Hace 11 años la Guardia Civil detenía por primera vez en España a un español creador de un virus informático. Para aquel entonces, A. J. C. P conocido bajo el apodo de '900K' tenía 23 años y fue acusado de bloquear varios servidores mediante un virus informático conocido como ‘Kelar’.
Según la acusación, "dada la capacidad del virus y del programa troyano para destruir y modificar los equipos infectados, se ocasionaron perjuicios y confusión entre los usuarios que precisaron de actividades de búsqueda y limpieza de disco duro". La benemérita afirmó en 2008 (haciendo caso a la compañía de seguridad Panda) que habían sido infectados 120.000 usuarios.
Pero una década después de la detención, la juez Nuria Alcalde, titular del juzgado penal número 4 de Alcalá de Henares ha tumbado la petición de la acusación, que pedía más de dos años de cárcel por los delitos de descubrimiento de secretos y daños. Según la magistrada, no existió descubrimiento de secretos ni delito de daños. Además, la juez apunta que “dando por cierta la creación de un virus por parte del acusado, extremo reconocido por éste, [...] no se acreditan la existencia de dicho apoderamiento o utilización de datos reservados, sino únicamente un riesgo potencial".
De esta sentencia absolutoria se desprende que, en España, la creación de un virus no es una actividad delictiva siempre y cuando este no cause daños ni revele secretos. Daños y revelación de secretos que en todo caso deberían ser probados en un juicio.
Según la acusación, "dada la capacidad del virus y del programa troyano para destruir y modificar los equipos infectados, se ocasionaron perjuicios y confusión entre los usuarios que precisaron de actividades de búsqueda y limpieza de disco duro". La benemérita afirmó en 2008 (haciendo caso a la compañía de seguridad Panda) que habían sido infectados 120.000 usuarios.
Pero una década después de la detención, la juez Nuria Alcalde, titular del juzgado penal número 4 de Alcalá de Henares ha tumbado la petición de la acusación, que pedía más de dos años de cárcel por los delitos de descubrimiento de secretos y daños. Según la magistrada, no existió descubrimiento de secretos ni delito de daños. Además, la juez apunta que “dando por cierta la creación de un virus por parte del acusado, extremo reconocido por éste, [...] no se acreditan la existencia de dicho apoderamiento o utilización de datos reservados, sino únicamente un riesgo potencial".
De esta sentencia absolutoria se desprende que, en España, la creación de un virus no es una actividad delictiva siempre y cuando este no cause daños ni revele secretos. Daños y revelación de secretos que en todo caso deberían ser probados en un juicio.
EDIT: Lo encontre
hilo_los-hackers-entran-en-el-codigo-penal_688039
Si alguien crea un virus simplemente por practicar o por aficion pero no lo usa pues perfecto pero si ya se usa para infectar a otros usuarios pues eso si que me parece un delito.
Y para cultura general, cuando se crea o modifica una ley, tiene caracter retroactivo en caso de ser más beneficiosa que la anterior. Ejemplo: robo y me condenan a 5 años, si ahora modifican la ley y en lugar de 5 ahora son 4 años, entonces aunque tenga sentencia de 5 años puedo reducirla a 4. Sin embargo no funciona al revés, en caso de que la ley perjudique más, si me condenan a 5 y la ley se modifica y ahora son 6, no voy a cumplir más, sino solo los 5 años.
De ahí que fuera absuelto este muchacho.
Es verdad, ¿Quién quiere vivir en un país en el que se respeta el derecho a la defensa, la presunción de inocencia, etc? Deberíamos cambiar la constitución ya mismo, para que cuando Panda diga que alguien ha hecho algo, vaya a la cárcel directamente, sin demostrar nada.
Saludos
Que no vaya a la carcel me parece bien ...