Sin embargo, continúan muchos apartados negativos, y en especial uno que atañe a la modificación de consolas y que podría cambiar radicalmente el marco legal actual. Como sabéis la legislación española no impide estas modificaciones porque permiten muchos y variados usos legítimos (así lo han ratificado diversas audiencias provinciales), pero el ACTA propone que sean ilegales si estos otros usos solo tienen un propósito comercial limitado. Lo explica con más detalle el abogado David Maeztu.
Aunque en teoría la redacción del tratado ya es definitiva, aun tiene que ser ratificado por cada firmante, y posteriormente adaptado a cada legislación local. Por ello, aun hay margen para influir en la adaptación comunitaria y española; y será importante vigilar cómo se implementa en nuestro código penal, porque una actualización directa castigaría incluso la mera tenencia de los dispositivos o programas por parte de los usuarios particulares, y eso es más de lo que pide el ACTA. Gracias a CSA por el aviso.
Amos, que eso lo entiendo para un coche (porque puede molestar a otros, porque no es seguro, blablabal), pero una consola...
Claro que mejor que no se nos restrinjan los derechos pero si lo hacen debemos 1º revelarnos y 2º adaptarnos a la lei solo para que no nos jodan