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MoRaLIN escribió:Hola en la aplicación de hacienda por fin después de 7 meses de espera me sale que está aprobada.me dicen que en un plazo de 3 días laborales tendré el dinero pero ya hace 8,es normal???
martuka_pzm escribió:MoRaLIN escribió:Hola en la aplicación de hacienda por fin después de 7 meses de espera me sale que está aprobada.me dicen que en un plazo de 3 días laborales tendré el dinero pero ya hace 8,es normal???
Mmm.. no mucho la verdad.
Si no te llega en esta semana yo me acercaría vaya a ser que tuvieras algo por ahí (tipo multa etc) y no te lo vayan a ingresar
Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria.
zgotenz escribió:Por fin!!!Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria.
kur1oso escribió:Yo acabo de mirar la renta de mi mujer y sigue en estado "Su declaración está siendo comprobada."
Es la primera vez que de hecho nos hace la renta el abogado porque el año 2023 contraímos matrimonio y tuvo ella unos temas laborales y no quisimos complicarnos la vida, que nos la hiciera un entendido.
Casualmente a noviembre 2024 resulta que está siendo comprobada... Madre mía.
Torres escribió:Acabo de ver que le han devuelto a mi madre 900 euros como si fuese de la declaración de la renta de 2018. De qué coño es eso?? Siempre le toca pagar
Torres escribió:@martuka_pzm mutualistas?? No tengo ni zorra ni a qué te refieres. Mi madre era directora de un colegio. No sé qué tiene que ver con mutuas
Edito. Es más.., en 2018 yo creo que ya estaba jubilada
Torres escribió:@martuka_pzm mutualistas?? No tengo ni zorra ni a qué te refieres. Mi madre era directora de un colegio. No sé qué tiene que ver con mutuas
Edito. Es más.., en 2018 yo creo que ya estaba jubilada
Black29 escribió:Ademas imagino que devoluciones de este tipo vendrán acompañadas de notificaciones no?
https://sede.agenciatributaria.gob.es/S ... ZN01.shtml
Torres escribió:@Xelxer @martuka_pzm pues ayer le dije y me comentó que si que le habían dicho que le iban a ir devolviendo en las declaraciones de la renta algo, que por eso este año había pagado menos. Pero que no sabía que le iban a ingresar. A mi me mosqueó que pusiera como que era de la declaración de la renta de 2018, como si se hubiera presentado una rectificariva, y que encima le devolvieran cuando siempre paga.Black29 escribió:Ademas imagino que devoluciones de este tipo vendrán acompañadas de notificaciones no?
https://sede.agenciatributaria.gob.es/S ... ZN01.shtml
No sé si le habrán avisado de alguna forma pero se enteró del ingreso cuando le pregunté yo. Mi madre pasa todavía más que yo de estas cosas
martuka_pzm escribió:Torres escribió:@Xelxer @martuka_pzm pues ayer le dije y me comentó que si que le habían dicho que le iban a ir devolviendo en las declaraciones de la renta algo, que por eso este año había pagado menos. Pero que no sabía que le iban a ingresar. A mi me mosqueó que pusiera como que era de la declaración de la renta de 2018, como si se hubiera presentado una rectificariva, y que encima le devolvieran cuando siempre paga.Black29 escribió:Ademas imagino que devoluciones de este tipo vendrán acompañadas de notificaciones no?
https://sede.agenciatributaria.gob.es/S ... ZN01.shtml
No sé si le habrán avisado de alguna forma pero se enteró del ingreso cuando le pregunté yo. Mi madre pasa todavía más que yo de estas cosas
Es que lo normal es que le devuelvan de los años no prescritos y tenga otra del 2019, otra del 2020 etc
El escrito que se presenta es una solicitud de rectificación así de las declaraciones anteriores. Y le devuelven porque pagó de más
Black29 escribió:Alguien sabe como va para modificar la renta presentada este año? Tecnicamente se como hacerlo pero no se como va la devolución.
Mi madre me ha dado la alegria del año al hacerme saber que existia una deduccion del 20% para nuevos atonomos los dos primeros años de liquidaciones positivas....
Me tienen que devolver 6000 pavosY para la de 2024 tambien puedo acogerme... asi que me ahorrare otro pico incluso mayor.
Se que puedo rectificarla en la web de hacienda pero si alguien lo ha hecho antes y sabe como va pues bienvenida su experiencia.
pacopolo escribió:Ya que he visto el hilo en los primeros puestos de misce, pregunto: ¿alguien sabe de primera mano cómo hay que hacer el tema del Amazon Vine? Soy usuario desde hace unos meses y, según tengo entendido, estás obligado a declarar cualquier cosa que hayas pedido como ganancias patrimoniales, pero no sé si Amazon se encarga de enviar la documentación a nuestra querida Hacienda y ya se encargan ellos de incluirlo o yo también tengo que echar mis cálculos de las mierdas pedidas para notificarlas.
Desde luego, ya mismo va a pedirte Hacienda hasta que les mandes registro de las monedas de céntimo que te encuentres tiradas por el suelo. Entre esto (tener que declarar como ganancia patrimonial un producto que te envían para analizar cuando tiene muchas veces un precio más que inflado, no es tuyo, puedes estar obligado a devolverlo, no lo puedes regalar, no lo puedes vender...) y lo de Wallapop (que hagas 2000€ en ventas me lo podría comer como negocio, pero que estés obligado a declarar 30 ventas de 50 céntimos de mierda que hagas al año me parece el puto colmo de la broma máxima), va a empezar a salir a cuenta lo de irse a Andorra.
Tito_Mel escribió:Tengo unas dudas para la próxima renta.
Mi madre falleció a mediados de febrero del año pasado. Mi padre falleció un mes y medio antes, justo antes de acabar 2023. Mi madre cobró dos meses completos de pensión de viudedad, enero y febrero. Cada mensualidad fue de 1750 euros. Aparte, mirando ahora, he visto que tuvo dos ingresos más, uno en enero y otro febrero, también con el concepto Pensión pero el de enero de 46 euros y el segundo de unos 583 euros.
Ahí van mis dudas:
¿Estoy obligado yo como su heredero único a presentar su declaración de la renta por esos dos meses? En principio por ingresos no debería pero ignoro si al haber fallecido se vuelve obligatorio. O quizá para devolver la mitad de lo cobrado en el mes que falleció?
¿De qué pueden ser esos otros 2 ingresos menores también con concepto pensión? No aparecen nunca más ni antes ni después, parecen ligados a la pensión de viudedad pero con diferentes importes y diferentes operaciones. En el detalle bancario no se especifica. Me quiere sonar que el primero, el de 46 euros, fuese un ingreso extra de la SS por el fallecimiento de mi padre pero que se daba una sola vez. El otro que se dio al mes siguiente, el de 583, no tengo ni idea.
En caso de estar obligado a presentarla, ¿cómo entro en "su perfil" en la web de renta? Porque yo todos los años le presentaba la declaración a mis padres entrando con una casilla del año anterior. Con mi padre pude hacerlo cuando falleció, pero por fallecer me obligaba a presentar la de él individual en lugar de conjunta como solían hacer, y como en borrador me salió que mi madre de forma individual no estaba obligada a presentarla, no lo hice. Pero claro, eso hace que para la de este año no vaya a poder usar casilla de su declaración anterior al no haber presentado la de ella.
Gracias de antemano!
martuka_pzm escribió:@pacopolo efectivamente son ganancias patrimoniales
pacopolo escribió:martuka_pzm escribió:@pacopolo efectivamente son ganancias patrimoniales
Mi duda no era tanto si son ganancias patrimoniales (que eso lo tenía claro, te avisa la propia Amazon), sino cómo tendría que hacerlo para incorporarlo a la renta. Es decir, si tendría que llevar yo la cuenta del precio de los productos en el momento de la solicitud, y si esto podría confluir con lo que declarara a hacienda Amazon. Pero justo el otro día me llegó un correo avisando que podía descargar el documento de Amazon para la renta, y aunque aún no lo he mirado, supongo que eso es lo que tienes que incorporar a la declaración.
AMSWORLD escribió:@martuka_pzm no tengo ninguna deuda ni embargo, ni multas de tráfico. Si fuera así ya me hubieran embargado antes de mis cuentas del banco.
Vamos, por cuestiones de subvenciones de rehabilitación de edificios, tuve que sacar certificados varios de no tener deudas para enviarlos a la comunidad de propietarios y todos salieron sin deudas.
Hasta repasé el IVA trimestral de los últimos 3 años y salen todos los recibos pagados en la web de la Agencia Tributaria (IVA por alquiler de locales comerciales que tengo que ingresar como arrendador).
Estado de Tramitación
Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria.
Copal-13 escribió:A partir del 19 de marzo ya se podrán consultar los datos fiscales
https://sede.agenciatributaria.gob.es/S ... marzo.html
mcubcn escribió:Copal-13 escribió:A partir del 19 de marzo ya se podrán consultar los datos fiscales
https://sede.agenciatributaria.gob.es/S ... marzo.html
Con esto ya te hace la simulación si te sale a devolver o pagar, no? A ver cuanto nos devuelven este año, bendita hipoteca antigua
Tito_Mel escribió:He mirado para cita presencial y no deja ni siquiera solicitarla hasta el 29 de mayo. No entiendo por qué lo retrasan tanto.
Normalmente la presento yo mismo simplemente aceptando el borrador que me genera por defecto, nunca me he metido a modificar cosas del borrador, pero el año pasado heredé por fallecimiento de mis padres varias cosas que no se exactamente cómo hay que meterlas (segunda vivienda en la que ni vivo ni alquilo, unos fondos de inversión que reembolsé unos meses después de heredarlos y un plan de pensiones que tenía mi padre que también pedí reembolsar lo que quedaba, y todo eso diferenciarlo por fechas porque supongo que tendré que poner que X domicilio lo tengo como propietario desde X fecha pero antes solo como usufructuario o algo así... además a mitad de año mi pareja se empadronó en mi mismo domicilio así que tampoco se cómo afecta eso a la declaración porque aunque ella tiene sus ingresos yo no recibo de ella ningún alquiler ni pago ni nada) y temo hacerlo mal y que me salga a pagar más de lo que es o peor aún que me venga luego una sanción o algo por no haberlo hecho bien.
Por eso mi primera opción era contratar a alguien que me la hiciese pero todos los conocidos con los que lo comento que se que ellos contratan a alguien me dicen que para eso te piden certificado digital para acceder a tus datos y yo paso de darle un certificado mío a nadie, me parece muy peligroso. No hay alguna forma de contratar que alguien te la haga sin darle un certificado digital tuyo?
martuka_pzm escribió:Tito_Mel escribió:He mirado para cita presencial y no deja ni siquiera solicitarla hasta el 29 de mayo. No entiendo por qué lo retrasan tanto.
Normalmente la presento yo mismo simplemente aceptando el borrador que me genera por defecto, nunca me he metido a modificar cosas del borrador, pero el año pasado heredé por fallecimiento de mis padres varias cosas que no se exactamente cómo hay que meterlas (segunda vivienda en la que ni vivo ni alquilo, unos fondos de inversión que reembolsé unos meses después de heredarlos y un plan de pensiones que tenía mi padre que también pedí reembolsar lo que quedaba, y todo eso diferenciarlo por fechas porque supongo que tendré que poner que X domicilio lo tengo como propietario desde X fecha pero antes solo como usufructuario o algo así... además a mitad de año mi pareja se empadronó en mi mismo domicilio así que tampoco se cómo afecta eso a la declaración porque aunque ella tiene sus ingresos yo no recibo de ella ningún alquiler ni pago ni nada) y temo hacerlo mal y que me salga a pagar más de lo que es o peor aún que me venga luego una sanción o algo por no haberlo hecho bien.
Por eso mi primera opción era contratar a alguien que me la hiciese pero todos los conocidos con los que lo comento que se que ellos contratan a alguien me dicen que para eso te piden certificado digital para acceder a tus datos y yo paso de darle un certificado mío a nadie, me parece muy peligroso. No hay alguna forma de contratar que alguien te la haga sin darle un certificado digital tuyo?
Lo de la vivienda tienes que ponerla “a disposición” por los días que haya sido tuyo. Si solo tienes la nuda propiedad no tiene que aparecer por ningún lado.
Los fondos de inversión y plan de pensiones deberían aparecer ya en datos fiscales si eran nacionales y en el rescate te hicieron retención.
Lo de tu pareja da exactamente igual.
Respecto a lo que comentas de los certificados.. es una práctica que hacen los cutre asesores para cubrirse la espalda.
Ellos lo presentan a tu nombre y si la cagan pues ellos no salen por ningún sitio.
Lo normal es que lo presentarán con su propio certificado como representantes. Pero no suelen hacerlo.
Opciones? Tragar con lo del certificado y pasar por caja.
Pedir cita telefónica en la AEAT (que es igual que presencial pero sin tener que ir)
Pedir cita presencial para junio.
Escapology escribió:Una duda, por si alguien lo sabe... Desde hace dos años, por herencia tengo un porcentaje de una vivienda que está arrendada y cuyo dinero del alquiler no veo ningún euro porque el alquiler y el dinero lo recibe otro propietario, que es quien lleva casi 30 años alquilando esa vivienda. El año pasado, por motivo de la herencia, me hizo la renta la asesoría que llevó la herencia, y me metió en mi renta un porcentaje de ese alquiler y eso es algo que no entiendo. ¿Tengo que declarar en mi renta los ingresos de otra persona? Según la asesoría sí que tengo que declarar ese alquiler como ganancias aunque yo no sea quien esté recibiendo el dinero, pero yo no veo lógico declarar y pagar el IRPF de unos ingresos que no son míos, porque yo tengo entendido que en la renta solo declaras tus ingresos, no los de otras personas.
Manint escribió:Escapology escribió:Una duda, por si alguien lo sabe... Desde hace dos años, por herencia tengo un porcentaje de una vivienda que está arrendada y cuyo dinero del alquiler no veo ningún euro porque el alquiler y el dinero lo recibe otro propietario, que es quien lleva casi 30 años alquilando esa vivienda. El año pasado, por motivo de la herencia, me hizo la renta la asesoría que llevó la herencia, y me metió en mi renta un porcentaje de ese alquiler y eso es algo que no entiendo. ¿Tengo que declarar en mi renta los ingresos de otra persona? Según la asesoría sí que tengo que declarar ese alquiler como ganancias aunque yo no sea quien esté recibiendo el dinero, pero yo no veo lógico declarar y pagar el IRPF de unos ingresos que no son míos, porque yo tengo entendido que en la renta solo declaras tus ingresos, no los de otras personas.
Para empezar desde hace 2 años ese copropietario debería pasarte tu porcentaje de las ganancias por alquiler. Para seguir de cara a Hacienda una vivienda no se alquila a trozos, se alquila en total y en total son por tanto las ganancias.
Escapology escribió:Manint escribió:Escapology escribió:Una duda, por si alguien lo sabe... Desde hace dos años, por herencia tengo un porcentaje de una vivienda que está arrendada y cuyo dinero del alquiler no veo ningún euro porque el alquiler y el dinero lo recibe otro propietario, que es quien lleva casi 30 años alquilando esa vivienda. El año pasado, por motivo de la herencia, me hizo la renta la asesoría que llevó la herencia, y me metió en mi renta un porcentaje de ese alquiler y eso es algo que no entiendo. ¿Tengo que declarar en mi renta los ingresos de otra persona? Según la asesoría sí que tengo que declarar ese alquiler como ganancias aunque yo no sea quien esté recibiendo el dinero, pero yo no veo lógico declarar y pagar el IRPF de unos ingresos que no son míos, porque yo tengo entendido que en la renta solo declaras tus ingresos, no los de otras personas.
Para empezar desde hace 2 años ese copropietario debería pasarte tu porcentaje de las ganancias por alquiler. Para seguir de cara a Hacienda una vivienda no se alquila a trozos, se alquila en total y en total son por tanto las ganancias.
No quiere repartir ganancias, siempre se ha llevado el 100% de los ingresos del alquiler porque así lo acordó con el fallecido, y los herederos de momento hemos respetado eso, pero no vemos bien que ahora nos perjudique en el IRPF y para hacer ahora la renta tengamos que esperar a que esa persona diga los ingresos y gastos de esa vivienda para poner cada uno su porcentaje. Era por si había algo que se pudiese haber para que solo declarará ese alquiler la persona que lo tiene alquilado y no el resto de propietarios.