Babele escribió:Hola, me acaban de comunicar que me deniegan la beca. esto es lo que me ponen en el pdf:
Le comunico que de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, en la Resolución de 2 de agosto de 2012 (BOE de 14 de agosto ), por la que se convocan becas y ayudas al estudio de carácter general y de movilidad, para el curso académico 2012-2013, para estudiantes de enseñanzas universitarias , la beca que usted había solicitado para el año académico 2012/2013 ha sido propuesta para su denegación por:
- Haber sido beneficiario de beca el número máximo de años que permite la Resolución de convocatoria
Me imaginaba que podía pasar, pero leyendo la convocatoria pone que puedes ser beneficiario un año más de los que conste el plan de estudios, empecé hace dos años un segundo ciclo de una licenciatura que era de dos años y estoy en el tercero, por lo que tenía algo de esperanza de que me la dieran. No se si podré reclamar algo puesto que en la convocatoria pone que:
Quienes cursen estudios de las demás ramas de conocimiento podrán disfrutar de
beca durante un año más de los establecidos en el plan de estudios. En este supuesto, la
cuantía de la beca que se conceda para dicho año será del 50 por ciento de los
componentes que le hubieran correspondido, con excepción de la beca de matrícula que
cubrirá la totalidad de los créditos de los que se matricule por primera vez.
¿Tiene sentido alegar poniendo eso?
Hola Babele,
Puedes ser beneficiaria un año más, siempre que cumplas con los requisitos.
Estos supuestos en los que puedas disfrutar un año más de beca, según tengo entendido, se refiere a que tú por ejemplo el año anterior te matriculaste de un número determinado de créditos, que era
insuficiente para que tengas el título, entonces este curso te has matriculado de las asignaturas que en años anteriores
no lo habías hecho (primera matrícula).
Si en cambio, te matriculaste de los que te corresponden, pero has suspendido y has tenido que matricularte este año (el año de más), no tienes derecho a beca, porque estarás realizando una "segunda matrícula" de esas asignaturas, y este año te las tienes que pagar tú, pues la beca de matrícula es sólo para "primera matriculación".
Lo que te dice del 50% de los componentes se refiere a material didáctico, desplazamiento, etc., no a la matrícula.
Si tu caso es el primero, y te has matriculado por primera vez de esas asignaturas y cumples con los requisitos académicos (de porcentajes aprobados), podrías alegar.
Espero que se me haya entendido. Suerte!