Declaración de la Renta (siempre leed el primer mensaje)

@Manint entonces si no hay otra forma me tocará pedirle la parte de IRPF de ese alquiler. Muchas gracias!

Un saludo.
Pues usado el simulador metiendo los datos del certificado de retenciones que ya tengo del ejercicio 2024... me vuelven a salir otros 1300€ a devolverme... así que me tocará hablar con HHRR para que me ajusten el irpf... porque lo normal siempre, al no tener nada que pueda desgravarme... es que me solían devolver unos 150€... pero dos años seguidos 1300€... es que no ajustan bien el irpf con las subidas... es más que nada por un tema de lógica... esos 1300€ son 1300€ que no están en mis bolsillos durante todo 2024... y si hacen como el año pasado que me pagaron en diciembre casi... son casi 2 años sin ese dinero... +- los primeros 100€ 24 meses... y los últimos 100€ 12 meses... seguro que alguien no lo movería y se lo tomaría como una "paga extra" entre abril y diciembre... con fecha sorpresa :D pero yo prefiero que ya que es mi dinero, esté en mi cuenta cuanto antes :-|
Hola buenas compañeros :) .

Una pregunta porque ando perdido y en Google no encuentro nada al respecto.

Mi novia con un hijo suyo y otro mio ( en común) gana 500€ al mes y al año 6 mil euros... está obligada a hacer la declaración de la renta en NAVARRA?.

Si no la hace pierde algo? , sanción? o gana algún beneficio NO haciendola o Sí haciendola?.

Yo la hago todos los años ( 1.760 mes ) 21.120€ anuales con hijo incluido siempre pago 600-700€.


Bueno, es un comentario lo mío....la cuestión en sí es ....mi novia está obligada a hacer la declaración de la renta en NAVARRA?.

Saludos y muchas gracias a los entendidos :) .
pedrotreviño escribió:Hola buenas compañeros :) .

Una pregunta porque ando perdido y en Google no encuentro nada al respecto.

Mi novia con un hijo suyo y otro mio ( en común) gana 500€ al mes y al año 6 mil euros... está obligada a hacer la declaración de la renta en NAVARRA?.

Si no la hace pierde algo? , sanción? o gana algún beneficio NO haciendola o Sí haciendola?.

Yo la hago todos los años ( 1.760 mes ) 21.120€ anuales con hijo incluido siempre pago 600-700€.


Bueno, es un comentario lo mío....la cuestión en sí es ....mi novia está obligada a hacer la declaración de la renta en NAVARRA?.

Saludos y muchas gracias a los entendidos :) .

por ingresos y sin tener en cuenta como los ha conseguido, no, ni ella ni tu si esos 21k son brutos.
Y diria que los requisitos son a nivel nacional, no por regiones.
Para mas info aqui
O aqui
Buenas, hice reforma integral en casa y mejoré bastante la eficiencia energética. Tengo certificados anterior y posterior, factura, etc.

¿Alguien me sabe decir cuál de las deducciones me corresponde?

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/deducciones-obras-mejora-eficiencia-energetica-viviendas.html

Salu2
Rhaegar escribió:Buenas, hice reforma integral en casa y mejoré bastante la eficiencia energética. Tengo certificados anterior y posterior, factura, etc.

¿Alguien me sabe decir cuál de las deducciones me corresponde?

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/deducciones-obras-mejora-eficiencia-energetica-viviendas.html

Salu2


¿Quién la hizo? Porque me quiere sonar que solo valen las empresas/autónomos acreditados.
Manint escribió:
Rhaegar escribió:Buenas, hice reforma integral en casa y mejoré bastante la eficiencia energética. Tengo certificados anterior y posterior, factura, etc.

¿Alguien me sabe decir cuál de las deducciones me corresponde?

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/deducciones-obras-mejora-eficiencia-energetica-viviendas.html

Salu2


¿Quién la hizo? Porque me quiere sonar que solo valen las empresas/autónomos acreditados.

Una empresa de reformas. Con contrato, declaración de vivienda habitual para IVA reducido, presupuestos, factura... Creo que todo en orden por ese lado, vaya.

Salu2
@Rhaegar Conste que mi respuesta es en base a búsquedas, ya que no he tenido que tramitar este tema en concreto.

https://taxscouts.es/renta/deducciones/ ... nergetica/
Escapology escribió:. Era por si había algo que se pudiese haber para que solo declarará ese alquiler la persona que lo tiene alquilado y no el resto de propietarios.


Buenas. Se puede arreglar con un contrato de cesión para subarriendo. Si había un acuerdo previo con el propietario causante, nada me hace pensar que no quiera extender la prebenda con los herederos.
Horacio Pinchadiscos escribió:
Escapology escribió:. Era por si había algo que se pudiese haber para que solo declarará ese alquiler la persona que lo tiene alquilado y no el resto de propietarios.


Buenas. Se puede arreglar con un contrato de cesión para subarriendo. Si había un acuerdo previo con el propietario causante, nada me hace pensar que no quiera extender la prebenda con los herederos.


Gracias! Lo consultaré.
Hola! A ver si alguien me puede resolver esta duda. Antes de nada, soy super ignorante en esto de hacer la Renta, me quitas de ir al borrador y poco más.

Hace un año que vivo de alquiler pero se me olvidó empadronarme donde estoy actualmente. Esto para hacer la Renta tendría alguna ventaja? porque si es así ya estoy pidiendo cita (bueno, realmente tengo que hacerlo sí o sí porque es lo que hay que hacer) pero es por ir adelantado cosillas.
twilight I escribió:Hola! A ver si alguien me puede resolver esta duda. Antes de nada, soy super ignorante en esto de hacer la Renta, me quitas de ir al borrador y poco más.

Hace un año que vivo de alquiler pero se me olvidó empadronarme donde estoy actualmente. Esto para hacer la Renta tendría alguna ventaja? porque si es así ya estoy pidiendo cita (bueno, realmente tengo que hacerlo sí o sí porque es lo que hay que hacer) pero es por ir adelantado cosillas.


Si hay exenciones al alquiler en tu Comunidad, para aplicarlas, deberás ratificar tu domicilio fiscal en tu vivienda alquilada y deberás tener un contrato de alquiler que abarcase todo o parte de 2024.

El empadronamiento nunca es la prueba principal para Hacienda, es decir, normalmente puedes solicitar derechos aún sin empadronamiento. Que por cierto, si te empadronas ahora, valdrá en todo caso para el año que viene.
Manint escribió:
twilight I escribió:Hola! A ver si alguien me puede resolver esta duda. Antes de nada, soy super ignorante en esto de hacer la Renta, me quitas de ir al borrador y poco más.

Hace un año que vivo de alquiler pero se me olvidó empadronarme donde estoy actualmente. Esto para hacer la Renta tendría alguna ventaja? porque si es así ya estoy pidiendo cita (bueno, realmente tengo que hacerlo sí o sí porque es lo que hay que hacer) pero es por ir adelantado cosillas.


Si hay exenciones al alquiler en tu Comunidad, para aplicarlas, deberás ratificar tu domicilio fiscal en tu vivienda alquilada y deberás tener un contrato de alquiler que abarcase todo o parte de 2024.

El empadronamiento nunca es la prueba principal para Hacienda, es decir, normalmente puedes solicitar derechos aún sin empadronamiento. Que por cierto, si te empadronas ahora, valdrá en todo caso para el año que viene.

Muchísimas gracias!!!
Mi familia vende un inmueble del que soy una parte propietario y tendré que hacer declaración de la Renta, pero vivo y trabajo en el extranjero más de 10 años…

¿Hay algo así como una Declaración de la Renta especial para estos casos como el mío? Yo llevo sin tributar en España desde 2013…
Vdevendettas escribió:Mi familia vende un inmueble del que soy una parte propietario y tendré que hacer declaración de la Renta, pero vivo y trabajo en el extranjero más de 10 años…

¿Hay algo así como una Declaración de la Renta especial para estos casos como el mío? Yo llevo sin tributar en España desde 2013…


Si eres no residente asegúrate de que conste en la escritura de venta y que te apliquen el 3% de retención que exige el artículo 14 del reglamento del IRNR a través de un modelo 211 que deben presentar los compradores y pídeles copia porque cuando liquides la ganancia o pérdida patrimonial tienes que hacer constar el número de justificante de la presentación.

Me pasa mucho que me vienen no residentes a liquidar la ganancia de la venta de sus inmuebles en España que se han olvidado de pedirle a los compradores el modelo 211 y luego no los pueden localizar por lo que se les discute que puedan incluir la retención con lo que les toca pagar más o que les devuelvan de menos.
Horacio Pinchadiscos escribió:
Vdevendettas escribió:Mi familia vende un inmueble del que soy una parte propietario y tendré que hacer declaración de la Renta, pero vivo y trabajo en el extranjero más de 10 años…

¿Hay algo así como una Declaración de la Renta especial para estos casos como el mío? Yo llevo sin tributar en España desde 2013…


Si eres no residente asegúrate de que conste en la escritura de venta y que te apliquen el 3% de retención que exige el artículo 14 del reglamento del IRNR a través de un modelo 211 que deben presentar los compradores y pídeles copia porque cuando liquides la ganancia o pérdida patrimonial tienes que hacer constar el número de justificante de la presentación.

Me pasa mucho que me vienen no residentes a liquidar la ganancia de la venta de sus inmuebles en España que se han olvidado de pedirle a los compradores el modelo 211 y luego no los pueden localizar por lo que se les discute que puedan incluir la retención con lo que les toca pagar más o que les devuelvan de menos.


Gracias, lo haré.

@Manint Gracias también :)
Ya me ha dejado ver el borrador de la renta.

Me sale 634€ a devolver, la duda es.. en cuota estatal y autonómica no debería de salir algo? Está a 0
QueTeCuro escribió:Ya me ha dejado ver el borrador de la renta.

Me sale 634€ a devolver, la duda es.. en cuota estatal y autonómica no debería de salir algo? Está a 0


Entiendo que te devuelven todo el IRPF abonado en 2024. Cobras por debajo del límite.
Acabo de verla. Me devuelven 1428. Cada año me devuelven un poco más, con lo cual no sé si alegrarme o llorar. Elegiré llorar...
@Manint @Horacio Pinchadiscos el notario ha dicho que es un lío para el comprador y no sé qué y que va a hacer la vista gorda con lo del 3% y me va a considerar como nacional residente… ¿me perjudicará o simplemente cuando haga la declaración todo bien?
Tengo una casa en nuda propiedad del año pasado y al abrir el borrador es lo primero que me ha salido.

Cuando voy a marcar mi situacion, me sale propietario, arrendador, usufructario u otros.

Entiendo que debo marcar otros no?
Yo ya he podido confirmar el borrador, asique a la espera de la devolución. Un saludo.
A mí aún no me sale el enlace de borrador web. ¿Tenéis el enlace concreto?
Gracias, y a por esas devoluciones!

P.D. En la app ;)
Podéis poner el link?
Que raro ahora no me sale para ver el borrador de la renta, os pasa igual?
Vdevendettas escribió:@Manint @Horacio Pinchadiscos el notario ha dicho que es un lío para el comprador y no sé qué y que va a hacer la vista gorda con lo del 3% y me va a considerar como nacional residente… ¿me perjudicará o simplemente cuando haga la declaración todo bien?


Si el notario te considera nacional, en caso de que la Administración te pida la escritura te pueden proponer liquidar la ganancia en el IRPF con lo cual, la AEAT te puede pedir explicaciones por las rentas que obtengas en tu país de residencia al considerarlas sujetas a tributación en España. Lo podrías discutir con un certificado de residencia fiscal de tu país donde residas ahora pero sigue siendo una incomodidad innecesaria por, a mí entender, un capricho del notario. Si los compradores ya tienen que liquidar el impuesto autonómico de adquisición del inmueble ¿Que problema hay en liquidar la retención de no residentes? No les supone pagar más, simplemente lo que no te paguen a ti lo ingresan en la AEAT. Eso sí, tendrían que pagar por el trámite y puede que el notario no se lo haya presupuestado y no quiera trabajar si no lo va a cobrar.
Presentada ya.
Llevan ya 2 años seguidos reteniendome bien, raro con lo incompetentes que son los de rrhh de mi empresa.

5€ a pagar, y pagados ya.
QueTeCuro escribió:Que raro ahora no me sale para ver el borrador de la renta, os pasa igual?



Yo no lo veo por ningun lado. Me aparece lo de "comienzo de campaña: 2 de abril"
Yo los dos últimos años he palmado muchísimo en la declaración. Pero en plan hace dos años tuve que pagar 4000 euros y el anterior 1000. Este año estaba ACOJONADO, pero la acabo de hacer esta vez me devuelven 600€. Casi me hago pis del gusto cuando lo he leído.

@eR_XaVi tienes que poner propietario, que es lo que eres (aunque no lo estés disfrutando).
una pregunta estupida, las ganancias por juego online que se cobran por paypal y similares en vez de el banco en que casilla se ponen? ( ya que la 288 que me pone la cifra en el resumen no me deja tocarla ya que dice que es la suma de otras) y ya solo falta que me den por saco por poner la cifra en el cuadrito que no toca
Golondrino escribió:Yo los dos últimos años he palmado muchísimo en la declaración. Pero en plan hace dos años tuve que pagar 4000 euros y el anterior 1000. Este año estaba ACOJONADO, pero la acabo de hacer esta vez me devuelven 600€. Casi me hago pis del gusto cuando lo he leído.

@eR_XaVi tienes que poner propietario, que es lo que eres (aunque no lo estés disfrutando).

Muchas gracias, pues ya despues la continuo que por eso ayer no la termine.
Declaración presentada ayer tarde y hoy ya confirmada y tramitada. Nunca había sido tan rápido [boing]
1.398 euretes que se vuelven a casita.

Me lo veía venir, tengo que bajar la retención.
yo hice borrador anoche y me toca soltar 1300 euros,no lo entiendo.
en 2024 encontré curro en marzo y aun sigo en la misma empresa ,y también estuve en paro y una ETT una semana y me toca 1300.
y en el 2023 estuve más meses en paro y en ETT y pagué solo 600 euros.
pensaba que iba a pagar menos que el año pasado.
juan66bcn escribió:yo hice borrador anoche y me toca soltar 1300 euros,no lo entiendo.
en 2024 encontré curro en marzo y aun sigo en la misma empresa ,y también estuve en paro y una ETT una semana y me toca 1300.
y en el 2023 estuve más meses en paro y en ETT y pagué solo 600 euros.
pensaba que iba a pagar menos que el año pasado.


Siempre que sale a pagar es que no te han retenido acorde a tus ingresos.
juan66bcn escribió:yo hice borrador anoche y me toca soltar 1300 euros,no lo entiendo.
en 2024 encontré curro en marzo y aun sigo en la misma empresa ,y también estuve en paro y una ETT una semana y me toca 1300.
y en el 2023 estuve más meses en paro y en ETT y pagué solo 600 euros.
pensaba que iba a pagar menos que el año pasado.


Añado a lo que ha dicho Manint, teniendo en cuenta que te cambiaste en Marzo, la empresa de Marzo habra supuesto que desde esa fecha, es la unica empresa para la que has trabajado, con lo cual te habran retenido de menos.
Yo cobré a final de año unos dinerillos del fogasa (4.7k). Mi antigua empresa se aprovecha de mi, me roba, no recuperé toda la pasta que debería, y por un fallo de una jueza substituta tardo 4 años en ver algo, se reduce la cantidad, y paga fogasa en vez de la empresa. Ahora viene hacienda y remata pidiéndome 1580€ cawento
lae empresa actual me quitaba un 12% y ahora este año un 14,75% ,cobro 100 euros menos que el año pasado
¿El garaje y el trastero se marcan como vivienda habitual o como a disposición de los titulares? Son referencias catastrales distintas, vienen en el borrador como diferentes inmuebles, pero está todo en el mismo edificio que el piso que es mi vivienda habitual y se adquirió todo en el mismo acto. Además, no los arriendo, los uso yo como mi propio garaje y mi propio trastero.
(mensaje borrado)
Tito_Mel escribió:¿El garaje y el trastero se marcan como vivienda habitual o como a disposición de los titulares? Son referencias catastrales distintas, vienen en el borrador como diferentes inmuebles, pero está todo en el mismo edificio que el piso que es mi vivienda habitual y se adquirió todo en el mismo acto. Además, no los arriendo, los uso yo como mi propio garaje y mi propio trastero.


Así lo ponemos en la declaración de mis padres. Misma situación que describes, son bienes independientes que van en la misma escritura.
elyoda escribió:Declaración presentada ayer tarde y hoy ya confirmada y tramitada. Nunca había sido tan rápido [boing]


Yo igual. Presentada ayer a las 14h56m y acabo de mirar ahora por curiosidad y me sale:

Estado de Tramitación

Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. El pago de su devolución se realizará en 4 días hábiles.

Así que perfecto. Más rápido imposible.
Pues 586 me devuelven a mí.

La presentaré el sábado, porque tengo que cambiar mi estado civil y revisar bien, pero ni tan mal.
Pesuuu escribió:Yo cobré a final de año unos dinerillos del fogasa (4.7k). Mi antigua empresa se aprovecha de mi, me roba, no recuperé toda la pasta que debería, y por un fallo de una jueza substituta tardo 4 años en ver algo, se reduce la cantidad, y paga fogasa en vez de la empresa. Ahora viene hacienda y remata pidiéndome 1580€ cawento


A ver, esto míratelo bien porque los pagos percibidos por el FOGASA no tributan si se refieren a ejercicios anteriores por los que ya se tributó. Si tu empresa te debía pagar 20 mil euros en un año y hubo una parte no te los pagó ¿declaraste los 20 mil completos ese año en la renta? Seguramente sí. Por tanto no tienes que volver a declararlos el año en que FOGASA te paga.

Fíjate que FOGASA te envía una resolución al final de la cual viene un anexo con un resumen. En la fila TOTAL EXPEDIENTE se divide lo que te han pagado entre "Salarios" (cantidades que han tributado previamente), "Salarios de tramitación" (nuevo salario que no ha tributado) e "indemnizaciones" que suelen estar exentas hasta 180.000 euros.

El problema es que la AEAT no tiene acceso al desglose de esos pagos y solo sabe que FOGASA te ha pagado. Y ya es cosa del contribuyente declarar todo el importe, parte o nada en absoluto. La prueba si llega un requerimiento es la resolución. No deberían pedirte nada más.
Hola:
Una duda antes de confirmar el borrador, creo que voy a incorporar los datos bien pero por si acaso la lío.
Es relativo a la desgravación por mejora de eficiencia energética, a raíz de cambiar las ventanas.
Cumplo los requisitos para acceder al 20% de desgravación (tengo el certificado energético 1 de 2023 y el certificado 2 con las mejoras de 2024, y sí he rebajado en más de un 7% la demanda energética).

Pongo cifras redondas:

-Pagué por las ventanas: 3000 euros.
-Me concedieron y ya me han pagado (en 2025) la subvención de los Fondos Europeas que estaba vigente, que es la siguiente cantidad: 1200 euros
-Creo que me puedo desgravar lo que pagué menos la subvención, es decir: 1800 euros me puedo desgravar (3000-1200).
-Esos 1800 euros de desgravación habría que "dividirlos" entre la declaración de mi mujer y yo (propietarios de la vivienda donde se cambiaron las ventanas).
-Por tanto en la declaración de mi mujer sería desgravable un 20% de 900 (o sea 180 euros) y en la mía un 20% de los otros 900 (o sea 180 euros).

¿Es así?
GRACIAS DE ANTEMANO
3.000 a pagar

En fin, lo esperaba
Horacio Pinchadiscos escribió:A ver, esto míratelo bien porque los pagos percibidos por el FOGASA no tributan si se refieren a ejercicios anteriores por los que ya se tributó. Si tu empresa te debía pagar 20 mil euros en un año y hubo una parte no te los pagó ¿declaraste los 20 mil completos ese año en la renta? Seguramente sí. Por tanto no tienes que volver a declararlos el año en que FOGASA te paga.

Fíjate que FOGASA te envía una resolución al final de la cual viene un anexo con un resumen. En la fila TOTAL EXPEDIENTE se divide lo que te han pagado entre "Salarios" (cantidades que han tributado previamente), "Salarios de tramitación" (nuevo salario que no ha tributado) e "indemnizaciones" que suelen estar exentas hasta 180.000 euros.

El problema es que la AEAT no tiene acceso al desglose de esos pagos y solo sabe que FOGASA te ha pagado. Y ya es cosa del contribuyente declarar todo el importe, parte o nada en absoluto. La prueba si llega un requerimiento es la resolución. No deberían pedirte nada más.


Es una reclamación de cantidades por diferencia de categoría laboral y convenio aplicable. Por así decirlo ese año declare 20k pero debería haber cobrado 24k según el trabajo que desempeñaba. Esos 4k me llegaron a finales del año pasado.
juan66bcn escribió:yo hice borrador anoche y me toca soltar 1300 euros,no lo entiendo.
en 2024 encontré curro en marzo y aun sigo en la misma empresa ,y también estuve en paro y una ETT una semana y me toca 1300.
y en el 2023 estuve más meses en paro y en ETT y pagué solo 600 euros.
pensaba que iba a pagar menos que el año pasado.


misma situación, En ETT enero y febero y paso a empresa desde entonces. No recuerdo si me han caído 1200 o poco menos.

Vivir en una comunidad con sueldos bajos y que te metan una hostia así... es practicamente lo que cobro ahora mismo así que pierdo casi un sueldo entero este año. Por lo menos se puede pagar en dos veces [mad]
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