Problema con cartero correos no quiere efectuar entrega, tema de propiedad privada

1, 2
Buenas a todos!!
tengo un problema con un repartidor algo mayor que trabaja o es trabajador de Correos.
Explico brevemente, hace años le cambie el buzon a su gusto para tener mayor facilidad a la hora de dejar las cartas.
Me llegaba a tirar las cartas ya por ultimo venia de malas formas pitando con el coche hasta para el correo ordinario.

La situacion es que hoy tenia que recibir un articulo de Amazon mediante Correos.
El repartidor alega que es una casa con entrada a puerta y en esta debe de disponer de un timbre.
vamos que no puede entrar a la vivienda ya que no hay timbre.
pero si hay timbre una vez entras en el recinto siendo donde esta el timbre la puerta principal.
Nunca he tenido problemas con las entregar certificadas hasta el dia de hoy.

Tengo una hoja de reclamaciones a la misma vez no me dejo el acuse de recibo de falla de entrega.
Mas que nada solicito algun consejo como redactar dicha reclamacion a la misma vez para que encima que pagamos un servicio nos vengan con estas tonterias.
un saludo y gracias espero alguno de vuestros consejos o ayuda.
cañadulce escribió:pero si hay timbre una vez entras en el recinto siendo donde esta el timbre la puerta principal.
Nunca he tenido problemas con las entregar certificadas hasta el dia de hoy.


¿Pero como accede al recinto?. ¿Esta la puerta abierta?

Pues habria que mirar, por que si no recuerdo mal, correos tiene un reglamento y como no lo cumplas pueden negarse a dar el servicio hasta que subsanes, aunque llegue a ser una chorrada. Recuerdo perfectamente una comunidad de vecinos de mi entorno donde estaban todos los buzones descolocados y correos se nego a entregar cartas hasta que estuviesen ordenados de arriba a abajo e izquierda a derecha (aunque en este caso entiendo perfectamente el perjuicio que se le causa al repartidor).
en casa de mis padres ocurría algo parecido. tuvieron que poner un buzón a pie de calle (a unos 30 mts) porque el cartero se negaba a subir con el coche (a pesar de que el camino era perfectamente transitable).
Incluso según el día se negaba a repartir porque no había buzones en la urbanización. Hasta que no los pusieron, era una detrás de otra.
Ahora hay buzones, ha cambiado el cartero, y hasta a veces les sube los paquetes directamente en el coche aunque por tamaño tendría que dejar aviso :D
Es una lotería, pero hasta que no te quejes a correos, no podrás mover ficha... aunque nadie sabe si el remedio será mejor o peor.
A nosotros nos pasó una vez con una de las carteras que tuvimos que no entraba hasta la puerta de la casa porque decía que si la pasaba algo al subir los 9 escalones que hay pues no la cubría el seguro. Así que tocaba al portero y saliamos nosotros.

Supongo que esto vendrá algo por el estilo, al pasar dentro de tu recinto privado se expone a cosas de ese estilo
Hicks-81 escribió:
cañadulce escribió:pero si hay timbre una vez entras en el recinto siendo donde esta el timbre la puerta principal.
Nunca he tenido problemas con las entregar certificadas hasta el dia de hoy.


¿Pero como accede al recinto?. ¿Esta la puerta abierta?

Pues habria que mirar, por que si no recuerdo mal, correos tiene un reglamento y como no lo cumplas pueden negarse a dar el servicio hasta que subsanes, aunque llegue a ser una chorrada. Recuerdo perfectamente una comunidad de vecinos de mi entorno donde estaban todos los buzones descolocados y correos se nego a entregar cartas hasta que estuviesen ordenados de arriba a abajo e izquierda a derecha (aunque en este caso entiendo perfectamente el perjuicio que se le causa al repartidor).

Buenas accede al recinto empujando la puerta 4 metros adelante tienes dos puertas con dos timbres.
no le da la gana de acceder a la vivienda por cosas ajenas que desconozco y alega lo que se le planta.

@Petiso Carambanal no hay perros ,no hay distancia, no hay escalones es imcomprenmsivo y eso de que sea privado no lo entiendo si yo te doy consentimiento deja de ser privado y mas pagando un servicio.
un saludio
Es recinto privado en el momento que no es la calle. Y nosotros la deciamos que subiese y no entraba siendo mucha menor distancia que tu caso
Petiso Carambanal escribió:Es recinto privado en el momento que no es la calle. Y nosotros la deciamos que subiese y no entraba siendo mucha menor distancia que tu caso

un recinto o acceso deja de ser privado hasta que das un permiso y lo haces publico.
si no las entregas en tienda como la hace correos?
Imaginate ahora con las elecciones o una citacion de juzgado no te la pueden hacer sabercualquier notificacion por su señorio de ser "Don cartero".
no se si esto es denunciable ante la OCU o vete a saber.

Hoy el cartero se presento dos veces en mi casa una para dejar una carta ordinaria y la segunda vez se paso a ultima hora por mi queja de no haber recibido el aviso de llegada.
en vez de hacer la entrega se dirijio al buzon y dejo el papel no quiere entrar por sus eggs.
nunca he tenido problemas para entrega y menos con correos pero ya la persona esta se esta colando.
flipante
un saludo
Yo te digo lo que nos pasaba a nostros en casa. Y lo que hacíamos era bajar los escalones nosotros y ya resolver lo que fuese. Así ella estaba fuera y nosotros dentro

Solo nos ha pasado con una cartera el resto entran con normalidad
Petiso Carambanal escribió:Yo te digo lo que nos pasaba a nostros en casa. Y lo que hacíamos era bajar los escalones nosotros y ya resolver lo que fuese. Así ella estaba fuera y nosotros dentro

Solo nos ha pasado con una cartera el resto entran con normalidad

pues el cartero que tengo en zona lo tengo permanente y no se como debo de proceder.
mañana queja que la casa dispone de dos timbres y haber que saltan con proiedad privada.
un acceso a 4 metros 2 puertas con timbre sin obstaculos ni perros ni nada.
no se si esto se puede denunciar ya que comunicados como alguna vez que me toco pasar por urnas.
solo falta que me den por ausente por culpa de esta persona.
tambien puedo poner un timbre donde el marca y no tocar luego el timbre.
asi la historia se repite.
un saludo
Nosotros tenemos la verja de entrada (pequeña, como una puerta) un pequeño rellano y luego la puerta de una cristalera y después la de entrada a la casa. Normalmente tocan al portero se les abre la verja y se les atiende entre el final de la escalera y la puerta de la cristalera

Y con esta no, era en el hueco de la verja estando ella en la calle

Lo más sencillo va a ser que pongas un timbre inalámbrico en mi opinión o normal si no es muy complicado
No es tanto el cartero como la normativa y hace poco, menos de un año, se han puesto más serios con el tema.
En mi edificio el cartero tenía llave de la puerta de la calle, luego hay otra puerta más, para acceder a los buzones pero la devolvió después de años por que le llamaron la atención y es una persona que no tiene ningún problema y que salvo enfermedad o vacaciones siempre es nuestro cartero. Ahora sí no hay nadie en el edificio que le habrá se quedan las cartas sin entregar hasta otro día
Petiso Carambanal escribió:Nosotros tenemos la verja de entrada (pequeña, como una puerta) un pequeño rellano y luego la puerta de una cristalera y después la de entrada a la casa. Normalmente tocan al portero se les abre la verja y se les atiende entre el final de la escalera y la puerta de la cristalera

Y con esta no, era en el hueco de la verja estando ella en la calle

Lo más sencillo va a ser que pongas un timbre inalámbrico en mi opinión o normal si no es muy complicado
pues eso tendre que hacer pero como comento fijate el acesso
Imagen

acesso a vivienda
Es posible que quiera simplemente escaquearse de su trabajo y busca cualquier excusa. Eso ocurre con todas las profesiones.

Ojo: hablas de un artículo de Amazon.
Ten en cuenta que es posible que algunos carteros vean como un "problema" o "incordio" o "molestia" que los ciudadanos compren por internet y como consecuencia a ellos les aumenta la carga de trabajo de paquetes a repartir.

Entonces, una forma de quitarse trabajo de encima, sería molestar a los ciudadanos para que dejen de comprar cosas por internet. Esta podría ser la verdadera razón y no lo que te ha contado del timbre. De todos modos hay que comprobar si lo que dice tiene alguna base legal en alguna parte. La próxima vez pregúntale en qué artículo de qué ley o reglamento se basa.

Si al Sr. Cartero no le gusta repartir paquetes de Amazon, lo lamento, pero hay mucha gente en el paro que haría ese reparto encantada. Que los ciudadanos compren por internet y a Correos le toque repartir no es un problema para los carteros. Todo lo contrario: es una garantía de que seguirán siendo necesarios. Porque como ya nadie escribe cartas, y ni siquiera los bancos envían correspondencia, porque todo va por internet ¿Para qué va a quedar el cartero? ¿Qué va a repartir? Pues paquetes pequeños de cosas compradas por internet, entre otras cosas.


De entrada también hay que diferenciar si se trata de un trabajador de Correos, o de Correos Express, porque son entidades diferentes. Si le vas con una queja sobre Correos Express a Correos te van a decir que el asunto no es suyo.

Existe un cuerpo de inspectores de Correos. Lo que ocurre es que creo que prácticamente nadie presenta quejas por los cauces legales adecuados. Porque si simplemente te quejas de palabra, eso no le va a llegar a los inspectores y queda en nada.

Lo más razonable en un primer momento sería enviar una queja por escrito, siguiendo el procedimiento que tengan establecido, identificando al trabajador en cuestión y relatando la anécdota que consideras que es una conducta incorrecta.

Lo que sería decisivo es que hubiera muchas quejas del mismo individuo y en la misma zona. Porque ahí estaría clarísimo dónde está el problema. Hasta una persona que no sepa nada del tema se da cuenta de que pasa algo cuando hay muchas quejas sobre la misma persona en una misma zona. Pero la mayoría de la gente se aguanta y no se queja.

La norma reguladora es esta Ley:

Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal

En el Título II tienes los "Derechos de los usuarios de los servicios postales".

Salu2
Gracias @Quintiliano.
El cartero alega que la vivienda o acesso no dispone de timbre lo cual no tiene por que entrar en la propiedad.
dando mi consentimiento y expresando que su entrada es bienvenida....(tiene el tio cojones lol) .
correos me comenta que dentro de la propiedad se puede hacer daño y el problema es mio.
En ningun momento he negado la entrada al contrario para recibir una carta desde la calle pitaba como 10 veces....
tener que salir a la calle y recibirla por no querer levantar el culo. como ves las casa dispone de dos timbres y dos puertas.
El alega y correos al parecer tambien que no quieren entrar al acceso tal como he posteado la situacion de mi casa por considerar un recinto privado.
cuando deseo o hago expreso que sea publico.
flipante.

el comunicado que quiero hacer constar es el siguiente;
si puedes echarme un cable sobre alguna puntualizacion o alguna reseña sobre "la propiedad se agradece,

Muy señores mios a Quien corresponda;
La presente es para quejarme del cartero de la zona xxxxxxxx
que los certificados y notificaciones que vienen a mi nombre no quiere entregarmelos alegando que la vivienda no dispone de timbre,cuando dispone de dos timbres
Espero con este Escrito pueda recibir cualquier certificado o notificacion u otros servicios
que lleguen a mi nombre.
Sin nada mas por el momento y esperando que esto se solucione se despide de ustedes muy atentamente XXXXX





un saludote y gracias una vez mas por tus consejos


PD es correos ,mensajeria urgente te llaman por telefono correos es la que me tiene con esta problematica
con correos express etc 0 problemas tengo hasta sus telefonos moviles para facilitar la entrega por alguna vez no estar en domicilio
A mi me pasa algo parecido con el de mi zona. Le da por escaquearse y directamente te deja notita en el buzon y se pira.

Ha puesto escusas desde que estaba ausente, que no tenia timbre, etc etc (todo mentira)
Pues bien, hace unos meses puse camaras en mi parcela. Y tras no entregar dos paquetes de amazon tambien (he tenido problemas en 8 de los 8 pquetes que ha venido a entrgarme correos) alegando que no estaba, fui a la oficina, me quejé y dije q tenia las grabaciones para demostrar que por alli no pasaba nadie (ya que una de las camaras da a la puerta y se ve la calle entera). Y aun asi, les suda los huevos a la panda de vagos y no hacen nada. Y ahi sigue el puto vago “trabajando”.
KindapearHD escribió:A mi me pasa algo parecido con el de mi zona. Le da por escaquearse y directamente te deja notita en el buzon y se pira.

Ha puesto escusas desde que estaba ausente, que no tenia timbre, etc etc (todo mentira)
Pues bien, hace unos meses puse camaras en mi parcela. Y tras no entregar dos paquetes de amazon tambien (he tenido problemas en 8 de los 8 pquetes que ha venido a entrgarme correos) alegando que no estaba, fui a la oficina, me quejé y dije q tenia las grabaciones para demostrar que por alli no pasaba nadie (ya que una de las camaras da a la puerta y se ve la calle entera). Y aun asi, les suda los huevos a la panda de vagos y no hacen nada. Y ahi sigue el puto vago “trabajando”.
Cuidado trabajé en una empresa de seguridad y grabar o parte de acceso a grabacion dentro de la via publica pueden denunciarte.
no puedes usar esas grabaciones como prueba y menos siendo parte de la via publica.


yo por el momento queja y tambien ire mañana a la OCU del ayuntamiento ya que Correos se presta como un servicio y deben de cumplir su reparto ofreciendo todo tipo de garantias.
haber si con estas medidas se soluciona algo aunque no creo.
un saludo
Siento ser el aguafiestas pero debo decirte que el hecho de que digas que quieres hacerlo público no cuenta.
Es decir que tú por decir que puede entrar a tu terreno no lo estás haciendo público. Lo que estás haciendo es autorizarle a entrar en un terreno privado que es muy diferente. La cuestión es que entonces tienen razón cuando te dicen que si se tuerce el tobillo, por ejemplo, el problema será suyo y no le contará como accidente laboral. Vale que es tu casa y te puede parecer absurdo e improbable pero si hicieras eso 100 veces al día, de ir el cántaro a la fuente algún día acaba roto. Me parece lógico que un trabajador no asuma un riesgo laboral cuando no sólo no le corresponde sino que además es fácilmente evitable.
En fin seguramente no estés de acuerdo conmigo pero me gustaría aportar otro punto de vista.
Un saludo
cañadulce escribió:
KindapearHD escribió:A mi me pasa algo parecido con el de mi zona. Le da por escaquearse y directamente te deja notita en el buzon y se pira.

Ha puesto escusas desde que estaba ausente, que no tenia timbre, etc etc (todo mentira)
Pues bien, hace unos meses puse camaras en mi parcela. Y tras no entregar dos paquetes de amazon tambien (he tenido problemas en 8 de los 8 pquetes que ha venido a entrgarme correos) alegando que no estaba, fui a la oficina, me quejé y dije q tenia las grabaciones para demostrar que por alli no pasaba nadie (ya que una de las camaras da a la puerta y se ve la calle entera). Y aun asi, les suda los huevos a la panda de vagos y no hacen nada. Y ahi sigue el puto vago “trabajando”.
Cuidado trabajé en una empresa de seguridad y grabar o parte de acceso a grabacion dentro de la via publica pueden denunciarte.
no puedes usar esas grabaciones como prueba y menos siendo parte de la via publica.


yo por el momento queja y tambien ire mañana a la OCU del ayuntamiento ya que Correos se presta como un servicio y deben de cumplir su reparto ofreciendo todo tipo de garantias.
haber si con estas medidas se soluciona algo aunque no creo.
un saludo



Realmente la calle como tal no se ve (se ve solo la parte alta de los coches, ya que graba la parte interior de la puerta de mi parcela y luego otra q graba la entrada). Es decir, si pasas andando por ahi, no se te ve. Pero si pasas en coche, el techo del coche, si. Y para que correos venga a mi casa, tiene q pasar el coche por ahi y se vería. Pero nada.


Por cierto, por mas reclamaciones que he puesto yo, tanto en la oficina como por telefono, han sudado de mi.
Rugal_kof94 escribió:Siento ser el aguafiestas pero debo decirte que el hecho de que digas que quieres hacerlo público no cuenta.
Es decir que tú por decir que puede entrar a tu terreno no lo estás haciendo público. Lo que estás haciendo es autorizarle a entrar en un terreno privado que es muy diferente. La cuestión es que entonces tienen razón cuando te dicen que si se tuerce el tobillo, por ejemplo, el problema será suyo y no le contará como accidente laboral. Vale que es tu casa y te puede parecer absurdo e improbable pero si hicieras eso 100 veces al día, de ir el cántaro a la fuente algún día acaba roto. Me parece lógico que un trabajador no asuma un riesgo laboral cuando no sólo no le corresponde sino que además es fácilmente evitable.
En fin seguramente no estés de acuerdo conmigo pero me gustaría aportar otro punto de vista.
Un saludo

Buenas para eso priva el seguro que todo trabajador tiene para evitar accidentes.
mi domiciilio no es la selva y no tiene un acceso rocoso ni puñetas en vinagre.
haber si ahora por trabajar tienes que ser perito de asfalto.....
te lo digo de la manera mas amistosa pero avalar a un sinverguenza de estos...
He posteado una foto es terreno llano....
En caso si se cae o se parte un tobillo frente a un escalon dicho cartero en cuantas tiendas no repartira?
ya que todas las tiendas son privadas siendo un recinto privado.
no estoy de acuerdo.
un recinto deja de ser priivado hasta tener una autorizacion y en ese momento es publico.
Buenos dias en que le puedio atender?
-me puedo cagar en esta tienda?
si para eso tiene lavabos publicos caballero.
pues me cagooo en toooo yo pensaba que el "LIDIL" era publico....
un saludote compi


@KindapearHD en la pagina de correos de tu ciudad metete en dar reseñas y evalua con tu queja.
ves a la ocu e informate haber que dicen.
un saludo
Mira en lo de las tiendas me pillas, pero lo en lo lo de que tu terreno sea llano no, porque ese no es el asunto, ni nadie te dice que sea la selva ni nada por el estilo.
La cuestión se limita a saber si él tiene razón con lo de la normativa o no, y si es así, antes de malgastar tu tiempo y hacerte mala sangre, acabarás antes y te costará menos dinero hacer lo que está diciendo Petiso, que es poner un timbre en la puerta que se pueda pulsar desde la calle, ya sea cableado o inalámbrico, si te compensa más.
Una última cosa: tu recinto sigue siendo privado. Que yo sepa, no pasa a ser propiedad del ayuntamiento aunque digas a todo el mundo que puede pasar. Al mezclar conceptos el problema es que lo puedes ver igual pero puedes caer en un error.
Un saludo
Rugal_kof94 escribió:Mira en lo de las tiendas me pillas, pero lo en lo lo de que tu terreno sea llano no, porque ese no es el asunto, ni nadie te dice que sea la selva ni nada por el estilo.
La cuestión se limita a saber si él tiene razón con lo de la normativa o no, y si es así, antes de malgastar tu tiempo y hacerte mala sangre, acabarás antes y te costará menos dinero hacer lo que está diciendo Petiso, que es poner un timbre en la puerta que se pueda pulsar de la calle, ya sea cableado o inalámbrico, si te compensa más.
Una última cosa: tu recinto sigue siendo privado. Que yo sepa, no pasa a ser propiedad del ayuntamiento aunque digas a todo el mundo que puede pasar. Al mezclar conceptos el problema es que lo puedes ver igual pero puedes caer en un error.
Un saludo

un negoccio es un terreno al igual que una vivienda lo unico que varia es la finalidad o el uso
si yo tengo una tienda y te digo por favor abandona el local debes de abandonarlo.
que por consiguiente conlleve a reclamacion no lo discuto pero es privado.
lo unico que varia es el uso y disfrute sobre una vivienda.
si yo te autorizo a entrar verbalmente o por escrito a correos siendo una empresa que autorizo el acesso esta autorizada a reparto.
parece que citar un recinto siendo privado como cualquier tienda es algo privado ...
cuando en cualquier tienda se entra de lo mas nornal ,ojo sigue siendo privado las tiendas que frecuentas..
es la simbologia que le das al significado siendo de lo mas "privado".
repito entonces reparto en tienda no se efectua a pie de calle en una gran mayoria por no disponer de timbre exterior.
m buzon esta dentro de mi propiedad y "mete la mano" ya que no esta a pie de calle.esta dentro.
otra cosa es que no quieran trabajar alegando lo que se le planta de los eggs...
en todo caso la queja la pongo me parece absurdo gente parada etc y "trabajadores" actuando asi...





pd ahora solo falta que tenga que cambiar el buzon despues de 20 años por que se le planta.
Ah, vale, que de todo lo que te han escrito todo se reduce a "hay muchos en paro así que a currar haciendo lo que a mí me salga de los cojones".
Ya no molesto más, que lo valore con la cabeza fría quien sepa del tema.
Suerte
Rugal_kof94 escribió:Ah, vale, que de todo lo que te han escrito todo se reduce a "hay muchos en paro así que a currar haciendo lo que a mí me salga de los cojones".
Ya no molesto más, que lo valore con la cabeza fría quien sepa del tema.
Suerte

@Quintiliano ha dado con la tecla es un repartidor con unos 60 años y al vivir en una zona rural.
no hay reparto por la gran mayoria de personas mayores que habitan.
reparte en dicha zona 3 dias en semana ..
No molestas para nada pero lo que dices es absurdo y no sabes diferenciar ..
por esa regla de tres no entres a ninguna tienda son todas las tiendas comercios,etc,etc "zonas privadas " ,"con una finalidad `publica"
parece que yo no lo puedo expresar o "dejar mi tarjeta de visita", pero una tienda y tu poder comprar si.
lo entiendes? eres muy privado XD
entras publicamente donde te dejan o dan acceso libremente o "publicamente"
¿correcto?
todo es publico o privado dependiendo del limite que se establece o quien lo establece.. otra cosa seria tener un candado al igual que una tienda en su puerta de acceso o presentar dificultades con peligrosidad en acceso no es el caso puse una foto..
saludos




PD pondre una reclamacion a correos por no tener timbre como preaviso a poder entrar en una zona publica quizas mi acceso viendo las circustancias es algo "privado´sobre las instalaciones de correos
la privacidad priva seamos privados no?"






hago edit referente al temario de correos flipannnnteeeeee....


1. Qué no debemos hacer:
· Mostrar desacuerdo o contradecir las alegaciones del cliente.
· Decir o hacer comprender al cliente que está equivocado.
· Cargar la responsabilidad sobre otra persona o unidad y mencionar la estructura interna de
Correos.
·· Pretender que no somos responsables, pues, aunque el error no se haya producido en
nuestro ámbito de responsabilidad en ese momento representamos a la organización y
debemos hacer frente a la demanda del cliente.
· No debemos decir nada que desvalorice a Correos, generalizando sus errores.
· Interpretar el requerimiento del cliente como un ataque contra nosotros mismos.




vamos que ellos pretenden que mi casa es un acceso al pasaje del terror [facepalm]
con todo tipo de desacuerdos ,tomandome por gilipollas y el temario suena a risa va en contra de sus practicas de lo mas contradictorio..
http://cgtcorreosfederal.es/sites/defau ... s%20·.pdf
Por mas que tu des permiso de entrada el terreno sigue siendo privado y, sea por el motivo que sea, cualquiera puede negarse a entrar en una propiedad privada de la misma manera que el dueño de dicha propiedad puede negarse a que alguien entre.

Ya buscar explicaciones que si molesta que se compre por internet, que si poblacion envejecida y que si iluminatis es mear fuera de tiesto.
Funcionario, hay que decir mas?
Artículo 34 Entrega de envíos postales mediante depósito en casilleros domiciliarios

1. La entrega de envíos postales de carácter ordinario podrá realizarse en los casilleros domiciliarios instalados al efecto cuando sus dimensiones lo permitan.

Los casilleros deberán reunir las características necesarias que garanticen la propiedad, el secreto y la inviolabilidad de los envíos postales y deberán ajustarse a las características normalizadas que establezca en cada momento las normas técnicas aplicables al sector postal, de acuerdo con lo establecido en la Directiva 97/67/CE.

2. En aquellos inmuebles sujetos al régimen de propiedad horizontal se podrá hacer la entrega en los casilleros domiciliarios siempre que su número sea igual al de locales y viviendas susceptibles de aprovechamiento independiente, con otro más señalizado con el número 1 y reservado para las devoluciones de envíos postales.

Los casilleros domiciliarios deberán estar numerados, a partir del número 2, debiendo situarse correlativamente a contar de izquierda a derecha y de arriba abajo, ordenados por pisos y puertas. Estos datos se indicarán obligatoriamente en el casillero, pudiendo también figurar los nombres y apellidos de los residentes en la vivienda o la denominación social en caso de ser una persona jurídica el titular del local o vivienda.

El bloque o bloques de casilleros domiciliarios se instalarán en un lugar de fácil acceso que esté bien iluminado y que tenga suficientes garantías de protección contra manipulaciones ilícitas, debiendo empotrarse o fijarse en la pared de modo que no puedan ser trasladados de lugar y estén colocados a una altura que permita su cómoda utilización.

Si el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal, o cualquier otro de los operadores postales, tuviesen conocimiento de la existencia de inmuebles que no dispusiesen de casilleros domiciliarios, se comunicará esta circunstancia a la comunidad de vecinos correspondiente, a fin de que tomen las medidas oportunas para su instalación, advirtiéndoles que, mientras tanto, la entrega de los envíos dirigidos a sus vecinos se realizará en la oficina postal que corresponda.

3. En los inmuebles que sean viviendas unifamiliares o locales comerciales o industriales independientes, la entrega podrá hacerse en un casillero domiciliario situado cerca de la primera puerta de entrada o sobre ella, de forma que permita el depósito de los envíos desde el vial público, y en el que figurarán obligatoriamente el nombre de la calle y el número, u otros datos identificativos de la dirección postal como el nombre de la urbanización o polígono y el número de parcela, pudiendo también figurar los nombres y apellidos de los residentes en la vivienda o la denominación social, en caso de ser una persona jurídica el titular del local o de la vivienda.


http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 2.html#a33

Artículo 37. Entrega de envíos postales en entornos especiales o cuando concurran circunstancias o condiciones excepcionales.

1. En los entornos especiales a los que se refiere este artículo, la entrega de los envíos postales ordinarios se realizará a través de buzones individuales no domiciliarios y de casilleros concentrados pluridomiciliarios.

En todo caso, la entrega de los envíos postales ordinarios a través de buzones individuales y de casilleros concentrados pluridomiciliarios, como sistemas alternativos y excepcionales a la entrega en el domicilio, se realizará todos los días laborables y, al menos, cinco días a la semana.

El acceso a la distribución de envíos postales a través de los sistemas mencionados podrá ser utilizado por cualquier operador postal.

2. De conformidad con el artículo 3.1.a.3 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la edificación, y al objeto de facilitar la prestación del servicio postal en las condiciones previstas reglamentariamente, el operador al que el Estado ha encomendado la prestación del servicio postal universal podrá convenir con los usuarios o sus representantes, los ayuntamientos competentes, así como con los promotores y demás entidades responsables de la proyección, construcción y mantenimiento de las edificaciones del entorno afectado, el establecimiento, ubicación y financiación de instalaciones apropiadas para la entrega de los envíos postales ordinarios.

3. Si las viviendas o edificaciones del entorno afectado no dispusiesen de las instalaciones apropiadas para la entrega de los envíos postales o éstas no se encontrasen en condiciones de uso adecuadas, el operador encargado de la prestación del servicio postal universal facilitará la entrega de los envíos postales en la oficina postal más próxima, previa comunicación escrita a los destinatarios de dicha circunstancia y del horario en el que podrán ser retirados, dando cuenta de ello al regulador postal en el plazo de tres meses a contar desde el inicio de este sistema de reparto.

4. Tendrán la consideración de entornos especiales los siguientes supuestos:

Cuando se trate de viviendas aisladas o situadas en entornos calificados como diseminados y estén situadas a más de 250 metros de la vía pública habitualmente utilizada por cualquiera de los servicios públicos.

El reparto se realizará mediante buzones individuales o agrupados ubicados al paso o en un punto de aproximación entre las viviendas y la vía de circulación.

En entornos de gran desarrollo de construcción y mínima densidad de población, entendiendo por tal desarrollos de construcción horizontal, que sean viviendas individuales o agrupadas, naves industriales o cualquier otro tipo de edificación individualizada.

En estos entornos el reparto se realizará mediante casilleros concentrados pluridomiciliarios cuando concurran, al menos, dos de las siguientes condiciones:

El número de habitantes censados sea igual o inferior a 25 por hectárea, considerando a estos efectos la superficie urbana.

El número de viviendas o locales sea igual o inferior a 10 por hectárea, considerando a estos efectos la superficie urbana.

El volumen de envíos ordinarios en el entorno no exceda de 5 envíos semanales, de media por domicilio y en cómputo anual.

En caso de entornos de nueva construcción donde no sea posible determinar algunas de las condiciones anteriores, se adoptará, de forma provisional y por un plazo máximo de dos años, el sistema de reparto que previsiblemente pudiera corresponderle por analogía con entornos similares de la zona, dando cuenta de ello al regulador postal en el plazo de tres meses desde el inicio del reparto.

En otros entornos especiales, considerando, a efectos postales, los siguientes:

Mercados, centros comerciales y de servicios, entendiendo por éstos aquellos entornos caracterizados por una concentración de establecimientos independientes de carácter comercial o de servicios.

Conjunto residencial de inmuebles que sean viviendas unifamiliares con un único número de policía y sin identificación oficial individualizada de cada una de las viviendas, o áreas industriales cuyas naves tengan, asimismo, un único número de policía y sin identificación oficial de cada una de ellas.

El reparto se efectuará en todo caso mediante casilleros concentrados pluridomiciliarios, que en el segundo de estos supuestos deberá ser expresamente autorizado por el regulador postal.

5. Asimismo la entrega de envíos postales ordinarios a través de buzones individuales no domiciliarios o casilleros concentrados pluridomiciliarios, podrá realizarse cuando se acuerde, de forma expresa y fehaciente, con los destinatarios de los envíos postales o sus representantes.

6. Sin perjuicio de los supuestos señalados en los puntos anteriores, cuando concurran circunstancias o condiciones geográficas excepcionales, que afecten a la regularidad del reparto, o a las condiciones de entrega de la correspondencia, como en el caso de situaciones climatológicas extremas, cortes en las vías de comunicación, circunstancias que pongan en peligro la seguridad de los empleados, u otras similares, el operador encargado de la prestación del servicio postal universal deberá ponerlo en conocimiento del órgano regulador para su valoración y, en su caso, establecer condiciones específicas que faciliten la entrega de los envíos en dichos ámbitos.

7. El operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal remitirá a la Subdirección General de Regulación de Servicios Postales, trimestralmente, relación actualizada de los ámbitos, en los que, por concurrir cualquiera de los supuestos establecidos en el presente artículo, se han implantado casilleros concentrados pluridomiciliarios o buzones individuales no domiciliarios.

En todo momento, mediante resolución razonada, el regulador postal podrá declarar que en un determinado entorno han dejado de darse los supuestos que permitían autorizar la excepcionalidad en la entrega a la que se refiere este artículo. En tal caso, en el plazo de seis meses, la entrega en dicho entorno deberá hacerse conforme a las condiciones ordinarias que se establecen en este reglamento.

8. Cualquier modificación de las condiciones excepcionales de entrega deberá ser comunicada a la Subsecretaría de Fomento, que la valorará y determinará las condiciones específicas que faciliten la entrega de los envíos postales ordinarios en los entornos afectados.


http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 2.html#a37


Ahí tienes todo lo que necesitas saber para ver si el cartero tiene razón o no (he señalado en negrita lo que creo que se adecua a tu caso), pero vamos, si dices que para entregar el correo ha de acceder a un recinto privado sin timbre, me da que o le pones el buzón para que pueda acceder desde la vía pública, o le pones un timbre para que él pueda solicitar acceso.


Ho!
Konstantine106 escribió:Por mas que tu des permiso de entrada el terreno sigue siendo privado y, sea por el motivo que sea, cualquiera puede negarse a entrar en una propiedad privada de la misma manera que el dueño de dicha propiedad puede negarse a que alguien entre.

Ya buscar explicaciones que si molesta que se compre por internet, que si poblacion envejecida y que si iluminatis es mear fuera de tiesto.

Entonces siendo los locales comerciales recintos privados al igual que cualquier sitio inmobiliario.
porque carecen de timbre en su entrada.
ya que cualquier cartero entra sin mas chorrada.
tambien por esa regla de tres.
en una comunidad de vecinos porque un repartidor siendo cartero sube a un cuarto piso siendo una propiedad privada a la misma vez quizas sin ascensor?
en vez de quedarse en el portero a espera dde recibir al cliente?

si yo pongo un timbre en la calle ni tan siquiera lo va a tocar....
no he leido ninguna normativa que para hacer entrega debe de disponer la vivienda de un timbre exclusivo en la via publica...
por esa regla de tres todos los negocios deberia de haber un B.O.E que cite asi como clientes que recinten un recinto publico debe de tener de manera obliigatoria un timbre,
ya que el cliente debe de preguntar sobre su entrada en dicho local ya que hay que pedir permiso..
tocate los cojon...

sabes lo que hizo ayer esta persona?
fui a quejarme a coreos por no recibir el aviso de llegada en el buzon eran las 13 30,.
recibi otro envio oridnario lo cual estaba en el buzon ya que hizo reparto.
desde la oficina llamaron y preguntaron por mi envio ya que es un pueblo donde todo el mundo se conoce.
pues el muy.......acabo el reparto fue a mi domicilo que esta situado unos 5 km del centro de la ciudad y dejo el aviso de llamada mas que intentar la entrega.
tengo que mencionar que nunca he tenido problemas con el reparto salvo qu ahora despues de 20 años a este le ha dado por hay...
razon o no yo cada vez que me haga algo hoja de reclamaciones.
no querer entregar una carta certificada o notificacion como dice el dicho.
el "cliente siempre tiene la razon" que asuma quejas........
cada vez que haga una entrega y me pida el dni lo voy a dejar esperando el tiempo maximo posible.
si va con prisas argumentar tranquilo no te pongas nervioso....
@Sabio con el buzon no hay problema es sobre el acceso pese a tener permiso no le da la gana.
la casa tiene dos timbres como 2 .-..




salu2
cañadulce escribió:@Sabio con el buzon no hay problema es sobre el acceso pese a tener permiso no le da la gana.
la casa tiene dos timbres como 2 .-..

Si no he entendido mal para acceder al recinto privado no hay timbre desde fuera, ¿no?, o sea, él ha de entrar en el recinto privado sin previo aviso.


Ho!
Sabio escribió:
cañadulce escribió:@Sabio con el buzon no hay problema es sobre el acceso pese a tener permiso no le da la gana.
la casa tiene dos timbres como 2 .-..

Si no he entendido mal para acceder al recinto privado no hay timbre desde fuera, ¿no?, o sea, él ha de entrar en el recinto privado sin previo aviso.


Ho!

correcto a la misma vez tiene la permisividad para andar 3 metros y tocar mi puerta.
al igual que un cartero sube un sexto piso y hace la entrega a pie de puerta mas que a pie de portal.
De verdad no ves la diferencia entre un establecimiento publico y una vivienda privada?

Como tu mismo espetas: Tocate los cojones...
Konstantine106 escribió:De verdad no ves la diferencia entre un establecimiento publico y una vivienda privada?

Como tu mismo espetas: Tocate los cojones...

La finalidad es distinta un establecimiento pubico tiene o se "reserva·"su derecho de admision y puede ser de lo mas privado incluso mas que tu casa.
"no entras no me gustan tus pintas!" [bye]
hay un derecho de admisiion que tu como usuario al igual que un cartero por la tipologia del negocio puedes desconocer "sus normas" o las normas sobre el local-"sobre su acceso publico"..

podria ser cartero tambien chulo no?
me vas tu a explicar que es privado y publico---
Ya son ganas de querer joder a un trabajador solo porque no hace lo que quieres.

El recinto es privado, así que o le pones un timbre en la entrada para pedir paso o le pones los buzones accesibles desde la calle.
cañadulce escribió:
Konstantine106 escribió:De verdad no ves la diferencia entre un establecimiento publico y una vivienda privada?

Como tu mismo espetas: Tocate los cojones...

La finalidad es distinta un establecimiento pubico tiene o se "reserva·"su derecho de admision y puede ser de lo mas privado incluso mas que tu casa.
"no entras no me gustan tus pintas!" [bye]
hay un derecho de admisiion que tu como usuario al igual que un cartero por la tipologia del negocio puedes desconocer "sus normas" o las normas sobre el local-"sobre su acceso publico"..

podria ser cartero tambien chulo no?
me vas tu a explicar que es privado y publico---

Precisamente por el funcionamiento del “derecho de admisión” en una empresa/tienda/bar puede entrar cualquiera a quien no se le haya prohibido expresamente. En una casa ocurre justo lo contrario
Yo tampoco entraría en una finca privada solo porque no les apetece poner buzón/timbre donde tienen que estar.

Hablas de los bloques de pisos pero es que hay un timbre en el portal, fuera, obviamente.
cañadulce escribió:correcto a la misma vez tiene la permisividad para andar 3 metros y tocar mi puerta.
al igual que un cartero sube un sexto piso y hace la entrega a pie de puerta mas que a pie de portal.

Igual no, para subir a un sexto piso ha de tocar primero el timbre del portal para que le den acceso a la propiedad privada. Si por ejemplo el portero automático del edificio no funcionara el cartero no debería entrar aunque la puerta estuviese abierta (ni el cartero ni nadie ajeno a esa propiedad).


Ho!
Sabio escribió:
cañadulce escribió:correcto a la misma vez tiene la permisividad para andar 3 metros y tocar mi puerta.
al igual que un cartero sube un sexto piso y hace la entrega a pie de puerta mas que a pie de portal.

Igual no, para subir a un sexto piso ha de tocar primero el timbre del portal para que le den acceso a la propiedad privada. Si por ejemplo el portero automático del edificio no funcionara el cartero no debería entrar aunque la puerta estuviese abierta (ni el cartero ni nadie ajeno a esa propiedad).


Ho!

acabo de hablar con la ocu de mi localidad y nanai.
debe de haber un reglamento.
el se niega a entrar quiere que se efectue la entrega fuera de domicilio. por considerar privado tanto el aceso pese a tener permisividad como lo que se le planta a pesar de poner un timbre este no entra...
ya que la evidencia es clara....
ellos representan o los trabajadores de correo un organismo publiico.y todo esta bajo reglamento.
en todo caso todos estamos hablando de mas hasta no obtener respuesta....
es la respuesta de la ocu a la misma vez dicho trabajador me ha tirado las cartas al suelo.
lo cual muy buenas practicas como buen servicio como que no....
es facil de entender.
edit por ultimo decir que correos no me quiere dar una reclamacion oficial ya que dicen que no disponme de ella en el local.



salu2
cañadulce escribió:acabo de hablar con la ocu de mi localidad y nanai.
debe de haber un reglamento.

El reglamento te lo he indicado mensajes atrás.


Ho!
cañadulce escribió:
Sabio escribió:
cañadulce escribió:correcto a la misma vez tiene la permisividad para andar 3 metros y tocar mi puerta.
al igual que un cartero sube un sexto piso y hace la entrega a pie de puerta mas que a pie de portal.

Igual no, para subir a un sexto piso ha de tocar primero el timbre del portal para que le den acceso a la propiedad privada. Si por ejemplo el portero automático del edificio no funcionara el cartero no debería entrar aunque la puerta estuviese abierta (ni el cartero ni nadie ajeno a esa propiedad).


Ho!

acabo de hablar con la ocu de mi localidad y nanai.
debe de haber un reglamento.
el se niega a entrar quiere que se efectue la entrega fuera de domicilio. por considerar privado tanto el aceso pese a tener permisividad como lo que se le planta a pesar de poner un timbre este no entra...
ya que la evidencia es clara....
ellos representan o los trabajadores de correo un organismo publiico.y todo esta bajo reglamento.
en todo caso todos estamos hablando de mas hasta no obtener respuesta....
es la respuesta de la ocu a la misma vez dicho trabajador me ha tirado las cartas al suelo.
lo cual muy buenas practicas como buen servicio como que no....
es facil de entender.
edit por ultimo decir que correos no me quiere dar una reclamacion oficial ya que dicen que no disponme de ella en el local.



salu2

https://www.correos.es/ss/Satellite/site/pagina-formular_reclamacion/sidioma=es_ES
Sabio escribió:
cañadulce escribió:acabo de hablar con la ocu de mi localidad y nanai.
debe de haber un reglamento.

El reglamento te lo he indicado mensajes atrás.


Ho!

el reglamento cita buzones ubicacionees de timbres no etc.
cañadulce escribió:el reglamento cita buzones ubicacionees de timbres no etc.

Pero es el único reglamento que existe, y, leyéndolo por encima, no he visto ningún punto que contemple el que tengan que entrar en un recinto privado sin previamente avisar de ello.


Ho!
cañadulce escribió:...
me vas tu a explicar que es privado y publico---

Esta claro que a ti poco se te puede explicar o hacerte entender.
Konstantine106 escribió:
cañadulce escribió:...
me vas tu a explicar que es privado y publico---

Esta claro que a ti poco se te puede explicar o hacerte entender.

hmmmmm que tengo que entender buzon como timbre claro claro tu si sabes wapi....
@Sabio por eso precisamente he formulado una queja acuerdo a sus normas.
una cosas es pensar barajar contemplar y otra diferente una normativa sobre uso de timbre debe de estar fijado si se rigen a esas normas especificas....
que a tal efectos quede expreso por la disconformidad del cliente



salu2
@cañadulce Que si, que sere yo el tonto. Pero soy un tonto al que, al tener timbre, le dan los paquetes en mano y en la puerta de su propiedad.
Konstantine106 escribió:@cañadulce Que si, que sere yo el tonto. Pero soy un tonto al que, al tener timbre, le dan los paquetes en mano y en la puerta de su propiedad.

y a que vienes a faldar que los demas deben de tener un mal servicio.
verguenza ajena siento a ignorado campeon
@cañadulce Verguenza ajena siente cualquiera que vea que no eres capaz de diferenciar un establecimiento publico con una propiedad privada y que compares leyes y normativas propias de cada una como te viene en gana.

Y, sobretodo, verguenza ajena siente alguien al ver que una persona, presumiblemente adulta, no es capaz de entender que el cartero, diga lo que diga su reglamento, NO PUEDE ENTRAR en una propiedad PRIVADA sin permiso expreso de su propietario, cosa que solo puede conseguirse con el ancestrar ritual de llamar al timbre/puerta, presentarse y ser invitado a entrar porque, sino lo hace de esta manera, esta incurriendo en un DELITO.

Que quieres entenderlo? Cojonudo. Que no? Me la pela, es tu tiempo y tus problemas, como digo a mi me dan los paquetes en mano y en la puerta de mi propiedad.
La ley es muy específica al respecto, por lo que no tienes nada que hacer. El cartero tiene razón y si quieres que te entregue las cartas tendrás que adaptarte.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-24919

3. En los inmuebles que sean viviendas unifamiliares o locales comerciales o industriales independientes, la entrega podrá hacerse en un casillero domiciliario situado cerca de la primera puerta de entrada o sobre ella, de forma que permita el depósito de los envíos desde el vial público, y en el que figurarán obligatoriamente el nombre de la calle y el número, u otros datos identificativos de la dirección postal como el nombre de la urbanización o polígono y el número de parcela, pudiendo también figurar los nombres y apellidos de los residentes en la vivienda o la denominación social, en caso de ser una persona jurídica el titular del local o de la vivienda.

-----------------------

3. Si las viviendas o edificaciones del entorno afectado no dispusiesen de las instalaciones apropiadas para la entrega de los envíos postales o éstas no se encontrasen en condiciones de uso adecuadas, el operador encargado de la prestación del servicio postal universal facilitará la entrega de los envíos postales en la oficina postal más próxima, previa comunicación escrita a los destinatarios de dicha circunstancia y del horario en el que podrán ser retirados, dando cuenta de ello al regulador postal en el plazo de tres meses a contar desde el inicio de este sistema de reparto.

4. Tendrán la consideración de entornos especiales los siguientes supuestos:

a) Cuando se trate de viviendas aisladas o situadas en entornos calificados como diseminados y estén situadas a más de 250 metros de la vía pública habitualmente utilizada por cualquiera de los servicios públicos.
El reparto se realizará mediante buzones individuales o agrupados ubicados al paso o en un punto de aproximación entre las viviendas y la vía de circulación.
jnderblue escribió:La ley es muy específica al respecto, por lo que no tienes nada que hacer. El cartero tiene razón y si quieres que te entregue las cartas tendrás que adaptarte.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-24919

3. En los inmuebles que sean viviendas unifamiliares o locales comerciales o industriales independientes, la entrega podrá hacerse en un casillero domiciliario situado cerca de la primera puerta de entrada o sobre ella, de forma que permita el depósito de los envíos desde el vial público, y en el que figurarán obligatoriamente el nombre de la calle y el número, u otros datos identificativos de la dirección postal como el nombre de la urbanización o polígono y el número de parcela, pudiendo también figurar los nombres y apellidos de los residentes en la vivienda o la denominación social, en caso de ser una persona jurídica el titular del local o de la vivienda.

-----------------------

3. Si las viviendas o edificaciones del entorno afectado no dispusiesen de las instalaciones apropiadas para la entrega de los envíos postales o éstas no se encontrasen en condiciones de uso adecuadas, el operador encargado de la prestación del servicio postal universal facilitará la entrega de los envíos postales en la oficina postal más próxima, previa comunicación escrita a los destinatarios de dicha circunstancia y del horario en el que podrán ser retirados, dando cuenta de ello al regulador postal en el plazo de tres meses a contar desde el inicio de este sistema de reparto.

4. Tendrán la consideración de entornos especiales los siguientes supuestos:

a) Cuando se trate de viviendas aisladas o situadas en entornos calificados como diseminados y estén situadas a más de 250 metros de la vía pública habitualmente utilizada por cualquiera de los servicios públicos.
El reparto se realizará mediante buzones individuales o agrupados ubicados al paso o en un punto de aproximación entre las viviendas y la vía de circulación.

No trata de buzón si no de entrega personal ni k yo fuera ahora un buzon
cañadulce escribió:@Sabio por eso precisamente he formulado una queja acuerdo a sus normas.
una cosas es pensar barajar contemplar y otra diferente una normativa sobre uso de timbre debe de estar fijado si se rigen a esas normas especificas....
que a tal efectos quede expreso por la disconformidad del cliente

No necesitan ninguna normativa sobre uso de timbres. Si no hay forma de contactar con el remitente sin tener que allanar una propiedad privada, ellos pueden dejar la notificación en el buzón (que en ese caso debe ser accesible desde la vía pública), y listos.


Ho!
Sabio escribió:
cañadulce escribió:@Sabio por eso precisamente he formulado una queja acuerdo a sus normas.
una cosas es pensar barajar contemplar y otra diferente una normativa sobre uso de timbre debe de estar fijado si se rigen a esas normas especificas....
que a tal efectos quede expreso por la disconformidad del cliente

No necesitan ninguna normativa sobre uso de timbres. Si no hay forma de contactar con el remitente sin tener que allanar una propiedad privada, ellos pueden dejar la notificación en el buzón (que en ese caso debe ser accesible desde la vía pública), y listos.


Ho!

contactar estando en mi vivienda."con dos timbres" si señor [facepalm] ...allanar jajajajaja madre mia eso que me lo hagan constar por escriito.
las sandeces que uno llega a leer...como argumento inventado para dar veracidad a lo que uno ya se le planta pues si pero como logica ya desvariando sobre privado o publico ahora llaneos de traca.......
allaneando la ciudad por el dia y por la noche allaneo la ciudad [qmparto] [qmparto]
esto ya sacado de una pelicula de torrente.
dejo ya aqui los allaneamientos y los allanamientos....llevo desde el año 97 viviendo aqui no teniendo problemas con propieades ahora le ha dado por normativas pues nada a presentar quejas.
y si tengo que salir a la calle a por un certificado me hago el cojo y le hago sumamente dificil su trabajo.

esto ya no da para mas.
@Petiso Carambanal; Sabio manda al cartero para que reforme su casa espero que te encuentres cuando el cartero ejerza de albañil todo quede a su gusto XD no vaya a ser que el cartero no le guste tus escalones mejor que el los modifique y ya que allane la ciudad [666]
Simplemente es un vago. Que no estará acostumbrado a una carga excesiva de trabajo por ser la zona que es y que le toca la moral tener mas curro de ese.

Tipico en España.
KindapearHD escribió:Simplemente es un vago. Que no estará acostumbrado a una carga excesiva de trabajo por ser la zona que es y que le toca la moral tener mas curro de ese.

Tipico en España.

en eso te doy la razon compi salvo la zona es practicamente campo y es muy duro.
la ocu de mi localidad me argumentó que siendo un funcionario publico no se puede explallar de tal forma..
hay unos standares de calidad .....
yo he trabajado muchos años como asesor comercial seguridad para empresas como prosegur y securitas.
cuando realizaba un proyecto de seguridad en una" vivienda accedes", por invitacion que puñetas me vienen contando.....yo alucino la verdad y entiendo que este pais va a peor viendo lo que muchos dicen que la razon por ser funcionario la tiene correos.

cuando la ocu de mi localidad me da mas bien la razon y deben de presentarme un reglamento que a dia de hoy muchos escriben de buzones sin mas idea escriben por escribir-.
las empresas de seguridad comercializan a puerta fria y si hablamos de seguridad mejor nos calllamos.
ya que estas empresan "entran en tu vivivienda " .....no a tu puerta como yo cito si no entran hasta tu dormitorio y toda tu casa....si necesitas una alarma ya sabes cuentale los rollos privados a otro..
lo dejo aqui.
saludos a todos y que cada uno escriba lo que se le plante es lo que trata el foro.....
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