SamuraiFury escribió:@martuka_pzm Vale gracias. Pero una duda. Cuando cualquier persona presenta la declaración coge digamos un "número de turno" virtual? Es decir, si Paco presenta la declaración el día 2 a las 15:00 y yo el día 2 a las 15:30 (misma oficina asignada ambos), ¿irá Paco antes que yo en el orden?
Es que no sé si el orden en que se ponen con la declaración de cada uno va en base a la fecha / hora en que la presentas o si es totalmente random y alguien que la haya presentado 1 mes después puede ser atendido antes (hablando siempre de la misma oficina asignada por ser vecinos, por ejemplo).
Si hay que revisar algo se hará en función de lo que sea que se revisa.
Si no hay que revisar nada da igual el orden de presentación.
Vamos que si se va a quedar parada porque la tiene que revisar alguien lo mismo va a dar presentarla el primer día que el último.
@MrKafka Si estáis casados en vuestra hija tienes que poner clave de vinculación A (y automáticamente el programa pone 50% a cada uno).
Si vivís juntos pero no estáis casados tienes que poner clave de vinculación D y en “otras situaciones” (otra pestaña al lado) la clave 3.
Si pones la D pero no pones el 3, la declaración conjunta con tu hija te saldrá mejor que la individual. Ojo ESTA MAL (siempre que conviváis los tres). Todos los años hay un montón mal por ese motivo.
@danko2002 No es así. Una cosa es incluir a los hijos, que han de incluirlos los dos (al 50%) si ambos tienen la guardia y custodia y otra cosa es hacer la declaración conjunta con los hijos. La declaración conjunta solo puede hacerla uno PERO si viven juntos los tres da exactamente igual. El resultado tiene que ser el mismo en individual que en conjunta con los hijos cuando los dos padres viven juntos. Si sale distinto es porque no se ha puesto la clave 3 en “otras situaciones” y se está declarando como que se tiene custodia compartida pero cada uno vive en su casa.
Me explico:
Pareja 1. Lo han dejado. Cada uno vive en su casa y tienen custodia compartida del hijo.
En ese caso hay que poner vinculación D y nada más.
El hijo computa al 50% para cada uno y además uno de ellos (solo uno) podrá presentar declaración conjunta con el hijo siendo mucho más favorable para el.
Pareja 2. No están casados pero tienen un hijo y viven juntos.
En ese caso hay que poner vinculación D Y ADEMÁS en otras situaciones la clave 3.
El hijo computa al 50% para cada uno y además uno de ellos (solo uno) podrá presentar declaración conjunta con el hijo siendo EXACTAMENTE IGUAL el resultado que en la declaración individual.
Esto es así, porque cuando se presenta declaración conjunta se aplican unas reducciones pero no aplican cuando la conjunta sea con hijos y los dos progenitores convivan.