El juzgado de lo penal número 23 de Madrid ha absuelto a un administrador de una empresa que distribuía todo tipo de flashcards para Nintendo DS, cuyo objetivo era evitar las medidas de protección impuestas por el fabricante. El redactado contiene algunos detalles interesantes, incluyendo la invocación de una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el hecho de que la protección se aplique tanto al juego como a la consola.
La sentencia afirma que debe tenerse presente que el problema se plantea porque se introducen medidas para blindar los juegos, que son el verdadero objeto de protección, pero también las consolas, cuya utilización lícita queda limitada por las medidas restrictivas de los fabricantes. En este sentido el juez recuerda que una sentencia del TJUE respalda la legalidad de desactivar medidas de protección de una consola siempre y cuando no se realice con el fin de cometer un acto ilícito.
El día que uno de estos casos llegue al Tribunal de Justicia de la Unión Europea este podría obligar a retocar el código penal español, cuya última reforma cambió la terminología. Antes solo se podían perseguir los “medios específicamente destinados" a la modificación de consolas, pero con la reforma se cambió por “medio principalmente concebido”.
La defensa intentó probar ante el juez que quien se compra una consola es para jugar y no para darle otros usos y que, si se desprotege, es porque se van a usar en ella copias ilegales de videojuegos. Es obvio para el magistrado que quien compra una consola es para jugar, “pero teniendo en cuenta la juventud de muchos de sus usuarios y su menor capacidad económica, no resulta nada descabellado sostener que algunos de ellos quieran aprovechar todos los usos posibles de esa consola ahorrándose así el dinero de la compra de otros dispositivos adicionales de hardware”. Esos usos adicionales son solo posibles desprotegiendo la consola.
Durante el juicio se presentó un estudio del que se desprende que los motivos de los usuarios para modificar sus consolas serían: en un 69,3 % para jugar de forma gratuita a copias de juegos originales, en un 14,3 % para jugar con emulaciones de juegos de antiguas generaciones de consolas; en un 12,9 % para jugar a juegos y usar aplicaciones caseras; en un 11,1 % para jugar a juegos originales comprados fuera de la región europea, en un 8,5% para reproducir de forma gratuita copias de archivos o películas y en un 3 % para otras funcionalidades. Este informe evidencia que saltarse la protección de los juegos no es lo único que se persigue cuando se desprotege una consola.
Los acusados publicitaban los flashcards y chips usando como reclamo la posible utilización de copias de seguridad, terminología y práctica que el juez avala en su sentencia. El magistrado afirma que "[...] los acusados no pueden garantizar en forma alguna que los usuarios no van a utilizar copias ilícitas en lugar de solo copias de seguridad [...]".
La sentencia afirma que debe tenerse presente que el problema se plantea porque se introducen medidas para blindar los juegos, que son el verdadero objeto de protección, pero también las consolas, cuya utilización lícita queda limitada por las medidas restrictivas de los fabricantes. En este sentido el juez recuerda que una sentencia del TJUE respalda la legalidad de desactivar medidas de protección de una consola siempre y cuando no se realice con el fin de cometer un acto ilícito.
El día que uno de estos casos llegue al Tribunal de Justicia de la Unión Europea este podría obligar a retocar el código penal español, cuya última reforma cambió la terminología. Antes solo se podían perseguir los “medios específicamente destinados" a la modificación de consolas, pero con la reforma se cambió por “medio principalmente concebido”.
La defensa intentó probar ante el juez que quien se compra una consola es para jugar y no para darle otros usos y que, si se desprotege, es porque se van a usar en ella copias ilegales de videojuegos. Es obvio para el magistrado que quien compra una consola es para jugar, “pero teniendo en cuenta la juventud de muchos de sus usuarios y su menor capacidad económica, no resulta nada descabellado sostener que algunos de ellos quieran aprovechar todos los usos posibles de esa consola ahorrándose así el dinero de la compra de otros dispositivos adicionales de hardware”. Esos usos adicionales son solo posibles desprotegiendo la consola.
Durante el juicio se presentó un estudio del que se desprende que los motivos de los usuarios para modificar sus consolas serían: en un 69,3 % para jugar de forma gratuita a copias de juegos originales, en un 14,3 % para jugar con emulaciones de juegos de antiguas generaciones de consolas; en un 12,9 % para jugar a juegos y usar aplicaciones caseras; en un 11,1 % para jugar a juegos originales comprados fuera de la región europea, en un 8,5% para reproducir de forma gratuita copias de archivos o películas y en un 3 % para otras funcionalidades. Este informe evidencia que saltarse la protección de los juegos no es lo único que se persigue cuando se desprotege una consola.
Los acusados publicitaban los flashcards y chips usando como reclamo la posible utilización de copias de seguridad, terminología y práctica que el juez avala en su sentencia. El magistrado afirma que "[...] los acusados no pueden garantizar en forma alguna que los usuarios no van a utilizar copias ilícitas en lugar de solo copias de seguridad [...]".
¿Así como? ¿Dices que es habitual en España que la ley le sea mas favorable al ciudadano medio que a empresas y figuras influyentes?
+1. No le veo lógica por ningun lado que sea ilegal modificar un artefacto que es de mi propiedad.
Lo que se persigue mediante la Ley no es a quienes modifican sus propias consolas, si no a quienes tienen negocios y se lucran del incentivo que ofrece la piratería. Básicamente están ganando dinero mientras que otros (desarrolladores) lo pierden.
A mi no me parece bien. Yo no tengo ningún interés en piratear ninguna de mis consolas actuales, pero si por por un casual quisiera desempolvar mi vieja PSP para meterle un emulador de GBA, preferiría investigar y hacerlo yo mismo, que a tener que pagarle a alguien que se lucra de una práctica tal vez no ilegal, pero si inmoral.
JAJAJAJA. Cada vez ponéis peores excusas. Los compras en digital y listos :D