Si de repente vendiera de golpe toda mi colección...

...¿tendría que dar algún tipo de explicación al fisco?.

Tengo dudas con respecto a este tema. Aunque se que este tipo de cosas quedan exentas a la hora de pagar impuestos, tambien es cierto que si te dedicas a comprar y vender, si que te tocaría hacerlo. ¿Cual sería la situación si me deshago de todo lo que he ido acumulando desde mi mas tierna infancia? (o desde hace 5 o 10 años).
pero vamos a ver... de cuanto dinero hablas?
bertobp escribió:pero vamos a ver... de cuanto dinero hablas?


[carcajad] [carcajad] [plas]
Hsurb Yug está baneado por "Clon de usuario baneado"
Pues es una pregunta muy interesante. Supongo que de venderla de golpe a venderla por pedazos, con quizá algunos tratos en mano y todo eso hay una diferencia.

Creo que los impuestos por ventas en ebay por ejemplo ya se pagan en el mismo servicio.

Yo he comprado y vendido algunas cosas por ebay y segundamano y jamás he declarado nada y apostaría que nadie de por aqui tampoco...
bertobp escribió:pero vamos a ver... de cuanto dinero hablas?


No pregunto cual sería mi situación (por eso no pongo una cantidad concreta), sino cual es la situación, como está regulado el tema...

Puedes vender toda tu colección y sacar 3000, o 10.000, o 15.000, pero eso es irrelevante si la regulación solo es una.

Kasios escribió:
bertobp escribió:pero vamos a ver... de cuanto dinero hablas?


[carcajad] [carcajad] [plas]


circulen.
Hsurb Yug escribió:Yo he comprado y vendido algunas cosas por ebay y segundamano y jamás he declarado nada y apostaría que nadie de por aqui tampoco...


De por aquí más de uno, o almenos deberían ya que sobrepasan el límite con el importe de un solo juego.

2.500€
Hsurb Yug está baneado por "Clon de usuario baneado"
Que quieres decir con deberían? 2500 euros es el mínimo sin necesidad de declarar y si vendo algo por más sí debo hacerlo?
Pongamos que a lo largo de un año fiscal vendes gradualmente tus juegos por un valor final de 10.000 a 15.000€ (varios juegos y consolas de 50€, de 100€, de 200€, etc). ¿Que pasa con esto?.
si la cantidad es sensible de "aumentar tu patrimonio", hace tiempo lei que debes declararlo pero si demuestras con factura de compra que no has obtenido veneficio, estaba libre de impuestos.

En el caso de miles de articulos de una coleccion es imposible tener factura de todo y en ese caso lo mas seguro es que hubiese beneficio (o no...). Pero en el caso, por ejemplo del Tetris de Megadrive, si lo comprases en ebay hace 1 año a los 30.000 o 50.000€ que se vendió, no lo sé...y lo vendieses por un precio igual o inferior, no pagarias impuestos. Si no pues si....
bertobp escribió:si la cantidad es sensible de "aumentar tu patrimonio", hace tiempo lei que debes declararlo pero si demuestras con factura de compra que no has obtenido veneficio, estaba libre de impuestos.

En el caso de miles de articulos de una coleccion es imposible tener factura de todo y en ese caso lo mas seguro es que hubiese beneficio (o no...). Pero en el caso, por ejemplo del Tetris de Megadrive, si lo comprases en ebay hace 1 año a los 30.000 o 50.000€ que se vendió, no lo sé...y lo vendieses por un precio igual o inferior, no pagarias impuestos. Si no pues si....


Claro, esa es la cuestión. Salvo algún que otro juego o consola que haya podido caer últimamente, todo lo demás son juegos que compré hace al menos 5 años, eso como mínimo.

Si vendo esos juegos, y me saco 5.000 o 10.000 o 15.000, ¿como se procede?, ¿tengo que demostrar que no los he comprado recientemente?, ¿como?, ¿está regulado el tiempo que ha tenido que transcurrir?, ¿cual sería el porcentaje a pagar?.
el tema es que si vendes algo de segunda mano, es a un precio inferior a su precio de compra y de no ser así es actividad comercial.
En el caso de ser algo puntual, como dices, creo que si existe un limite a partir del cual debes declarar ese movimiento de dinero
creo que cuando vendes en ebay en la comision que te cobran por venta esta incluido el iva para que no hayan royos fiscales.
Tengo juegos que valen varios cientos de euros, que hace 5 años costaban menos de 100, y son juegos que están completamente descatalogados desde hace décadas.
La cuestión es que tenía entendido que si procede de tu colección privada, de hace "equis" años, no tienes que pagar nada... pero, ¿como se demuestra eso por las buenas?, es un despiporre tener 200 juegos y consolas.

jordigahan escribió:creo que cuando vendes en ebay en la comision que te cobran por venta esta incluido el iva para que no hayan royos fiscales.


A ver si alguien puede ampliar esta información, porque creo que es interesante que lo tengamos todos lo mas claro posible.

P.D: Pero en eol no es así, habrá que tener en cuenta eso entonces xD
Señor Ventura escribió:Tengo juegos que valen varios cientos de euros, que hace 5 años costaban menos de 100, y son juegos que están completamente descatalogados desde hace décadas.
La cuestión es que tenía entendido que si procede de tu colección privada, de hace "equis" años, no tienes que pagar nada... pero, ¿como se demuestra eso por las buenas?, es un despiporre tener 200 juegos y consolas.

jordigahan escribió:creo que cuando vendes en ebay en la comision que te cobran por venta esta incluido el iva para que no hayan royos fiscales.


A ver si alguien puede ampliar esta información, porque creo que es interesante que lo tengamos todos lo mas claro posible.

P.D: Pero en eol no es así, habrá que tener en cuenta eso entonces xD


¿Pero como te van a cobrar a cobrar el IVA por algo de 2º mano? El IVA ya fue pagado cuando se compró por primera vez
Luceid escribió:
Señor Ventura escribió:Tengo juegos que valen varios cientos de euros, que hace 5 años costaban menos de 100, y son juegos que están completamente descatalogados desde hace décadas.
La cuestión es que tenía entendido que si procede de tu colección privada, de hace "equis" años, no tienes que pagar nada... pero, ¿como se demuestra eso por las buenas?, es un despiporre tener 200 juegos y consolas.

jordigahan escribió:creo que cuando vendes en ebay en la comision que te cobran por venta esta incluido el iva para que no hayan royos fiscales.


A ver si alguien puede ampliar esta información, porque creo que es interesante que lo tengamos todos lo mas claro posible.

P.D: Pero en eol no es así, habrá que tener en cuenta eso entonces xD


¿Pero como te van a cobrar a cobrar el IVA por algo de 2º mano? El IVA ya fue pagado cuando se compró por primera vez


Eso díselo a aduanas, que son unos cachondos.
Mientras no lo ingreses en el banco de golpe....


Si quisieras declarar, al ser ganancia patrimonial, lo declararias en la declaracion de renta, y pagas el 20% si mal no recuerdo, IRPF

Asi que si tenias ganas de vender tu fabuloso Megaman de megadrive a 200 euros, tendras q venderlo a 240 euros,y guardarte esos 40 para el amigo montoro



Si tenes el dinero en el colchon, no le declaras nada a nadie, y poco a poco podes ir ingresando en el banco, pagando cosas, comprando oro... que se yo q te agarren...



En ebay cuando vendes, las tiendas SI estan obligadas a hacer declaracion de IVA, los particulares nada, en teoria solo estan obligados a declarar el IRPF, que nadie lo hace

Las comiciones de ebay si que tienen el IVA de luxemburgo o que se yo




@ Valkyria que aduanas? portuarias? de correos? del aeropuerto?
¿no será mejor ir a una gestoría y preguntar?
theelf escribió:Mientras no lo ingreses en el banco de golpe....


Si quisieras declarar, al ser ganancia patrimonial, lo declararias en la declaracion de renta, y pagas el 20% si mal no recuerdo, IRPF

Asi que si tenias ganas de vender tu fabuloso Megaman de megadrive a 200 euros, tendras q venderlo a 240 euros,y guardarte esos 40 para el amigo montoro



Si tenes el dinero en el colchon, no le declaras nada a nadie, y poco a poco podes ir ingresando en el banco, pagando cosas, comprando oro... que se yo q te agarren...



En ebay cuando vendes, las tiendas SI estan obligadas a hacer declaracion de IVA, los particulares nada, en teoria solo estan obligados a declarar el IRPF, que nadie lo hace

Las comiciones de ebay si que tienen el IVA de luxemburgo o que se yo




@ Valkyria que aduanas? portuarias? de correos? del aeropuerto?


No se, una compra que hice a usa en ebay el otro día y con el global program te cobran de antemano. De 50 $ pague 10 en impuestos.
@bans no porque esto ya lo averigue yo en hacienda, y con mi gestora


Valkyria escribió:No se, una compra que hice a usa en ebay el otro día y con el global program te cobran de antemano. De 50 $ pague 10 en impuestos.


Compras/ventas al extranjero no tiene nada que ver con las de dentro del pais
theelf escribió:@bans no porque esto ya lo averigue yo en hacienda, y con mi gestora


Valkyria escribió:No se, una compra que hice a usa en ebay el otro día y con el global program te cobran de antemano. De 50 $ pague 10 en impuestos.


Compras/ventas al extranjero no tiene nada que ver con las de dentro del pais


Me imagino, pero me hizo gracia pagar iva por un juego de segunda mano que salío hace 15 años y nunca de distribuyo en Europa (D2).
theelf escribió:@bans no porque esto ya lo averigue yo en hacienda, y con mi gestora


Entonces, ¿cual es la cantidad anual límite para vender sin tener que pagar por caja?.

Que oye, si me dijeras que estoy montando un negocio, pues vale, pero que tenga que aportar a hacienda si vendo mis posesiones de hace 10 o 15 años... ¿no se pagó el iva en su día?.
Señor Ventura escribió:
theelf escribió:@bans no porque esto ya lo averigue yo en hacienda, y con mi gestora


Entonces, ¿cual es la cantidad anual límite para vender sin tener que pagar por caja?.

Que oye, si me dijeras que estoy montando un negocio, pues vale, pero que tenga que aportar a hacienda si vendo mis posesiones de hace 10 o 15 años... ¿no se pagó el iva en su día?.



No pagas IVA, pagas IRPF que es diferente

Al vender algo, es ganancia patrimonial. Antes de vender eso, tenias 0 euros en el banco, luego de vender eso, tenes 200 por decir algo

Para hacienda sos 200 euros mas rico, y tenes q pagar el 20% por esos 200 euros


Esta claro, que nadie regula, asi q no vas a pagar nada. Pero ojo, cada euro que metes al banco, esta controlado, simplemente que cantidades pequeñas no les importan




Valkyria escribió:Me imagino, pero me hizo gracia pagar iva por un juego de segunda mano que salío hace 15 años y nunca de distribuyo en Europa (D2).


Es que en tu caso, fue una importacion. No estas pagando el IVA del producto en si, si no como importacion

Cuando traigo videojuegos de Japon por ejemplo, a mi me toca pasar por aduanas, y pagar el 21% de IVA, y es todo material antiguo

Pero es lo mismo en españa, si la venta es de forma personal, solo tendrias que declarar IRPF, pero si esos juegos los vendes en una tienda de segunda mano, pagas IVA tambien
No te comas la olla... para juegos/lotes donde muevas mucha pasta... haz lo posible para hacer trato en mano, por que a ver... se intuye que moverías muuuuucha pasta y te digo que hacienda te va a tocar los huevos... [+risas]
La cuestión entonces, es no mover mucho dinero... pero, ¿mensual?, o anualmente.
A no ser que ganes mas de 11.200 € al año vendiendo juegos no estás obligado a declarar IRPF, vamos que no hace falta que te preocupes por lo que puedas sacar vendiendo tu colección ;)
a ver si vendes todos tus juegos y no metes el dinero en ningún sitio, no pagas absolutamente nada, hacienda te cobrara por lo que tengas en el banco
Hombre, es que si toca pagar a hacienda, pues se paga, no se trata de defraudar, lo que si tiene es que hay que conocer las condiciones, en que situaciones, y de que forma, claro.

rudedude escribió:A no ser que ganes mas de 11.200 € al año vendiendo juegos no estás obligado a declarar IRPF, vamos que no hace falta que te preocupes por lo que puedas sacar vendiendo tu colección ;)


Que cantidades mas raras, pero bueno, como referencia está muy bien. Al mes antes el tope estaba en 2500, pero ahora por lo visto está en 1000€, o así.
Entonces, la cosa sería no pasarse de 1000€ al mes, ni de 11200€ al año, ¿no?.
Los 11.200€ son para el IRPF en este caso sería una actividad comercial y tendrías que estar dado de alta como autónomo o algo así, pero en principio, si no superas los 1000€ al mes en ingresos en tu cuenta bancaria no deberían saltar las alarmas de montoro ;)
rudedude escribió:A no ser que ganes mas de 11.200 € al año vendiendo juegos no estás obligado a declarar IRPF, vamos que no hace falta que te preocupes por lo que puedas sacar vendiendo tu colección ;)


Un conocido mio vendio 4 juegos de su colección por valor de 4.000 euros uno de ellos y con los otros cerca de 2.000 cada uno, ( paypal ) a los 2 años hacienda le pregunto de donde venia el dinero y facturas por que el banco si tienes ingresos de golpe de mas de no se cuanto, avisa, y el metio todo de golpe-
A día de hoy no se pueden hacer pagos en efectivo por mas de 1000€ creo, si es un importe mayor tiene que ir por el banco... o por paypal o bitcoins... o lo que se te ocurra, pero luego no lo transfieras todo de golpe [carcajad]
NewDump escribió:
rudedude escribió:A no ser que ganes mas de 11.200 € al año vendiendo juegos no estás obligado a declarar IRPF, vamos que no hace falta que te preocupes por lo que puedas sacar vendiendo tu colección ;)


Un conocido mio vendio 4 juegos de su colección por valor de 4.000 euros uno de ellos y con los otros cerca de 2.000 cada uno, ( paypal ) a los 2 años hacienda le pregunto de donde venia el dinero y facturas por que el banco si tienes ingresos de golpe de mas de no se cuanto, avisa, y el metio todo de golpe-


Le dieron el toque, porque si ingresas 6000€ de golpe, son 6000€ en un mes, y el límite sin justificar son 1000€.

editado: Miento, no puedes ingresar en metálico mas de 1000€, y por lo visto 2500€ sin justificar (por transferencia).
Esto es hacienda... O sea, transformo mis bienes materiales en liquidez y tengo que regalar parte a esa entidad.

Yo entendería que no hay un aumento de patrimonio, simplemente un cambio de "moneda"... A fin de cuentas es material que ya posees y pagaste en su día.

En fin, son cosas que nunca entenderé.
Hsurb Yug está baneado por "Clon de usuario baneado"
Entonces los que tenemos colecciones, o sea la mayoría de aquí, deberíamos declararlas como patrimonio?

Especialmente las que están llenas de juegos de 2000 o 3000 euros? (no la mía [+risas])
josete2k escribió:Esto es hacienda... O sea, transformo mis bienes materiales en liquidez y tengo que regalar parte a esa entidad.

Yo entendería que no hay un aumento de patrimonio, simplemente un cambio de "moneda"... A fin de cuentas es material que ya posees y pagaste en su día.

En fin, son cosas que nunca entenderé.


Hola, no seré yo el abogado del diablo, pero tu colección forma parte de tu patrimonio igual que alguien que compra coches usados para revenderlos. Compra, vende, obtiene dinero.

Yo puedo decir que colecciono lavavajillas, los compro, y luego los vendo a los bares.

Un saludo.
aranya escribió:
josete2k escribió:Esto es hacienda... O sea, transformo mis bienes materiales en liquidez y tengo que regalar parte a esa entidad.

Yo entendería que no hay un aumento de patrimonio, simplemente un cambio de "moneda"... A fin de cuentas es material que ya posees y pagaste en su día.

En fin, son cosas que nunca entenderé.


Hola, no seré yo el abogado del diablo, pero tu colección forma parte de tu patrimonio igual que alguien que compra coches usados para revenderlos. Compra, vende, obtiene dinero.

Yo puedo decir que colecciono lavavajillas, los compro, y luego los vendo a los bares.

Un saludo.



Sí pero por esto mismo no aumento mi patrimonio... Es más, si compras lavavajillas y los vendes por debajo del precio de coste estás incluso perdiendo patrimonio y aún así toca declararlo...

Vamos, ¿quién puede asegurar que un juego que venda por... digamos 100 euros me ha costado en su día más o menos?
Me llegó el viernes la carta del "certificado de rentas 2014" y me informé, a parte del sueldo por el trabajo "normal":

No están obligados a declarar:
-Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.

Así que ya sabéis, hasta 1600€/año de beneficio con ventas de posesiones no pasa nada. A partir de ahí hay que declararlo.
Y como lo declaras?, si nadie genera facturas con estas cosas.
rudedude escribió:Los 11.200€ son para el IRPF en este caso sería una actividad comercial y tendrías que estar dado de alta como autónomo o algo así, pero en principio, si no superas los 1000€ al mes en ingresos en tu cuenta bancaria no deberían saltar las alarmas de montoro ;)


¿Cuánto dinero puede ingresar en el banco al año una persona que no trabaja?, es decir, supongamos que "Pepito" no tiene curro, pero tiene una colección valorada en 10.000€... y durante 1 año se dedica a vender he ingresar dicho dinero y a final de año en su cuenta hay 10.000€... ¿tiene que declarar algo?, ¿comete algún delito?.
Lo que yo tenía entendido es que si te dedicas a comprar para vender, estás efectuando un modelo de negocio, y tienes dos opciones:
1- Hacerte autónomo.
2- Pagar el porcentaje correspondiente a lo vendido en todo el ejercicio fiscal, es decir, del 1 de enero, al 31 de diciembre (no cotizas en la seguridad social, pero quedas bien con hacienda).

Otra cosa es cuando vendes tu propia colección de juegos que tienes desde hace 6, 12, o 20 años. Ahí estaba la duda de si solo tenías que pagar a hacienda, pero claro, para eso en la declaración tienes que aportar las facturas para quedar exento de hacer el pago.

Lo que no queda claro ahora, es cuánto es el límite anual, porque ya han salido dos cifras (11.200€, y 1600€). Como ingreso mensual, si parece confirmado que no puedes ingresar mas de 1000€ en efectivo sin decirle al banco de donde viene ese dinero, o mas de 2500€ por transferencia para quedar exento de pagar a hacienda.

Y esto ya me plantea una duda, porque si en un mes puedes ingresar 2400€, librándote de pagar impuestos, no puede ser que al mismo tiempo no te libres de pagar impuestos por haber ingresado mas de 1600€ anuales.


A ver si alguien puede aportar algo, porque la cosa no queda nada clara [tomaaa]
Lo de los 1600 debe ser por rentas del capital o algo así.
rudedude escribió:Lo de los 1600 debe ser por rentas del capital o algo así.


¿Eso es el beneficio?, porque si es así, es difícil tener factura de artículos de hace 10 o 20 años.
Venta de acciones, títulos, depositos a plazo fijo... esas cosas. La única manera de que hacienda te metiera mano por esa vía es si tratan a los cartuchos como obras de arte o algo así, por lo que tendrías que ser tasados y certificados como originales por un notario o algo parecido [carcajad]
Y encima correría de mi cuenta, no jodas xDD

Sintetizando, la cuestión es que si vendes de golpe toda tu colección, no hace falta hacerse autónomo, sino pagar los impuestos correspondientes a lo que has ingresado (porque contaría como ingreso mensual, y te pasas fijo), y con eso saldas el asunto con hacienda.

Entonces, ¿como queda la cosa?, ¿hasta los 1600€ anuales no hay que pagar a hacienda?, ¿que pasa con los ingresos mensuales?, es que no queda nada claro esto.
Si es tu coleción y la vendes no tienes que hacer nada, puesto que no es una actividad comercial ni estás sacando un rédito derivado del capital. Otra cosa es que te hagan un ingreso de 3000€ por ejemplo, ahi el banco da cuenta a hacienda por la transacción y te pedirán explicaciones de ella.
rudedude escribió:Si es tu coleción y la vendes no tienes que hacer nada, puesto que no es una actividad comercial ni estás sacando un rédito derivado del capital. Otra cosa es que te hagan un ingreso de 3000€ por ejemplo, ahi el banco da cuenta a hacienda por la transacción y te pedirán explicaciones de ella.


¿Y si la venta procede de ebay?, ¿lo que pagas de comisiones lleva incluído el pago de IRPF, como dicen mas atrás?.

editado: la comisión es el IVA, no el IRPF.
En ebay puedes vender como tienda o como particular. Si lo haces como particular y tu actividad no es comercial no tienes que dar cuentas a hacienda

ed. Si te dedicas a compra venta y no te das de alta en hacienda en esa actividad, si podrían buscarte las cosquillas, pero solo si te comportas como una tienda, si vendes tus cosas no eres una tienda :)
Buscando un poco he encontrado esto:

http://impuestosrenta.com/a-partir-de-q ... n-ingreso/

http://pages.ebay.es/businesscentre/tax.html

Ah, y no cuela lo de fraccionar los ingresos para saltarse el límite, las comunicaciones al BDE se agrupan.
Eso es para tiendas...

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Soy una empresa. ¿Tengo que estar registrado en Hacienda?
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