¿Por que el inquilino se puede quedar de 1 a 5 años pero yo no le puedo echar antes de 5 años?

1, 2, 3
mcubcn escribió:
largeroliker escribió:Veo que cada vez hace más falta empezar a penalizar las viviendas vacías.

Y a las alquiladas como turísticas, también.

No es mi caso pq solo tengo un piso y no creo que vaya a tener otro... Pero si tuviera un segundo piso, ya sea por herencia o pq me ha tocado en un sorteo, si no lo quiero ni vender ni alquilar, pongamos que lo quiero tener de trastero lleno de mierda, que razón hay para que me tengan que penalizar si el piso es mío?

Porque hay gente que deja los pisos vacíos para que suban los precios del alquiler.

No hablamos de un coche, una piscina portátil o un microondas. Es una vivienda, un bien básico. No se debe regir por las mismas normas que lo demás.
la morosidad ha aumentado en los ultimos meses, pero los registros en la materia durante años han estado por debajo del 10%

y eso es de la totalidad de los alquileres, no solo de las viviendas, que tambien las empresas dejan de pagar alquileres, cuando les van mal dadas.
Habláis como si la morosidad fuera el único problema al que tiene que enfrentarse el arrendador.
IvanQ escribió:Habláis como si la morosidad fuera el único problema al que tiene que enfrentarse el arrendador.


No lo es, igual que el cese del contrato no es el único problema al que tiene que enfrentarse el inquilino.
IvanQ escribió:Habláis como si la morosidad fuera el único problema al que tiene que enfrentarse el arrendador.


Que te vandalicen el piso, por ejemplo.

GXY escribió:la morosidad ha aumentado en los ultimos meses, pero los registros en la materia durante años han estado por debajo del 10%

y eso es de la totalidad de los alquileres, no solo de las viviendas, que tambien las empresas dejan de pagar alquileres, cuando les van mal dadas.


Si nos permitimos legislar para cubrir el 0.00025% de casos en otras materias, un 5% sobre morosidad en contratos de alquiler deberia estar mas que justificado.
Los inquilinos protegidos son los de "no tengo nada que perder", porque luego la realidad tienes un problema con el casero y si te pasa como a mi, que va malas, entre mudanzas express, abogados y otros gastos ya llevamos más de 1500€ gastados.

Ya vimos creo que hace un par de meses un hilo de alguien que se creía con el derecho de hacer lo que quisiera al alquilar su piso, diga la ley lo que diga. Y aquí se habla de morosidad del arrendatario como si el arrendador no pudiese tener retrasos o deudas con el inquilino debido a sus incumplimientos, que fallar en los deberes es lo habitual, desaparecer con la fianza lo mismo y muchas cosas más.

En ambos lados hay bichos malos, pero desde luego el inquilino no está en una situación de poder precisamente si va por lo legal, como para quitarle protecciones.
Dfx escribió:En ambos lados hay bichos malos, pero desde luego el inquilino no está en una situación de poder precisamente si va por lo legal, como para quitarle protecciones.

Por qué no?
Dfx escribió:En ambos lados hay bichos malos, pero...


Ahi es cuando desparrama todo el argumento.
@IvanQ porque lo he vivido en mis carnes lo que es encontrarte con un casero de lo peor, meses de abogados, dinero perdido, mudanza express para irte, amenazas, etc... Y la única ventaja legal que tienes es la posibilidad de ser un okupa sin que te echen, porque te tienes que liar a juicios para que el casero cumpla.
GXY escribió:la morosidad ha aumentado en los ultimos meses, pero los registros en la materia durante años han estado por debajo del 10%

y eso es de la totalidad de los alquileres, no solo de las viviendas, que tambien las empresas dejan de pagar alquileres, cuando les van mal dadas.



Eres consciente de que te refieres a alquileres DECLARADOS como tal y previo registro del contrato de alquiler... que todos sabemos como se mueve el mercado del alquiler , por cada contrato registrado me juego el culo a que tenemos 2 sin registrar y ojo antes de saltar con la legalidad, en esos alquileres sin registrar la culpa es de las dos partes .....

mcubcn escribió:
largeroliker escribió:Veo que cada vez hace más falta empezar a penalizar las viviendas vacías.

Y a las alquiladas como turísticas, también.

No es mi caso pq solo tengo un piso y no creo que vaya a tener otro... Pero si tuviera un segundo piso, ya sea por herencia o pq me ha tocado en un sorteo, si no lo quiero ni vender ni alquilar, pongamos que lo quiero tener de trastero lleno de mierda, que razón hay para que me tengan que penalizar si el piso es mío?


Por que hay un sector de la poblacion que el termino propiedad privada no es capaz de asumirlo y se ve en la superioridad moral de decir a los propietarios como donde y cuando tienen que ceder su bien , por que son muy sociales muy mucho pero con el dinero de otro....

La vivienda es un bien de primera necesidad , pero mi vivienda o mis viviendas no son el bien de nadie y no tengo por que ceder mi propiedad .

Si te cargas la propiedad privada te cargas la libertad economica y de las personas ....
Galigari escribió:Eres consciente de que te refieres a alquileres DECLARADOS como tal y previo registro del contrato de alquiler... que todos sabemos como se mueve el mercado del alquiler , por cada contrato registrado me juego el culo a que tenemos 2 sin registrar y ojo antes de saltar con la legalidad, en esos alquileres sin registrar la culpa es de las dos partes .....


soy consciente.

mi intencion es sacar el foco de donde siempre se pone en los temas de alquiler y es en criminalizar a todo el conjunto de ciudadanos inquilinos por un porcentaje (que ademas, mayormente corresponde a colectivos conocidos y a personas en situaciones de desproteccion) de personas que, efectivamente, se ven en la situacion de no poder pagar el alquiler.

Galigari escribió:Por que hay un sector de la poblacion que el termino propiedad privada no es capaz de asumirlo y se ve en la superioridad moral de decir a los propietarios como donde y cuando tienen que ceder su bien , por que son muy sociales muy mucho pero con el dinero de otro....

La vivienda es un bien de primera necesidad , pero mi vivienda o mis viviendas no son el bien de nadie y no tengo por que ceder mi propiedad .

Si te cargas la propiedad privada te cargas la libertad economica y de las personas ....


porque siempre en todos los hilos del tema lo enfocas de este modo claramente confrontativo? bueno tu y varios mas, que no eres tu solo, pero sois todos de la misma cuerda.

es imposible cuadrar los intereses de una gran parte de poblacion trabajadora, cuya situacion de trabajo y de economia es precaria y de supervivencia, con unas condiciones de alquiler de vivienda razonables?

a ti te parece razonable que a una persona que trabaja 8 meses de cada 24 se le exija pago de alquiler 24 meses de cada 24 y cada 12 meses pagame 100 euros mas porque "es el mercado, amigo?" ese es vuestro planteamiento de sociedad? el que pueda arre y el que no, a la cuneta, que frena y estorba?

parece ser que si, que mientras haya gente que pague, que otros se queden en la calle, o tengan que volver a la casa de sus padres o abuelos, o que tengan que compartir de 6 en 6 y convertir los pisos en lanchas pateras, esta todo ok con tal de que los precios sean los que a los propietarios les convienen.

sabes que?

quedate el pin. yo estoy cansado de pelear con gente que tiene la empatia de una taladradora. los que estais a favor del mercado > personas, espero que sean consecuentes con su eleccion.

y lo que mas flipante me parece es que esto lo opine gente que vive en una de las CCAA con mayor indice de poblacion trabajadora pobre de españa. lo dicho. mercado > personas. para los que lo quieran.
Dfx escribió:@IvanQ porque lo he vivido en mis carnes lo que es encontrarte con un casero de lo peor, meses de abogados, dinero perdido, mudanza express para irte, amenazas, etc... Y la única ventaja legal que tienes es la posibilidad de ser un okupa sin que te echen, porque te tienes que liar a juicios para que el casero cumpla.

Pero lo mismo pasa al revés, el casero tiene que andar de juicios si destrozas la casa o si te quedas de ocupa y pierden mucho dinero.
@GXY

Por que no considero que las dos cosas tengan que estar relacionadas , si yo tengo mi propiedad solo pido que la ley me ampare y que nada ni nadie me "oblige" ni me diga como tengo que usarla, siempre y cuando yo cumpla con mis obligaciones para con esa o esas propiedades.

Ahora vamos al caso de personas que necesitan un alquiler social o una ayuda en el alquiler (que no es lo mismo un grupo y otro).
Si necesitas vivienda social se construye vivienda social , lo que no puedes pretender es que la vivienda social esté ubicada al lado del que a pagado a 2300€ el m2 y el que necesita una ayuda para el alquiler facilitale dicha ayuda bien vía condonacion de impuestos o de forma directa...
Crea como estado un "carnet " de arrendadores y arrendados donde a lo largo de la vida de cada uno se "demuestre" la calidad de las 2 partes en cuanto a cumplimiento de obligaciones....

Sabes que estoy encontra de los impuestos abusivos y se que tu respuesta será decir que ambas medidas propuestas se sufragan con impuestos pero el problema no es poner o subir impuestos el problema es que los que existen actualmente están aprovechandos como el culo por la administración, desde el funcionario que es un sinvergüenza y de 365dias trabaja 100 hasta el que firma la.compra de un toner de impresora por 8 veces su valor real, o los sueldos vitalicios de todos los animalitos que tenemos por políticos que en pleno estado de alarma se embolsarse también las dietas....


Pero no aquí se juega a gastar y gastar absurdamente solo tienes que ver como un gobierno a ligado las pensiones al IPC sin tener ni un misero plan económico ni presupuesto ni nada...

Ya lo he comentado contigo muchas veces , ayudar esta bien y es necesario y además se puede hacer pero también hay que ver esa ayuda a quien va dirigida...¿tu ves normal que una persona que lleve 40 años trabajando y cotizando, ahora quieran recortarle la pensión para entre otras cosas darle a quien no a dado un palo al agua en su vida 700/800€?

Yo desde luego no lo veo normal .
Galigari escribió:@GXY

Por que no considero que las dos cosas tengan que estar relacionadas , si yo tengo mi propiedad solo pido que la ley me ampare y que nada ni nadie me "oblige" ni me diga como tengo que usarla, siempre y cuando yo cumpla con mis obligaciones para con esa o esas propiedades.

Ahora vamos al caso de personas que necesitan un alquiler social o una ayuda en el alquiler (que no es lo mismo un grupo y otro).
Si necesitas vivienda social se construye vivienda social , lo que no puedes pretender es que la vivienda social esté ubicada al lado del que a pagado a 2300€ el m2 y el que necesita una ayuda para el alquiler facilitale dicha ayuda bien vía condonacion de impuestos o de forma directa...
Crea como estado un "carnet " de arrendadores y arrendados donde a lo largo de la vida de cada uno se "demuestre" la calidad de las 2 partes en cuanto a cumplimiento de obligaciones....

Sabes que estoy encontra de los impuestos abusivos y se que tu respuesta será decir que ambas medidas propuestas se sufragan con impuestos pero el problema no es poner o subir impuestos el problema es que los que existen actualmente están aprovechandos como el culo por la administración, desde el funcionario que es un sinvergüenza y de 365dias trabaja 100 hasta el que firma la.compra de un toner de impresora por 8 veces su valor real, o los sueldos vitalicios de todos los animalitos que tenemos por políticos que en pleno estado de alarma se embolsarse también las dietas....


Pero no aquí se juega a gastar y gastar absurdamente solo tienes que ver como un gobierno a ligado las pensiones al IPC sin tener ni un misero plan económico ni presupuesto ni nada...

Ya lo he comentado contigo muchas veces , ayudar esta bien y es necesario y además se puede hacer pero también hay que ver esa ayuda a quien va dirigida...¿tu ves normal que una persona que lleve 40 años trabajando y cotizando, ahora quieran recortarle la pensión para entre otras cosas darle a quien no a dado un palo al agua en su vida 700/800€?

Yo desde luego no lo veo normal .


"no estan relacionadas" pero lo estan, porque "el mercado """libre""" de la vivienda" existe, y en el tenemos que jugar todos, los que pagan y los que cobran.

lo que no puede ser es que el sistema sea una balsa de aceite para los que cobran y un infierno para los que pagan.

yo no se la experiencia que tienes tu alquilando (me refiero a pagarle un alquiler a un propietario). porque estos hilos al final el 90% son siempre los propietarios llorando de la poca proteccion que tienen frente a una serie de casos Y NADA MAS y por ejemplo, de la nula proteccion que tiene el inquilino frente a un propietario que abusa o que se desentiende de sus obligaciones, de eso apenas se menciona ni media.

hemos tenido discusiones sobre este tema una docena de veces, sabes perfectamente mi opinion al respecto del tema de los alquileres y las viviendas en general. creo que no tendre que repetirla por centesima vez.

ojo con un par de cosas que has dicho. "la vivienda social no puede estar ubicada al lado de donde otro ha pagado xxx" porque claro, es que me va a depreciar el precio. con ese modo de proceder sabes lo que creas: ghetos. que de hecho son eso: barrios de viviendas fabricadas muy barato y puestas donde cristo perdio la alpargata para que esa gente este ahi y de por culo (a los ciudadanos honrados y al mercado) lo menos posible. yo te ayudo, pero de strangis. no te acerques y no me conoces.

precisamente gran parte del problema de la vivienda son las "burbujas" ya sean de "riqueza" o de "pobreza" que arrastran precios. supongo que te sonara eso del piso o apartamento que es una rotunda mierda pinchá en un palo pero que es carisisisisimo porque esta en tal zona. claro. es que el que a 500 metros de mi chabola unos se monten unas villas para pijostios de a 3 millones de euros la pieza convierte automagicamente mi chabola de mierda en un palacete. pero tu contra esa subida de precio no dices nada. ahi si es el mercado, amigo, verdad?

en fin. lo dicho. primero utilicemos lo que hay, que dentro de lo que hay, hay mucho que rascar, y luego ya vemos si se necesita mas. en vez de construir como si no hubiera un mañana alimentando un monstruo para luego tener que solucionar el problema de que hay un monstruo en mi habitacion que me ha echado de la cama y se come el colchon.
no creo que sea tan dificil de entender que el que tiene que alquilar la casa es más débil que el que la pone en alquiler.
animally escribió:no creo que sea tan dificil de entender que el que tiene que alquilar la casa es más débil que el que la pone en alquiler.

Por qué?
animally escribió:no creo que sea tan dificil de entender que el que tiene que alquilar la casa es más débil que el que la pone en alquiler.

si hacemos una generalización así...vamos por muy mal camino
hay gente con pasta suficiente para comprarse una vivienda que decide alquilar y gente que depende del alquiler de su vivienda para llegar a final de mes...
aqui esta claro que lo hay que hacer es proteger a las dos partes por igual...si la justicia se inclina por un lado PELIGRO...que provoca que la gente deje de alquilar para larga duración.
porque cuando la parte propietaria incumple la vivienda sigue siendo suya, pero cuando la parte arrendadora incumple, pierde el derecho al uso de la vivienda. ahi hay una asimetria.
GXY escribió:porque cuando la parte propietaria incumple la vivienda sigue siendo suya, pero cuando la parte arrendadora incumple, pierde el derecho al uso de la vivienda. ahi hay una asimetria.

Pierde el derecho al uso de la vivienda... 1 o 2 años después, con toda la perdida de dinero que eso supone a la parte propietaria. Si vemos los problemas bidireccionalmente en vez de meter una lucha de clases forzosa quizá nos vaya mejor.
animally escribió:no creo que sea tan dificil de entender que el que tiene que alquilar la casa es más débil que el que la pone en alquiler.


Yo tengo un piso alquilado, me explicas por qué yo soy mas débil que mi inquilino? Te pongo en antecedentes...

Yo puedo pasar sin cobrar ese alquiler porque tengo un sueldo decente y la hipoteca de mi casa actual es muy baja.
Yo puedo decidir el día de mañana que necesito ese piso para uso personal y la ley me ampara a tirar al inquilino de SU casa... porque si, es SU casa mientras pague un alquiler.
Mi inquilino se ha visto obligado a alquilar porque ningún banco le da una hipoteca por su nivel de ingresos.
Cada mes que pasa, mi inquilino me está financiando una letra de una hipoteca que cuando acabe de pagarla el piso será mío y no suyo.

A partir de aquí, en que soy yo mas débil que mi inquilino??
IvanQ escribió:
GXY escribió:porque cuando la parte propietaria incumple la vivienda sigue siendo suya, pero cuando la parte arrendadora incumple, pierde el derecho al uso de la vivienda. ahi hay una asimetria.

Pierde el derecho al uso de la vivienda... 1 o 2 años después, con toda la perdida de dinero que eso supone a la parte propietaria. Si vemos los problemas bidireccionalmente en vez de meter una lucha de clases forzosa quizá nos vaya mejor.


si reconocemos los problemas que tienen los inquilinos que pagan en vez de reducirlo todo a las causas derivadas de los que no, tambien avanzariamos algo.
GXY escribió:si reconocemos los problemas que tienen los inquilinos que pagan en vez de reducirlo todo a las causas derivadas de los que no, tambien avanzariamos algo.

Te he dicho que hay que enfocar el problema bidireccionalmente, los problemas de los arrendadores y de los arrendatarios por lo que no entiendo tu comentario.
IvanQ escribió:
GXY escribió:si reconocemos los problemas que tienen los inquilinos que pagan en vez de reducirlo todo a las causas derivadas de los que no, tambien avanzariamos algo.

Te he dicho que hay que enfocar el problema bidireccionalmente, los problemas de los arrendadores y de los arrendatarios por lo que no entiendo tu comentario.


Los problemas de los arrendadores son que no te paguen el alquiler o que te destrocen el piso, NO que los contratos sean de 5 años.

Estos problemas se han de solucionar, de lo que se queja el creador del hilo es puro egoísmo, mirar su ombligo y que a los demás les den por el culo y si ya me dices que no tiene piso alguno en alquiler ya es la polla.
IvanQ escribió:
GXY escribió:si reconocemos los problemas que tienen los inquilinos que pagan en vez de reducirlo todo a las causas derivadas de los que no, tambien avanzariamos algo.

Te he dicho que hay que enfocar el problema bidireccionalmente, los problemas de los arrendadores y de los arrendatarios por lo que no entiendo tu comentario.


pues enfocalo bidireccionalmente.
@10-10-10 ahora mismo no me acuerdo pero se podía subir el IPC al precio del piso anualmente? Si no en 5 años el precio del alquiler a pesar de ser el mismo puede ser muy inferior por el incremento del precio del mercado, si es así lo veo bien para la mayoría de los casos.

GXY escribió:pues enfocalo bidireccionalmente.

Ya son ganas de discutir, en ningún momento he negado los problemas de los inquilinos.
ganas de discutir te puedo asegurar que por mi parte, ninguna.

lo que no estoy de acuerdo en modificar legislacion para que favorezca aun mas al propietario.

lo que si considero, y lo he comentado en varias ocasiones, es que temas inmobiliarios y principalmente vivienda, deberia tener via judicial propia y abreviada con respecto al procedimiento estandar. el procedimiento actual es lento y ocurre principalmente por eso, porque las causas administrativas caminan por la via civil (o en algunos casos, penal) que estan hiper saturadas. cuando lo suyo es que caminen por una via propia las que no lo hacen ya por la via monitoria (cuando se impaga la hipoteca, por ejemplo).

y el otro tema que ayudaria mucho con los conflictos relacionados con el alquiler de viviendas es que exista registro de todos los contratos, asi como de los propietarios e inquilinos, pero para eso se requiere la creacion de una entidad de supervision de las viviendas (al menos de los alquileres) la cual no existe, ni los propietarios estan precisamente por la labor de que exista, ya que a pesar de sus reiteradas quejas sobre su desproteccion, resulta que la mayoria prefieren la situacion actual a una en la cual se encuentren mas tutelados aunque eso aumente su proteccion o derechos.
@GXY te comento como funciona en Suiza, que lo considero razonablemente mejor que en España.

El inquilino puede dejar el piso cuando quiera, con 2 condiciones, una es que avise de 1 a 3 meses de antelación (depende del contrato) y la segunda es que sea al final de un cuatrimestre (con excepción de Diciembre por ser fin de año), en suiza los alquileres suelen hacerse para el 1 de abril, 1 de julio y 1 de octubre.

El propietario puede echar al inquilino por causas de fuerza mayor con las mismas condiciones de arriba para dar margen al inquilino. Sin causa de fuerza mayor no se como funciona.

Al entrar a un piso se hace un listado de elementos, todo lo que tiene el piso y su estado actual, este papel tiene que ser firmado por propietario (o inmobiliaria) e inquilino y ambos tendrán una copia. Al termina un contrato este listado es lo que cuenta a la hora de evaluar desperfectos y demás, todo lo que esté en mal estado y demás que no aparezca en el listado tendrá que ser reparado o reemplazado por el inquilino, normalmente el deposito es de 3 meses de alquiler, por lo que el dinero necesario se cogería de ahí y si no llega el inquilino tendría que pagarlo aparte.

En caso de desacuerdo existe una función en todos los ayuntamientos que es la de ejercer de mediadores, una persona neutral del ayuntamiento irá a mediar y a decir quién tiene la razón (me imagino que esto luego podría escalar a demandas pero lo desconozco).

En caso de impagos el proceso de deshaucio es mucho más rápido y en el caso de dicho impagos, ya sean por no pagar el alquiler o por destrozar el piso y no pagar los daños el inquilino pasaría a una lista de morosos, lista que te piden en todo nuevo alquiler, por lo que te va a ser muy jodido alquilar si la vas liando.

Para evitar especulaciones o limitarlas, el propietario tiene un máximo de precio de subida entre inquilino e inquilino, creo que era del 10-15%, por lo que si un inquilino se va pagando 1000€ al mes al siquiente no le puedes pedir más de 1150€/mes.

Creo que más o menos eso es todo, me imagino que me habré dejado cosas.
@IvanQ

plazo de aviso 1-3 meses por fuerza mayor justificada y para ambas partes ... ok

aunque veo un problema. si periodo de aviso es igual a continuacion de contrato durante ese periodo de aviso, igual estas obligando al inquilino a pagar 1-2 meses que no puede o que no va a estar en la vivienda... pero bueno, si existe una entidad mediadora o un acuerdo de las partes entiendo que es algo que se puede subsanar en cada caso particular.

fechas fijas de celebracion de los contratos ... aqui no tenemos esa costumbre. no me parece mal pero no lo veo muy viable.

yo soy mas partidario de que todos los contratos "las fechas se fijen". me explico. todos los meses empiezan el dia 1, los inicios en otras fechas siempre se resuelven proporcionalmente, y yo estableceria el rango de fechas 5-10 para el pago, esto debido a que hay muchas personas que no cobran puntualmente el dia 1 o el ultimo/s dia/s habil/es del mes anterior. con lo cual en mi opinion los pagos por norma general deberian tener el rango 5-10 (o 3-10) que el 1-5 pero bueno, esto es un pequeño tecnicismo, no suele haber problema por pagar el dia 2 o el 4, pero si me parece importante que todos los contratos, siempre, se inicien los dias 1 y se concluyan los dias 30-31. hay veces que esto no es asi y se hace jaleo.

listado de elementos ... ok. es algo que se echa mucho de menos en muchos contratos (algunos propietarios si se preocupan de esto. la mayoria, con el "todo es toro" y "el inquilino paga las roturas" tiran)

" todo lo que esté en mal estado y demás que no aparezca en el listado tendrá que ser reparado o reemplazado por el inquilino" ¿porque? si no esta en el listado y por tanto el propietario no lo reconoce como un item de la vivienda porque el inquilino se tiene que hacer cargo? evidentemente esta hecho asi para que si al propietario se le olvida incluir algo, no penalizarle por esa rotura o merma, pero precisamente, si hay un listado de items de la vivienda, no entiendo porque algo que no este incluido hay que endosarselo al inquilino.

en mi opinion aqui hay que distinguir dos tipos de elementos: los estructurales (suelo, paredes, conducciones de agua, electricidad, etc. puertas y ventanas, mobiliario empotrado...) donde salvo que por peritaje se estableciera lo contrario, la responsabilidad seria por defecto del propietario (mismo caso que con la asuncion de derramas de la comunidad) y los muebles (mobiliario, electrodomesticos incluidos...) donde se habria de determinar por peritaje el posible defecto por mal uso, o ambas partes podrian acordar la sustitucion, en caso de rotura o averia, y en el caso de que el inquilino aporte dicha sustitucion, si se la queda el o se queda en la vivienda.

la funcion de mediacion... la puede ejercer cualquier entidad a la que las dos partes se deban. yo soy mas partidario de una entidad gubernamental nacional, pero puede ser autonomica o local.

el tema de "velocidad de resolucion" como ya he dicho, es un tema procedimental. si hay una entidad administrativa el proceso siempre va a ser mas rapido que elevando a judicial.

tambien esta la opcion del seguro de viviendas arrendadas. donde veo ahi el problema es con las condiciones economicas que se exigen al inquilino (cumplimiento de la regla de 1/3 de gastos/ingresos).

en mi opinion en caso de que se determine, por peritaje, la responsabilidad del inquilino por lo que sea, pues si, reclamarselo, directamente o si en un plazo determinado no se aviene o no paga, pues ya por via ejecutiva (embargo).

que haya un registro de inquilinos y que ahi quede reflejado sus deudas pendientes (y que en tal caso no puedan celebrar otro contrato supervisado), tambien. lo mismo para propietarios si se da la misma situacion.

con eso que describes no se limita la especulacion. dejando aparte que la unica manera real de limitar la especulacion es fijando precios, el indicador deberia ser el IPC.

en mi opinion, si se hicieran las cosas "bien" una cosa que se deberia hacer es un tasado de la vivienda para incluirla en el sistema, y ese tasado deberia tener dos componentes. un componente interno y un componente externo. con esto me refiero: una vivienda de 3 habitaciones, 100m², cocina tal, baño tal, materiales tal, equipamiento tal, etc. deberia tener EL MISMO valor independientemente de que se encuentre en el centro historico de donosti, en vallecas, en seseña o en tenteniguada (una poblacion rural de gran canaria, por si no te suena). ese seria el componente 1 o "interno". el componente 2 o "externo" SI es variable y dependiente de "en donde" se encuentre la vivienda (caracteristicas del edificio, del barrio, de la ciudad, accesos, cercanias a lugares, etc) y ese componente externo deberia constituir, como maximo, un % de desviacion. y con % me refiero a inferior al valor intrinseco. eso SI ayudaria contra la especulacion, porque evitaria que una vivienda sea 4X mas cara que otra igual solo porque una esta en el lugar tal y la otra en el lugar cual. contra la especulacion se lucha luchando, estableciendo politicas reales que la eviten.

conste que hablo desde la barra de mi teclado. no soy un experto inmobiliario ni bancario ni financiero. asi que agradeceria que no me respondan como si lo fueran, que aqui todos somos pollitos, que yo sepa.

como ves, en muchas cosas "ok". en otras no, y en otras habria que avanzar mas.
GXY escribió:fechas fijas de celebracion de los contratos ... aqui no tenemos esa costumbre. no me parece mal pero no lo veo muy viable.

A ver, hay fechas fijas que son comunes, pero no son obligatorias, siempre encuentras pisos fuera de fechas pero digamos que lo otro es lo habitual.

GXY escribió:listado de elementos ... ok. es algo que se echa mucho de menos en muchos contratos (algunos propietarios si se preocupan de esto. la mayoria, con el "todo es toro" y "el inquilino paga las roturas" tiran)

" todo lo que esté en mal estado y demás que no aparezca en el listado tendrá que ser reparado o reemplazado por el inquilino" ¿porque? si no esta en el listado y por tanto el propietario no lo reconoce como un item de la vivienda porque el inquilino se tiene que hacer cargo? evidentemente esta hecho asi para que si al propietario se le olvida incluir algo, no penalizarle por esa rotura o merma, pero precisamente, si hay un listado de items de la vivienda, no entiendo porque algo que no este incluido hay que endosarselo al inquilino.

Me expliqué mal, en el listado tiene que aparecer todo lo que hay dentro del piso, si está en mal estado y en el listado ponía que estaba en buen estado tiene que pagar el inquilino, con pagar cosas que no estan en el listado me refiero a que aparezca el suelo totalmente rallado o algo similar, hay que mirar esas cosas bien al entrar por que si se detectan después y no están en el listado te toca pagarlas, puede llegar a ser injusto si no lo habías visto pero no se me ocurre nada mejor, la gente cuando entra a un piso suele dedicar bastante tiempo a mirar y apuntar todo.

GXY escribió:en mi opinion aqui hay que distinguir dos tipos de elementos: los estructurales (suelo, paredes, conducciones de agua, electricidad, etc. puertas y ventanas, mobiliario empotrado...) donde salvo que por peritaje se estableciera lo contrario, la responsabilidad seria por defecto del propietario (mismo caso que con la asuncion de derramas de la comunidad) y los muebles (mobiliario, electrodomesticos incluidos...) donde se habria de determinar por peritaje el posible defecto por mal uso, o ambas partes podrian acordar la sustitucion, en caso de rotura o averia, y en el caso de que el inquilino aporte dicha sustitucion, si se la queda el o se queda en la vivienda.

Eso es así, durante mi estancia en un piso se rompio una persiana electrica por que dentro habia un panal de avispas y a la semana lo tenía reparado a costa de la inmobiliaria.

GXY escribió:la funcion de mediacion... la puede ejercer cualquier entidad a la que las dos partes se deban. yo soy mas partidario de una entidad gubernamental nacional, pero puede ser autonomica o local.

En este caso es el ayuntamiento de donde está el piso.

GXY escribió:que haya un registro de inquilinos y que ahi quede reflejado sus deudas pendientes (y que en tal caso no puedan celebrar otro contrato supervisado), tambien. lo mismo para propietarios si se da la misma situacion.

A qué te refieres? Si el propietario no cumple en Suiza está agarrado por los huevos. Que el propietario esté en una lista de morosos no le afecta al inquilino, lo contrario sí.

GXY escribió:con eso que describes no se limita la especulacion. dejando aparte que la unica manera real de limitar la especulacion es fijando precios, el indicador deberia ser el IPC.

Está a medio camino entre limitación y libre mercado, yo creo que fijar precios sería contraproducente, lo otro no es perfecto pero limita mucho los abusos, aqui en Espala se puede pasar de cobrar 1000 a 2000 sin despeinarse.

GXY escribió:en mi opinion, si se hicieran las cosas "bien" una cosa que se deberia hacer es un tasado de la vivienda para incluirla en el sistema, y ese tasado deberia tener dos componentes. un componente interno y un componente externo. con esto me refiero: una vivienda de 3 habitaciones, 100m², cocina tal, baño tal, materiales tal, equipamiento tal, etc. deberia tener EL MISMO valor independientemente de que se encuentre en el centro historico de donosti, en vallecas, en seseña o en tenteniguada (una poblacion rural de gran canaria, por si no te suena). ese seria el componente 1 o "interno". el componente 2 o "externo" SI es variable y dependiente de "en donde" se encuentre la vivienda (caracteristicas del edificio, del barrio, de la ciudad, accesos, cercanias a lugares, etc) y ese componente externo deberia constituir, como maximo, un % de desviacion. y con % me refiero a inferior al valor intrinseco. eso SI ayudaria contra la especulacion, porque evitaria que una vivienda sea 4X mas cara que otra igual solo porque una esta en el lugar tal y la otra en el lugar cual. contra la especulacion se lucha luchando, estableciendo politicas reales que la eviten.

En Suiza estando así ya es muy difícil conseguir un piso, a mi me costó un año encontrar un piso, a cada piso que iba había otras 30 personas más mirandolo por lo que los propietarios podían elegir y por norma general elegían a Suizos antes que extranjeros, si limitas aun más el precio ese problema se hubiera agravado y para mi hubiera sido totalmente imposible encontrar algo en el rango que pretendía.
IvanQ escribió:Me expliqué mal, en el listado tiene que aparecer todo lo que hay dentro del piso, si está en mal estado y en el listado ponía que estaba en buen estado tiene que pagar el inquilino, con pagar cosas que no estan en el listado me refiero a que aparezca el suelo totalmente rallado o algo similar, hay que mirar esas cosas bien al entrar por que si se detectan después y no están en el listado te toca pagarlas, puede llegar a ser injusto si no lo habías visto pero no se me ocurre nada mejor, la gente cuando entra a un piso suele dedicar bastante tiempo a mirar y apuntar todo.


entiendo el razonamiento pero no que sea un "el inquilino por defecto paga" cuando no es demostrable que el defecto lo haya producido el inquilino.

ahi en mi opinion se impone el acuerdo entre las partes, o lo que determine mediacion, tasacion del defecto, etc.

y si, los inquilinos miramos pero no somos maquinas. y hay muchas cosas que se escapan y que hasta que no estas viviendo en el piso (a veces, meses, como por ejemplo temas de cableado electrico) no se aprecian.

IvanQ escribió:A qué te refieres? Si el propietario no cumple en Suiza está agarrado por los huevos. Que el propietario esté en una lista de morosos no le afecta al inquilino, lo contrario sí.


me refiero a que si hay proteccion la haya por las dos partes y si hay latigo lo haya por las dos partes. no tiene sentido que haya una entidad mediadora y un registro de contratos, de viviendas y de inquilinos pero no lo haya de los propietarios. o que si el propietario no paga unos defectos que se ha encontrado que son responsabilidad suya, siga celebrando contratos sin que otros inquilinos sepan lo que hay.

"o follamos todos o la puta al rio".

IvanQ escribió:Está a medio camino entre limitación y libre mercado, yo creo que fijar precios sería contraproducente, lo otro no es perfecto pero limita mucho los abusos, aqui en Espala se puede pasar de cobrar 1000 a 2000 sin despeinarse.


... debido a la especulacion rampante, del tipo que he dicho antes. por ejemplo en una zona de costa se reforma el paseo maritimo y todos los pisos que estan a menos de 1km de el suben automagicamente de precio.

en mi opinion la unica subida automatica debe ser el IPC. y cualquier otra cosa debe ir vinculada a la tasacion de la vivienda.

para mi, las regulaciones parciales lo que señalan es que el libre mercado puro es inviable porque invalida la justicia social (entre otros factores). por eso la mayoria de sistemas tienen mas o menos regulacion.

lo que yo digo es que el sistema mejor y menos viciado posible, es el que favorece que las viviendas se usen para lo que fueron edificadas: uso como vivienda, no como producto financiero. la mayoria de "problemas" y consecuencias obvias de la burbuja inmiobiliaria no se deben a faltas de los inquilinos, sino al afan de los propietarios por ganar mas dinero con su inversion (ya sea alquilandola o por otros medios).

IvanQ escribió:En Suiza estando así ya es muy difícil conseguir un piso, a mi me costó un año encontrar un piso, a cada piso que iba había otras 30 personas más mirandolo por lo que los propietarios podían elegir y por norma general elegían a Suizos antes que extranjeros, si limitas aun más el precio ese problema se hubiera agravado y para mi hubiera sido totalmente imposible encontrar algo en el rango que pretendía.


precisamente una de las ventajas de que existiera una entidad de gestion de viviendas es que se adjudiquen por lista de espera y no solamente por mejor postor. de ese modo, por ejemplo, los inquilinos candidatos solo tendrian que dar de alta una busqueda y esperar turno, no estar "cazando patos" y "participando en subastas" (cuando no en "castings", que en suiza son de eso) todos los dias.

y lo mismo los propietarios.

ah. una cosa que no comente en el post anterior.

deposito 3 meses no. la fianza debe ser como mucho 1 mes. y de hecho yo la dividiria en 2, un 50% "continente" y un 50% "contenido", de modo que los posibles defectos de los que se hallara responsable al inquilino se descontaran de una parte o de la otra segun si son estructurales de la vivienda o no.

de ese modo, por ejemplo, si el inquilino ha pagado puntualmente pero hay un conflicto por un electrodomestico, el maximo que el propietario podria reclamar para si por desperfectos en la vivienda para no devolver fianza, seria el 50%, no el 100%.
GXY escribió:entiendo el razonamiento pero no que sea un "el inquilino por defecto paga" cuando no es demostrable que el defecto lo haya producido el inquilino.

ahi en mi opinion se impone el acuerdo entre las partes, o lo que determine mediacion, tasacion del defecto, etc.

y si, los inquilinos miramos pero no somos maquinas. y hay muchas cosas que se escapan y que hasta que no estas viviendo en el piso (a veces, meses, como por ejemplo temas de cableado electrico) no se aprecian.

Tienes un plazo (no recuerdo tanto) después de entrar al piso para añadir cosas que detectes. Esa parte se me había olvidado comentar y me he dado cuenta ahora que lo mencionas.

GXY escribió:me refiero a que si hay proteccion la haya por las dos partes y si hay latigo lo haya por las dos partes. no tiene sentido que haya una entidad mediadora y un registro de contratos, de viviendas y de inquilinos pero no lo haya de los propietarios. o que si el propietario no paga unos defectos que se ha encontrado que son responsabilidad suya, siga celebrando contratos sin que otros inquilinos sepan lo que hay.

"o follamos todos o la puta al rio".

Si te refieres a las listas de morosos no son solo para inquilinos, también entras si no pagas un préstamo, internet, un ordenador... La parte demandante propone un impago y tú tienes un tiempo para presentar alegaciones o cubrir dicho pago, si despues de un tiempo no has resuelto el tema dicho tema entra en tu lista de morosos por 5 años. A mi me paso con un tema del ayuntamiento, hay que pagar por aparcar el coche aunque sea en linea blanca y no lo sabía, me mandaron el impago a una vivienda cuando yo me estaba mudando por lo que ni me enteré y entre a la lista de morosos por 50€ pero explicandole lo ocurrido a los propietarios o al pedir un préstamo no me afectaba en nada ya que era una deuda mínima y más por novato que por mal pagador.

GXY escribió:precisamente una de las ventajas de que existiera una entidad de gestion de viviendas es que se adjudiquen por lista de espera y no solamente por mejor postor. de ese modo, por ejemplo, los inquilinos candidatos solo tendrian que dar de alta una busqueda y esperar turno, no estar "cazando patos" y "participando en subastas" (cuando no en "castings", que en suiza son de eso) todos los dias.

Yo no lo veo y prefiero que no sea así, yo tengo capacidad de decisión de donde quiero vivir y qué pisos me interesan, las listas de espera quitarían derechos a propietarios e inquilinos. Personalmente prefiero el otro sistema.

GXY escribió:deposito 3 meses no. la fianza debe ser como mucho 1 mes. y de hecho yo la dividiria en 2, un 50% "continente" y un 50% "contenido", de modo que los posibles defectos de los que se hallara responsable al inquilino se descontaran de una parte o de la otra segun si son estructurales de la vivienda o no.

de ese modo, por ejemplo, si el inquilino ha pagado puntualmente pero hay un conflicto por un electrodomestico, el maximo que el propietario podria reclamar para si por desperfectos en la vivienda para no devolver fianza, seria el 50%, no el 100%.

Eso dependía del contrato, algunos eran 1 mes y otros 3, normalmente dependía del valor de lo que hubiera dentro aunque también otros ponían 3 sin tener nada dentro del piso. Esa parte la recuperas (exceptuando desperfectos y demás) por lo que en mi caso no me importaba 1 o 3 meses.
IvanQ escribió:Tienes un plazo (no recuerdo tanto) después de entrar al piso para añadir cosas que detectes. Esa parte se me había olvidado comentar y me he dado cuenta ahora que lo mencionas.


eso sigue abriendo una "puerta atras" para colocar al inquilino fallos o mermas estructurales. sigo prefiriendo el criterio de que por defecto salvo indicacion contraria (peritaje, etc -> demostracion de mal uso o daño deliberado) o acuerdo entre las partes, los daños los asuma el propietario.

y con "acuerdo entre las partes" me refiero a lo que acuerden despues de descubierto el daño, no puesto en el contrato a priori, que es como suelen resolver "de mutuo acuerdo" las cosas quienes redactan los contratos. :-|

hacer pasar al inquilino los defectos por defecto es una clausula abusiva. (hablo de legislacion actual).

IvanQ escribió:Si te refieres a las listas de morosos no son solo para inquilinos, también entras si no pagas un préstamo, internet, un ordenador... La parte demandante propone un impago y tú tienes un tiempo para presentar alegaciones o cubrir dicho pago, si despues de un tiempo no has resuelto el tema dicho tema entra en tu lista de morosos por 5 años. A mi me paso con un tema del ayuntamiento, hay que pagar por aparcar el coche aunque sea en linea blanca y no lo sabía, me mandaron el impago a una vivienda cuando yo me estaba mudando por lo que ni me enteré y entre a la lista de morosos por 50€ pero explicandole lo ocurrido a los propietarios o al pedir un préstamo no me afectaba en nada ya que era una deuda mínima y más por novato que por mal pagador.


eso sobre el papel esta bien pero tiene el problema de que por ejemplo tengas un conflicto o deuda por una causa (p.ej. factura de servicio, o multa de trafico, etc), y eso, por ejemplo, te impida alquilar.

yo creo que solo las deudas de alquiler deberian impedir suscribir un contrato de alquiler. si no me equivoco de hecho eso que indico es un principio rector en la gestion de deudas.

IvanQ escribió:Yo no lo veo y prefiero que no sea así, yo tengo capacidad de decisión de donde quiero vivir y qué pisos me interesan, las listas de espera quitarían derechos a propietarios e inquilinos. Personalmente prefiero el otro sistema.


"el otro sistema" favorece la desigualdad de oportunidades y favorece que el acuerdo se de en plan comercial y no por una adquisicion de derechos. el objetivo es que para los ciudadanos sea accesible, seguro y facil obtener una vivienda a un precio razonable, y que para los propietarios sea seguro, facil y comodo tener inquilinos verificados. no es el free for all comercial que hay hoy dia por norma general. seria un termino medio entre un sistema comercial y el sistema de otorgacion por via administrativa que se utiliza para ayudas o para las VPO. (sistema que por cierto es muy lento por la saturacion de los servicios administrativos)

lo que he indicado no es incompatible con elegir por perfil (tamaño, situacion, horquilla de precio...) de lo que se trata es de evitar el modelo de subasta, y que se acceda a las viviendas disponibles por derecho y por antiguedad en lista, no por ser mas rapido, pagar mas o "superar un casting". si eres muy preciso con el perfil a lo mejor tarda mucho en aparecer una vivienda y que accedas a ella, y ahi podrias regular abriendo el abanico, pero siempre dentro de unos margenes, pero estarias en una cola donde serias atendido si o si, no en un zoco donde a lo mejor te quedas fuera de las 20 ofertas disponibles del dia.

IvanQ escribió:Eso dependía del contrato, algunos eran 1 mes y otros 3, normalmente dependía del valor de lo que hubiera dentro aunque también otros ponían 3 sin tener nada dentro del piso. Esa parte la recuperas (exceptuando desperfectos y demás) por lo que en mi caso no me importaba 1 o 3 meses.


una de las cuestiones es que haya una igualdad de derechos y obligaciones, evitando, como dije antes, desigualdades y free for all.
GXY escribió:eso sigue abriendo una "puerta atras" para colocar al inquilino fallos o mermas estructurales. sigo prefiriendo el criterio de que por defecto salvo indicacion contraria (peritaje, etc -> demostracion de mal uso o daño deliberado) o acuerdo entre las partes, los daños los asuma el propietario.

y con "acuerdo entre las partes" me refiero a lo que acuerden despues de descubierto el daño, no puesto en el contrato a priori, que es como suelen resolver "de mutuo acuerdo" las cosas quienes redactan los contratos. :-|

hacer pasar al inquilino los defectos por defecto es una clausula abusiva. (hablo de legislacion actual).

No entiendo a qué te refieres por mermas estructurales, si algo falla con un uso normal el encargado es el propietario, otra cosa es que golpees una ventana o ralles excesivamente un suelo, ahí si te tocaría pagar y eso es fácilmente detectable, si falla una tubería a no ser que se demuestre que ha sido por mal uso (que ya me dirás cómo demuestras eso) paga el propietario.

GXY escribió:eso sobre el papel esta bien pero tiene el problema de que por ejemplo tengas un conflicto o deuda por una causa (p.ej. factura de servicio, o multa de trafico, etc), y eso, por ejemplo, te impida alquilar.

El conflicto es parte de las alegaciones, mientras haya alegaciones y no se resuelvan no entras en morosos.

GXY escribió:yo creo que solo las deudas de alquiler deberian impedir suscribir un contrato de alquiler. si no me equivoco de hecho eso que indico es un principio rector en la gestion de deudas.

Las listas de morosos incluyen todo y ya la valoración de la misma es personal, en el caso de contratos interpersonales.

GXY escribió:"el otro sistema" favorece la desigualdad de oportunidades y favorece que el acuerdo se de en plan comercial y no por una adquisicion de derechos. el objetivo es que para los ciudadanos sea accesible, seguro y facil obtener una vivienda a un precio razonable, y que para los propietarios sea seguro, facil y comodo tener inquilinos verificados. no es el free for all comercial que hay hoy dia por norma general. seria un termino medio entre un sistema comercial y el sistema de otorgacion por via administrativa que se utiliza para ayudas o para las VPO. (sistema que por cierto es muy lento por la saturacion de los servicios administrativos)

lo que he indicado no es incompatible con elegir por perfil (tamaño, situacion, horquilla de precio...) de lo que se trata es de evitar el modelo de subasta, y que se acceda a las viviendas disponibles por derecho y por antiguedad en lista, no por ser mas rapido, pagar mas o "superar un casting". si eres muy preciso con el perfil a lo mejor tarda mucho en aparecer una vivienda y que accedas a ella, y ahi podrias regular abriendo el abanico, pero siempre dentro de unos margenes, pero estarias en una cola donde serias atendido si o si, no en un zoco donde a lo mejor te quedas fuera de las 20 ofertas disponibles del dia.

GXY escribió:una de las cuestiones es que haya una igualdad de derechos y obligaciones, evitando, como dije antes, desigualdades y free for all.

Aquí no nos vamos a poner de acuerdo, tu prefieres un sistema y yo otro, yo no quiero limitaciones de ningun tipo, qué pasa si me ponen un piso de mi perfil pero por lo que sea no lo quiero? Entiendo que eso supondría una penalización en mi lista de espera.
IvanQ escribió:No entiendo a qué te refieres por mermas estructurales, si algo falla con un uso normal el encargado es el propietario, otra cosa es que golpees una ventana o ralles excesivamente un suelo, ahí si te tocaría pagar y eso es fácilmente detectable, si falla una tubería a no ser que se demuestre que ha sido por mal uso (que ya me dirás cómo demuestras eso) paga el propietario.


me refiero a que si por ejemplo el calentador de agua falla tras 5 años de uso y el inquilino lleva 2, o que si por ejemplo al ir a abrir una persiana el mecanismo de puro viejo se rompe, despues de no haberlo tocado en decadas, no haya via por donde el propietario le pueda endosar al inquilino que lo asuma él "por mal uso al usarlo".

para todo mal uso debe haber una demostracion (peritaje, etc).

IvanQ escribió:Las listas de morosos incluyen todo y ya la valoración de la misma es personal, en el caso de contratos interpersonales.


yo prefiero que haya una norma al respecto.

IvanQ escribió:Aquí no nos vamos a poner de acuerdo, tu prefieres un sistema y yo otro, yo no quiero limitaciones de ningun tipo, qué pasa si me ponen un piso de mi perfil pero por lo que sea no lo quiero? Entiendo que eso supondría una penalización en mi lista de espera.


hmmmm...

hombre. si en tu definicion de perfil pones unas caracteristicas para filtrar y luego llegas a un piso y no te convence...

yo creo que si cumple unos minimos que has definido en perfil, no hay motivo para que no lo cojas, si lo descartas aun con eso, habria que ver el motivo (si es por ejemplo un defecto detectado durante la visita).

si lo descartas por causas que no pusiste en perfil pero que para ti son un descarte... pues reiniciarias cola, creo yo.

de todos modos este punto es un falso dilema porque normalmente llegado cierto punto los inquilinos solemos "pillar el que cuadre" renunciando a ciertos parametros de perfil (precio, zona, algunos equipamientos, estado...) creo que las posibles situaciones de descarte con "mi metodo" son menos "lesivas" en la mayoria de casos que con "tu metodo".
GXY escribió:me refiero a que si por ejemplo el calentador de agua falla tras 5 años de uso y el inquilino lleva 2, o que si por ejemplo al ir a abrir una persiana el mecanismo de puro viejo se rompe, despues de no haberlo tocado en decadas, no haya via por donde el propietario le pueda endosar al inquilino que lo asuma él "por mal uso al usarlo".

Esa es la típica cosa que iria al propietario sí.

GXY escribió:hombre. si en tu definicion de perfil pones unas caracteristicas para filtrar y luego llegas a un piso y no te convence...

yo creo que si cumple unos minimos que has definido en perfil, no hay motivo para que no lo cojas, si lo descartas aun con eso, habria que ver el motivo (si es por ejemplo un defecto detectado durante la visita).

si lo descartas por causas que no pusiste en perfil pero que para ti son un descarte... pues reiniciarias cola, creo yo


Puede que no me guste el piso, las vistas, la zona, ... como te digo prefiero ser yo el que decida y no depender de listas que me puedan afectar si no cojo lo que me toca.

GXY escribió:de todos modos este punto es un falso dilema porque normalmente llegado cierto punto los inquilinos solemos "pillar el que cuadre" renunciando a ciertos parametros de perfil (precio, zona, algunos equipamientos, estado...) creo que las posibles situaciones de descarte con "mi metodo" son menos "lesivas" en la mayoria de casos que con "tu metodo".

Yo creo que es lo contrario, obviamente te vas a tener que conformar entre los que hay, pero prefiero conformarme dentro de una selección a mi elección que no con lo que me toque por lista.
@IvanQ bueno, yo hablo de un mercado regulado (parcialmente). lo que no esté dentro de regulacion seria libre y ahi podrias elegir a tu gusto y conveniencia.

yo creo que a cambio de un abanico de garantias mayor y sobre todo de un marco de precios mucho mejor (sin especulaciones, sin precios puestos porque es el mercado, amigo, etc) las contrapartidas son aceptables.

en la situacion actual.... tu en suiza no sé. yo las ultimas digamos 10 veces que he cogido piso, no he podido elegir cuestiones no ya como las vistas, sino cosas mucho mas basicas como por ejemplo, numero de habitaciones, zona o si tienen garaje. mi unico factor de seleccion ha sido el precio y que no me rechazaran (por ejemplo por mi bajo salario).

tu lo estas planteando como que, despues de haber elegido rango de tamaño, de habitaciones, de equipamiento, de precio, de zona... es que no me gusta el color de las cortinas. (ya que tu te vas a un extremo absurdo a la hora de poner pegas, pues yo tambien me voy a un extremo absurdo con tus pegas). :o
@GXY la elección es personal, si no eliges un piso por las cortinas estas en tu derecho por muy absurdo que suene También te digo que el mercado de alquiler español da asco, tanto para propietarios como para inquilinos, yo no tengo pisos como para poner en alquiler, pero si que veo los problemas que pueden tener y he hablado con gente que tiene pisos en alquiler y me han contado cada problema que flipas.

Recuerdo cuando era pequeño que solía ir a ayudar a mi padre con la albañilería, nos tocó remodelar un piso de abajo arriba por como lo habían dejado los inquilinos tras varios años y flipas. Obviamente eso es una excepción pero hay de todo.
creo que hay un termino medio entre la personalidad de la eleccion y un sistema que permita solucionar varios problemas frecuentes del sistema actual (tanto para inquilinos como para propietarios).

no se tu, pero por mi parte creo que ya hemos monopolizado el hilo bastante. considerando que andabas haciendo preguntas para poner pegas a todo, creo que ambos hemos defendido bastante nuestros puntos de vista.
dinodini escribió:Vale, 5 años, pero cumple los 5 años, Lo que se firma se cumple, excepto si eres inquilino. Puedes quedarte 1, 2, 3 años, lo que quieras. Lo de 5 años solo obliga a una de las dos partes, la ley del embudo.


Si venga, me despiden del trabajo y voy a quedarme viviendo en el mismo sitio 5 años porque a ti te apetece, tu piso va a seguir estando ahí y se lo podrás alquilar a otra persona, pero el que vive de alquiler normalmente tiene una situación cambiante y debe adaptarse, que algo bueno tiene que tener estar de alquiler, si quiero estar mucho tiempo en el mismo sitio pues compro, no alquilo.
largeroliker escribió:Veo que cada vez hace más falta empezar a penalizar las viviendas vacías.

Y a las alquiladas como turísticas, también.

yo tuve una vivienda alquilada por larga duración y me la destrozaron...tuvimos que venderla y compramos otra. Teniendo en cuenta el desamparo judicial que el propietario sufre, decidimos alquilarla de manera turística...tengo claro que el día que no me permitan seguir con este alquiler, la ponemos en venta, jamas volveremos a hacer un alquiler de larga duración.
por cierto, muchos critican los alquileres turísticos pero bien que le dan uso cuando se van unos días de viaje
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