El TSJ archiva la causa contra Camps y los aforados valencianos en el 'caso Gürtel'- Acuerda el sobreseimiento libre y acepta los rescursos de los imputados
- Argumenta el fallo en un tecnicismo sobre la función de autoridades públicas
- El voto particular de un magistrado aboga por archivar sólo el caso de Costa
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha hecho público este lunes el archivo de la causa abierta contra el presidente de la Generalitat, Francisco Camps, y el resto de aforados valencianos presuntamente implicados en el 'caso Gürtel'.
La Sala de lo Civil y lo Penal del tribunal acuerda el sobreseimiento libre de la causa abierta por supuesto delito de cohecho pasivo y acepta de esta manera los recursos de los cuatro imputados en la trama valenciana del 'caso Gürtel' que, además de Camps, son el diputado del PP y secretario general del partido en la Comunidad, Ricardo Costa, el ex vicepresidente del Consell Víctor Campos y el ex jefe de gabinete de la Conselleria de Turismo, Rafael Betoret.
Los imputados pidieron el sobreseimiento de la causa, alegando no haber recibido trajes como regalo de empresas de Francisco Correa, ni haber incurrido en irregularidades en la adjudicaciones a la empresa Orange Market.
El TSJ valenciano investiga la 'rama valenciana de Gürtel' desde el momento en que el juez Baltasar Garzón se inhibió en un auto de una parte de la investigación sobre el caso, al encontrar indicios de responsabilidad penal en el presidente de la Comunidad Valenciana, Francisco Camps, y el secretario general del PP de Valencia y diputado autonómico, Ricardo Costa.
El juez sugirió que el PP valenciano recibió 420.000 euros por favorecer a una empresa de Francisco Correa. También pidió investigar tanto a Camps como a Costa por supuestos pagos en especie con trajes de la tienda Milano. En ese sentido, Garzón dijo que el presidente de la Comunidad Valenciana recibió trajes por 12.783 euros pagados por la empresa Orange Market. Camps ya negó su implicación cuando se supo que estaba investigado.
Paralelamente, la Sala ha desestimado los recursos de apelación formulados por el Ministerio Fiscal y la acusación popular, que solicitaban la ampliación del objeto del procedimiento, extendiendo los hechos iniciales del cohecho pasivo al del cohecho activo, la continuación de la investigación en fase de diligencias previas para practicar más pruebas, y la ampliación del número de imputados. De igual manera, ha desestimado la petición de nulidad de las actuaciones, que de forma referencial, fue planteada por la defensa de Francisco Camps.
'No cabe descartar otras versiones'
La resolución de la sala, no obstante, indica que "no cabe descartar de forma absoluta otras versiones", es decir, que no excluye que pudiese ser cierta la versión de los imputados, dadas las contradicciones de testigos y de las irregularidades de la prueba documental.
Respecto al tipo delictivo investigado, cohecho pasivo impropio (art. 426 del Código Penal), el Tribunal entiende que se refiere, no a la condición de autoridad o funcionario de la persona imputada, sino a actos propios de "su función", a actos propios de la competencia de la autoridad o funcionario.
En este sentido, la resolución señala que "no cabe en el ámbito del Derecho Penal estimar que pueda existir un automatismo genérico en considerar que la conducta de admitir una dádiva por una autoridad o funcionario público, con independencia de otras posibles valoraciones de tipo ético, implique prácticamente, de modo casi inevitable, que se estime que necesariamente se realiza "en consideración a su función", por el mero hecho de constatarse que se reúne la cualidad de autoridad o funcionario público...".
El auto, notificado este lunes a todas las partes, cuenta con el voto particular de uno de los magistrados que forman la Sala, quien entiende que el sobreseimiento del procedimiento debe acordarse sólo respecto de Ricardo Costa.