizor6 escribió:@anibaltw
La psicópata de Madrid, diciendo que se está produciendo un golpe de estado por ejemplo.

Pon la noticia, y la parte del código que incumple, por lo que debería ser procesada y encarcelada.

@spaizor6
Novedades?.
Es increíble el nivel de crispación que hay en España últimamente... Da un asco tremendo oír a la gente y leer/ver noticias.

[tomaaa]
En injurias y calumnias es difícil ser condenado. Tiene que tratarse de injurias muy graves y con mucha publicidad y además insistentes.

Si no existiese el delito de injurias, podría darse frecuentemente el caso del "abuso de derecho", que consiste en utilizar un derecho de una forma tan abusiva, que hace daño a alguien. Por ejemplo el propietario de un coche tiene derecho a destruirlo si quiere, pero no plantándole fuego en la calle.

El propietario de una casa que está alquilada, tiene derecho a hacer uso de su propiedad, pero no a entrar en ella mientras está alquilada.

Pues la libertad de expresión es un derecho que también se puede llevar a extremos abusivos.

Este señor rapero, ha traspasado todos los límites del uso legítimo de la libertad de expresión y, como era de esperar, fue condenado por los juzgados y tribunales. Pero cuidado, no olvidemos que fue condenado DESPUÉS de cometer los hechos, ya que nadie le impidió decir o cantar o publicar lo que le dio la gana, porque no sufrió ninguna censura previa, ningún ataque en su libertad de expresión, la cual pudo ejercer como quiso. Simplemente ha sucedido que una vez tirada la piedra, no ha podido esconder la mano. Este mismo señor, durante una dictadura no habría podido expresarse con libertad. En una democracia los ciudadanos tienen libertad de expresión, pero ese derecho lleva aparejada la responsabilidad por usarlo. Lo que este señor rapero pretendía era no tener que responder por sus actos, es decir, quedar impune. La libertad de expresión es un derecho que debe usarse con responsabilidad. Por eso las dictaduras lo suprimen, porque no quieren dar ninguna libertad a la ciudadanía. El señor rapero en cambio ha gozado de toda la libertad creativa y de expresión para decir lo que le ha dado la gana sin que nadie se lo impidiese. Pero debe responder por sus actos, como cualquier hijo de vecino.

Lo que ha dicho el TDEH es de pura lógica cartesiana y lo raro habría sido que hubiese dado la razón a la defensa del rapero.

https://www.publico.es/es/tribunales/ab ... expresion/
dan-88 escribió:Es increíble el nivel de crispación que hay en España últimamente... Da un asco tremendo oír a la gente y leer/ver noticias.

[tomaaa]

¿Sólo en España? Está el mundo entero para mandarlo a tomar por culo.
Este está tan calvo que en nada cambiará la H por la S.
535 respuestas
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