javICO escribió:Pasados los primeros dias (15 o 30 , dependiendo de la tienda) la tienda no se va a hacer cargo de una consola rota.......eres tu como cliente el que se tiene que encargar de llamar a Sony y hacer todo el jaleo
Que mala es la falta de información...
Deberías perder 15 minutos en leer la Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo publicada en el BOE núm. 165, de 11-07-2003, pp. 27160-27164)
Sobre lo que comentas, mira, te pego lo que dice el Artículo 6, Reglas de la reparación o sustitución del bien, apartad C:
"c) La reparación suspende el cómputo de los plazos a que se refiere el artículo 9 de esta ley. El período de suspensión comenzará desde que el consumidor ponga el bien a disposición del vendedor y concluirá con la entrega al consumidor del bien ya reparado.
Durante los seis meses posteriores a la entrega del bien reparado, el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad cuando se reproduzcan en el bien defectos del mismo origen que los inicialmente manifestados."
Señores, a ver si aprendemos de una vez nuestros derechos, que en muchas ocasiones, la falta de conocimento de estos propicia que nos la metan "doblada" muchas veces
Si se te rompe la consola EN LOS PRIMEROS 6 MESES DE COMPRA, EL VENDEDOR ESTÁ OBLIGADO HA HACERSE CARGO DE SU REPARACIÓN SÍ O SÍ.
¿ves ahora la importancia del ticket?
Saludos
P.D. Te dejo la ley enterita para que la leas pues, por tu comentario, parece que eres uno de esos consumidores que no tienen ni puta idea de sus derechos (y obligaciones, que también las tienes)
http://civil.udg.es/NORMACIVIL/estatal/contract/L23-03.htm