ivan91 escribió:Eso de que a los que no nos han concedido la general, no deberíamos tener los requisitos de la beca segunda oportunidad y que es una contradicción, no es así ya que años atrás sin tener la del ministerio se ha cobrado la segunda oportunidad. Estoy a favor de ustedes ya que lo veo una injusticia pero no decir esas cosas ya que por lo menos habéis cobrado algo muchos estamos sin nada aun.
Hola de nuevo, se equivoca, ya que si no le conceden la General por no cumplir los requisitos, tampoco le concederían la Segunda Oportunidad, debido a, y cito: "Carecer de rentas de cualquier clase superiores al setenta y cinco por ciento del «Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples» (IPreM) anual" (para Segunda Oportunidad)
y "Familias de un miembro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Entre 14.112 y 14.826.
Familias de dos miembros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Entre 24.089 y 25.308.
Familias de tres miembros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Entre 32.697 y 34.352.
Familias de cuatro miembros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Entre 38.831 y 40.796." Etc, Para la Convocatoria General (entre otros requisitos).
Si no cumples la renta (por ejemplo) y no te la dan por este motivo, tampoco te la darían para la Segunda Oportunidad por lo siguiente:
IPREM 2015: 7455.14€ Anual x 75% (no superar este importe anual para cobrar Segunda Oportunidad) = 5591.35€ < 14826€ (BOE Conv. 2014 - 1 miembro - Anual, no superar dicho umbral para cobrar la General)
Por lo tanto, si sabes interpretar lo arriba expuesto, llegarías a la conclusión de que si te deniegan la General por los requisitos (la renta, en este caso), con más motivo aún te denegarían la Segunda Oportunidad.
Espero haya quedado claro, ya que es eso a lo que me refiero en lo dicho en la carta.
Un saludo