› Foros › Off-Topic › El rincón del eoliano
3. Una vez transcurrido el primer año de duración del contrato y siempre que el arrendador sea persona física, no procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se hubiese hecho constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.
Para ejercer esta potestad de recuperar la vivienda, el arrendador deberá comunicar al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada, especificando la causa o causas entre las previstas en el párrafo anterior, al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.
Si transcurridos tres meses a contar de la extinción del contrato o, en su caso, del efectivo desalojo de la vivienda, no hubieran procedido el arrendador o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial a ocupar esta por sí, según los casos, el arrendatario podrá optar, en el plazo de treinta días, entre ser repuesto en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo período de hasta cinco años, respetando, en lo demás, las condiciones contractuales existentes al tiempo de la extinción, con indemnización de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momento de la reocupación, o ser indemnizado por una cantidad equivalente a una mensualidad por cada año que quedara por cumplir hasta completar cinco años, salvo que la ocupación no hubiera tenido lugar por causa de fuerza mayor, entendiéndose por tal, el impedimento provocado por aquellos sucesos expresamente mencionados en norma de rango de Ley a los que se atribuya el carácter de fuerza mayor, u otros que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables.
eyetoy escribió:No tengo otra vivienda, simplemente nos fuimos a otro piso de alquiler que tenía ascensor y era más grande por el tema de nuestro hijo. Pero ahora que a subido tanto todo, queremos volver y no pagar tanto.
Si la cláusula esa de "para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad"
Sale reflejado en el contrato, así que en eso no me preocupa.
Pero vaya era eso, que si hay que acreditar eso, como se acredita?
Lo que me imagino que está tía pagará hasta el fin de contrato, y después no se irá y se quedará como Okupa, sin pagar ya nada, porque con el contrato tiene las de perder pero una vez finaliza el contrato ya no se...
Manint escribió:@eyetoy No vale con decir que tienes que volver al piso, hay que tener la capacidad de acreditarlo.
En cuanto a los impagos de luz y agua, mientras estén los suministros a su nombre, estás libre. Menos mal que no fuiste el típico casero que acapara suministros a su nombre como si le beneficiara en algo.
Torres escribió:Manint escribió:@eyetoy No vale con decir que tienes que volver al piso, hay que tener la capacidad de acreditarlo.
En cuanto a los impagos de luz y agua, mientras estén los suministros a su nombre, estás libre. Menos mal que no fuiste el típico casero que acapara suministros a su nombre como si le beneficiara en algo.
Yo no entiendo estas leyes. Si se termina contrato y es tu casa por qué no puedes recuperarla como si es para montarte un recreativo para ir los findes con los colegas???
O si se la quieres alquilar a un familiar o amigo necesitado??? Ese que se joda y te obliguen a mantener a otro inquilino que te va a dar problemas de pago??
largeroliker escribió:Torres escribió:Manint escribió:@eyetoy No vale con decir que tienes que volver al piso, hay que tener la capacidad de acreditarlo.
En cuanto a los impagos de luz y agua, mientras estén los suministros a su nombre, estás libre. Menos mal que no fuiste el típico casero que acapara suministros a su nombre como si le beneficiara en algo.
Yo no entiendo estas leyes. Si se termina contrato y es tu casa por qué no puedes recuperarla como si es para montarte un recreativo para ir los findes con los colegas???
O si se la quieres alquilar a un familiar o amigo necesitado??? Ese que se joda y te obliguen a mantener a otro inquilino que te va a dar problemas de pago??
Porque luego la gente corta los alquileres "baratos" y ponen el piso de nuevo en alquiler más caro.
Torres escribió:Y me parece normal. Si los precios han subido por qué voy a dejar de ganar dinero??
largeroliker escribió:Torres escribió:Y me parece normal. Si los precios han subido por qué voy a dejar de ganar dinero??
No es el tema del hilo. Si quieres hablar de tu opinión en la vivienda, busca algún hilo en Miscelánea o crea uno si no hay.
Torres escribió:A mi si me parece el tema del hilo. Dices que ponen trabas a recuperar TÚ PISO porque puedes subir el alquiler y yo digo que me parece mal.
eyetoy escribió:No sé si va para mi, pero no dije en ningún momento que quiero subir el alquiler, sino irme a mi piso porque me han subido la hipoteca y no me salen las cuentas de los gastos.
No quiero echarla para poner el piso en alquiler más alto, simplemente volver a mi piso.
eyetoy escribió:Si, si nunca le e hablado mal ni nada, siempre e querido ir por las buenas, pero ella no sé si desesperada con la cría sola en casa sin trabajo pues ya me dijo que a dudas penas puede llegar a final de mes, de allí que no pague los suministros, pero estar 1 año sin trabajo... Aunque sea de reponedera en algún super... En fin, la entiendo perfectamente según qué cosas pero también tiene que entender que yo también tengo un crío de 6 años, que si no me paga si que estaré en apuros tanto como ella...
Yo al menos jamás se me ocurriría eso, antes me voy a casa de mis padres.
En fin si se va y no paga los suministros, creo que es lo mejor que me puede pasar
Veremos
QueTeCuro escribió:eyetoy escribió:Si, si nunca le e hablado mal ni nada, siempre e querido ir por las buenas, pero ella no sé si desesperada con la cría sola en casa sin trabajo pues ya me dijo que a dudas penas puede llegar a final de mes, de allí que no pague los suministros, pero estar 1 año sin trabajo... Aunque sea de reponedera en algún super... En fin, la entiendo perfectamente según qué cosas pero también tiene que entender que yo también tengo un crío de 6 años, que si no me paga si que estaré en apuros tanto como ella...
Yo al menos jamás se me ocurriría eso, antes me voy a casa de mis padres.
En fin si se va y no paga los suministros, creo que es lo mejor que me puede pasar
Veremos
No entiendo el problema.
Ahora mismo estáis tanto tú como la inquilina bien no?
Pues llamala y dile de quedar en la casa o en un bar, le explicas la situación, que tú también andas mal económicamente y no puedes costear donde resides ahora mismo.
Explicale que no es por echarla y subir precios (porque la señora puede pensar eso mismo).
Y de paso dale recomendaciones, yo no se pero donde yo resido un piso te puede costar 300-350€ de alquiler con 2-3 dormitorios según.
Por 600€ al mes supongo que el piso está en alguna capital de España.
Planteale y accesorale, que no se sienta acorralada pensando que de tu piso no se va porque si no se queda en la calle.
Enséñale por fotocasa, wallapop o cualquier plataforma las alternativas que tiene más baratas para salir del paso y eso...
Y ya en esa reunión con ella, sabrás de que palo va y el riesgo que tienes de que te ocupen la vivienda.
Sesupone que tu primera vivienda o única vivienda no era ocupable no?
Por último y a modo de comentario personal medio offtopic, si yo me viera entre la espada y la pared desde luego me quedaría de okupa, porque si nadie mira por mi yo no voy a mirar por nadie y más por un casero. (Que conste que soy uno más de los millones de hipotecados y no estoy de alquiler )
QueTeCuro escribió:
Por último y a modo de comentario personal medio offtopic, si yo me viera entre la espada y la pared desde luego me quedaría de okupa, porque si nadie mira por mi yo no voy a mirar por nadie y más por un casero. (Que conste que soy uno más de los millones de hipotecados y no estoy de alquiler )
Schwefelgelb escribió:Pues si se ha asesorado, te va a tocar a ti hacer lo mismo, porque los alquileres de vivienda si mal no recuerdo son de prórroga automática hasta los 5 años. Vamos, que en principio legalmente tiene derecho a quedarse dos años más.
Pregunta a un abogado a ver si hay alguna salida, por lo que dices de que estás de alquiler.
Torres escribió:Schwefelgelb escribió:Pues si se ha asesorado, te va a tocar a ti hacer lo mismo, porque los alquileres de vivienda si mal no recuerdo son de prórroga automática hasta los 5 años. Vamos, que en principio legalmente tiene derecho a quedarse dos años más.
Pregunta a un abogado a ver si hay alguna salida, por lo que dices de que estás de alquiler.
Si es de prórroga automática a 5 años para que te hacen firmar contrato de tres años??
Schwefelgelb escribió:Torres escribió:Schwefelgelb escribió:Pues si se ha asesorado, te va a tocar a ti hacer lo mismo, porque los alquileres de vivienda si mal no recuerdo son de prórroga automática hasta los 5 años. Vamos, que en principio legalmente tiene derecho a quedarse dos años más.
Pregunta a un abogado a ver si hay alguna salida, por lo que dices de que estás de alquiler.
Si es de prórroga automática a 5 años para que te hacen firmar contrato de tres años??
Porque igual el inquilino no quiere quedarse 5 años. Cinco años es lo máximo que puede solicitar el inquilino sin preguntar al casero, a partir de ahí es necesario acuerdo. Pero eso no quiere decir que estés obligado a estar los 5 años, por eso el contrato puede ser de menos tiempo.
Las prórrogas además son anuales, es decir, puedes firmar tres años y luego estar otro de prórroga, no es obligado agotar los 5 años. Queda a criterio del inquilino.
eyetoy escribió:Buenas, tengo una inquilina que vive con su hija de 4 años en mi piso desde hace 3 años, el caso que en junio se le acaba el contrato y le dijimos que no se lo íbamos a renovar, ya que necesitamos volver a nuestro piso.
Total que ya nos dijo que estaba sin trabajo desde hace 1 año, que como le vamos a hacer eso que no se qué no sé cuántos, y ayer justo nos dijo que se a asesorado y que le tenemos que enviar un burofax por lo del fin de contrato, yo le dije que tranquila que hoy mismo se lo envío. ( Le debe de llegar a lo largo del día)
No me quedo tranquilo con ella allí ahora mismo y me hace pensar que una vez se le acabe el contrato, deje de pagarme y se quede allí de Okupa.
También me e enterado que lleva meses sin pagar la luz y el agua y me dice que es porque no le llega el dinero para todo, que suficiente tiene con pagarme el alquiler...
Habéis tenido alguna situación similar alguno?
E llamado a un abogado con estos casos y me dijo que si no a dejado de pagar, de momento no pueden hacer nada...
Manint escribió:
En cuanto a los impagos de luz y agua, mientras estén los suministros a su nombre, estás libre. Menos mal que no fuiste el típico casero que acapara suministros a su nombre como si le beneficiara en algo.
Z_Type escribió:Manint escribió:
En cuanto a los impagos de luz y agua, mientras estén los suministros a su nombre, estás libre. Menos mal que no fuiste el típico casero que acapara suministros a su nombre como si le beneficiara en algo.
No me he visto en el caso de ser propietario, pero los suministros van a nombre de, y ubicados en. Si cortan luz y agua por impago la deuda se la van a reclamar al moroso, pero hasta que esa deuda no se salde es probable que ese piso este sin agua y sin luz o, como minimo, tenga que reengancharse.
A lo mejor una finca nueva no habria mucho problema, pero si es una finca vieja y pidan "actualizaciones" la cosa se puede complicar.
@eyetoy pues justo hoy me ha saltado una noticia como que quieren permitir una "prórroga" hasta final de año para los contratos que acaben antes del 30 de Junio. Míratelo
eyetoy escribió:Buenas, tengo una inquilina que vive con su hija de 4 años en mi piso desde hace 3 años, el caso que en junio se le acaba el contrato y le dijimos que no se lo íbamos a renovar, ya que necesitamos volver a nuestro piso.
Total que ya nos dijo que estaba sin trabajo desde hace 1 año, que como le vamos a hacer eso que no se qué no sé cuántos, y ayer justo nos dijo que se a asesorado y que le tenemos que enviar un burofax por lo del fin de contrato, yo le dije que tranquila que hoy mismo se lo envío. ( Le debe de llegar a lo largo del día)
No me quedo tranquilo con ella allí ahora mismo y me hace pensar que una vez se le acabe el contrato, deje de pagarme y se quede allí de Okupa.
También me e enterado que lleva meses sin pagar la luz y el agua y me dice que es porque no le llega el dinero para todo, que suficiente tiene con pagarme el alquiler...
Habéis tenido alguna situación similar alguno?
E llamado a un abogado con estos casos y me dijo que si no a dejado de pagar, de momento no pueden hacer nada...
Irdaorev escribió:yo le sacaba a patadas como se ponga tonto.
largeroliker escribió:Fijaos que en el hilo ya vamos por hablar de echar a patadas a una señora que no tiene trabajo, a duras penas paga el alquiler, y tiene una niña pequeña.
claro por eso te decíaDorigon escribió:Irdaorev escribió:yo le sacaba a patadas como se ponga tonto.
Lo lleva claro, primero porque hasta que no se extinga el contrato tururu y segundo porque como se le apalanque en casa y teniendo una cria esto se acaba en juicio que significa 800 años de espera en España
largeroliker escribió:Fijaos que en el hilo ya vamos por hablar de echar a patadas a una señora que no tiene trabajo, a duras penas paga el alquiler, y tiene una niña pequeña.
Dorigon escribió:largeroliker escribió:Fijaos que en el hilo ya vamos por hablar de echar a patadas a una señora que no tiene trabajo, a duras penas paga el alquiler, y tiene una niña pequeña.
Hombre si el OP necesita volver a esa casa porque no tiene otro sitio donde ir... ¿Qué se joda él?
Habrá que encontrar una solución, amistosa a ser posible.
Irdaorev escribió:Si dice que la señora se a asesorado poco amistosa pinta la cosa,me da que le va a buscar las vueltas al op y llenarle de deudas apalancandose lo máximo posible. De lo contrario lo tomaría de buena gana y diria dame un margen de x tiempo para buscar algo y tal.
Manint escribió:Z_Type escribió:Manint escribió:
En cuanto a los impagos de luz y agua, mientras estén los suministros a su nombre, estás libre. Menos mal que no fuiste el típico casero que acapara suministros a su nombre como si le beneficiara en algo.
No me he visto en el caso de ser propietario, pero los suministros van a nombre de, y ubicados en. Si cortan luz y agua por impago la deuda se la van a reclamar al moroso, pero hasta que esa deuda no se salde es probable que ese piso este sin agua y sin luz o, como minimo, tenga que reengancharse.
A lo mejor una finca nueva no habria mucho problema, pero si es una finca vieja y pidan "actualizaciones" la cosa se puede complicar.
@eyetoy pues justo hoy me ha saltado una noticia como que quieren permitir una "prórroga" hasta final de año para los contratos que acaben antes del 30 de Junio. Míratelo
Por supuesto, si lees al op, verás que ya cuenta con tener que pedir altas nuevas.
Dorigon escribió:largeroliker escribió:Fijaos que en el hilo ya vamos por hablar de echar a patadas a una señora que no tiene trabajo, a duras penas paga el alquiler, y tiene una niña pequeña.
Hombre si el OP necesita volver a esa casa porque no tiene otro sitio donde ir... ¿Qué se joda él?
Habrá que encontrar una solución, amistosa a ser posible.
tantos años madre mía como para alquilar no me extraña que muchos lo tengan cerrado, se te apalanca uno y vaya ruina dependiendo del caso.Schwefelgelb escribió:@Irdaorev los contratos de alquiler si el inquilino se quiere quedar son de prórroga automática hasta cinco años, así que lo estarías echando con el contrato en vigor.