josealb escribió:Muy interesante el boletín del BOE. :)
Una pregunta. El articulo 5.1 dice que el consumidor podra elegir entre la sustitucion o reparacion, siempre que el coste no sea desproporcionado. En el 5.2 lo especifican mejor:
No podrían alegar que el coste de sustituirte la PS3 es desproporcinado comparado con el coste de repararlo?
Tengo un problema similar con una tele nueva y un euroconector roto :/
Buenas!!
Bueno, en la medida de lo posible intentaré responder a lo que se ha ido comentando, y espero que sea acertado.
No voy en orden, voy según voy leyendo lo que sé (o creo saber) lo voy respondiendo.
Con respecto a esto:
josealb escribió:No podrían alegar que el coste de sustituirte la PS3 es desproporcinado comparado con el coste de repararlo?
Tengo un problema similar con una tele nueva y un euroconector roto :/
La obligación del vendedor es repararte el daño de la cosa, y como dice el 5.1 puedes elegir para ello la reparación o la sustitución.
Game TIENE la obligación de repararte el daño de la cosa, pero no tiene la posibilidad de elegir entre reparación o sustitución. Ellos no te lo pueden arreglar allí. Además, ten en cuenta que no supone para ellos un coste desproporcionado. Ellos se comen la PS3, pero ellos pueden mandársela a SONY, que debería mandarles a ellos una nueva. No es de recibo que una compañía no reponga a las tiendas los productos en mal estado. Por tanto, desproporcionado no es.
Con respecto a tu tele, tienen que cambiártela. Tienen que darte una solución. Y en principio además debe ser sustitución, al igual que la PS3.
Según vaya leyendo sigo posteando a ver si podemos aclararnos.
clamatac escribió:es que lo de 'Si el bien no fuera conforme con el contrato' me confunde, según se mire lo de 'conforme con el contrato' puede dejar fuera a las averías.
El contrato es un contrato de compra-venta. El contrato de compra-venta tiene una serie de requisitos para ambas partes, pero en ningún caso nos pueden dejar fuera las averías. Como dice el BOE 165 en el artículo 5.1: "
Si el bien no fuera conforme con el contrato, el consumidor podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución del bien". El bien que te están vendiendo tiene que estar en perfectas condiciones. Si ellos saben que está mal y te lo venden tienen que declararlo explícitamente. La garantía cubre a los usuarios contra los desperfectos de fábrica que pueda traer el producto. No pueden escaparse de eso.
clamatac escribió:queda claro 100% sin resquicio alguno, que la tienda está obligada durante los 2 años de garantía a hacerse cargo de todo, y que podemos exigir una sustitución (uno nuevo) en lugar de esperar a la reparación?
Nop. La tienda se tiene que hacer cargo de los problemas que haya durante 6 meses. Lo de los dos años viene en relación al productor. El productor tiene que hacerse cargo de los desperfectos durante dos años. Lo que pasa es que el productor también se hace cargo de los desperfectos si para tí es un problema ir a la tienda. Imagina que vives en un pueblo de la sierra y te han llevado al carrefour más cercano a 50 km en coche. Imagina que has comprado la PS3 allí y te da problemas. Si tu para poder exigir la sustitución tienes que volver a ir a ese Carrefour y tienes que ir con la PS3 a cuestas (a parte de ponerte cuadrado), SONY tiene que hacerse cargo sin rechistar (nunca rechistan). Para tí es un marrón moverte 50km con la PS3, así que el productor se hace cargo y te lo arregla.
En resumen:
6 primeros meses ---> Tienda. Sustitución (en el caso de PS3) o reparación si la sustitución tiene costes demasiado altos.
* Si no puedes ir a la tienda o por cualquier razón te resulta "gravoso", el productor se hace cargo (en este caso sony)
Año y medio a partir de los 6 primeros meses ---> La tienda se lava las manos, pero el productor te lo tiene que seguir arreglando.