Derecho al olvido en España: Google deberá mostrar primero la información que puso fin a un proceso judicial

Benzo
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La libertad de expresión e información prima sobre la protección de datos personales, como mínimo en las causas judiciales. Así lo ha sentenciado la Audiencia Nacional al estimar de forma parcial un recurso presentado por Google contra una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que a petición de la persona afectada ordenó retirar ocho noticias relacionadas con una causa judicial por abusos sexuales que terminó en absolución.

De esta forma, Google no deberá retirar las noticias relacionadas con el conjunto de actos jurídicos, pero sí que está obligado a situar “en primer lugar la noticia que refleja el resultado del procedimiento judicial en el que resultó absuelto el reclamante”, dice la Audiencia Nacional. En el caso que nos ocupa es el de un psicólogo que fue investigado, juzgado y absuelto de tres delitos de abuso sexual continuado. Ahora, la noticia de su absolución deberá aparecer como el primer resultado cuando Google los muestre a cualquier usuario.

El origen del caso se remonta al 2017, cuando la AEPD estimó la petición del afectado y obligó a Google a retirar ocho de las diez noticias publicadas entre 2008 y 2015 en relación con su proceso judicial y que aparecían al poner su nombre en el buscador. La AEPD consideró que la información era obsoleta. Por su parte, Google recurrió argumentando que las noticias eran de interés público, actuales, amparadas por la libertad de expresión y “que en este caso debía ceder el derecho a la protección de datos personales”.

Audiencia Nacional escribió:La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso analiza en su sentencia, ponencia del presidente Eduardo Menéndez, los derechos fundamentales en juego, así como las sentencias y directiva europea sobre esta materia, para concluir que en este caso debe prevalecer el derecho a la libertad de expresión e información, pero con el requisito de que el buscador coloque en primer lugar la noticia judicial de la absolución, en tanto que indica la situación definitiva del proceso judicial.

A la hora de sopesar los derechos en la sentencia también se ha tenido en cuenta que las noticias cuestionadas se refieren a la vida profesional y no a la vida personal, “pues ello es muy relevante para modular la intensidad que ha de merecer la protección del derecho [...]”, dice la Audiencia Nacional. Asimismo, destaca que el factor tiempo tiene gran relevancia respecto a la ponderación de intereses, pues debe tenerse en cuenta que lo publicado es relativamente reciente. Cronológicamente la última noticia es de 2015
6 comentarios
  1. Eso no debería de ser lógico?
  2. Y aún refiriéndose a la vida profesional resulta que se omite quien es. XD
    Google haciendo las leyes, ni mas ni menos y no es ni la primera vez ni la última.
    Prima el derecho de Google a hacer dinero por encima de la privacidad de una persona porque va relacionada con su profesión ,que a saber quien es.
    Algo así como si denuncian a Lamar Odom por putero, se demuestra que no lo es y en lugar de borrar las noticias de que era un putero obligan a poner en primer lugar la noticia de que era inocente, pero el resto ahí se quedan.
    Luego que si hay que luchar contra las fake news pero las fake news ahí se quedan, que los clicks siempre vienen bien.
  3. Hace no mucho me comentaron sobre un caso sucedido en España. Un hombre fue detenido por matar a su mujer, saltando los procedimientos sobre violencia de género, por supuesto. La mujer había muerto por una puñalada en el dormitorio, con los hijos en la habitación de al lado, el hombre tenía las huellas en el cuchillo... Al día siguiente, manifestaciones sobre el asesinato en un montón de localidades, carteles de "ni una más" y noticias en periódicos e internet sobre el nuevo caso de violencia de género. El hombre se había declarado inocente, y había sido él mismo el que había llamado a la policía. Él había alegado que estaba durmiendo y que despertó cuando su mujer le estaba asestando puñaladas, y que al intentar quitarle el cuchillo, con el forcejeo, la hirió. Efectivamente, él tenía varias puñaladas cuando llegó la policía. Cuando se investigó un poco más, se descubrió que la mujer llevaba meses gastando todo el dinero que tenían en apuestas. Había fundido todo el dinero de las cuentas, sin que el marido lo supiera, y se consideró que el intento de asesinato había sido con la intención de evitar que se enterase.

    Yo leí sobre ese caso tres meses después de que sucediera. Si buscabas en Google, TODAS las noticias hablaban del caso de violencia machista y condenaban al hombre como culpable. Tenías que escarbar hasta la página 3 para encontrar la única noticia que explicaba la resolución del caso. Seguramente siga ocurriendo igual si la búsqueda la haces hoy o si la haces dentro de 20 años. Que algo así suceda me parece tremendamente asqueroso.

    Cuando antes se publicaba una noticia en un periódico, era algo que no se podía borrar. Los periódicos ya estaban impresos y a la venta, y por tanto si se conservaban siempre iban a estar ahí. Aún así, si se descubría en las horas siguientes que había habido un error, se retiraban los periódicos no vendidos, incluso con las pérdidas que eso suponía para la empresa, para enmendarlo. Cuando se descubría el error más adelante, se publicaba en el periódico una disculpa, y se subsanaba el error. Eso es lo lógico con un medio escrito. Pero internet no es igual. Lo primero es que los periódicos desaparecen, salvo que alguien los guarde, y eso es muy raro. La información de internet siempre está ahí. Lo segundo es que en un periódico impreso no se puede cambiar lo escrito, pero en internet sí que se puede. Y por eso es absurdo que los periódicos, por ejemplo, no retiren o actualicen los artículos cuando la información está desactualizada o es errónea. Y también es absurdo que se muestre en la primera página información falsa o desactualizada y que haya que llegar hasta la tercera (o la décima, que nadie mira nunca) para poder descubrir la verdad, con todo el daño que esto puede conllevar para la persona a la que injustamente se está acusando.
  4. Eso precisamente es lo que busca la sentencia: que las rectificaciones sean añadidos, no reemplazos, a la noticia original.

    Por mi parte al menos, aplaudo ésta noticia. [oki]
  5. Ñomo escribió:Eso precisamente es lo que busca la sentencia: que las rectificaciones sean añadidos, no reemplazos, a la noticia original.

    Por mi parte al menos, aplaudo ésta noticia. [oki]

    Pero esas obligaciones no deberían de estar hechas a Google directamente si no a los que han publicado la noticia. Como una obligación a los medios que publiquen ciertas cosas que puedan afectar realmente a las personas, porque aún siendo una publicación sobre la vida profesional de alguien esto incide directamente en su vida personal.

    Y dada la naturaleza de la información en internet es algo que se puede hacer perfectamente incluso sin alterar la noticia original, porque la información no es necesariamente inmutable como los medios escritos. Otra cosa es que se esté haciendo recaer esa responsabilidad en los buscadores en vez de en los medios por la práctica inviabilidad de exigírselo a cualquiera que publique cualquier cosa en abierto.
  6. @Arkhan

    Benzo escribió:El origen del caso se remonta al 2017, cuando la AEPD estimó la petición del afectado y obligó a Google a retirar ocho de las diez noticias publicadas entre 2008 y 2015 en relación con su proceso judicial y que aparecían al poner su nombre en el buscador.


    Pensé que, por la noticia y el contexto, se sobreentendía que yo hablaba del buscador. Igual la palabra "rectificación" no era la más apropiada, pero en cualquier caso quien quitaba y ponía era Google.
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