¿Puedo alquilar una habitación a mis suegros que viven de alquiler?

Buenas. Resumo muy rápido. Llevo con mi pareja casi 5 años. Este último año he estado viviendo en casa de sus padres con ella por motivos de estudio. Yo les pago una parte del alquiler, pero no tengo contrato ni estoy empadronado allí. Ahora voy a empezar la universidad y me gustaría saber si es posible hacer un contrato de alquiler de una habitación con ellos, más que nada por la beca. ¿Es posible? Muchas gracias.
No sé si por ley, pero la mayoría de contratos prohíben expresamente el realquiler. Así que salvo sorpresa, no.

De todas formas no entiendo qué te impide empadronarte allí.
@largeroliker Lo de empadronarme es lo que tengo pensado hacer la semana que viene, pero me ha surgido esa duda. Muchas gracias por el comentario.
Estuve hace tiempo mirando algo similar y, si no ha cambiado nada, para realquilar una habitación se tiene que mencionar expresamente en el contrato de alquiler principal, que esa actividad esté permitida. De lo contrario, no se puede.

No obstante, para empadronarte, con la autorización del titular del contrato de alquiler vale, no necesita tener una habitación a tu nombre.
Perfecto. Muchísimas gracias por la información.
Si pagas una parte del alquiler lo correcto es que tu nombre forme parte del contrato de alquiler actual, nada de realquiler.
@Black29 Buenas. El pago no es que sea por el alquiler en sí, es más bien porque vivo de "okupa" en su casa y me da vergüenza no cubrir aunque sea gastos [+risas] [+risas] . Así que les dije que iba a pagar una parte de los gastos, que al principio me dijeron que no (aunque después siempre están mimimimi por lo bajini jeje) pero luego lo destinan para el alquiler. Un saludo.
Para empadronarse no necesita permiso del propietario ni del que está en el contrato de alquiler..
Creo que basta con que alguien que ese empadronado en esa casa lo acompañe al ayuntamiento y nada más
.que alguien me corrija...
pedrinxerez escribió:Para empadronarse no necesita permiso del propietario ni del que está en el contrato de alquiler..
Creo que basta con que alguien que ese empadronado en esa casa lo acompañe al ayuntamiento y nada más
.que alguien me corrija...

Más o menos. También valdría alguien ya empadronado en esa casa con alguno de los recibos de suministros a su nombre. Aunque ojo, no se si esto puede variar por comunidad.
8 respuestas