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[]_MoU_[] escribió:Me casé en 2022... como va el tema a la hora de ponerlo en la declaración, algún consejo?.
[]_MoU_[] escribió:Me casé en 2022... como va el tema a la hora de ponerlo en la declaración, algún consejo?.
Androm3da escribió:Consulta (es de un pago de seguro de hogar de hace años, pero por curiosidad):
Por qué el importe total es la suma de los 2 desgloses que aparecen ahí, pero la prima de incendio esa no cuenta?. Es que no sé entonces esos 19,87Eur qué pintan.
250,50 + 55,16 = 305,66
Luego si ese es el importe total de primas pagadas, lo del incendio no me cuadra por ninguna parte.
Y otro jaleo mental que me monto ahora, pero es que en rentas de años pasados siempre lo he hecho así (aunque sólamente en este año he incluido estos 4 puntos en la inversión en vivienda habitual):
1) Capital amortizado
2) Intereses
3) Seguro casa
4) Seguro vida
Pero claro, mi duda ahora viene con lo siguiente al revisar los 3 ejercicios previos:
Ejercicio 2023 (renta presentada ayer): He metido esos 4 puntos de arriba, la suma TOTAL.
Ejercicio 2022: Metí Cap. amortizado sólamente. Faltarían puntos 2, 3 y 4.
Ejercicio 2021: Metí Cap. amortizado e intereses. Faltarían puntos 3 y 4.
Ejercicio 2020: Metí Cap. amortizado sólamente. Faltarían puntos 2, 3 y 4.
Pero claro... mirando por google (a pesar repito de que haciendo eso, las rentas de esos ejercicios y previas me las han dado todas como buenas), me viene la duda de si realmente se pone la suma de todos esos pagos, o si se pone el 15% de la suma de todos esos pagos en la casilla de la renta de la Inversión con derecho a deducción.
Ya digo, ahí siempre he metido el importe total pagado (aunque en esos otros ejercicios me haya faltado añadir lo mencionado arriba).
Pero que nunca he calculado me refiero si he pagado en total X de amortizado, el 15% de eso y meter esa cantidad en dicha casilla.
"Supongo" que si en ejercicios previos aunque me haya comido meter alguno de esos puntos, que si he metido el total por lo menos del amortizado en esa casilla, que estará bien, porque sino me habrían dicho algo.
martuka_pzm escribió:Androm3da escribió:Consulta (es de un pago de seguro de hogar de hace años, pero por curiosidad):
Por qué el importe total es la suma de los 2 desgloses que aparecen ahí, pero la prima de incendio esa no cuenta?. Es que no sé entonces esos 19,87Eur qué pintan.
250,50 + 55,16 = 305,66
Luego si ese es el importe total de primas pagadas, lo del incendio no me cuadra por ninguna parte.
Y otro jaleo mental que me monto ahora, pero es que en rentas de años pasados siempre lo he hecho así (aunque sólamente en este año he incluido estos 4 puntos en la inversión en vivienda habitual):
1) Capital amortizado
2) Intereses
3) Seguro casa
4) Seguro vida
Pero claro, mi duda ahora viene con lo siguiente al revisar los 3 ejercicios previos:
Ejercicio 2023 (renta presentada ayer): He metido esos 4 puntos de arriba, la suma TOTAL.
Ejercicio 2022: Metí Cap. amortizado sólamente. Faltarían puntos 2, 3 y 4.
Ejercicio 2021: Metí Cap. amortizado e intereses. Faltarían puntos 3 y 4.
Ejercicio 2020: Metí Cap. amortizado sólamente. Faltarían puntos 2, 3 y 4.
Pero claro... mirando por google (a pesar repito de que haciendo eso, las rentas de esos ejercicios y previas me las han dado todas como buenas), me viene la duda de si realmente se pone la suma de todos esos pagos, o si se pone el 15% de la suma de todos esos pagos en la casilla de la renta de la Inversión con derecho a deducción.
Ya digo, ahí siempre he metido el importe total pagado (aunque en esos otros ejercicios me haya faltado añadir lo mencionado arriba).
Pero que nunca he calculado me refiero si he pagado en total X de amortizado, el 15% de eso y meter esa cantidad en dicha casilla.
"Supongo" que si en ejercicios previos aunque me haya comido meter alguno de esos puntos, que si he metido el total por lo menos del amortizado en esa casilla, que estará bien, porque sino me habrían dicho algo.
Se mete el total, el 15% ya lo calcula el sistema.
Eso sí, los seguros tienen que ser los obligatorios y originales contratados con la hipoteca
Androm3da escribió:martuka_pzm escribió:Androm3da escribió:Consulta (es de un pago de seguro de hogar de hace años, pero por curiosidad):
Por qué el importe total es la suma de los 2 desgloses que aparecen ahí, pero la prima de incendio esa no cuenta?. Es que no sé entonces esos 19,87Eur qué pintan.
250,50 + 55,16 = 305,66
Luego si ese es el importe total de primas pagadas, lo del incendio no me cuadra por ninguna parte.
Y otro jaleo mental que me monto ahora, pero es que en rentas de años pasados siempre lo he hecho así (aunque sólamente en este año he incluido estos 4 puntos en la inversión en vivienda habitual):
1) Capital amortizado
2) Intereses
3) Seguro casa
4) Seguro vida
Pero claro, mi duda ahora viene con lo siguiente al revisar los 3 ejercicios previos:
Ejercicio 2023 (renta presentada ayer): He metido esos 4 puntos de arriba, la suma TOTAL.
Ejercicio 2022: Metí Cap. amortizado sólamente. Faltarían puntos 2, 3 y 4.
Ejercicio 2021: Metí Cap. amortizado e intereses. Faltarían puntos 3 y 4.
Ejercicio 2020: Metí Cap. amortizado sólamente. Faltarían puntos 2, 3 y 4.
Pero claro... mirando por google (a pesar repito de que haciendo eso, las rentas de esos ejercicios y previas me las han dado todas como buenas), me viene la duda de si realmente se pone la suma de todos esos pagos, o si se pone el 15% de la suma de todos esos pagos en la casilla de la renta de la Inversión con derecho a deducción.
Ya digo, ahí siempre he metido el importe total pagado (aunque en esos otros ejercicios me haya faltado añadir lo mencionado arriba).
Pero que nunca he calculado me refiero si he pagado en total X de amortizado, el 15% de eso y meter esa cantidad en dicha casilla.
"Supongo" que si en ejercicios previos aunque me haya comido meter alguno de esos puntos, que si he metido el total por lo menos del amortizado en esa casilla, que estará bien, porque sino me habrían dicho algo.
Se mete el total, el 15% ya lo calcula el sistema.
Eso sí, los seguros tienen que ser los obligatorios y originales contratados con la hipoteca
Vale, eso quería pensar pero era por si acaso, muchas gracias por la aclaración.
Sí, son los originales ambos
Pues... creo que entonces miraré por Youtube cómo modificar rentas de ejercicios ya presentados y rectificaré las de los ejercicios 2022, 2021 y 2020 que algo más me darán digo yo.
Una última duda. Cuando haga la modificación del ejercicio ya presentado en su momento, el resultado final de la declaración (que en teoría me debería dar algo más si meto alguno de esos puntos que me faltaron), me saldrá digamos el resultado previo con la suma de lo nuevo que reclamo y ellos ya viendo la diferencia con lo que en su día saliera pues pagarían si toca la diferencia y listo, no?.
martuka_pzm escribió:Androm3da escribió:martuka_pzm escribió:
Se mete el total, el 15% ya lo calcula el sistema.
Eso sí, los seguros tienen que ser los obligatorios y originales contratados con la hipoteca
Vale, eso quería pensar pero era por si acaso, muchas gracias por la aclaración.
Sí, son los originales ambos
Pues... creo que entonces miraré por Youtube cómo modificar rentas de ejercicios ya presentados y rectificaré las de los ejercicios 2022, 2021 y 2020 que algo más me darán digo yo.
Una última duda. Cuando haga la modificación del ejercicio ya presentado en su momento, el resultado final de la declaración (que en teoría me debería dar algo más si meto alguno de esos puntos que me faltaron), me saldrá digamos el resultado previo con la suma de lo nuevo que reclamo y ellos ya viendo la diferencia con lo que en su día saliera pues pagarían si toca la diferencia y listo, no?.
Te saldrán ambas. En la página del resultado te saldrá en grande el resultado correcto. Por ejemplo, suponiendo que ya te hubieran devuelto 100 y lo correcto sean 150 te saldrá:
En grande: -150
Debajo algo como “resultado de la declaración rectificativa”: -50
martuka_pzm escribió:
Te saldrán ambas. En la página del resultado te saldrá en grande el resultado correcto. Por ejemplo, suponiendo que ya te hubieran devuelto 100 y lo correcto sean 150 te saldrá:
En grande: -150
Debajo algo como “resultado de la declaración rectificativa”: -50
Androm3da escribió:martuka_pzm escribió:
Te saldrán ambas. En la página del resultado te saldrá en grande el resultado correcto. Por ejemplo, suponiendo que ya te hubieran devuelto 100 y lo correcto sean 150 te saldrá:
En grande: -150
Debajo algo como “resultado de la declaración rectificativa”: -50
Pues ya lo he mirado aunque sin enviarlas todavía.
Es raro, porque en el ejercicio de 2022 no hay diferencia alguna en el resultado final y eso que puse casi 1000Eur menos en el Capital amortizado en su día (ahora serían casi 1000€ más con la rectificación).
Al final me sale:
Ejercicio 2022: Sin variación a pesar de meter casi 1000Eur más en la inversión con derecho a deducción.
Ejercicio 2021: 73,1€ más a mi favor (no sé si compensa jugársela por esa cantidad).
Ejercicio 2020: 415,12€ más a mi favor.
Lo he hecho buscando el link de cada ejercicio, yendo a modificar declaración y ahí a continuar sesión para simplemente en la que hice en su día modificar dicha casilla.
Ahora ya sabiendo la cantidad nueva, tocaría ir según vi a "modificar declaración presentada" y ahí ya a "solicitud de rectificación de autoliquidación".
¿En el caso de por lo que sea me equivoque y no tenga razón para que me devuelvan algo más, corro el riesgo de que por lo que sea ellos revisen de nuevo y pueda salir algo que me perjudique?. Que lo dudo, porque me dieron todo por válido en su día, pero a ver si voy a pedir por ejemplo los 73,1€ del ejercicio 2021 y me sale el tiro por la culata, que para eso me estoy quietecito y si acaso pruebo sólamente con el de 2020 que son 415€ y ya es algo más.
martuka_pzm escribió:Androm3da escribió:martuka_pzm escribió:
Te saldrán ambas. En la página del resultado te saldrá en grande el resultado correcto. Por ejemplo, suponiendo que ya te hubieran devuelto 100 y lo correcto sean 150 te saldrá:
En grande: -150
Debajo algo como “resultado de la declaración rectificativa”: -50
Pues ya lo he mirado aunque sin enviarlas todavía.
Es raro, porque en el ejercicio de 2022 no hay diferencia alguna en el resultado final y eso que puse casi 1000Eur menos en el Capital amortizado en su día (ahora serían casi 1000€ más con la rectificación).
Al final me sale:
Ejercicio 2022: Sin variación a pesar de meter casi 1000Eur más en la inversión con derecho a deducción.
Ejercicio 2021: 73,1€ más a mi favor (no sé si compensa jugársela por esa cantidad).
Ejercicio 2020: 415,12€ más a mi favor.
Lo he hecho buscando el link de cada ejercicio, yendo a modificar declaración y ahí a continuar sesión para simplemente en la que hice en su día modificar dicha casilla.
Ahora ya sabiendo la cantidad nueva, tocaría ir según vi a "modificar declaración presentada" y ahí ya a "solicitud de rectificación de autoliquidación".
¿En el caso de por lo que sea me equivoque y no tenga razón para que me devuelvan algo más, corro el riesgo de que por lo que sea ellos revisen de nuevo y pueda salir algo que me perjudique?. Que lo dudo, porque me dieron todo por válido en su día, pero a ver si voy a pedir por ejemplo los 73,1€ del ejercicio 2021 y me sale el tiro por la culata, que para eso me estoy quietecito y si acaso pruebo sólamente con el de 2020 que son 415€ y ya es algo más.
Podría ser que en el 2022 el resultado ya sea la devolución de todas las retenciones? Si no tienes nada más pagado durante el año (retenciones) no hay más que devolverte.
Respecto a lo último que comentas, todos los años no prescritos (ahora mismo de 2019 en adelante) son susceptibles de ser revisados por lo que sea y en cualquier momento.
Si no tienes nada “raro” en la declaración, hazlo y no te preocupes.
Lo que presentas es una solicitud de devolución. Si ven que la modificación no corresponde por lo que sea, te dirán que no y ya está.
Eso sí, con las rectificaciones lo mejor es aportar directamente la documentación correspondiente que acredita lo que se modifica para evitar que posteriormente nos la pidan y se ralentice todo.
[]_MoU_[] escribió:Me casé en 2022... como va el tema a la hora de ponerlo en la declaración, algún consejo?.
medran_27 escribió:Si elijo el pago fraccionado en dos plazos, cuándo te domicilian el primero? Ya o el 30 de Junio?
Androm3da escribió:medran_27 escribió:Si elijo el pago fraccionado en dos plazos, cuándo te domicilian el primero? Ya o el 30 de Junio?
El primero será el 60% de la declaración y se cargará el 1 de julio, mientras que el segundo, del 40%, se cargará el 7 de noviembre.
https://as.com/actualidad/economia/decl ... ecommender
medran_27 escribió:Androm3da escribió:medran_27 escribió:Si elijo el pago fraccionado en dos plazos, cuándo te domicilian el primero? Ya o el 30 de Junio?
El primero será el 60% de la declaración y se cargará el 1 de julio, mientras que el segundo, del 40%, se cargará el 7 de noviembre.
https://as.com/actualidad/economia/decl ... ecommender
Gracias! Había leído las dos cosas, eso y que ya te lo quitaban.
Pues echaré ya la declaración.
Androm3da escribió:
revisa que lo edité, fuiste rápido je je
medran_27 escribió:Androm3da escribió:
revisa que lo edité, fuiste rápido je je
Ya edité mi mensaje, fuiste rápido contestando tú también jajaja
En resumen, no lo tengo claro xD
Manint escribió:Si lees de nuevo lo que has puesto, "o tiene saldos”. Es una advertencia genérica ante su mala capacidad para controlar eficazmente todos los movimientos de criptomonedas.
poke-ghost escribió:Manint escribió:Si lees de nuevo lo que has puesto, "o tiene saldos”. Es una advertencia genérica ante su mala capacidad para controlar eficazmente todos los movimientos de criptomonedas.
Sisi, pero supuestamente no debería tener tampoco ninguna moneda en ningún sitio ya que o cerré las cuentas o las dejé a 0 a mitad del 2022 , pero por lo que entiendo, si tienen datos de ello es porque alguien se los ha tenido que dar durante este año, no?
medran_27 escribió:Si elijo el pago fraccionado en dos plazos, cuándo te domicilian el primero? Ya o el 30 de Junio?
NintendoPlayer escribió:Buenos días a todos,
Mi mujer trabaja como empleada de hogar para un solo empleador. Cuando entro en el borrador y quiero que me saque el cálculo, me indica si quiero incorporar 152€ de cotizaciones del régimen de cotización 138. Si lo hago me pide que ingrese los rendimientos íntegros percibidos. Entiendo que se refiere a lo que mi mujer haya cobrado de este empleador desde enero a diciembre de 2023, ¿cierto?
También, el año pasado movimos la ayuda al alquiler. Nos la concedieron y nos la abonaron este año 2024. Me pregunta si quiero incorporarla a esta renta. Un año ya me pasó que la incorporé demasiado pronto y al año siguiente me la metieron otra vez. ¿Es mejor dejarla para la próxima renta?
Gracias!
omega_rugal escribió:Hola:
En marzo de 2023 cambiamos las ventanas. Importe: 3000 euros.
Pedimos la subvención correspondiente; pendientes que nos ingresen el 40%: 1.200 euros.(Sí, ha pasado un año y sigue "en estudio").
Adicionalmente, en la declaración de este año, podemos desgravarnos el 20% del importe de las ventanas (-el importe subvencionado). Es decir, podemos desgravarnos el 20% de 1800 euros: 360 euros.
Mi duda es que aún nos hemos recibido el importe de subvención (1200 euros), que en teoría nos tienen que ingresar, pero si finalmente no nos la dan... ¿Qué pasa con la cantidad que me he dejado de desgravar, correspondiente a la subvención? Porque sin subvención podría desgravarme el 20% de 3000 euros, es decir 600 euros.
¿Cómo procederíais en este caso?
(Yo en principio voy a presentar este año la declaración lo más tarde posible, a ver si en los próximos 3 meses nos dan noticias sobre la subvención?
Gracias,
omega_rugal escribió:Gracias, lo primero.
Está pendiente de que la concedan la subvención: se hizo todo con un gestor y en principio no debería haber problema, pero nunca se sabe...
BennBeckman escribió:¿Cuándo empiezan a pagar?
Manint escribió:BennBeckman escribió:¿Cuándo empiezan a pagar?
La semana que viene seguramente. Pero ya sabéis que eso no quiere decir que paguen a todo el mundo que la haya presentado.
docobo escribió:@martuka_pzm
Sobre lo de la nuda propiedad...
Consto como propietario de una vivienda (6,25%) desde que mi padre murió hace muchos años. En ella vive mi madre y yo no hago ningún tipo de uso.
Como comenté, años anteriores marcaba la casilla de nuda propiedad, pero este año no sale la opción, pero si me sale la opción de poner que no he disfrutado la vivienda durante x días (puedo poner un mínimo de 1 día y un máximo de 365) crees que poniendo que la he disfrutado 1 día (0 no se puede) estaría haciéndolo correctamente?
Saludos y gracias de antemano.
martuka_pzm escribió:docobo escribió:@martuka_pzm
Sobre lo de la nuda propiedad...
Consto como propietario de una vivienda (6,25%) desde que mi padre murió hace muchos años. En ella vive mi madre y yo no hago ningún tipo de uso.
Como comenté, años anteriores marcaba la casilla de nuda propiedad, pero este año no sale la opción, pero si me sale la opción de poner que no he disfrutado la vivienda durante x días (puedo poner un mínimo de 1 día y un máximo de 365) crees que poniendo que la he disfrutado 1 día (0 no se puede) estaría haciéndolo correctamente?
Saludos y gracias de antemano.
Mira en datos fiscales. Ahí tiene que salir “Nuda propiedad” y nada más. Ni porcentaje de propiedad sin más ni usufructo.
Si es así, directamente no hay que incorporar el inmueble a la declaración.
Lo tendrá que incluir la persona que tenga el usufructo (total o parcial) y poner lo que sea. Normalmente será tu madre y tendrá que poner vivienda habitual
Manint escribió:[]_MoU_[] escribió:Me casé en 2022... como va el tema a la hora de ponerlo en la declaración, algún consejo?.
Con ambos cónyuges trabajando rara vez sale a cuenta la declaración conjunta, por lo demás da igual. Cambia tu estado civil en la primera página de datos que sale.
Shane54 escribió:Manint escribió:[]_MoU_[] escribió:Me casé en 2022... como va el tema a la hora de ponerlo en la declaración, algún consejo?.
Con ambos cónyuges trabajando rara vez sale a cuenta la declaración conjunta, por lo demás da igual. Cambia tu estado civil en la primera página de datos que sale.
Confirmo, hasta el año pasado, a nosotros sí porque mi mujer no ganaba mucho y no tuvo contrato fijo hasta 2022, pero el año pasado, que además a mí me subieron el sueldo, conjunta nos salía 3000€ a pagar (casi me explota la cabeza cuando me lo dice la mujer de Hacienda que nos llamó para hacerla), y separada nos salía devolver creo 700€ a mi mujer y a mí nada o casi nada.
EDIT: ¿Alguien puede poner el enlace para pedir cita previa para que te llamen por teléfono? No lo encuentro...
martuka_pzm escribió:@docobo es que no es ninguna opción. El inmuebles si solo tienes nuda propiedad no debe aparecer en tu declaración, en ningún lugar
docobo escribió:martuka_pzm escribió:@docobo es que no es ninguna opción. El inmuebles si solo tienes nuda propiedad no debe aparecer en tu declaración, en ningún lugar
Supongo que tendré que ir al registro de la propiedad a cambiarlo si puedo, ya para el año que viene.
Gracias.
chewy escribió:¿Alguien ha probado algún servicio online de los que te hacen tu renta? He visto algunos que tienen buena pinta pero no sé si puedo compartirlos por aquí para que deis opiniones.
martuka_pzm escribió:docobo escribió:martuka_pzm escribió:@docobo es que no es ninguna opción. El inmuebles si solo tienes nuda propiedad no debe aparecer en tu declaración, en ningún lugar
Supongo que tendré que ir al registro de la propiedad a cambiarlo si puedo, ya para el año que viene.
Gracias.
Porque te sale otra cosa?
En datos fiscales sí tiene que salir señalando el % de nuda propiedad que tenías en 2023.
En la declaración no hay que incorporar el inmueble.
A ti que te sale en datos fiscales?