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mcubcn escribió:largeroliker escribió:Veo que cada vez hace más falta empezar a penalizar las viviendas vacías.
Y a las alquiladas como turísticas, también.
No es mi caso pq solo tengo un piso y no creo que vaya a tener otro... Pero si tuviera un segundo piso, ya sea por herencia o pq me ha tocado en un sorteo, si no lo quiero ni vender ni alquilar, pongamos que lo quiero tener de trastero lleno de mierda, que razón hay para que me tengan que penalizar si el piso es mío?
IvanQ escribió:Habláis como si la morosidad fuera el único problema al que tiene que enfrentarse el arrendador.
IvanQ escribió:Habláis como si la morosidad fuera el único problema al que tiene que enfrentarse el arrendador.
GXY escribió:la morosidad ha aumentado en los ultimos meses, pero los registros en la materia durante años han estado por debajo del 10%
y eso es de la totalidad de los alquileres, no solo de las viviendas, que tambien las empresas dejan de pagar alquileres, cuando les van mal dadas.
Dfx escribió:En ambos lados hay bichos malos, pero desde luego el inquilino no está en una situación de poder precisamente si va por lo legal, como para quitarle protecciones.
Dfx escribió:En ambos lados hay bichos malos, pero...
GXY escribió:la morosidad ha aumentado en los ultimos meses, pero los registros en la materia durante años han estado por debajo del 10%
y eso es de la totalidad de los alquileres, no solo de las viviendas, que tambien las empresas dejan de pagar alquileres, cuando les van mal dadas.
mcubcn escribió:largeroliker escribió:Veo que cada vez hace más falta empezar a penalizar las viviendas vacías.
Y a las alquiladas como turísticas, también.
No es mi caso pq solo tengo un piso y no creo que vaya a tener otro... Pero si tuviera un segundo piso, ya sea por herencia o pq me ha tocado en un sorteo, si no lo quiero ni vender ni alquilar, pongamos que lo quiero tener de trastero lleno de mierda, que razón hay para que me tengan que penalizar si el piso es mío?
Galigari escribió:Eres consciente de que te refieres a alquileres DECLARADOS como tal y previo registro del contrato de alquiler... que todos sabemos como se mueve el mercado del alquiler , por cada contrato registrado me juego el culo a que tenemos 2 sin registrar y ojo antes de saltar con la legalidad, en esos alquileres sin registrar la culpa es de las dos partes .....
Galigari escribió:Por que hay un sector de la poblacion que el termino propiedad privada no es capaz de asumirlo y se ve en la superioridad moral de decir a los propietarios como donde y cuando tienen que ceder su bien , por que son muy sociales muy mucho pero con el dinero de otro....
La vivienda es un bien de primera necesidad , pero mi vivienda o mis viviendas no son el bien de nadie y no tengo por que ceder mi propiedad .
Si te cargas la propiedad privada te cargas la libertad economica y de las personas ....
Dfx escribió:@IvanQ porque lo he vivido en mis carnes lo que es encontrarte con un casero de lo peor, meses de abogados, dinero perdido, mudanza express para irte, amenazas, etc... Y la única ventaja legal que tienes es la posibilidad de ser un okupa sin que te echen, porque te tienes que liar a juicios para que el casero cumpla.
Galigari escribió:@GXY
Por que no considero que las dos cosas tengan que estar relacionadas , si yo tengo mi propiedad solo pido que la ley me ampare y que nada ni nadie me "oblige" ni me diga como tengo que usarla, siempre y cuando yo cumpla con mis obligaciones para con esa o esas propiedades.
Ahora vamos al caso de personas que necesitan un alquiler social o una ayuda en el alquiler (que no es lo mismo un grupo y otro).
Si necesitas vivienda social se construye vivienda social , lo que no puedes pretender es que la vivienda social esté ubicada al lado del que a pagado a 2300€ el m2 y el que necesita una ayuda para el alquiler facilitale dicha ayuda bien vía condonacion de impuestos o de forma directa...
Crea como estado un "carnet " de arrendadores y arrendados donde a lo largo de la vida de cada uno se "demuestre" la calidad de las 2 partes en cuanto a cumplimiento de obligaciones....
Sabes que estoy encontra de los impuestos abusivos y se que tu respuesta será decir que ambas medidas propuestas se sufragan con impuestos pero el problema no es poner o subir impuestos el problema es que los que existen actualmente están aprovechandos como el culo por la administración, desde el funcionario que es un sinvergüenza y de 365dias trabaja 100 hasta el que firma la.compra de un toner de impresora por 8 veces su valor real, o los sueldos vitalicios de todos los animalitos que tenemos por políticos que en pleno estado de alarma se embolsarse también las dietas....
Pero no aquí se juega a gastar y gastar absurdamente solo tienes que ver como un gobierno a ligado las pensiones al IPC sin tener ni un misero plan económico ni presupuesto ni nada...
Ya lo he comentado contigo muchas veces , ayudar esta bien y es necesario y además se puede hacer pero también hay que ver esa ayuda a quien va dirigida...¿tu ves normal que una persona que lleve 40 años trabajando y cotizando, ahora quieran recortarle la pensión para entre otras cosas darle a quien no a dado un palo al agua en su vida 700/800€?
Yo desde luego no lo veo normal .
animally escribió:no creo que sea tan dificil de entender que el que tiene que alquilar la casa es más débil que el que la pone en alquiler.
animally escribió:no creo que sea tan dificil de entender que el que tiene que alquilar la casa es más débil que el que la pone en alquiler.
GXY escribió:porque cuando la parte propietaria incumple la vivienda sigue siendo suya, pero cuando la parte arrendadora incumple, pierde el derecho al uso de la vivienda. ahi hay una asimetria.
animally escribió:no creo que sea tan dificil de entender que el que tiene que alquilar la casa es más débil que el que la pone en alquiler.
IvanQ escribió:GXY escribió:porque cuando la parte propietaria incumple la vivienda sigue siendo suya, pero cuando la parte arrendadora incumple, pierde el derecho al uso de la vivienda. ahi hay una asimetria.
Pierde el derecho al uso de la vivienda... 1 o 2 años después, con toda la perdida de dinero que eso supone a la parte propietaria. Si vemos los problemas bidireccionalmente en vez de meter una lucha de clases forzosa quizá nos vaya mejor.
GXY escribió:si reconocemos los problemas que tienen los inquilinos que pagan en vez de reducirlo todo a las causas derivadas de los que no, tambien avanzariamos algo.
IvanQ escribió:GXY escribió:si reconocemos los problemas que tienen los inquilinos que pagan en vez de reducirlo todo a las causas derivadas de los que no, tambien avanzariamos algo.
Te he dicho que hay que enfocar el problema bidireccionalmente, los problemas de los arrendadores y de los arrendatarios por lo que no entiendo tu comentario.
IvanQ escribió:GXY escribió:si reconocemos los problemas que tienen los inquilinos que pagan en vez de reducirlo todo a las causas derivadas de los que no, tambien avanzariamos algo.
Te he dicho que hay que enfocar el problema bidireccionalmente, los problemas de los arrendadores y de los arrendatarios por lo que no entiendo tu comentario.
GXY escribió:pues enfocalo bidireccionalmente.
GXY escribió:fechas fijas de celebracion de los contratos ... aqui no tenemos esa costumbre. no me parece mal pero no lo veo muy viable.
GXY escribió:listado de elementos ... ok. es algo que se echa mucho de menos en muchos contratos (algunos propietarios si se preocupan de esto. la mayoria, con el "todo es toro" y "el inquilino paga las roturas" tiran)
" todo lo que esté en mal estado y demás que no aparezca en el listado tendrá que ser reparado o reemplazado por el inquilino" ¿porque? si no esta en el listado y por tanto el propietario no lo reconoce como un item de la vivienda porque el inquilino se tiene que hacer cargo? evidentemente esta hecho asi para que si al propietario se le olvida incluir algo, no penalizarle por esa rotura o merma, pero precisamente, si hay un listado de items de la vivienda, no entiendo porque algo que no este incluido hay que endosarselo al inquilino.
GXY escribió:en mi opinion aqui hay que distinguir dos tipos de elementos: los estructurales (suelo, paredes, conducciones de agua, electricidad, etc. puertas y ventanas, mobiliario empotrado...) donde salvo que por peritaje se estableciera lo contrario, la responsabilidad seria por defecto del propietario (mismo caso que con la asuncion de derramas de la comunidad) y los muebles (mobiliario, electrodomesticos incluidos...) donde se habria de determinar por peritaje el posible defecto por mal uso, o ambas partes podrian acordar la sustitucion, en caso de rotura o averia, y en el caso de que el inquilino aporte dicha sustitucion, si se la queda el o se queda en la vivienda.
GXY escribió:la funcion de mediacion... la puede ejercer cualquier entidad a la que las dos partes se deban. yo soy mas partidario de una entidad gubernamental nacional, pero puede ser autonomica o local.
GXY escribió:que haya un registro de inquilinos y que ahi quede reflejado sus deudas pendientes (y que en tal caso no puedan celebrar otro contrato supervisado), tambien. lo mismo para propietarios si se da la misma situacion.
GXY escribió:con eso que describes no se limita la especulacion. dejando aparte que la unica manera real de limitar la especulacion es fijando precios, el indicador deberia ser el IPC.
GXY escribió:en mi opinion, si se hicieran las cosas "bien" una cosa que se deberia hacer es un tasado de la vivienda para incluirla en el sistema, y ese tasado deberia tener dos componentes. un componente interno y un componente externo. con esto me refiero: una vivienda de 3 habitaciones, 100m², cocina tal, baño tal, materiales tal, equipamiento tal, etc. deberia tener EL MISMO valor independientemente de que se encuentre en el centro historico de donosti, en vallecas, en seseña o en tenteniguada (una poblacion rural de gran canaria, por si no te suena). ese seria el componente 1 o "interno". el componente 2 o "externo" SI es variable y dependiente de "en donde" se encuentre la vivienda (caracteristicas del edificio, del barrio, de la ciudad, accesos, cercanias a lugares, etc) y ese componente externo deberia constituir, como maximo, un % de desviacion. y con % me refiero a inferior al valor intrinseco. eso SI ayudaria contra la especulacion, porque evitaria que una vivienda sea 4X mas cara que otra igual solo porque una esta en el lugar tal y la otra en el lugar cual. contra la especulacion se lucha luchando, estableciendo politicas reales que la eviten.
IvanQ escribió:Me expliqué mal, en el listado tiene que aparecer todo lo que hay dentro del piso, si está en mal estado y en el listado ponía que estaba en buen estado tiene que pagar el inquilino, con pagar cosas que no estan en el listado me refiero a que aparezca el suelo totalmente rallado o algo similar, hay que mirar esas cosas bien al entrar por que si se detectan después y no están en el listado te toca pagarlas, puede llegar a ser injusto si no lo habías visto pero no se me ocurre nada mejor, la gente cuando entra a un piso suele dedicar bastante tiempo a mirar y apuntar todo.
IvanQ escribió:A qué te refieres? Si el propietario no cumple en Suiza está agarrado por los huevos. Que el propietario esté en una lista de morosos no le afecta al inquilino, lo contrario sí.
IvanQ escribió:Está a medio camino entre limitación y libre mercado, yo creo que fijar precios sería contraproducente, lo otro no es perfecto pero limita mucho los abusos, aqui en Espala se puede pasar de cobrar 1000 a 2000 sin despeinarse.
IvanQ escribió:En Suiza estando así ya es muy difícil conseguir un piso, a mi me costó un año encontrar un piso, a cada piso que iba había otras 30 personas más mirandolo por lo que los propietarios podían elegir y por norma general elegían a Suizos antes que extranjeros, si limitas aun más el precio ese problema se hubiera agravado y para mi hubiera sido totalmente imposible encontrar algo en el rango que pretendía.
GXY escribió:entiendo el razonamiento pero no que sea un "el inquilino por defecto paga" cuando no es demostrable que el defecto lo haya producido el inquilino.
ahi en mi opinion se impone el acuerdo entre las partes, o lo que determine mediacion, tasacion del defecto, etc.
y si, los inquilinos miramos pero no somos maquinas. y hay muchas cosas que se escapan y que hasta que no estas viviendo en el piso (a veces, meses, como por ejemplo temas de cableado electrico) no se aprecian.
GXY escribió:me refiero a que si hay proteccion la haya por las dos partes y si hay latigo lo haya por las dos partes. no tiene sentido que haya una entidad mediadora y un registro de contratos, de viviendas y de inquilinos pero no lo haya de los propietarios. o que si el propietario no paga unos defectos que se ha encontrado que son responsabilidad suya, siga celebrando contratos sin que otros inquilinos sepan lo que hay.
"o follamos todos o la puta al rio".
GXY escribió:precisamente una de las ventajas de que existiera una entidad de gestion de viviendas es que se adjudiquen por lista de espera y no solamente por mejor postor. de ese modo, por ejemplo, los inquilinos candidatos solo tendrian que dar de alta una busqueda y esperar turno, no estar "cazando patos" y "participando en subastas" (cuando no en "castings", que en suiza son de eso) todos los dias.
GXY escribió:deposito 3 meses no. la fianza debe ser como mucho 1 mes. y de hecho yo la dividiria en 2, un 50% "continente" y un 50% "contenido", de modo que los posibles defectos de los que se hallara responsable al inquilino se descontaran de una parte o de la otra segun si son estructurales de la vivienda o no.
de ese modo, por ejemplo, si el inquilino ha pagado puntualmente pero hay un conflicto por un electrodomestico, el maximo que el propietario podria reclamar para si por desperfectos en la vivienda para no devolver fianza, seria el 50%, no el 100%.
IvanQ escribió:Tienes un plazo (no recuerdo tanto) después de entrar al piso para añadir cosas que detectes. Esa parte se me había olvidado comentar y me he dado cuenta ahora que lo mencionas.
IvanQ escribió:Si te refieres a las listas de morosos no son solo para inquilinos, también entras si no pagas un préstamo, internet, un ordenador... La parte demandante propone un impago y tú tienes un tiempo para presentar alegaciones o cubrir dicho pago, si despues de un tiempo no has resuelto el tema dicho tema entra en tu lista de morosos por 5 años. A mi me paso con un tema del ayuntamiento, hay que pagar por aparcar el coche aunque sea en linea blanca y no lo sabía, me mandaron el impago a una vivienda cuando yo me estaba mudando por lo que ni me enteré y entre a la lista de morosos por 50€ pero explicandole lo ocurrido a los propietarios o al pedir un préstamo no me afectaba en nada ya que era una deuda mínima y más por novato que por mal pagador.
IvanQ escribió:Yo no lo veo y prefiero que no sea así, yo tengo capacidad de decisión de donde quiero vivir y qué pisos me interesan, las listas de espera quitarían derechos a propietarios e inquilinos. Personalmente prefiero el otro sistema.
IvanQ escribió:Eso dependía del contrato, algunos eran 1 mes y otros 3, normalmente dependía del valor de lo que hubiera dentro aunque también otros ponían 3 sin tener nada dentro del piso. Esa parte la recuperas (exceptuando desperfectos y demás) por lo que en mi caso no me importaba 1 o 3 meses.
GXY escribió:eso sigue abriendo una "puerta atras" para colocar al inquilino fallos o mermas estructurales. sigo prefiriendo el criterio de que por defecto salvo indicacion contraria (peritaje, etc -> demostracion de mal uso o daño deliberado) o acuerdo entre las partes, los daños los asuma el propietario.
y con "acuerdo entre las partes" me refiero a lo que acuerden despues de descubierto el daño, no puesto en el contrato a priori, que es como suelen resolver "de mutuo acuerdo" las cosas quienes redactan los contratos.
hacer pasar al inquilino los defectos por defecto es una clausula abusiva. (hablo de legislacion actual).
GXY escribió:eso sobre el papel esta bien pero tiene el problema de que por ejemplo tengas un conflicto o deuda por una causa (p.ej. factura de servicio, o multa de trafico, etc), y eso, por ejemplo, te impida alquilar.
GXY escribió:yo creo que solo las deudas de alquiler deberian impedir suscribir un contrato de alquiler. si no me equivoco de hecho eso que indico es un principio rector en la gestion de deudas.
GXY escribió:"el otro sistema" favorece la desigualdad de oportunidades y favorece que el acuerdo se de en plan comercial y no por una adquisicion de derechos. el objetivo es que para los ciudadanos sea accesible, seguro y facil obtener una vivienda a un precio razonable, y que para los propietarios sea seguro, facil y comodo tener inquilinos verificados. no es el free for all comercial que hay hoy dia por norma general. seria un termino medio entre un sistema comercial y el sistema de otorgacion por via administrativa que se utiliza para ayudas o para las VPO. (sistema que por cierto es muy lento por la saturacion de los servicios administrativos)
lo que he indicado no es incompatible con elegir por perfil (tamaño, situacion, horquilla de precio...) de lo que se trata es de evitar el modelo de subasta, y que se acceda a las viviendas disponibles por derecho y por antiguedad en lista, no por ser mas rapido, pagar mas o "superar un casting". si eres muy preciso con el perfil a lo mejor tarda mucho en aparecer una vivienda y que accedas a ella, y ahi podrias regular abriendo el abanico, pero siempre dentro de unos margenes, pero estarias en una cola donde serias atendido si o si, no en un zoco donde a lo mejor te quedas fuera de las 20 ofertas disponibles del dia.
GXY escribió:una de las cuestiones es que haya una igualdad de derechos y obligaciones, evitando, como dije antes, desigualdades y free for all.
IvanQ escribió:No entiendo a qué te refieres por mermas estructurales, si algo falla con un uso normal el encargado es el propietario, otra cosa es que golpees una ventana o ralles excesivamente un suelo, ahí si te tocaría pagar y eso es fácilmente detectable, si falla una tubería a no ser que se demuestre que ha sido por mal uso (que ya me dirás cómo demuestras eso) paga el propietario.
IvanQ escribió:Las listas de morosos incluyen todo y ya la valoración de la misma es personal, en el caso de contratos interpersonales.
IvanQ escribió:Aquí no nos vamos a poner de acuerdo, tu prefieres un sistema y yo otro, yo no quiero limitaciones de ningun tipo, qué pasa si me ponen un piso de mi perfil pero por lo que sea no lo quiero? Entiendo que eso supondría una penalización en mi lista de espera.
GXY escribió:me refiero a que si por ejemplo el calentador de agua falla tras 5 años de uso y el inquilino lleva 2, o que si por ejemplo al ir a abrir una persiana el mecanismo de puro viejo se rompe, despues de no haberlo tocado en decadas, no haya via por donde el propietario le pueda endosar al inquilino que lo asuma él "por mal uso al usarlo".
GXY escribió:hombre. si en tu definicion de perfil pones unas caracteristicas para filtrar y luego llegas a un piso y no te convence...
yo creo que si cumple unos minimos que has definido en perfil, no hay motivo para que no lo cojas, si lo descartas aun con eso, habria que ver el motivo (si es por ejemplo un defecto detectado durante la visita).
si lo descartas por causas que no pusiste en perfil pero que para ti son un descarte... pues reiniciarias cola, creo yo
GXY escribió:de todos modos este punto es un falso dilema porque normalmente llegado cierto punto los inquilinos solemos "pillar el que cuadre" renunciando a ciertos parametros de perfil (precio, zona, algunos equipamientos, estado...) creo que las posibles situaciones de descarte con "mi metodo" son menos "lesivas" en la mayoria de casos que con "tu metodo".
dinodini escribió:Vale, 5 años, pero cumple los 5 años, Lo que se firma se cumple, excepto si eres inquilino. Puedes quedarte 1, 2, 3 años, lo que quieras. Lo de 5 años solo obliga a una de las dos partes, la ley del embudo.
largeroliker escribió:Veo que cada vez hace más falta empezar a penalizar las viviendas vacías.
Y a las alquiladas como turísticas, también.