Declaración de la Renta (siempre leed el primer mensaje)

robersnake escribió:@Manint
Gracias por responer
Si la duda que tengo, pone que tengo que pagar 180e y no obligado
El año pasado fue parecida, me ponía no obligado y me tocaba pagar 200e y me dejó aceptarla y pagarla, este año no me deja hacerla
Me gustaría hacerla para no tener que deber nada a hacienda y tenerla hecha para los papeles,comprar un piso me pide las últimas 5 declaraciones
Llamaré para que me lo hagan ellos
Alomejor este año han cambiado algo


A ver, a hacienda no le debes nada. Se lo deberías si estuvieras obligado.

Y nadie te puede exigir la declaración de la renta si no estás obligado. Se expide un certificado de rentas en la propia AEAT y ya está. Es lo mismo. Certifica las rentas que tienes.

Pagar 180 euros por nada, no es lo mejor la verdad..

De todas formas opción de presentarla hay, lo que pasa que está un poco más escondida. Este año no he hecho ninguna de estas así que no puedo indicarte
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Androm3da escribió:
fernanwall escribió:Hice la declaración el primer dia (3) y a fecha de hoy aún no me han devuelto ni a mi ni a mi mujer. En otros años a los pocos dias ya habian ingresado, es normal?? Alguien en la misma situación??


Yo la presenté el día 2 y sigo esperando.

Por poder te pueden pagar en Diciembre, así que...

Un saludo.


A este paso voy para 1 mes. Extraño pues desde hace varios años atrás, siempre que lo presento el día previo cuando se abre, habían tardado unos días escasos aunque modificase el borrador para incluir la deducción del piso.

Habrá más jaleo del normal este año, ni idea. Pero a nada de irme ya al mes. Estaba mal acostumbrado a la rapidez, que ahora se me hace eterno que "tarden tanto".

Un saludo.
A mi casi siempre me pagaban pocas semanas después de presentarla y hace dos años me pagaron en enero y la del año pasado en noviembre...
Hola! Tengo una duda.

Estoy haciendo la declaración de mi mujer, que es autónoma societaria que cobra nómina de la cooperativa donde trabaja.

Me ha saltado un aviso de que no he rellenado todos los datos fiscales, y es respecto a CT00001, indica lo siguiente:

Importante: Compruebe que sus cotizaciones a la Seguridad Social como autónomo no se han duplicado, incluyéndose como gastos de Seguridad Social de sus "rendimientos del trabajo".


Es decir, creo que se me ha puesto automáticamente la casilla 0013 y ese valor debería ir en otra casilla correspondiente a autónomos?

A ver si me puedes iluminar @martuka_pzm por favor XD
kur1oso escribió:Hola! Tengo una duda.

Estoy haciendo la declaración de mi mujer, que es autónoma societaria que cobra nómina de la cooperativa donde trabaja.

Me ha saltado un aviso de que no he rellenado todos los datos fiscales, y es respecto a CT00001, indica lo siguiente:

Importante: Compruebe que sus cotizaciones a la Seguridad Social como autónomo no se han duplicado, incluyéndose como gastos de Seguridad Social de sus "rendimientos del trabajo".


Es decir, creo que se me ha puesto automáticamente la casilla 0013 y ese valor debería ir en otra casilla correspondiente a autónomos?

A ver si me puedes iluminar @martuka_pzm por favor XD


Si los rendimientos se declaran como rendimientos del trabajo, está bien que la SS aparezca en la casilla 0013.

Si los ingresos se declaran como rendimientos de actividades económicas entonces hay que eliminar el gasto de autónomos de la casilla 0013 y meterlo como gasto en la actividad económica
Una duda:

Hice reforma en casa y tenía intención de desgravar por el tema de la mejora de eficiencia energética.

El problema es que no sabía que solo te puedes desgravar en el ejercicio en el que se pide el nuevo certificado energético, y como lo acabo de pedir, hasta el año que viene nada.

Lo que no me queda claro es si en la declaración del año que viene la podré meter, teniendo en cuenta que el certificado anterior es de 2022, la obra fue en 2023 y el certificado nuevo en 2024.

Salu2
Rhaegar escribió:Una duda:

Hice reforma en casa y tenía intención de desgravar por el tema de la mejora de eficiencia energética.

El problema es que no sabía que solo te puedes desgravar en el ejercicio en el que se pide el nuevo certificado energético, y como lo acabo de pedir, hasta el año que viene nada.

Lo que no me queda claro es si en la declaración del año que viene la podré meter, teniendo en cuenta que el certificado anterior es de 2022, la obra fue en 2023 y el certificado nuevo en 2024.

Salu2


El certificado previo es válido si no pasan más de dos años desde el certificado hasta el inicio de las obras.
El certificado de después es válido si se emite antes de 1/1/2025.

Por lo que no hay problema
Pues yo no llego al límite para hacerla, NO he tenido más de un pagador y no me aparece como "no obligado".
Aparte sumando las nóminas que a fin de cuentas es lo único que puedo declarar, no me coincide con los rendimientos de trabajo que me indica Hacienda. El tema es que, la diferencia en la cifra viene dada porque es como si a Hacienda no le constase o sumase la "diferencia de convenio" aplicada en septiembre en mi trabajo. Además pedí en el trabajo el certificado de retenciones y coincide con Hacienda, sinceramente voy un poco con miedo.
Swm84 escribió:Pues yo no llego al límite para hacerla, NO he tenido más de un pagador y no me aparece como "no obligado".
Aparte sumando las nóminas que a fin de cuentas es lo único que puedo declarar, no me coincide con los rendimientos de trabajo que me indica Hacienda. El tema es que, la diferencia en la cifra viene dada porque es como si a Hacienda no le constase o sumase la "diferencia de convenio" aplicada en septiembre en mi trabajo. Además pedí en el trabajo el certificado de retenciones y coincide con Hacienda, sinceramente voy un poco con miedo.


Tienes deducción por hipoteca o por planes de pensiones?
Si las tienes metidas, elimínalas y te saldrá lo de “no obligado”.

Si no, algo se escapa. ¿Es posible que tengas alguna pérdida patrimonial? Aunque sea de 1 céntimo de cualquier fondo de inversión, con los rendimientos del trabajo te obligará a declarar

Respecto a lo que comentas de coincidir.. estás sumando el bruto de las nóminas? Sin los descuentos? Es raro que no coincida. De todas formas si está mal avisa a la empresa para que modifica la declaración presentada ante la AEAT y se modificarán tus datos fiscales.

El certificado de la empresa sería raro que no coincidiera con los datos fiscales porque los datos fiscales son, simplemente, el conjunto de datos que aquellos que te pagan comunican a la AEAT
martuka_pzm escribió:
Swm84 escribió:Pues yo no llego al límite para hacerla, NO he tenido más de un pagador y no me aparece como "no obligado".
Aparte sumando las nóminas que a fin de cuentas es lo único que puedo declarar, no me coincide con los rendimientos de trabajo que me indica Hacienda. El tema es que, la diferencia en la cifra viene dada porque es como si a Hacienda no le constase o sumase la "diferencia de convenio" aplicada en septiembre en mi trabajo. Además pedí en el trabajo el certificado de retenciones y coincide con Hacienda, sinceramente voy un poco con miedo.


Tienes deducción por hipoteca o por planes de pensiones?
Si las tienes metidas, elimínalas y te saldrá lo de “no obligado”.

Si no, algo se escapa. ¿Es posible que tengas alguna pérdida patrimonial? Aunque sea de 1 céntimo de cualquier fondo de inversión, con los rendimientos del trabajo te obligará a declarar

Respecto a lo que comentas de coincidir.. estás sumando el bruto de las nóminas? Sin los descuentos? Es raro que no coincida. De todas formas si está mal avisa a la empresa para que modifica la declaración presentada ante la AEAT y se modificarán tus datos fiscales.

El certificado de la empresa sería raro que no coincidiera con los datos fiscales porque los datos fiscales son, simplemente, el conjunto de datos que aquellos que te pagan comunican a la AEAT

Que va...ni hipotecas, ni planes de pensiones ni inversiones de ningún tipo. Lo comenté con la empresa y me dijeron que estaba todo correcto :-? Y que la podía presentar tranquilo...
Swm84 escribió:
martuka_pzm escribió:
Swm84 escribió:Pues yo no llego al límite para hacerla, NO he tenido más de un pagador y no me aparece como "no obligado".
Aparte sumando las nóminas que a fin de cuentas es lo único que puedo declarar, no me coincide con los rendimientos de trabajo que me indica Hacienda. El tema es que, la diferencia en la cifra viene dada porque es como si a Hacienda no le constase o sumase la "diferencia de convenio" aplicada en septiembre en mi trabajo. Además pedí en el trabajo el certificado de retenciones y coincide con Hacienda, sinceramente voy un poco con miedo.


Tienes deducción por hipoteca o por planes de pensiones?
Si las tienes metidas, elimínalas y te saldrá lo de “no obligado”.

Si no, algo se escapa. ¿Es posible que tengas alguna pérdida patrimonial? Aunque sea de 1 céntimo de cualquier fondo de inversión, con los rendimientos del trabajo te obligará a declarar

Respecto a lo que comentas de coincidir.. estás sumando el bruto de las nóminas? Sin los descuentos? Es raro que no coincida. De todas formas si está mal avisa a la empresa para que modifica la declaración presentada ante la AEAT y se modificarán tus datos fiscales.

El certificado de la empresa sería raro que no coincidiera con los datos fiscales porque los datos fiscales son, simplemente, el conjunto de datos que aquellos que te pagan comunican a la AEAT

Que va...ni hipotecas, ni planes de pensiones ni inversiones de ningún tipo. Lo comenté con la empresa y me dijeron que estaba todo correcto :-? Y que la podía presentar tranquilo...


Si solo tienes un pagador, no llegas a 22.000 euros y no tienes absolutamente nada más te tendría que salir no obligado.
Si no te sale es que algo más hay por ahí.

Por otro lado, si estás sumando el bruto de todas las nóminas y no te coincide con el certificado que te dio la empresa te tienen que explicar el por qué de esa diferencia
martuka_pzm escribió:
Swm84 escribió:
martuka_pzm escribió:
Tienes deducción por hipoteca o por planes de pensiones?
Si las tienes metidas, elimínalas y te saldrá lo de “no obligado”.

Si no, algo se escapa. ¿Es posible que tengas alguna pérdida patrimonial? Aunque sea de 1 céntimo de cualquier fondo de inversión, con los rendimientos del trabajo te obligará a declarar

Respecto a lo que comentas de coincidir.. estás sumando el bruto de las nóminas? Sin los descuentos? Es raro que no coincida. De todas formas si está mal avisa a la empresa para que modifica la declaración presentada ante la AEAT y se modificarán tus datos fiscales.

El certificado de la empresa sería raro que no coincidiera con los datos fiscales porque los datos fiscales son, simplemente, el conjunto de datos que aquellos que te pagan comunican a la AEAT

Que va...ni hipotecas, ni planes de pensiones ni inversiones de ningún tipo. Lo comenté con la empresa y me dijeron que estaba todo correcto :-? Y que la podía presentar tranquilo...


Si solo tienes un pagador, no llegas a 22.000 euros y no tienes absolutamente nada más te tendría que salir no obligado.
Si no te sale es que algo más hay por ahí.

Por otro lado, si estás sumando el bruto de todas las nóminas y no te coincide con el certificado que te dio la empresa te tienen que explicar el por qué de esa diferencia

Ya pregunté en la empresa y me dijeron que estaban bien sus cálculos, no quisieron decirme nada más.

En cuanto a los supuestos por los que estaría obligado a declarar, no cumplo ninguno. Vamos que tendré que ir a alguna gestoría o algo, siendo que no debería de estar obligado a hacerla, aunque teóricamente me conviene porque me devuelven 70 eurillos...
@Swm84 si te sale a devolver no se si sale el rótulo de no obligado.

De todas formas lo que deberías declarar es la suma de tus nóminas, y no lo que ponga el certificado de empresa si no coincide. Otra cosa es que sepas bien qué tienes que sumar.

Pero vamos que no vayas a pagar 50 euros a un gestor por algo que te hacen gratis por teléfono en la AEAT
Buenos días,

Una duda, en marzo de 2024 (es decir, este año) vendí mi vivienda habitual para comprarme otra, aunque la compra de la otra no la formalizaré hasta julio.

¿Tengo que ponerlo en la declaración de la renta? ¿O eso lo tengo que poner en la declaración de la renta del año que viene?

Un saludo.
xexio escribió:Buenos días,

Una duda, en marzo de 2024 (es decir, este año) vendí mi vivienda habitual para comprarme otra, aunque la compra de la otra no la formalizaré hasta julio.

¿Tengo que ponerlo en la declaración de la renta? ¿O eso lo tengo que poner en la declaración de la renta del año que viene?

Un saludo.


El año que viene. Está renta es la del 2023 y tus operaciones son en 2024
martuka_pzm escribió:
xexio escribió:Buenos días,

Una duda, en marzo de 2024 (es decir, este año) vendí mi vivienda habitual para comprarme otra, aunque la compra de la otra no la formalizaré hasta julio.

¿Tengo que ponerlo en la declaración de la renta? ¿O eso lo tengo que poner en la declaración de la renta del año que viene?

Un saludo.


El año que viene. Está renta es la del 2023 y tus operaciones son en 2024


Muchas gracias
martuka_pzm escribió:
omega_rugal escribió:Gracias, lo primero.
Está pendiente de que la concedan la subvención: se hizo todo con un gestor y en principio no debería haber problema, pero nunca se sabe...


En ese caso podrías hacerlo al revés. No tenerla en cuenta porque no la han concedido y si la conceden posteriormente modificar la declaración. Juraría, aunque no lo he mirado, que la diferencia iría sin intereses ni sanción porque es una modificación que no ha dependido de ti.
Si cumplís los requisitos para la atención por la AEAT podéis pedir una cita o bien telefónica o bien presencial para que os la hagan y os dirán cómo hacerlo porque no seréis el único caso.
Al no haber comenzado la campaña aún no he encontrado ningún caso ni me he puesto con el curso previo donde probablemente lo comenten. Si lo recuerdo más adelante, cuando lo vea, te digo


Hola, quería preguntarte si ya conoces la respuesta.
Aparte, tengo la documentación que solicitan para esta desgravación (factura de las ventanas y certificado de antes/después). Tengo que incluirlos en la declaración? (creo que había una opción de subir documentación) O lo habitual es presentar la declaración sin adjuntar la documentación y ya luego, si revisan tu declaración, es cuando toca presentar esta documentación.
Gracias y un saludo,
omega_rugal escribió:
martuka_pzm escribió:
omega_rugal escribió:Gracias, lo primero.
Está pendiente de que la concedan la subvención: se hizo todo con un gestor y en principio no debería haber problema, pero nunca se sabe...


En ese caso podrías hacerlo al revés. No tenerla en cuenta porque no la han concedido y si la conceden posteriormente modificar la declaración. Juraría, aunque no lo he mirado, que la diferencia iría sin intereses ni sanción porque es una modificación que no ha dependido de ti.
Si cumplís los requisitos para la atención por la AEAT podéis pedir una cita o bien telefónica o bien presencial para que os la hagan y os dirán cómo hacerlo porque no seréis el único caso.
Al no haber comenzado la campaña aún no he encontrado ningún caso ni me he puesto con el curso previo donde probablemente lo comenten. Si lo recuerdo más adelante, cuando lo vea, te digo


Hola, quería preguntarte si ya conoces la respuesta.
Aparte, tengo la documentación que solicitan para esta desgravación (factura de las ventanas y certificado de antes/después). Tengo que incluirlos en la declaración? (creo que había una opción de subir documentación) O lo habitual es presentar la declaración sin adjuntar la documentación y ya luego, si revisan tu declaración, es cuando toca presentar esta documentación.
Gracias y un saludo,


Confirmado que si no te la han concedido tienes que hacer como si no la tuvieras y si después te la dan, rectificar la declaración.
Respecto a la documentación, no tienes que adjuntar nada. Únicamente si se te solicita
Muchas gracias!
Entiendo que si en el futuro me conceden la subvención, se trata de hacer una declaración complementaria (tanto si está dentro del plazo de declaración de la renta 2023 como si ya ha pasado un tiempo), no? Esta complementaria se puede hacer en cualquier momento entonces, verdad?
Igualmente, es un piso al 50% con mi mujer: tenemos que desgravarnos cada uno el 50% de la cantidad correspondiente (mi mujer, antes de incluir la posible desgravación, no está obligada a presentar la declaración) o yo (la factura está a mi nombre) el 100%???
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Androm3da escribió:
Androm3da escribió:
fernanwall escribió:Hice la declaración el primer dia (3) y a fecha de hoy aún no me han devuelto ni a mi ni a mi mujer. En otros años a los pocos dias ya habian ingresado, es normal?? Alguien en la misma situación??


Yo la presenté el día 2 y sigo esperando.

Por poder te pueden pagar en Diciembre, así que...

Un saludo.


A este paso voy para 1 mes. Extraño pues desde hace varios años atrás, siempre que lo presento el día previo cuando se abre, habían tardado unos días escasos aunque modificase el borrador para incluir la deducción del piso.

Habrá más jaleo del normal este año, ni idea. Pero a nada de irme ya al mes. Estaba mal acostumbrado a la rapidez, que ahora se me hace eterno que "tarden tanto".

Un saludo.


Pues nada, hoy hace 1 mes que la presenté. Zzzz

Un saludo.
omega_rugal escribió:Muchas gracias!
Entiendo que si en el futuro me conceden la subvención, se trata de hacer una declaración complementaria (tanto si está dentro del plazo de declaración de la renta 2023 como si ya ha pasado un tiempo), no? Esta complementaria se puede hacer en cualquier momento entonces, verdad?
Igualmente, es un piso al 50% con mi mujer: tenemos que desgravarnos cada uno el 50% de la cantidad correspondiente (mi mujer, antes de incluir la posible desgravación, no está obligada a presentar la declaración) o yo (la factura está a mi nombre) el 100%???



Vale, revisando en realidad no tienes que rectificar la declaración del 2023.
Literalmente me pone que si con posterioridad se concede una subvención; “se deberá regularizar la situación tributaria añadiendo a la cuota líquida estatal de la declaración correspondiente al ejercicio en que se haya concedido la subvención el importe de la deducción indebidamente practicada”.
Así que no tendrás que modificar la de este año sino regularizar en que te concedan la subvención.

Da igual a nombre de quien esté la factura. Si la vivienda es propiedad al 50% de cada uno, os aplicáis el 50% cada uno.
Esto qué es?? Figura como importe enajenado. Me están tangando?? :Ð

Imagen

EDITO:

He buscado el hilo de invertir pero está cerrado así que aprovecho el hilo porque tiene que ver... Cómo afecta rescatar dinero en fondos de renta variable?? Ese dinero puede llevar ahí 50 años y a raíz de lo que he puesto me ha dado por mirar... Supuestamente declaras el beneficio o cómo carajo va??
Torres escribió:Esto qué es?? Figura como importe enajenado. Me están tangando?? :Ð

Imagen

EDITO:

He buscado el hilo de invertir pero está cerrado así que aprovecho el hilo porque tiene que ver... Cómo afecta rescatar dinero en fondos de renta variable?? Ese dinero puede llevar ahí 50 años y a raíz de lo que he puesto me ha dado por mirar... Supuestamente declaras el beneficio o cómo carajo va??


Pues es lo que pone ahí. Una transmisión de un fondo de inversión. Lo has vendido (enajenado) por 1000 y pico euros.

Tendrás una ganancia o pérdida patrimonial sí. Dependiendo del tiempo que lleve en el patrimonio hay unos coeficientes de abatimiento, que no se si en territorio foral están en vigor
hay algún apartado en la web de hacienda, que uno pueda ver si tienen tu devolución retenida porque debes algo-
hice la devolución hace un mes y todavía nada.
MoRaLIN escribió:hay algún apartado en la web de hacienda, que uno pueda ver si tienen tu devolución retenida porque debes algo-
hice la devolución hace un mes y todavía nada.

Puedes consultar el proceso de tu declaración en todo momento, dicen que es bastante cómodo con la app.
Edit. Ya encontré la respuesta a mi duda por otros medios.
normalmente me la ingresaban a los 3 o 4 días. Y ya va casi para un mes. ¿Alguien más?


declaración simple, la que sale en el borrador sin nada raro.
Androm3da está baneado por "clon de usuario baneado"
aven96 escribió:normalmente me la ingresaban a los 3 o 4 días. Y ya va casi para un mes. ¿Alguien más?


declaración simple, la que sale en el borrador sin nada raro.


Lo mismo. Otros años súper rápido. Este año presentada el 2 y sigo esperando...

Un saludo.
Manint escribió:
MoRaLIN escribió:hay algún apartado en la web de hacienda, que uno pueda ver si tienen tu devolución retenida porque debes algo-
hice la devolución hace un mes y todavía nada.

Puedes consultar el proceso de tu declaración en todo momento, dicen que es bastante cómodo con la app.

gracias, me voy a bajar la app :)
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Presenté la declaración el día 2 de Abril por la tarde y ya vamos a hacer 2 meses y sin noticias. ¿Es posible pedir cita presencial para ir a preguntar qué leches sucede? Porque no es ni medio normal, siempre el mismo estado, no cambia.
SamuraiFury escribió:Presenté la declaración el día 2 por la tarde y ya vamos a hacer 2 meses y sin noticias. ¿Es posible pedir cita presencial para ir a preguntar qué leches sucede? Porque no es ni medio normal, siempre el mismo estado, no cambia.


Este año están tardando bastante en devolver muchísimas declaraciones, puedes pedir cita pero te dirán que hasta el 31 de diciembre tienen de plazo para devolver.

Un saludo
SamuraiFury escribió:Presenté la declaración el día 2 por la tarde y ya vamos a hacer 2 meses y sin noticias. ¿Es posible pedir cita presencial para ir a preguntar qué leches sucede? Porque no es ni medio normal, siempre el mismo estado, no cambia.


yo hace años que me meten sopapo y aún la tengo sin presentar jajajaja.., pero hace años alguna vez que me tocó que me devolvieran lo hacina prácticamente al momento no?? Me acuerdo un año que trabajé en seguros y me retuvieron más de la cuenta me devolvieron casi 4.000 euros y fue en literalmente dos días
Yo también estoy esperando, otros años en menos de un mes ya lo tenía ingresado y este año no se mueve el estado, me pone en la app que la declaración se está tramitando y así sigue desde el día 3
Otro igual por aquí.
Siempre me han devuelto al poco tiempo, pero este año parece que se están moviendo poco.
Habrá tan poco dinero que tendréis que esperar a los que tendremos que pagar y no nos apetece presentarla hasta el último día [jaja]
Torres escribió:Habrá tan poco dinero que tendréis que esperar a los que tendremos que pagar y no nos apetece presentarla hasta el último día [jaja]

Afloja MI pasta cawento
BennBeckman escribió:
Torres escribió:Habrá tan poco dinero que tendréis que esperar a los que tendremos que pagar y no nos apetece presentarla hasta el último día [jaja]

Afloja MI pasta cawento


Tendrás que esperar [sonrisa]
Torres escribió:Habrá tan poco dinero que tendréis que esperar a los que tendremos que pagar y no nos apetece presentarla hasta el último día [jaja]


Da igual el día que presentes la declaración. Si domicilias el pago te cobran el último día de la renta (este año fuera de régimen foral es el 1 de julio).
Lo único que se consigue esperando al último día es que ya no se pueda domiciliar y tengas que ir al banco, que todos los años oigo los lloros de los que pensaban que si la presentaban en mayo les cobraban en mayo…

Respecto a los que están tardando, es un poco raro.
La gente a mi alrededor está cobrando rápido cuando se mantienen las circunstancias por las que cobraban rápido.

Me explico. Si se confirma el borrador o simplemente se mete la cuota sindical, la deducción de alquiler (igual que la del año anterior), etc la devolución se hace rápido.
Si resulta que había un error en no sé qué dato fiscal, no nos salía la deducción por maternidad, hemos metido una deducción por coche eléctrico, eficiencia energética o somos autónomos, pues a veces tarda más. Sobre todo en el último caso cuando no se está en módulos.

@SamuraiFury puedes ir a preguntar pero no te van a decir nada en la oficina porque nadie está mirando tu renta.
Si cumples los requisitos para la atención puedes probar con una cita telefónica para la campaña de la renta. Si la persona que te atiende es maja (y funcionario) te podrá decir si todo está ok.
Yo todos los años me encuentro alguno que coge cita después de haberla presentado porque “tardan” y veo que se ha metido a los niños con la clave que no toca (cuando hay pareja de hecho o custodia compartida), se ha puesto a cargo al padre cuando no tiene derecho o alguna cosa así.
Se le arregla y ya le sale la devolución a la que pudiera tener derecho.

No tiene por qué ser tu caso eh, pero si te quedas más tranquilo..
Otro más que está esperando el pago. Hasta ahora, más o menos tardaban 1 semana, pero este año, pues toca esperar.

Mi renta es como todos los años, grabar el borrador después de incluir los seguros de vida y hogar en la deducción de vivienda. El resto, está todo en el borrador
SamuraiFury está baneado por "clon de usuario baneado"
@martuka_pzm Vale gracias. Pero una duda. Cuando cualquier persona presenta la declaración coge digamos un "número de turno" virtual? Es decir, si Paco presenta la declaración el día 2 a las 15:00 y yo el día 2 a las 15:30 (misma oficina asignada ambos), ¿irá Paco antes que yo en el orden?

Es que no sé si el orden en que se ponen con la declaración de cada uno va en base a la fecha / hora en que la presentas o si es totalmente random y alguien que la haya presentado 1 mes después puede ser atendido antes (hablando siempre de la misma oficina asignada por ser vecinos, por ejemplo).
Buenas tardes.
A ver si me podéis resolver la duda:
Mi pareja fue a la asesoría a que le hicieran la renta (fuimos padres el pasado Junio). Le pidieron mis datos para ver cómo salía más favorable. El tema es que le dijeron que respecto al bebé, lo mejor era al 50% cada uno (declaración individual, no somos matrimonio). Pero, como pongo yo ese 50% en la mía? Nació a finales de Junio.
En el apartado correspondiente yo pongo los datos de la madre, que el bebé nació en junio y me devuelven como 700-800€..pero no sé si ese sería el 100% o que y tampoco es plan de que luego me multen. Si no, la semana que viene iré a la asesoría también, pero por si alguno me resolvía la duda y eso que me ahorraba.
MrKafka escribió:Buenas tardes.
A ver si me podéis resolver la duda:
Mi pareja fue a la asesoría a que le hicieran la renta (fuimos padres el pasado Junio). Le pidieron mis datos para ver cómo salía más favorable. El tema es que le dijeron que respecto al bebé, lo mejor era al 50% cada uno (declaración individual, no somos matrimonio). Pero, como pongo yo ese 50% en la mía? Nació a finales de Junio.
En el apartado correspondiente yo pongo los datos de la madre, que el bebé nació en junio y me devuelven como 700-800€..pero no sé si ese sería el 100% o que y tampoco es plan de que luego me multen. Si no, la semana que viene iré a la asesoría también, pero por si alguno me resolvía la duda y eso que me ahorraba.


Hola, no podéis desgrabaros el 100% del hijo tenéis que hacerlo al 50% cada uno como te han comentado en la asesoría, si os ponéis el 100% los dos os pueden requerir y multar después.

Respecto a la declaración conjunta solo se puede hacer si estáis casados, no os compliques la vida y pedid cita para hacerla los dos de manera presencial e individual.

Un saludo.
danko2002 escribió:
MrKafka escribió:Buenas tardes.
A ver si me podéis resolver la duda:
Mi pareja fue a la asesoría a que le hicieran la renta (fuimos padres el pasado Junio). Le pidieron mis datos para ver cómo salía más favorable. El tema es que le dijeron que respecto al bebé, lo mejor era al 50% cada uno (declaración individual, no somos matrimonio). Pero, como pongo yo ese 50% en la mía? Nació a finales de Junio.
En el apartado correspondiente yo pongo los datos de la madre, que el bebé nació en junio y me devuelven como 700-800€..pero no sé si ese sería el 100% o que y tampoco es plan de que luego me multen. Si no, la semana que viene iré a la asesoría también, pero por si alguno me resolvía la duda y eso que me ahorraba.


Hola, no podéis desgrabaros el 100% del hijo tenéis que hacerlo al 50% cada uno como te han comentado en la asesoría, si os ponéis el 100% los dos os pueden requerir y multar después.

Respecto a la declaración conjunta solo se puede hacer si estáis casados, no os compliques la vida y pedid cita para hacerla los dos de manera presencial e individual.

Un saludo.


Ya, eso lo entiendo, pero como se pone al 50% cada uno? Porque si no me equivoco, en descendencia pones los datos del bebé, el mes d nacimiento y los datos del otro cónyuge, pero no veo ninguna casilla más para poner el 50%.
Muchas gracias de antemano.
@MrKafka discúlpame según he estado investigando al no estar casados solo uno de los dos podrá incluir el hijo al 100% en la declaración individual.

Si lo presentas tú al 100% tu pareja tendrá que omitirlo este año, yo tú pedía cita presencial para hacerla y te curas en salud.

https://www.bolsamania.com/declaracion- ... s-declaro/

Un saludo
danko2002 escribió:@MrKafka discúlpame según he estado investigando al no estar casados solo uno de los dos podrá incluir el hijo al 100% en la declaración individual.

Si lo presentas tú al 100% tu pareja tendrá que omitirlo este año, yo tú pedía cita presencial para hacerla y te curas en salud.

https://www.bolsamania.com/declaracion- ... s-declaro/

Un saludo


Así era hasta el año pasado. Ya cambió el año pasado para esta renta. De todas formas haré lo q dices, era por “ahorrarme” esos 40€ XD
SamuraiFury escribió:@martuka_pzm Vale gracias. Pero una duda. Cuando cualquier persona presenta la declaración coge digamos un "número de turno" virtual? Es decir, si Paco presenta la declaración el día 2 a las 15:00 y yo el día 2 a las 15:30 (misma oficina asignada ambos), ¿irá Paco antes que yo en el orden?

Es que no sé si el orden en que se ponen con la declaración de cada uno va en base a la fecha / hora en que la presentas o si es totalmente random y alguien que la haya presentado 1 mes después puede ser atendido antes (hablando siempre de la misma oficina asignada por ser vecinos, por ejemplo).


Si hay que revisar algo se hará en función de lo que sea que se revisa.
Si no hay que revisar nada da igual el orden de presentación.

Vamos que si se va a quedar parada porque la tiene que revisar alguien lo mismo va a dar presentarla el primer día que el último.

@MrKafka Si estáis casados en vuestra hija tienes que poner clave de vinculación A (y automáticamente el programa pone 50% a cada uno).

Si vivís juntos pero no estáis casados tienes que poner clave de vinculación D y en “otras situaciones” (otra pestaña al lado) la clave 3.

Si pones la D pero no pones el 3, la declaración conjunta con tu hija te saldrá mejor que la individual. Ojo ESTA MAL (siempre que conviváis los tres). Todos los años hay un montón mal por ese motivo.

@danko2002 No es así. Una cosa es incluir a los hijos, que han de incluirlos los dos (al 50%) si ambos tienen la guardia y custodia y otra cosa es hacer la declaración conjunta con los hijos. La declaración conjunta solo puede hacerla uno PERO si viven juntos los tres da exactamente igual. El resultado tiene que ser el mismo en individual que en conjunta con los hijos cuando los dos padres viven juntos. Si sale distinto es porque no se ha puesto la clave 3 en “otras situaciones” y se está declarando como que se tiene custodia compartida pero cada uno vive en su casa.

Me explico:
Pareja 1. Lo han dejado. Cada uno vive en su casa y tienen custodia compartida del hijo.
En ese caso hay que poner vinculación D y nada más.
El hijo computa al 50% para cada uno y además uno de ellos (solo uno) podrá presentar declaración conjunta con el hijo siendo mucho más favorable para el.

Pareja 2. No están casados pero tienen un hijo y viven juntos.
En ese caso hay que poner vinculación D Y ADEMÁS en otras situaciones la clave 3.
El hijo computa al 50% para cada uno y además uno de ellos (solo uno) podrá presentar declaración conjunta con el hijo siendo EXACTAMENTE IGUAL el resultado que en la declaración individual.

Esto es así, porque cuando se presenta declaración conjunta se aplican unas reducciones pero no aplican cuando la conjunta sea con hijos y los dos progenitores convivan.
@martuka_pzm que valla a hacerla presencial y se ahorra los 40€
danko2002 escribió:@martuka_pzm que valla a hacerla presencial y se ahorra los 40€


O Telefonica. Para meter bien la vinculación de un hijo mucho más rápido.
En 3 minutos lo hacemos y a otra cosa
@martuka_pzm cierto, cierto.

Yo tengo unos cuantos amigos que le cobran 30€ todos los años por hacercela en un gestoría, todos los años tienen las mismas condiciones y se quedan más tranquilos si se las hace un gestor que lo único que hace es coger sus datos y presentarla online en su nombre.

Uno en especial me llama la atención ya que por sus condiciones le retienen 0 de IRPF, cosa que le digo que debería modificar en la empresa, y paga el tío los 30€ por qué le hagan la declaración online en su nombre, me duele la boca de decirle que la haga él pero no se queda tranquilo.

En fin cada uno que haga con su dinero loque quiera, pero que te la haga un gestor no te exime de que se equivoque y pegues tu el error, lo digo por experiencia propia, yo hace muchos años tenía un gestor que no me presentó un papel a tiempo y los 500€ de multa lo pagué yo, aprendí la lección magistralmente.
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