La LSSI dice claramente que los prestadores de servicios en Internet no son responsables de los contenidos de terceros cuando no tengan un conocimiento efectivo de su ilicitud, sin embargo hasta ahora los jueces han preferido aplicar la Ley de Prensa que responsabiliza a los editores, favoreciendo a algunas entidades adictas a las denuncias por intromisión al honor. La noticia es que por fin un juez ha aplicado correctamente la legislación de Internet, desestimando una demanda contra dos webmasters de Lugo.
Los denunciados mantenían una página web de información sobre el municipio gallego de Mondoñedo, en cuyo foro se escribieron varios mensajes difamatorios contra el alcalde de la localidad y éste los denunció por intromisión al honor, solicitando 24.000 euros por daños y perjuicios. Por su parte el juez ha afirmado que no resulta de aplicación la Ley de Prensa y que los acusados no tuvieron una certeza efectiva de la ilicitud de los comentarios hasta que fueron contactados por la Guardia Civil, momento en el que los retiraron, no siendo por tanto responsables de los mismos.
Apasionado de la informática y las nuevas tecnologías desde los 8 años, cuando un Amstrad PC1512 se convirtió en mi "juguete" preferido. Una década después descubrí la PSX y los PIC12C508, y de esa unión nació ElOtroLado.