La situación actual, donde los productos con licencia están exentos de la legislación de la UE, no es satisfactoria.
Por un lado existe el riesgo de abuso, pero por otro, esa no es una razón suficiente para decidir que la protección de los consumidores no deba aplicarse".
El contenido digital no es un bien material y no debe estar sujeto a las mismas leyes de responsabilidad que la tostadoras. Está licenciado contractualmente, no se vende a los usuarios.
Estos contratos se rigen por el derecho civil, que proporcionan a los consumidores multitud de oportunidades para incumplir el contrato. No tenemos conocimiento de ninguna deficiencia en el marco legal actual con respecto a los contenidos digitales.
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