aim_dll escribió:LLioncurt escribió:aim_dll escribió:
Busca el texto de interior y pegalo porfavor, a ver si asi...
https://www.interior.gob.es/opencms/es/ ... staciones/
Requisitos para celebrar manifestaciones
La celebración de manifestaciones, a diferencia de las reuniones, sí debe ser comunicada por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de las mismas, y con una antelación de diez días como mínimo y treinta como máximo (solamente en caso de urgencia la comunicación podrá hacerse con 24 horas de antelación).
¿Dónde habla ahí de autorización?
Por cierto, aún no has explicado a qué venía lo de la ESO. Estás a tiempo de pedir disculpas y modificar o te comes un reporte, independientemente de quién tenga razón.
Ahora pega la parte final, la de porque se pueden cancelar
Y si,la ESO ha hecho mucho daño, se podia pasar por imperativo legal
Pd:Cuando pegues la segunda parte leela y piensa un poquito
Y es obligatoria... te cagas
@Hereze Esta al mismo nivel que el cumpleaños de Txema en el parque de los patos
Se pueden cancelar, pero si no se hace, la manifestación sigue adelante, porque NO REQUIERE AUTORIZACIÓN.
El organizador la COMUNICA. No pide permiso.
Si Delegación de Gobierno o la autoridad correspondiente la prohíbe, no se hace. Si no la prohíbe, sigue adelante, porque NO REQUIERE AUTORIZACIÓN.
Si yo comunico una manifestación y el Gobierno no contesta, ¿puedo hacerla o no?
Por cierto, aparte de la ESO, tengo una licenciatura que entre otras asignaturas tiene "derecho penal" y "derecho Constitucional". Y ni aún así me vas a ver faltando al respeto ni insultando la inteligencia de la gente.
Hereze escribió:LLioncurt escribió:@Hereze Le doy la vuelta a tu pregunta.
Si se comunica la manifestación por la Diada, y la autoridad correspondiente no contesta, ¿se puede hacer la manifestación?
Ni idea por eso estaba preguntando, entiendo que sino contestan es silencio administrativo y se interpreta como una autorización pero vamos, con la administración vete a saber
Desde el momento que se comunica, la manifestación está autorizada. Otra cosa es que a posteriori por motivo X quien corresponda la modifique o la prohíba. Obviamente, si comunicas que te vas a manifestar en la Plaza del Rocío de Sevilla durante Semana Santa, te van a decir que nanai. O si vas a cortar la Castellana un viernes por la tarde para quejarte de que el Ministerio de Defensa está ocultándonos la existencia de extraterrestres.
Pero si da la casualidad que dices que vas a cortar la Castellana un viernes por la tarde, y no te dicen lo contrario, puedes manifestarte perfectamente ese día.
Lo que tampoco quita que la policía te pueda echar a posteriori, pero no te pueden imputar delito ni falta porque tú habías comunicado que ibas a manifestarte y nadie te dijo lo contrario.