Un guardia civil, a un activista antitaurino: "Te voy a reventar la cabeza, hijo de puta"

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dogboyz está baneado del subforo por "faltas de respeto y flames varios"
Solo espero que en alguna ocasión, (de esas que hacemos todos) de hacer un ceda el paso cuando corresponde un Stop, te pille la GC y te pegue el palizón de tu vida.

"Uno incumple la ley que es el que se salta el Stop.... el otro también actúa mal, los dos han actuado mal... "

Yo no te deseo ningún mal, no voy con ese amargamiento que muchos lleváis dentro que estáis esperando a ver ciertos comentarios o noticias para descargar bilis.
Yo tampoco te deseo a tí que te tropieces con los guardia civiles del vídeo. Por tu propio bien. Ya ves, deseos felices para todos.
dogboyz escribió:
Solo espero que en alguna ocasión, (de esas que hacemos todos) de hacer un ceda el paso cuando corresponde un Stop, te pille la GC y te pegue el palizón de tu vida.

"Uno incumple la ley que es el que se salta el Stop.... el otro también actúa mal, los dos han actuado mal... "

Yo no te deseo ningún mal, no voy con ese amargamiento que muchos lleváis dentro que estáis esperando a ver ciertos comentarios o noticias para descargar bilis.


Era para hacer un simil... en verdad no te deseo eso. Simplemente es para que seas un poco empatico.
bembas_13 escribió:
dogboyz escribió:
Por otro lado, si un policía se cansa de que lo desobedezcan que se apunte a un par de terapias, que los desmanes no tienen por qué soportarlos gente que no va en contra del trabajo de los policías, como en este caso. Faltaría mas que cualquiera de nosotros (siendo colaborativos con la policía) tuviesemos que soportar malas maneras de nadie.

Por supuesto que no, en el video hay uno que ha incumplido la Ley que es el que graba... el otro también actúa mal, los dos han actuado mal... si vas con una pancarta no te detiene la GC.


Evidentemente los dos actuan mal. Pero falta el matiz, el que graba lo que está haciendo es grabar el exceso de autoridad de un Guardia Civil. Que yo sepa (que no lo sé porque no he visto mas que lo que se ve en youtube) al Guardia Civil no lo han insultado ni le han dicho "me la pela tu puta hija" o "te voy a patear la cabeza" ni le han amenzado. Mientras que el que graba sí que está recibiendo amenazas e insultos.

Sí, los dos actuan mal, pero no de la misma manera. Uno actua mal por saltar a una plaza de toros (asumiendo las consecuencias legales) mientras que el otro actua como un matón.

Por otra parte, te pregunto: ¿no se puede grabar un exceso de autoridad? ¿Incumplo la ley por grabar los insultos y las amenazas de un policía?


Ademas el que graba, por dios que a saltado a un ruedo con un pito y una tarjeta roja, enserio no a hecho NADA interrunpir un evento?¿ eso es motivo para eso? PARA BUSCAR COMPLICES? PARA LAS AMENAZAS?

me cago en la puta que asco de gente
Pregunta: ¿Pero es delito saltar al ruedo a protestar sin violencia de ningún tipo? Lo pregunto desde la ignorancia.
Tukaram está baneado del subforo por "flames continuados"
aperitivo escribió:Pregunta: ¿Pero es delito saltar al ruedo a protestar sin violencia de ningún tipo? Lo pregunto desde la ignorancia.



si te toca el agente fachorro de turno fanatico de los toros si y gravisimo
aperitivo escribió:Pregunta: ¿Pero es delito saltar al ruedo a protestar sin violencia de ningún tipo? Lo pregunto desde la ignorancia.

No, es multa.
jarus está baneado del subforo por "flamer"
Y si te toca un desgraciado de éstos, es paliza.
dark_hunter escribió:
aperitivo escribió:Pregunta: ¿Pero es delito saltar al ruedo a protestar sin violencia de ningún tipo? Lo pregunto desde la ignorancia.

No, es multa.


Pero cual seria el concepto de esa multa, es que no lo acabo de ver. Esto viene a ser como el que se sube al escenario en mitad de un concierto. No veo multa en esos casos.

No se si me explico, lo que quiero saber es porque este tio dicen se ha saltado la ley. que ley?

De verdad desde la ignoracia, no estoy colocando un anzuelo a nadie.
Supongo que alteración del orden público. Un cajón desastre donde cabe casi todo.
aperitivo escribió:
dark_hunter escribió:
aperitivo escribió:Pregunta: ¿Pero es delito saltar al ruedo a protestar sin violencia de ningún tipo? Lo pregunto desde la ignorancia.

No, es multa.


Pero cual seria el concepto de esa multa, es que no lo acabo de ver. Esto viene a ser como el que se sube al escenario en mitad de un concierto. No veo multa en esos casos.

No se si me explico, lo que quiero saber es porque este tio dicen se ha saltado la ley. que ley?

De verdad desde la ignoracia, no estoy colocando un anzuelo a nadie.

Que mal tiene que estar internet para que una persona tenga que aclarar dos veces que pregunta porque no sabe y no porque te la quiera meter por detras.

Yo tampoco se casi nada sobre leyes, no puedo ayudarte perdona. [tomaaa]
aperitivo escribió:Pregunta: ¿Pero es delito saltar al ruedo a protestar sin violencia de ningún tipo? Lo pregunto desde la ignorancia.

Igual que entrar al terreno de juego en un estadio, en este caso con el agravante de que saltar al ruedo puede suponer un peligro para tu vida o la de los que están ahí (aunque en este caso no hay toro de por medio).
Reglamento taurino artículo 34, falta leve, o grave.

Desórdenes públicos no se las circunstancias de la intervención.
seiyaburgos escribió:Reglamento taurino artículo 34, falta leve, o grave.

Desórdenes públicos no se las circunstancias de la intervención.


¿Entonces si es falta leve que no conlleva ni detención procede que ese funcionario con el beneplácito de otros funcionarios humille y agreda de esa forma tan vil?
BitratE escribió:
seiyaburgos escribió:Reglamento taurino artículo 34, falta leve, o grave.

Desórdenes públicos no se las circunstancias de la intervención.


¿Entonces si es falta leve que no conlleva ni detención procede que ese funcionario con el beneplácito de otros funcionarios humille y agreda de esa forma tan vil?


Ninguna infracción administrativa conlleva detención ni grave ni leve de ningún tipo (salvo algunos casos por la ley de extranjería que no vienen al caso).

En cualquier caso ni el ilícito penal más grave ni un asesinato justifica ni resta gravedad a ese comportamiento. No tiene nada que ver una cosa con la otra.
seiyaburgos escribió:
BitratE escribió:
seiyaburgos escribió:Reglamento taurino artículo 34, falta leve, o grave.

Desórdenes públicos no se las circunstancias de la intervención.


¿Entonces si es falta leve que no conlleva ni detención procede que ese funcionario con el beneplácito de otros funcionarios humille y agreda de esa forma tan vil?


Ninguna infracción administrativa conlleva detención ni grave ni leve de ningún tipo (salvo algunos casos por la ley de extranjería que no vienen al caso).

En cualquier caso ni el ilícito penal más grave ni un asesinato justifica ni resta gravedad a ese comportamiento. No tiene nada que ver una cosa con la otra.


A eso me quería referir.

¿Puede haber algún tipo de sanción para estos funcionarios por su forma de actuar?
BitratE escribió:
seiyaburgos escribió:..
Ninguna infracción administrativa conlleva detención ni grave ni leve de ningún tipo (salvo algunos casos por la ley de extranjería que no vienen al caso).

En cualquier caso ni el ilícito penal más grave ni un asesinato justifica ni resta gravedad a ese comportamiento. No tiene nada que ver una cosa con la otra.


A eso me quería referir.

¿Puede haber algún tipo de sanción para estos funcionarios por su forma de actuar?


No lo se. No soy Adivino, dependerá de su régimen disciplinario o del juzgado. En principio si, debería.
seiyaburgos escribió:Reglamento taurino artículo 34, falta leve, o grave.

Desórdenes públicos no se las circunstancias de la intervención.

Qué es el reglamento taurino?
Me refiero, quién lo emite y qué validez legal tiene?
jorcoval escribió:
seiyaburgos escribió:Reglamento taurino artículo 34, falta leve, o grave.

Desórdenes públicos no se las circunstancias de la intervención.

Qué es el reglamento taurino?
Me refiero, quién lo emite y qué validez legal tiene?


Por lo que he ido viendo es un real decreto, es una de las normas de bajo nivel digamos en el ordenamiento jurídico.

En un espectáculo taurino está todo perfectamente reglado y establecido.
seiyaburgos escribió:
jorcoval escribió:
seiyaburgos escribió:Reglamento taurino artículo 34, falta leve, o grave.

Desórdenes públicos no se las circunstancias de la intervención.

Qué es el reglamento taurino?
Me refiero, quién lo emite y qué validez legal tiene?


Por lo que he ido viendo es un real decreto, es una de las normas de bajo nivel digamos en el ordenamiento jurídico.

En un espectáculo taurino está todo perfectamente reglado y establecido.

No lo había oído nunca, la verdad.
Gracias
@seiyaburgos Gracias por la aclaración.

Por lo que he podido leer, este articulo siempre habla de "durante la lidia de la res", pero en este caso, el activista en cuestión dice que siempre salta al ruedo en el tiempo entre la lidia de una res y la siguiente, por no poner en riesgo su vida ni la de nadie, por lo tanto, entiendo que no correspondería atribuirle dicha sanción, o al menos yo lo veo así que no soy miembro de las fuerzas de seguridad de este país.

Respecto a desorden público diria que en casi todas las clausulas hablan de violencia o perturbación grave, y de nuevo no veo ni la una ni la otra. Supongo que esto queda a criterio del policia o GC.

De nuevo gracias por la aclaración.
En criterio del juez en todo caso no?
@Zokormazo en criterio del agente en primera instancia que será el que formule la denuncia. Entiendo que si no hay denuncia no hay sanción o ¿no es así?
aperitivo escribió:@Zokormazo en criterio del agente en primera instancia que será el que formule la denuncia. Entiendo que si no hay denuncia no hay sanción o ¿no es así?


No tiene por qué. En primer lugar el funcionario que toma la denuncia creo que no puede decidir si la acepta o no. Su deber es tomar nota y hacérselo llegar a las autoridades pertinentes. Denuncia hay, lo decía ayer el agredido, y no solo al agresor sino a los que se quedan mirando.

Paralelamente la GC ha abierto una investigación. Le puede caer una sanción incluso llegando a un acuerdo en los tribunales. Aquí tiene pinta que pasará eso, dado lo mediático del caso.
aperitivo escribió:@seiyaburgos Gracias por la aclaración.

Por lo que he podido leer, este articulo siempre habla de "durante la lidia de la res", pero en este caso, el activista en cuestión dice que siempre salta al ruedo en el tiempo entre la lidia de una res y la siguiente, por no poner en riesgo su vida ni la de nadie, por lo tanto, entiendo que no correspondería atribuirle dicha sanción, o al menos yo lo veo así que no soy miembro de las fuerzas de seguridad de este país.

Respecto a desorden público diria que en casi todas las clausulas hablan de violencia o perturbación grave, y de nuevo no veo ni la una ni la otra. Supongo que esto queda a criterio del policia o GC.

De nuevo gracias por la aclaración.


No conozco el reglamento taurino más allá de lo que he estado curioseando en Google, por lo que entiendo lo que distingue la gradación entre una falta leve y una grave es que la acción se haga durante la lidia.

Desórdenes públicos pues no te se decir, cabe detención por indicios racionales de delito.

Como sólo conocemos una parte de la intervención pues tampoco se decir.

Y no, salvo en un contencioso administrativo, en una infracción administrativa no decide un juez, aunque más de uno se haya pensado que eso de que un funcionario decida sobre una infracción administrativa es una cosa que se invento en el 2015 con lo que llaman "ley mordaza".
En una sanción administrativa, el primer recurso lo resuelve el mismo organo, los mismos agentes que la interpusieron, a partir de aqui se puede presentar un contencioso (con las costas que eso supone, muchas veces mas que la sanción, sobretodo en tráfico) aquí decide un juez.

Gente así ensucia el buen hacer de la mayoria de agentes... este tipo no debe de trabajar nunca más de policia y ha de pagar penalmente por ello
En las sanciones administrativas hay presunción de culpabilidad y no hay juez de por medio así que como no vaya por lo contencioso como han dicho, la multa se la come.
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