Puedo entrar a mi casa ocupada?

1, 2
Pues hoy he tenido un debate con un familar sobre este tema y luego se han unido todos los comensales.

La situacion es la siguiente:

Solo tienes una vivienda en propiedad (aunque aun sigas pagando hipoteca) y es tu residencia habitual, empadronado alli, etc...

Llegas de vacaciones y te encuentras que no funcionan las llaves y por las ventanas ves gente dentro o hablando con el vecino de enfrente te enteras que ha estado viviendo gente esos dias.

Pues en la discusión de hoy mientras comiamos unos decian que lo mejor es ir a la policía que ahora hay una ley express que los expulsan al momento en el acto.

Otros decian que eso solo puede ser si han pasado maximo dos dias de la ocupación y si el ocupa ha recibido correspondencia a su nombre ya puede inventarse un precontrato de alquiler (dentro de mi casa estan los papeles del piso y pueden coger mis datos personales).

Yo por mi parte decía de no avisar a la policia ni a nadie. Intentar razonar con los ocupas y si no hacen caso Ir a una ferreteria y comprar un hacha, mazas, palancas y demas ir a mi casa y tirar la puerta abajo como fuera lo mas rapido posible con la ayuda de algunos amigos. Es mi puerta, la compre yo y por lo tanto puedo hacer con ella lo que quiera.

Según he leido los cerrajeros se niegan a abrirte la puerta si ven indicios de ocupacion porque pueden buscarse un problema legal (lo entiendo perfectamente).

Entiendo que en ese momento los ocupas al ver lo que hago llamarian a la policia.

En el caso de que llegara la policía antes de poder entrar de que me pueden acusar? De romper mi puerta? Eso es un delito? Yo en ningún momento he amenazado a nadie. Ademas con lo que tarda la policía en llegar me ha dado tiempo a tirar la puerta y tomarme unas cervezas con los colegas.

Y si llega después pues evidentemente nada mas tirarla abajo llamaria yo a la policía de que acabo de llegar a casa y me he encontrado la puerta asi. Pero yo ya estoy dentro y todas las pertenencias estarian ya en el rellano o tiradas por el balcon. De que me pueden acusar en ese caso? De entrar a mi casa?

Algunos me decían que eso no lo puedo hacer porque es ilegal pero yo les preguntaba que ley me prohibe romper mi propia puerta o entrar a mi casa.

Estuvimos buscando por google pero no quedo nada en claro.

Alguien sabe cual es la respuesta a todo esto?
Si son allanadores de morada, no son ocupas y creo que con eso estaría tu duda, un saludo.
Tal como va la ley en este pais yo optaria por la opcion de echar a los okupas a patadas y luego denunciarles por asalto
julepe está baneado del subforo por "flames"
que yo sepa son 24 horas.......
no entiendo muy bien
hipoteca, empadronado alli y el ir de vacaciones
puedes explicar un poco mas
En ese caso lo que hay que hacer es echar la puerta abajo y una vez dentro llamar a la policía que están intentando robarte/ocuparte la casa
julepe escribió:que yo sepa son 24 horas.......
no entiendo muy bien
hipoteca, empadronado alli y el ir de vacaciones
puedes explicar un poco mas


Pues que es tu unica residencia habitual que tienes. Tu primera vivienda. No tienes 3 o 4 y las alquilas sino que es la unica que tienes para poder dormir por la noche.

Y lo de la hipoteca pues como la mitad de España, uqe legalmente es tuya pero realmente tienes que pagar cada mes al banco.

Eran datos para que las respuestas sean mas exactas y no se vayan en derivaciones de si es tu segunda residencia, si no estas empadrinado, etc...para tener la maxima informacion y responder con mayor precisión.


alextgd escribió:Si son allanadores de morada, no son ocupas y creo que con eso estaría tu duda, un saludo.


Creo que se entiende perfectamente lo que expongo, no son allanadores ni ladrones, son ocupas. A lo mejor es una pareja con 5 hijos sin recursos. No tienen porque ser delicuentes profesionales o malas personas.


rolento escribió:Tal como va la ley en este pais yo optaria por la opcion de echar a los okupas a patadas y luego denunciarles por asalto


kitinota escribió:En ese caso lo que hay que hacer es echar la puerta abajo y una vez dentro llamar a la policía que están intentando robarte/ocuparte la casa


Es lo que yo decía pero todos me decian que eso estaba prohibido pero nadie me decía exactamente de que me pueden acusar y meterme a mi en la carcel.
@SECHI Es que es una diferencia muy grande, si es tu residencia habitual o no. Un saludo.
https://www.elrinconjuridico.com/blog/d ... 0propiedad.
alextgd escribió:@SECHI Es que es una diferencia muy grande, si es tu residencia habitual o no. Un saludo.
https://www.elrinconjuridico.com/blog/d ... 0propiedad.


Ya lo se.

Por eso dejo claro en mi primer mensaje que es la unica vivienda que tienes y la vivienda habitual.

Esa no es la cuestión del hilo.
SECHI escribió:
alextgd escribió:@SECHI Es que es una diferencia muy grande, si es tu residencia habitual o no. Un saludo.
https://www.elrinconjuridico.com/blog/d ... 0propiedad.


Ya lo se.

Por eso dejo claro en mi primer mensaje que es la unica vivienda que tienes y la vivienda habitual.

Esa no es la cuestión del hilo.

No sé, visto que es todo el jodido epicentro del hilo (unica y habitual), y que tienes la ley de tu parte y la policía los va a echar ipsofacto, pues nada, os dejo que elucubreis tranquilamente en las posibles alternativas. Un saludo.
Si es tu morada habitual, la policía tiene la obligación de desalojar a los ocupas ya que tu estas empadronado en esa vivienda. Da igual sin han pasado 2 días o 2 semanas.
No costaría nada hacer una ley clara en la que la policía comprobara quien es el dueño del inmueble y pudiera actuar en consecuencia preguntándole al dueño.

pero los políticos no están por la labor [facepalm]

pero entiendo que si es un primera vivienda, constituye morada, es allanamiento y la policía los debe desalojar inmediatamente. [toctoc]

aunque fuera una segunda vivienda se debería desalojar a los ocupas inmediatamente, ahí esta el problema, que si es una segunda vivienda, la ocupan y la administración se toma su tiempo en hacer justicia. [facepalm]
SECHI escribió:
alextgd escribió:@SECHI Es que es una diferencia muy grande, si es tu residencia habitual o no. Un saludo.
https://www.elrinconjuridico.com/blog/d ... 0propiedad.


Ya lo se.

Por eso dejo claro en mi primer mensaje que es la unica vivienda que tienes y la vivienda habitual.

Esa no es la cuestión del hilo.

cuál es la cuestión del hilo ¿que si puedes romper tu puerta? sí, puedes romper tu puerta pero para eso no hace falta que haya gente dentro y de todos modos la comunidad de vecinos te puede (y debe) obligar a reponerla. Si la cuestión del hilo es si está okupada si puedes entrar en tu casa, no, pero el ejemplo que has puesto no es una okupación es un allanamiento como te ha dicho @alextgd y por tanto en este ejemplo puedes entrar y perder dinero con el destrozo en vez de llamar a la policía.
alextgd escribió:
SECHI escribió:
alextgd escribió:@SECHI Es que es una diferencia muy grande, si es tu residencia habitual o no. Un saludo.
https://www.elrinconjuridico.com/blog/d ... 0propiedad.


Ya lo se.

Por eso dejo claro en mi primer mensaje que es la unica vivienda que tienes y la vivienda habitual.

Esa no es la cuestión del hilo.

No sé, visto que es todo el jodido epicentro del hilo (unica y habitual), y que tienes la ley de tu parte y la policía los va a echar ipsofacto, pues nada, os dejo que elucubreis tranquilamente en las posibles alternativas. Un saludo.


Joder macho, es que se busca polemica en todos los hilos.

En mi primer mensaje hago una pregunta/debate dejando muy claro que es una unica vivienda habitual empadronado alli y tu eres el unico que estas buscando otras situaciones que nadie ha preguntado y encima te ofendes y buscas polemizar el hilo.

Yo alucino con algunos.

En fin.

Dejando gilipolleces aparte y siguiendo con el hilo.

Que leyes nos prohiben actuar de es manera? Si llega la policía antes de tirar la puerta de que pueden acusarme? Quizas alteración del orden? Pero yo estoy arreglando mi casa en un trabajo de bricolaje en horario de no nocturnidad.

Yo puedo tirar mi puerta abajo y luego llamar a un cerrajero y contratar una instalación de puerta urgente. Eso no es ningun delito que yo sepa.




SECHI escribió:
alextgd escribió:
SECHI escribió:
Ya lo se.

Por eso dejo claro en mi primer mensaje que es la unica vivienda que tienes y la vivienda habitual.

Esa no es la cuestión del hilo.

No sé, visto que es todo el jodido epicentro del hilo (unica y habitual), y que tienes la ley de tu parte y la policía los va a echar ipsofacto, pues nada, os dejo que elucubreis tranquilamente en las posibles alternativas. Un saludo.


Joder macho, es que se busca polemica en todos los hilos.

En mi primer mensaje hago una pregunta/debate dejando muy claro que es una unica vivienda habitual empadronado alli y tu eres el unico que estas buscando otras situaciones que nadie ha preguntado y encima te ofendes y buscas polemizar el hilo.

Yo alucino con algunos.

En fin.

Dejando gilipolleces aparte y siguiendo con el hilo.

Que leyes nos prohiben actuar de es manera? Si llega la policía antes de tirar la puerta de que pueden acusarme? Quizas alteración del orden? Pero yo estoy arreglando mi casa en un trabajo de bricolaje en horario de no nocturnidad.

Yo puedo tirar mi puerta abajo y luego llamar a un cerrajero y contratar una instalación de puerta urgente. Eso no es ningun delito que yo sepa.


La cuestión del hilo es que puedo hacer o no legalmente hablando.

Que diferencia hay entre ocupacion y allanamiento m el tiempo transcurrido de la ocupación?

En mi primer mensaje digo que llevan varios dias dentro. Eso supongo que es ocupacion tal y como digo en mi primer mensaje.
SECHI escribió:
alextgd escribió:
SECHI escribió:
Ya lo se.

Por eso dejo claro en mi primer mensaje que es la unica vivienda que tienes y la vivienda habitual.

Esa no es la cuestión del hilo.

No sé, visto que es todo el jodido epicentro del hilo (unica y habitual), y que tienes la ley de tu parte y la policía los va a echar ipsofacto, pues nada, os dejo que elucubreis tranquilamente en las posibles alternativas. Un saludo.


Joder macho, es que se busca polemica en todos los hilos.

En mi primer mensaje hago una pregunta/debate dejando muy claro que es una unica vivienda habitual empadronado alli y tu eres el unico que estas buscando otras situaciones que nadie ha preguntado y encima te ofendes y buscas polemizar el hilo.

Yo alucino con algunos.

En fin.

Dejando gilipolleces aparte y siguiendo con el hilo.

Que leyes nos prohiben actuar de es manera? Si llega la policía antes de tirar la puerta de que pueden acusarme? Quizas alteración del orden? Pero yo estoy arreglando mi casa en un trabajo de bricolaje en horario de no nocturnidad.

Yo puedo tirar mi puerta abajo y luego llamar a un cerrajero y contratar una instalación de puerta urgente. Eso no es ningun delito que yo sepa.




SECHI escribió:
alextgd escribió:No sé, visto que es todo el jodido epicentro del hilo (unica y habitual), y que tienes la ley de tu parte y la policía los va a echar ipsofacto, pues nada, os dejo que elucubreis tranquilamente en las posibles alternativas. Un saludo.


Joder macho, es que se busca polemica en todos los hilos.

En mi primer mensaje hago una pregunta/debate dejando muy claro que es una unica vivienda habitual empadronado alli y tu eres el unico que estas buscando otras situaciones que nadie ha preguntado y encima te ofendes y buscas polemizar el hilo.

Yo alucino con algunos.

En fin.

Dejando gilipolleces aparte y siguiendo con el hilo.

Que leyes nos prohiben actuar de es manera? Si llega la policía antes de tirar la puerta de que pueden acusarme? Quizas alteración del orden? Pero yo estoy arreglando mi casa en un trabajo de bricolaje en horario de no nocturnidad.

Yo puedo tirar mi puerta abajo y luego llamar a un cerrajero y contratar una instalación de puerta urgente. Eso no es ningun delito que yo sepa.


La cuestión del hilo es que puedo hacer o no legalmente hablando.

Que diferencia hay entre ocupacion y allanamiento m el tiempo transcurrido de la ocupación?

En mi primer mensaje digo que llevan varios dias dentro. Eso supongo que es ocupacion tal y como digo en mi primer mensaje.

si te dignaras a leer el link que te puso @alextgd en vez de decirle directamente que no es la cuestión del hilo lo sabrías
@SECHI creo que no estás entendiendo lo que te dicen..

Si es tu VH no hay okupacion. Legalmente, no existe. Es allanamiento.

Si no es tu VH hay okupacion.

Como preguntas por la opción 1 pero llamándolo como la opción 2 ya te han dicho que puedes tirar la puerta si quieres pero no es necesario, porque a los que cometen allanamiento la policía los echa al momento.
Con lo cual tirando la puerta abajo no ganas nada, solo pierdes una puerta.

O esto, al menos, es lo que yo he entendido de las respuestas que te han dado @korchopan @alextgd
Si es tu vivienda habitual, es allanamiento. Llamas a la policia y los echan. Y los detienen si. Da igual que cambien cerrojos , se metan con 120 niños o lleven 30 dias haciendo barbacoas dentro... Ahora, tambien puedes romper la puerta o hacer lo que quieras, es tu casa, simplemente vas a gastarte el dinero inutilemente.
@peeper77 @martuka_pzm @korchopan

Ok pido perdon entonces.

Es verdad que no lei el link y busque por mi cuenta en google donde veia diferencias de terminos legales segun el tiempo que estaban alli los ocupantes pero no que fuera tan rapido si es tu vivienda habitual.

Entonces me queda claro. Si es mi vivienda habitual llamo a la policía y en 5 minutos estoy en mi casa sin juicios ni esperas ni nada.

Tan facil es?

Tenia entendido que es una odisea poder sacar a ocupantes de tu vivienda y hace unos 10 años o asi los padres de un amigo tuvo que esperar dos años para sacar a una familia marroqui de su piso

Supongo que la ley habrá cambiado.

Gracias a todos por las aclaraciones.
SECHI escribió:Es lo que yo decía pero todos me decian que eso estaba prohibido pero nadie me decía exactamente de que me pueden acusar y meterme a mi en la carcel.


No sé hasta qué punto es legal, pero vamos, yo es lo que haría viendo como está ley….lo intento y después ya veremos que pasa, pero desde luego no me quedaría sin hacer nada
yo no debato nada y menos cuando algo es de mi propiedad sea vh o no, si pillo a alguien los saco de tres guantadas cambio el cierre y nadie a visto nada,fin del asunto, esa ley que tiene españita para maleantes no va conmigo. a las malas dices que te estaban robando o cualquier historia. porque una vez llames a la policia igual te dicen lo que no quieras ecuchar y igual la liaste. si es legal o no te importa cero, menos legal es ser un jeta.. no solo eso que te roben pertenencias y te dejen la vivienda como unos zorros.

ganas tu familia de calentarte el tarro de verdad... si es legal o no es lo que menos tendria que importales porque ya sabemos como esta todo en este pais.
@kitinota @adrick

Ya han dicho antes que si es tu vivienda habitual viene la policía y en 5 minutos estan fuera.

No se porque pero no creo que sea tan fácil, la verdad.

Sabeis de algún caso cercano o hablais de oídas y de lo que habeis leido en internet?
Conozco una pareja que le ocurrió en una segunda vivienda y los echaron cagando leches, pero por otra parte conozco otro al que puntuaron de forma negativa en un examen de la policía local por decir que si se podía echar en ese mismo instante a los ocupantes.

Creo que la normativa no es del todo clara o todos los municipios no la aplican por igual.
Te hablo desde la experiencia, y siento no dar más datos de los estrictamente necesarios (no sé si tuve suerte con los policías que me tocaron o es la norma)

Me ha pasado. Llegar después de unos días fuera y encontrarte con la cerradura cambiada, la sensación es horrible.

Bajé a hacer unas llamadas, debes de combinar la llegada de un cerrajero con la de la policía.

Por suerte te confirmo que lo que se dice en lis medios es mayormente mentira (al menos en mi caso): la casa es tuya y la policía tras ver los documentos (les enseñé el dni y alguna cosa más para demostrarlo) entró en plan Atila.
Ni juez ni leches, en pocos minutos tenía la casa recuperada.

Hablo de Madrid centro, desconozco cómo se las gastarán en otros lados pero en mi caso la actuación fue instantánea y contundente.
SECHI escribió:@kitinota @adrick

Ya han dicho antes que si es tu vivienda habitual viene la policía y en 5 minutos estan fuera.

No se porque pero no creo que sea tan fácil, la verdad.

Sabeis de algún caso cercano o hablais de oídas y de lo que habeis leido en internet?

Se de un conocido con un chalet cerca de la playa,se entero por unos vecinos, volvio con amigos,primos,sobrinos y forzaron el cierre,luego los largaron y lo cambiaron, por lo que me conto les dieron hostias hasta en el carnet de padre y no se supo mas de estos.. ni llamaron a la policia ni nada segun me dijo. el afectado en cuestion es un armario y los primos mas de lo mismo. no era esidencia habitualmente porque la usaba de vacaciones. se me paso puntualizar.

sopongo que hay muchos tipos de casos y anecdotas mas o menos variopintas
Este tema lo he comentado alguna vez con policías y todos coinciden. Si es tu Residencia Habitual, es tan sencillo como llamar a la Benemérita y decir que te están robando tu casa. Actuan al momento y detienen a todos los que pillen allí. Incluso en segundas y terceras residencias sucede lo mismo.

No te creas absolutamente nada de las basuras que suelen poner en los medios del régimen con casos ridículos que la mayoría, por no decir todos, son inventados para asustar a la gente mayor y que contraten alarmas, voten X partidos, etc.
Ok pues viendo vuestras respuestas mas o menos me queda claro.

@spaizor6

Si dices que es un robo pero han cambiado la cerradura no se como actuaria la policía. Quizas dicen que es una ocupación y que hay que esperar una orden de desalojo y bla bla bla.

@verdezito

Gracias por contar tu experiencia. Por lo que voy leyendo en internet veo mucha disparidad y no siempre es asi. Quizas si depende de la comunidad o del policia que te toque.

Realmente no entiendo eso, deberia ser algo instantáneo. Llamas a la policía, ellos llamn a comisaria y comprueban tu dni, padron, registro de la propiedad, etc... Entiendo que pueda tardar unos minutos (aunque tampoco creo que hayan 100 ocupaciones al dia en cada comisaría) y si todo es correcto puerta abajo y todos a la puta calle con sus pertenencias y si hay destrozos aparte de la cerradura pues denuncia y ya llegara el juicio (aunque esta gente se declarara insolventes y no vas a ver un duro pero al menos servira para el seguro).

Lo que no puede ser es que segun en que comunidad vivas o si ese dia el policia esta de buen humor o ganas de trabajar.

Deberia ser una ley clara y que se lleve a cabo al momento si todos los papeles estan en orden.
entro, veo que hablas de un caso hipotetico buscando el "debate" e ignorando a discrecion informacion que te proporcionan, y con la misma salgo del hilo.

Imagen
@SECHI

Vivienda okupada lo ultimo de lo ultimo es hacer que conste en un escrito oficial , si consta en escrito oficial date por jodido.

Esto es fácil y sencillo, yo JAMAS avisaría a la policía , el que este en mi propiedad sale de mi propiedad.
Please, ocupas, con C. Los okupas son los del movimiento social y jamas deberían entrar en una vivienda habitada propiedad de un particular, en teoría solo asaltan casas de bancos y grandes tenedores en general. Digo en teoría porque siempre hay algún tonto, pero no tienen el apoyo legal del grupo.

Respecto al hilo, si alguien entra en tu VH está allanando y la policía gustosamente los echa usando la fuerza que consideren adecuada. Solo te pueden ocupar viviendas en las que no residas. Lo único que puede pasar si tiras la puerta abajo es, primero que te quedes sin puerta y segundo que se líe con la gente de dentro y acabes con problemas legales por qué consideren que les has amenazado con un hacha. Los pocos casos que se oyen de gente que se queda en la calle con la casa ocupada cuando iban a comprar el pan son burdas manipulaciones. Aparte de que ocupar viviendas habituales de particulares suele poner en contra a todo el pueblo/barrio y les acaban partiendo la cara antes de que la policía actue, por lo que no suelen arriesgar.
SECHI escribió:Pues hoy he tenido un debate con un familar sobre este tema y luego se han unido todos los comensales.

La situacion es la siguiente:

Solo tienes una vivienda en propiedad (aunque aun sigas pagando hipoteca) y es tu residencia habitual, empadronado alli, etc...

Llegas de vacaciones y te encuentras que no funcionan las llaves y por las ventanas ves gente dentro o hablando con el vecino de enfrente te enteras que ha estado viviendo gente esos dias.

Pues en la discusión de hoy mientras comiamos unos decian que lo mejor es ir a la policía que ahora hay una ley express que los expulsan al momento en el acto.

Otros decian que eso solo puede ser si han pasado maximo dos dias de la ocupación y si el ocupa ha recibido correspondencia a su nombre ya puede inventarse un precontrato de alquiler (dentro de mi casa estan los papeles del piso y pueden coger mis datos personales).

Yo por mi parte decía de no avisar a la policia ni a nadie. Intentar razonar con los ocupas y si no hacen caso Ir a una ferreteria y comprar un hacha, mazas, palancas y demas ir a mi casa y tirar la puerta abajo como fuera lo mas rapido posible con la ayuda de algunos amigos. Es mi puerta, la compre yo y por lo tanto puedo hacer con ella lo que quiera.

Según he leido los cerrajeros se niegan a abrirte la puerta si ven indicios de ocupacion porque pueden buscarse un problema legal (lo entiendo perfectamente).

Entiendo que en ese momento los ocupas al ver lo que hago llamarian a la policia.

En el caso de que llegara la policía antes de poder entrar de que me pueden acusar? De romper mi puerta? Eso es un delito? Yo en ningún momento he amenazado a nadie. Ademas con lo que tarda la policía en llegar me ha dado tiempo a tirar la puerta y tomarme unas cervezas con los colegas.

Y si llega después pues evidentemente nada mas tirarla abajo llamaria yo a la policía de que acabo de llegar a casa y me he encontrado la puerta asi. Pero yo ya estoy dentro y todas las pertenencias estarian ya en el rellano o tiradas por el balcon. De que me pueden acusar en ese caso? De entrar a mi casa?

Algunos me decían que eso no lo puedo hacer porque es ilegal pero yo les preguntaba que ley me prohibe romper mi propia puerta o entrar a mi casa.

Estuvimos buscando por google pero no quedo nada en claro.

Alguien sabe cual es la respuesta a todo esto?

La ley Rumana te ampara
https://www.youtube.com/watch?v=WHqa80wgCtc
Te contesto con mi opinión personal:

En principio hay dos tipos de ocupación: ocupación (con "C") que es cualquier acto de invasión de una vivienda, no consentida ni autorizada por los dueños de la misma; y "okupación" con "K" que no tiene nada que ver, ya que se trata de un movimiento social, que trata de poner en valor viviendas abandonadas, o casas medio en ruinas.

Dicho esto:

- Si regresas a tu vivienda habitual, con tu familia, y estando todos dentro, alguien abre la puerta o una ventana y entra dentro, con la intención de ocupar la vivienda, estamos ante un delito de allanamiento de morada. Avisa a la policía inmediatamente.

- Si al regresar a tu vivienda habitual, te funciona la llave, y entras dentro, y te encuentras gente dentro, llama a la policía para que identifiquen a los "ocupas" y así se les pueda demandar judicialmente para que abandonen la vivienda.

- Si al regresar a tu vivienda habitual, no funciona la llave, porque han cambiado la cerradura, y ves que hay gente viviendo dentro, entonces lo mejor es avisar también a la policía e interponer cuanto antes una demanda civil contra los ocupantes, a través del nuevo procedimiento de desahucio.

Lo que hará el juez será pedirte los documentos que acreditan que la casa es de tu propiedad y resides en ella: escrituras, recibo IBI, recibos varios que acreditan que pagas gas, electricidad; y un certificado de empadronamiento.

Con esa información, el juez exigirá a los "ocupas" que le presenten el título o contrato sobre el que justifican su presencia allí. Y como no van a tenerlo, el juez deducirá que están ilegalmente, y les echará por orden judicial.

Consejo: ten siempre localizadas las escrituras de tu casa, y los papeles que demuestran la propiedad de la misma. Si puedes ten una copia auténtica guardada en otro sitio que no sea tu propia casa.
Basicamente, que si solo tienes una vivienda y obviamente es donde vives, no hay de que preocuparse en cuanto a la residencia.

Lo chungo estara en lo que hagan con tus pertenencias.
Quintiliano escribió:Te contesto con mi opinión personal:

En principio hay dos tipos de ocupación: ocupación (con "C") que es cualquier acto de invasión de una vivienda, no consentida ni autorizada por los dueños de la misma; y "okupación" con "K" que no tiene nada que ver, ya que se trata de un movimiento social, que trata de poner en valor viviendas abandonadas, o casas medio en ruinas.

Dicho esto:

- Si regresas a tu vivienda habitual, con tu familia, y estando todos dentro, alguien abre la puerta o una ventana y entra dentro, con la intención de ocupar la vivienda, estamos ante un delito de allanamiento de morada. Avisa a la policía inmediatamente.

- Si al regresar a tu vivienda habitual, te funciona la llave, y entras dentro, y te encuentras gente dentro, llama a la policía para que identifiquen a los "ocupas" y así se les pueda demandar judicialmente para que abandonen la vivienda.

- Si al regresar a tu vivienda habitual, no funciona la llave, porque han cambiado la cerradura, y ves que hay gente viviendo dentro, entonces lo mejor es avisar también a la policía e interponer cuanto antes una demanda civil contra los ocupantes, a través del nuevo procedimiento de desahucio.

Lo que hará el juez será pedirte los documentos que acreditan que la casa es de tu propiedad y resides en ella: escrituras, recibo IBI, recibos varios que acreditan que pagas gas, electricidad; y un certificado de empadronamiento.

Con esa información, el juez exigirá a los "ocupas" que le presenten el título o contrato sobre el que justifican su presencia allí. Y como no van a tenerlo, el juez deducirá que están ilegalmente, y les echará por orden judicial.

Consejo: ten siempre localizadas las escrituras de tu casa, y los papeles que demuestran la propiedad de la misma. Si puedes ten una copia auténtica guardada en otro sitio que no sea tu propia casa.



Gracias por la explicación pero evidentemente en el caso que he expuesto yo tengo todos mis documentos en la vivienda (aunque tengo copias digitales e informáticamente tambien constaran todo a mi nombre en hacienda, en el padron, en la hipoteca, en el registro de la propiedad, etc...)

No se si esto tambien sera valido o no.

Y luego los ocupas (con C, yo en ningún momento he usado la K) podran decir que estan de alquiler y escribir un contrato con mis datos ya que tienen la documentación del piso dentro.

Así que ya la hemos jodido. A quien cree el juez/a? Y si llegamos a tal punto que tiene que intervenir un juez/a es que va para largo. No existen jueces express para desalojos que yo sepa.

Yo pensaba que un precontrato no tiene ningun valor legal pero entre un precontrato de alquiler y su correspondiente legal y el ingreso de la fianza en el instituto catalan del suelo pueden pasar unos dias.

Las fianzas de los contratos de arrendamientos urbanos, tanto las correspondientes a fincas urbanas destinadas a vivienda como las destinadas a otros usos, se tienen que depositar en el Institut Català del Sòl, en la forma prevista en el Decreto 147/1997, de 10 de junio. La Coordinación de Fianzas del Institut Català del Sòl gestiona las fianzas de los contratos de alquiler de las fincas urbanas de Cataluña.


Asi que ese supuesto precontrato legalmente es totalmente valido. Asi que por ahi también la hemos cagado doble.

No esta tan claro que en 5 minutos tengas la casa otra vez cuando viene la policía. Como los.ocupas sean un poco precavidos no los puede expulsar de alli ni un juez hasta que no lleven varios meses sin pagar ese supuesto alquiler y llegue el juicio. Vamos, minimo dos años. Que es lo que le paso a los padres de un colega hace años.

No se porque pero la.unica solucion que veo mas rapida es la de tirar la puerta abajo y llamar a la policia en ese momento y esperar a que lleguen. Todo lo demas es muy bonito pero como los ocupas se hayan preparado un poco legalmente no los mueve de alli nadie en años.
Prendo mi casa fuego con ellos dentro si hace falta. Ya la arreglaré después.
en un allanamiento de morada no es requerido ningún juez, policía y todos fuera, si quieren que llamen al juez los allanadores.
Si es tu casa habitual: estás empadronado, tienes el contrato de luz y todo eso.. Aunque lleven un mes que estuviste de vacaciones te los echan en el día.

Fuente: le pasó a un vecino en la escalera. Tardó como dos horas la cosa, entre llamar al cerrajero, venir policía y arreglar todo. Para la policía es fácil con tu dni saber si vives allí o no.

También te digo que es difícil que ocupen una vivienda en uso. Este vecino faltaba por espacio de varios meses para bajar a secar al sur en invierno, por eso pensaron que estaba deshabitado. Son más listos y conocen la ley, si hubieran sabido que era vivienda habitual seguramente no habrían entrado.
Por poder puedes destrozar tu puerta si quieres, pero teniendo en cuenta que al ser tu casa habitual es allanamiento, no ocupación, es más sencillo llamar a la policía y a un cerrajero, sale más barato que comprar una puerta entera.
Donde el tema se complica es en las segundas residencias, porque ahí es donde un juez ha de revisar que realmente estén ocupando esa vivienda de forma ilegal, y no se trate de un propietario que quiere echar a sus inquilinos acusándoles de ocupación ilegal.


Ho!
Si sólo tienes esa vivienda y es tu residencia habitual la poli los saca de allí echando hostias. Otra cosa es que tengas en propiedad una segunda casa que no usas, ahí ya es cuando la ley se pone farruca.
Si es tu vivienda habitual la policía los saca al momento, y además denunciados por allanamiento de morada.
ad-verso escribió:
korchopan escribió:en un allanamiento de morada no es requerido ningún juez, policía y todos fuera, si quieren que llamen al juez los allanadores.

No desvíes el hilo. El OP ya ha aclarado varias veces que no es ese el tema. Aunque le demuestren que SÍ es el tema.

[ironic mode /off]


Ya he pedido perdon por no haberme leido el enlace. Que coño quieres que haga mas?
Entonces la solución cuando tienes una segunda residencia es si vives en pareja, poner como empadronado en la segunda residencia a uno de ellos, aunque vivan juntos en la habitual. ¿no?
Sabio escribió:Por poder puedes destrozar tu puerta si quieres, pero teniendo en cuenta que al ser tu casa habitual es allanamiento, no ocupación, es más sencillo llamar a la policía y a un cerrajero, sale más barato que comprar una puerta entera.
Donde el tema se complica es en las segundas residencias, porque ahí es donde un juez ha de revisar que realmente estén ocupando esa vivienda de forma ilegal, y no se trate de un propietario que quiere echar a sus inquilinos acusándoles de ocupación ilegal.


Ho!



Prefiero pagar 1000€ de puerta y tener la certeza de que salen en el acto.
En las segundas residencias una cámara con grabación en la nube y se acabo el problema de que te la ocupen, yo es lo que tengo instalado y estoy al tanto de todo lo que pasa en la vivienda del pueblo.
Galigari escribió:
Sabio escribió:Por poder puedes destrozar tu puerta si quieres, pero teniendo en cuenta que al ser tu casa habitual es allanamiento, no ocupación, es más sencillo llamar a la policía y a un cerrajero, sale más barato que comprar una puerta entera.
Donde el tema se complica es en las segundas residencias, porque ahí es donde un juez ha de revisar que realmente estén ocupando esa vivienda de forma ilegal, y no se trate de un propietario que quiere echar a sus inquilinos acusándoles de ocupación ilegal.


Ho!



Prefiero pagar 1000€ de puerta y tener la certeza de que salen en el acto.


Los carpinteros apoyan este comentario
ad-verso escribió:
SECHI escribió:
ad-verso escribió:No desvíes el hilo. El OP ya ha aclarado varias veces que no es ese el tema. Aunque le demuestren que SÍ es el tema.

[ironic mode /off]


Ya he pedido perdon por no haberme leido el enlace. Que coño quieres que haga mas?


No sé. Te has disculpado con todo diox menos con el compañero al que acusaste de decir gilipolleces. Podrías haber empezado por ahí, por ejemplo.


Me he disculpado con TODOS por no haberme leido el enlace en un mensaje publico y lo de las gilipolleces no era por eso. Me pregunta varias veces cosas que ya estan en el primer mensaje (que si es mi primera vivienda habiual, etc..) y cuando se lo digo me contesta de malas maneras diciendo que sigamos haciendo lucubraciones, cuando el tema del hilo estaba bien claro. Lo ha entendido todo el mundo menos el y tu. Que casualidad los mismos que se ofenden por nada.

Y aun asi me he disculapdo por no haberme leido el enlace. Que quieres que le envie flores?

Y tu que? vaya forma de meter mierda en un hilo mensaje tras mensaje cuando ya he pedido perdon públicamente.y encima el tema no va ni contigo. Te diviertes haciendo estas mierdas con la gente?

Me he equivocado y he pedido perdon. Tampoco creo que tengas que estar escribiendo aqui todo el rato metiendo mierda no?

Que mas quieres que haga?

Venga, hasta nunca. Dejame en paz!
A menos que se trate de okupas profesionales que conozcan muy bien sus derechos, lo que se suele hacer es entrar, cambiar la cerradura y dejarles sus cosas en la calle, los okupas no suelen denunciar sino que se van a otra parte a dar la lata.

Otra opción, si se quiere cumplir escrupulosamente con la ley, sería llamar a Desokupa y que se encarguen ellos.
Para añadir un detalle más.

El allanamiento de morada se produce tanto si alguien entra en tu vivienda habitual, como si alguien entra en "viviendas de temporada" es decir, tu casa del pueblo o de la playa.

Así que si te vas a tu casa del pueblo a veranear y te encuentras alguien dentro, llamada a la policía y a la puta calle en unas horas.
Altear escribió:Para añadir un detalle más.

El allanamiento de morada se produce tanto si alguien entra en tu vivienda habitual, como si alguien entra en "viviendas de temporada" es decir, tu casa del pueblo o de la playa.

Así que si te vas a tu casa del pueblo a veranear y te encuentras alguien dentro, llamada a la policía y a la puta calle en unas horas.


Venia a decir esto y justo me lo encuentro al final.
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